Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 01/02/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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todo del Frente para la Victoria, cuando el lineamiento nacional y provincial del ARI, es justamente opositor a ese proyecto político, inconducta que ya se manifestaba claramente en la nota firmada, donde se convoca a "elegir entre otras opciones contribuyendo a la gobernabilidad de nuestra ciudad". La "gobernabilidad" significa Apoyar al Frente para la Victoria quien ejercía y ejerce el gobierno municipal.Estos hechos fueron los fundamentos de la resolución 4/07 de la Dirección Provincial del Partido ARI Río Negro, por la cual se dispuso la intervención de la Dirección Municipal del ARI de San Carlos de Bariloche y la suspensión de los afiliados referenciados.
Lamentablemente, estas manifestaciones públicas efectuadas en distintos medios periodísticas y no desconocidas por los afiliados referenciados, mermaron la imagen del partido, contribuyeron a la confusión del electorado, siendo directamente funcionales a la candidatura de Gobernador e Intendente de Miguel Pichetto y Alberto Icare respectivamente, ambos del Frente para la Victoria. E Participar como fiscal y/o colaborador, del partido o alianza Frente para la Victoria en las elecciones municipales celebradas el 1 de julio de 2007 en San Carlos de Bariloche en la escuela 311 de esa ciudad. Tal como constató esta Comisión de Ética, los afiliados Adrián Moreno, Pedro Lefiñanco y Ana María Barrera, fueron fiscales y/o colaboradores del Frente para la Victoria, cumpliendo funciones el día de las elecciones municipales en la escuela nro 311 de esa ciudad, siendo la fiscal del partido ARI en esa escuela, la Señora Martina Pichilef. F Aceptar y ejercer cargo político en el gobierno municipal del Frente para la Victoria, cobrando una suma de dinero por dicha función a partir de la gestión actual, a cargo del presidente del Concejo Municipal, Darío Barriga, electo por esa fuerza, cuya lista fue apoyada por el actual senador Miguel Pichetto del FpV. El afiliado Adrián Moreno, aceptó ser funcionario político del Frente para la Victoria, lo cual es de público y notorio conocimiento, dado que se encuentra ejerciendo funciones políticas remuneradas como "delegado municipal en el Cerro Catedral". Una de las pocas sorpresas es la designación de Adrián Moreno, el otrora dirigente del ARI que dio un paso al costado por ese partido, será el Jefe de la Delegación Cerro Catedral Adrián Moreno pasó del ARI a SUR y ocupará la delegación de Cerro Catedral" 8 de diciembre de 2007 Fs. 30 y 31.- Es de público y notorio, que el partido SUR es parte del Frente para la Victoria en Río Negro. Que todos estos hechos significan un claro incumplimiento a la Carta Orgánica y a las resoluciones de sus órganos partidarios, a saber: Que el artículo 15 inciso "b" de la COP, dispone que "No podrán ser afiliados y en caso de serlo perderán su calidad de tales y serán eliminados del padrón b Las personas que no cumplan con lo preceptuado en esta Carta Orgánica, programas y demás disposiciones del partido. Por su parte, el artículo 18 COP, indica "Es deber de la persona afiliada
inc E Mantener conductas compatibles con los principios éticos del partido, F Cumplir con las decisiones partidarias, H Votar a los candidatos electos por el partido y participar de las campañas aprobadas por las instancias partidarias - Por su parte, el RICEP, en su art. 2 dispones: "Se consideran faltas pasibles de sanciones, en todo de acuerdo a la Carta Orgánica Partidaria, las siguientes: a Cuando la ética que emana de esta carta orgánica, sea vulnerada o ignorada c Se cometan infracciones graves a disposiciones legales vigentes, o se reiteren las conductas personales indecorosas d Se violen los principios doctrinarios, las directrices programáticas, el cumplimiento de los deberes partidarios u otros dispositivos previstos en la Carta Orgánica. e Se actúen contra la orientación política o cualquier resolución partidaria tomada por las instancias partidarias. G Se comprueben acuerdos o alianzas con otros partidos políticos o con cualquier interés gubernamental, contrariando el objetivo del partido, y sin expresa autorización del mismo. Por ello,
BOLETIN OFICIAL N 4591
LA COMISION DE ETICA
PARTIDO AFIRMACIÓN PARA UNA
REPUBLICA IGUALITARIA ARI
RESUELVE
Artículo 1º: Aplicar la sanción dispuesta en el artículo 49 punto D "Cesantía de la afiliación" de la COP, a los afiliados Adrián Moreno DNI.: 18.137.009
y Ana María Barrera DNI:6.035.669, por encontrarse incursos en las faltas pasibles de sanción dispuestas en el artículo 15 inciso B, 18 inciso "e", "f" y "h" de la COP y artículo 2 inciso "a", "c", "d", "e" y "g" del RICEP.
