Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 22/10/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 23 de Octubre de 2008

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BOLETIN OFICIAL N 4666

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial.
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1º.- Ratifíquese en todos sus términos el Convenio celebrado entre la Agencia Río Negro Deportes y Recreación, representada por el Sr. Carlos Alejandro Zárraga D.N.I. N 5.482.379 y el Municipio de Cervantes, representado por su Intendente Sr. Gilberto Montanaro D.N.I. N 8.119.502, en el marco del Programa de Inserción Comunitaria, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto.Art. 2.- Apruébese el gasto por un monto total de pesos seis mil ciento sesenta $ 6.160,00 a girar a favor de la Municipalidad de Cervantes en dos 2 cuotas de pesos tres mil ochenta $ 3.080,00 cada una, durante el transcurso del presente año conforme a la cláusula 1 del Convenio.Art. 3.- El monto asignado en el Artículo precedente, deberá ser girado a la orden de la Municipalidad de Cervantes C.U.I.T. N 30-65056167-4, y/o su Intendente Sr. Gilberto Montanaro C.U.I.L. N 20-08119502-2, quien será responsable de su utilización y oportuna rendición de cuentas, conforme a lo establecido por el Decreto N 194/76.Art. 4.- Comprométase la suma otorgada por el Artículo 2, a los créditos de la Jurisdicción 13 - Programa 11 - Actividad 03 - Partida 572 - Financiamiento 10
Rentas Generales, del Presupuesto general de gastos vigente.Art. 5.- Luego de cumplimentada la etapa del devengado, según lo establecido por el Artículo 29 de la Ley H N 3.186 abónese por Tesorería General de la Provincia la suma otorgada por el Artículo 2.Art. 6.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Gobierno.Art. 7.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.SAIZ.- J. L. Rodríguez.

CONVENIO DE BASES Y CONDICIONES PARA EL PROGRAMA DE
INSERCIÓN COMUNITARIA CON LOS MUNICIPIOS
Entre la Agencia Río Negro - Deportes y Recreación de la Provincia de Río Negro, representada en este acto por el Sr. Presidente de la Agencia, Dn. Carlos Zárraga, con domicilio en Las Heras Nº 757, de la ciudad de Viedma, en adelante La Agencia por una parte y por la otra el Sr/a. Intendente Gilberto Montanaro C.U.I.L. o C.U.I.T. N 20/8119502/2, D.N.I. N 8.119.502, con domicilio en la calle de la localidad de Cervantes, con el poder suficiente para este acto, en adelante El Beneficiario, se conviene lo siguiente:
OBJETIVO del PROGRAMA
de INSERCION COMUNITARIA
El presente convenio tiene como objetivo la atención de las necesidades en el aspecto deportivo y recreativo, pago a profesores de educación física, traslados Juegos Rionegrinos de los jóvenes y/o niños asistidos por estos programas, por lo cual la Agencia Río Negro Deportes y Recreación conjuntamente con la Municipalidad asumen la responsabilidad en forma recíproca de llevar adelante dicho programa con toda la seriedad que este merece.PRIMERO: La Agencia otorga a El Beneficiario con carácter de apoyo económico cuyo único fin y exclusivo, es ser aplicado al Programa Provincial de Inserción Comunitaria, la suma de pesos seis mil ciento sesenta $ 6.160,00, pagaderos en dos 2 cuotas durante el transcurso del año, a partir de la iniciación efectiva del Programa, desde el mes de Mayo de 2008 y por el término de ocho 08
meses, para atender prestaciones deportivas y/o recreativas anteriormente mencionadas.
SEGUNDO: El Beneficiario se compromete a partir de la firma del presente convenio, a confirmar los siguientes datos y requisitos a satisfacción de la Agencia Río Negro Deportes y Recreación:
a Determinación de la cantidad de asistidos por este programa.
b Determinación de la infraestructura deportiva necesaria o a adquirir.
c Identificación del lugar donde se llevará a cabo el Programa Provincial de Inserción Comunitaria.
TERCERO: El Beneficiario se compromete por el presente a realizar tareas y/o compras específicamente mencionadas en el OBJETIVO de este convenio, para el normal desarrollo del mismo. Queda expresamente convenido el monto del apoyo económico precedentemente aludido se producirá previa certificación del efectivo cumplimiento del Objetivo de dicho programa.
CUARTO: La Agencia a través de las Agencias Regionales de Deportes y Recreación, efectuará controles en cuanto al funcionamiento e implementación del Programa, realizar evaluaciones mensuales sobre la actividad desarrollada y los adelantos obtenidos.
QUINTO: La Agencia dispondrá de la caducidad del beneficiario del apoyo económico por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se asumen en este compromiso y dictar las medidas administrativas que fueran pertinentes, e iniciar la acciones judiciales destinadas a obtener el reintegro de las sumas entregas.

