Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 09/01/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 10 de Enero de 2008

Nº 4584

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 1,80
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO IL
EDICION DE 22 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 22

LEY

LEY Nº 4270
La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY:
Artículo 1.- Consolidación normativa: Se consolidan al día 29 de noviembre de 2007, en el Digesto Jurídico de la Provincia de Río Negro, las leyes y normas de igual jerarquía y sus respectivos textos ordenados temáticamente, sistematizados, actualizados, fusionados y corregidos, conforme el listado del Anexo A y cuerpo normativo del Anexo B, que integran esta ley.
Se anexan los textos de las normas nacionales, a las leyes provinciales de adhesión.
Artículo 2.- Caducidad: Se declara la caducidad por plazo vencido, objeto o condición cumplidos de las leyes y normas de igual jerarquía que surgen del listado del Anexo C que integra esta ley.
Artículo 3.- Abrogación expresa: Se abrogan las leyes y normas de igual jerarquía que se detallan en el listado Anexo D, por considerárselas implícitamente abrogadas por normas posteriores a su vigencia. Se
aprueba el listado de normas abrogadas y de las nulificadas expresamente del Anexo E. Ambos Anexos integran esta ley.
Artículo 4.- Alcance particular: Se determinan como de alcance particular, vigentes, pero excluidas del Digesto Jurídico de la Provincia de Río Negro, las leyes y normas de igual jerarquía que se detallan en el Anexo F, el que integra esta ley.
Artículo 5.- Listado único: Se aprueba como Anexo G e integrante de la presente, el listado único correlativo de las leyes y normas de igual jerarquía que contiene el conjunto de las acciones que se determinan en los artículos 1 a 4 de esta ley.
Artículo 6.- Constitución de la Provincia: Se incorpora como norma fundacional encabezando el cuerpo normativo consolidado, a la Constitución de la Provincia de Río Negro, sancionada el 3 de junio de 1988, en la versión emanada de la Convención Constituyente y publicada en el Boletín Oficial n 2572, con la incorporación de las fe de erratas publicadas en el Boletín Oficial n 2585.
Artículo 7.- Cartas Orgánicas Municipales: Se incorporan a la materia Municipal del Digesto Jurídico de la Provincia de Río Negro, las Cartas Orgánicas Municipales vigentes de los Municipios de la provincia que la tengan, en la versión publicada de las mismas, sin corrección ni modificación alguna, por ser de competencia extraña a esta Legislatura.

Artículo 8.- Leyes no vigentes: Se conservan en un cuerpo histórico de consulta, las leyes y normas de igual jerarquía que han perdido vigencia por causales objetivas previas o como consecuencia de esta ley de consolidación normativa.
Artículo 9.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil siete.
Ing. Mario Luis De Rege, Presidente Legislatura.- Ing. Víctor Hugo Medina, Secretario Legislativo.

Viedma, 21 de diciembre de 2007.
Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín Oficial y archívese.
Dr. Miguel Angel Saiz, Gobernador.- Cdor. José Luis Rodríguez, Ministro de Gobierno.
DECRETO Nº 359
Registrada bajo el número cuatro mil doscientos setenta 4270.
Viedma, 21 de diciembre de 2007.
Francisco Javier González, Secretario General de la Secretaría General de la Gobernación.-

oOo
DECRETOS

DECRETO Nº 1377
Viedma, 27 de noviembre de 2007.Visto, el Expediente N 76933-S-07, del Registro del Ministerio de Salud, y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 01 la Directora del Hospital Área Programa General Roca Doctora María del Rosario VILLALBA, eleva al Ministerio de Salud, la solicitud de licencia de acuerdo al Artículo 46 de la Ley N 3.487, de la Doctora Rosana Andrea VENCHI, Médico Hematóloga - Legajo N 659235/0, Agente Planta Permanente Agrupamiento A - Grado II - 40 horas semanales, para asistir al 49 Encuentro y Exposición Anual de la Sociedad Americana de Hematología a realizarse en la ciudad de Atlanta, Georgia, Estados Unidos de América, desde el día 07 y hasta el 11 de Diciembre del año 2007;
Que a fojas 02, la Doctora Amancay VILLANOVA, Coordinadora del Comité de Capacitación y Docencia del Hospital Area Programa General Roca, otorga el visto bueno para la realización de dicha actividad;
Que a fojas 03, la Técnica Andrea BERGER, Jefe del Departamento de Servicios Técnicos y Auxiliares del Hospital Area Programa General Roca, presta conformidad a la solicitud de la Doctora Rosana Andrea VENCHI;
Que a fojas 04, obra la planilla de solicitud de licencia firmada por la Doctora Rosana Andrea VENCHI, la Señora Jefa del Departamento de Servicios Técnicos y Auxiliares y la Señora Directora del Hospital;
Que a fojas 06/07, se encuentra el Programa del 49 Encuentro y Exposición Anual de la Sociedad Americana de Hematología;
Que a fojas 08 la Secretaria de Salud, Doctora Cristina Liliana URIA, autoriza se gestione esta licencia;

Que esta solicitud se encuadra dentro de las licencias especiales que gozan los empleados públicos estatales, la que se encuentra establecida en los términos del Artículo 46 de la Ley N 3.487;
Que de acuerdo a lo establecido por la Ley N 3487, han tornado debida intervención en los términos de su competencia los Organismos de Control, Asesoría Legal de la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado y Fiscalía de Estado, mediante Vista N 04254-07;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Autorizar a la Doctora Rosana Andrea VENCHI DNI N 18.516.617
Médico Hematóloga - Legajo N 659235/0, Agente Designado Interino Agrupamiento A - Grado II - 40 horas semanales, a asistir al 49 Encuentro y Exposición Anual de la Sociedad Americana de Hematología a realizarse en la ciudad de Atlanta, Georgia, Estados Unidos de América, desde el día 07 y hasta el 11 de Diciembre del año 2007.
Art. 2.- Otorgar la licencia con goce de haberes en los términos del Artículo 46 de la Ley N 3487, a la Agente precedentemente indicada desde el día 07 y hasta el 11 de Diciembre del año 2007.
Art. 3.- Dejar establecido que la licencia concedida quedará sujeta al cumplimiento de lo estipulado en los incisos a, b y c del Artículo 46 de la Ley N 3487, especialmente el inciso b, lo cual una vez finalizado el encuentro se deberá poner en contacto con la Dirección General Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, a fin de volcar sus aprendizajes a los agentes públicos que correspondan, caso contrario será pasible de las sanciones previstas por el Artículo 71 de la Ley antes citada.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 09/01/2008

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date09/01/2008

Page count22

Edition count1915

First edition03/01/2002

Last issue26/06/2024

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