Artículo 2º: Aplicar la sanción dispuesta en el artículo 49 punto "C" de la COP: "Suspensión de la afiliación", a los afiliados Luis José Valdés DI.
4.885.434, Julia Ferrer DI: 5.783.856, Gregorio Aranda DNI. 17.367.426, Vanesa Ruffin DNI: 31.943.201 y Rodrigo Gatica DNI. 27.255.471, por encontrarse incursos en las faltas pasibles de sanción, dispuestas en el artículo 15 inciso B, 18 inciso "e", "f" y "h" de la COP y artículo 2 inciso "a", "c", "d", "e" y "g" del RICEP.
Artículo 3º: Prohíbase a los afiliados sancionados en los artículo 1º y 2º de la presente, a abstenerse de utilizar el nombre, símbolos, sigla y otros símbolos del Partido Afirmación para una República Igualitaria ARI, y a representar a este partido en los sucesivo.
Caso contrario este organismo partidario, iniciará la denuncia penal correspondiente.
Artículo 4º: Notifíquese en forma personal y/o Boletín Oficial de la Provincia, para el caso en que el domicilio electoral de los sancionados, no corresponda a su residencia actual.
Artículo 5º: Comuníquese a la Junta Ejecutiva Nacional, a los Juzgados con competencia electoral en la Provincia y medios de prensa pertinentes. Hecho que sea archívese.RESOLUCIÓN NRO. 12 /08-CEPARI. 24 DE ENERO
DE 2008.
COMISION DE ETICA PARTIDO AFIRMACIÓN
PARA UNA REPUBLICA IGUALITARIA - ARI RIO
NEGRO
Se encuentra autorizado para la notificación de la presente al Sr. Aldo Simón Príncipe, L.E nro. 8.217.044.Fdo. COMISION DE ETICA DEL PARTIDO
AFIRMACIÓN PARA UNA REPUBLICA
IGUALITARIA ARI. Lidia Beatriz BuenPresidenta.
NOTIFICACIÓN
SR.: LUIS JOSE VALDES
DOMICILIO: 20 DE FEBRERO NRO. 426 1º "C"
LOCALIDAD:San Carlos de Bariloche Se hace saber a Ud. que la Comisión de Etica del Partido Afirmación para una República Igualitaria ARI, ha dictado la siguiente resolución:" VISTO: Expediente Nro. 01/07 del Registro de la Comisión de Etica del partido Afirmación para una República Igualitaria ARI, caratulado "s/denuncia-oficio por presunta inconducta partidaria a incompatibilidad de conducta con los principios éticos partidarios afiliados ARI San Carlos de Bariloche". Agregados expedientes 2/07 - 3/07, Y
CONSIDERANDO: Que los afiliados Adrián Moreno, Ana María Barrera, Luis José Valdés, Julia Ferrer, Gregorio Aranda, Vanesa Ruffin y Rodrigo Gatica, fueron debidamente notificados de las audiencias dispuesta en los artículo 3º, 4º y 5º del "RICEP" fijadas el día 14 del corriente mes de enero, no habiendo comparecido a ejercer su derecho de defensa, ni ofrecido prueba, ni justificado su inasistencia por ningún medio de comunicación, tal como consta en las actas obrantes en autos, y habiéndose concluido la etapa probatoria, pasaron a autos para resolver. Que los cargos que se les ha imputado a los afiliados mencionados, mediante resoluciones: 1/08, 4/08, 5/08, 10/08, 3/08, 6/08, 7/08, son: A Permitir y facilitar que el apoderado del partido Frente para la Victoria de San Carlos de Bariloche, Dr.