SEXTO: La Agencia Río Negro Deportes y Recreación de la provincia de Río Negro, queda autorizada a efectuar inspecciones técnicas - educativas, contables y administrativas, de acuerdo al Programa de Inserción Comunitaria, durante la vigencia del presente convenio.
SÉPTIMO: Se deja expresa constancia que La Agencia no asume las obligaciones derivadas del rubro contractual o laboral, específicamente los accidentes de trabajo, enfermedades, daños y/o perjuicios que pudiera sufrir el Beneficiario. Queda expresamente establecido que dicho personal no tendrá relación de dependencia o contractual con La Agencia, queda asimismo exenta de toda obligación derivada de daños producidos a terceros por El Beneficiario o por el personal que se desempeña en el programa de Inserción Comunitaria que funcione en su jurisdicción.
OCTAVO: Este Programa de Inserción Comunitaria está incluido en el Programa Provincial de la Agencia Río Negro Deportes y Recreación de la Provincia de Río Negro, que aporta el dinero para la puesta en marcha de la iniciativa Municipal.
NOVENO: Cada Municipio y/o Institución deberá realizar la difusión del Programa de Inserción Comunitaria en los medios de prensa locales y regionales, dando a conocer el convenio y el objetivo del mismo.
DÉCIMO: El Beneficiario se compromete a realizar una rendición anual del gasto realizado ante La Agencia y un informe de la metas alcanzadas dentro de los quince 15 días posteriores del vencimiento del convenio.
UNDECIMO: Para cualquier cuestión judicial las partes quedan sometidas a la competencia de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Viedma, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción.
DUODECIMO: La vigencia del presente convenio caducara el treinta y uno 31 de diciembre del año dos mil ocho.
En prueba de conformidad, se firman tres 3 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Cervantes a los 24 días del mes de julio del año dos mil ocho.oOo DECRETO Nº 995
Viedma, 7 de octubre de 2008.
Visto: el Expediente N 6.518-ARN-DyR-2.008, del registro de la Agencia Río Negro Deportes y Recreación, y;
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se tramita la ratificación del Convenio suscripto entre la Agencia Río Negro Deportes y Recreación y el Municipio de Chichinales, en el marco del Programa de Inserción Comunitaria 2.008;
Que dicho Programa está destinado a brindar apoyo económico a la Dirección de Deportes de dicha localidad para la atención de las necesidades en el aspecto deportivo y recreativo, pago a profesores de educación física y traslados de jóvenes y niños para la participación en los Juegos Rionegrinos;
Que se encuentra agregado a estas actuaciones el Convenio oportunamente celebrado con el Municipio mencionado;
Que dicho aporte se efectúa de acuerdo a lo normado en el Artículo 2 del Decreto N 194/76;
Que se hace necesario comprometer y devengar el presente gasto en los términos de los Artículos 30 y 31 de la Ley H N 3.186 de Administración Financiera;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Secretaría Legal, Técnica y de Asuntos Legislativos, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado, mediante Vista N 01361-08;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial.
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1º.- Ratifíquese en todos sus términos el Convenio celebrado entre la Agencia Río Negro Deportes y Recreación, representada por el Sr. Carlos Alejandro Zárraga D.N.I. N 5.482.379 y el Municipio de Chichinales, representado por su Intendente Sr. José Francisco Rivas D.N.I. N 17.284.313, en el marco del Programa de Inserción Comunitaria, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto.Art. 2.- Apruébese el gasto por un monto total de pesos siete mil setecientos sesenta $ 7.760,00 a girar a favor de la Municipalidad de Chichinales en dos 2
cuotas de pesos tres mil ochocientos ochenta $ 3.880,00 cada una, durante el transcurso del presente año conforme a la cláusula 1 del Convenio.Art. 3.- El monto asignado en el Artículo precedente, deberá ser girado a la orden de la Municipalidad de Chichinales C.U.I.T. N 30-67276291-6, y/o su Intendente Sr. José Francisco Rivas C.U.I.L. N 20-17284313-2, quien será responsable de su utilización y oportuna rendición de cuentas, conforme a lo establecido por el Decreto N 194/76.Art. 4.- Comprométase la suma otorgada por el Artículo 2, a los créditos de la Jurisdicción 13 - Programa 11 - Actividad 03 - Partida 572 - Financiamiento 10
Rentas Generales, del Presupuesto general de gastos vigente.Art. 5.- Luego de cumplimentada la etapa del devengado, según lo establecido por el Artículo 29 de la Ley H N 3.186 abónese por Tesorería General de la Provincia la suma otorgada por el Artículo 2.-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 22/10/2008

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date22/10/2008

Page count56

Edition count1917

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