Viedma, 04 de Enero de 2008
Leandro Costa Brutten, tome vista de expediente con documentación privada de afiliados en el Servicio Electoral Provincial, en el marco de los comicios internos para las elecciones municipales de esa ciudad, poniendo en riesgo la seguridad y confidencialidad de datos de las personas afiliadas y extrapartidarias, requiriendo y aceptando su asesoramiento profesional. La calidad de apoderado del Partido o Alianza Frente para la Victoria del Dr. Costa Brutten, -en el mismo tiempo que esa fuerza competía con ARI en las elecciones provinciales y municipales de San Carlos de Bariloche, se encuentra debidamente acreditada a fs. 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12.- Los términos de la denuncia efectuada por la apoderada partidaria Alicia Mier y el presidente de la Juventud Andres Alvarenga fs.2, fueron reconocidas expresamente por el afiliado Adrián Moreno en distintos artículos periodísticos, cuyas declaraciones no fueron desconocidas por medio alguno. Ej. Diario El Ciudadano: Le pedimos colaboración a un profesional que conoce el tema y con el que mantuvimos buena relación en la Convención Actualizadora de la Carta Orgánica Municipal, pero su intervención fue prácticamente nula, porque simplemente miró la lista y en base a sus conocimientos, nos asesoró fs. 9 y 10. Este hecho es sumamente grave dado que puso en riesgo las personas que participaron de la elección municipal, la documentación perteneciente a afiliados y extrapartidarios, y contribuyó a lesionar la imagen partidaria, siendo ésto funcional al Frente para la Victoria, y a la candidatura a gobernador de Miguel Pichetto, quien se encontraba en campaña en esa fecha, ya que Costa Brutten además de apoderado, cumplía el rol de vocero del candidato.fs. 3, 4, 5, 6, 7, 8, 12. Por este hecho han sido denunciados los afiliados Adrián Moreno y Marcelo Alejandro Cianci.
B Impugnar ante la Junta Electoral Municipal de San Carlos de Bariloche, la lista de concejales y Miembros del Tribunal de Contralor Municipal perteneciente al partido ARI, elegida en un todo de acuerdo a la COP en comicios internos de fecha 18 de marzo de 2007 para las elecciones municipales, impugnación que fuera rechazada por ese órgano.
"Adrián Moreno, presidente del ARI local impugnó la lista de su partido ante la Junta Electoral Municipal
Por otro lado, algunos afiliados y simpatizantes y adherentes al ARI encabezados por Pedro Pizarro manifestaron su total desacuerdo con las críticas de Moreno asegurando que no representa la opinión de la mayoría El Ciudadano, 10 de abril de 07 fs. 14.
Este hecho es de público y notorio conocimiento dado que la impugnación fue realizada ante la Junta Electoral de San Carlos de Bariloche, órgano que rechazó dicha presentación, posibilitando al ARI tener candidatos propios. Los artículos periodísticos que anuncian dicha impugnación, no han sido desconocidos. Por este cargo de oficio, se acusa a los afiliados Adrián Moreno, Pedro Lefiñanco, y Ana María Barrera.
La gravedad de dicha acusación ahora probada, radica en que si dicha impugnación hubiera prosperado, el ARI no habría podido presentarse a elecciones, y hoy el Partido no tendría representación en el Concejo Deliberante. Afortunadamente, a raíz de la resolución emitida por la Junta Electoral Municipal, el ARI hizo una elección ejemplar, sumando el 14% de los votos, lo cual, le permitió ingresar al Dr. Darío Rodríguez Duch como concejal, estando a solo 100
votos del ingreso de la segunda candidata, María Cristina Painefil.- C Brindar apoyo público a candidatos del Frente para la Victoria en las elecciones municipales de San Carlos de Bariloche, injuriando a los candidatos del partido ARI a través de medios periodísticos. D
Convocar públicamente a través de medios periodísticos a votar a otros partidos políticos y a no votar a la lista del ARI, denostando a los candidatos del ARI, en especial al candidato a Vicegobernador, Dr.
Darío Rodríguez Duch, a escasos días de la elección provincial, favoreciendo deliberadamente a los otros

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TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date01/02/2008

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