Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 31/07/2006

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BOLETIN OFICIAL N 4433

EL CONTRATADO tendrá derecho a las licencias previstas en los incisos a, b, c d y e del Artículo 42 limitándose la del inciso f a diez 10 días corridos.
CUARTA: DISCIPLINA
EL CONTRATADO estará sujeto al régimen disciplinario establecido en el Capítulo VI del Estatuto General y Básico de la Administración Pública Provincial aprobado por Ley N 3.487 y Decreto N 1.405/01 que lo reglamenta.QUINTA: ESTABILIDAD, DEBERES y PROHIBICIONES
EL CONTRATADO carece del derecho a la estabilidad y queda sujeto a los deberes y prohibiciones establecidos en el Estatuto General y Básico de la Administración Pública Provincial aprobado por Ley N 3.487, en todo cuanto se le aplique y según la reglamentación al respecto.SEXTA: DURACION DEL CONTRATO
El presente contrato tendrá vigencia a partir de la fecha de su Decreto aprobatorio y hasta el 31 de diciembre de 2006. Podrá ser renovado a solicitud de la Dirección General de Administración, de conformidad a las pautas generales que al respecto se adopten en ámbito del Poder Ejecutivo Provincial.Las partes podrán rescindir el presente contrato unilateralmente, sin derecho a indemnización alguna, siempre que comuniquen a la otra parte fehacientemente su determinación, con una anticipación mínima de quince días hábiles.SÉPTIMA: JURISDICCION Y COMPETENCIA
Para cualquier diferencia que pudiera suscitarse, las partes se someten voluntariamente a la Jurisdicción de los Tribunales competentes ordinarios, con asiento en Viedma, para dirimir sus eventuales controversias.De plena conformidad de partes, previa lectura y ratificación, se firman los ejemplares de Ley y cada parte recibe el suyo en este acto.oOo DECRETO Nº 676
Viedma, 28 de junio del 2006.
Visto, el Expediente N 11212-HRH-06, del registro del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el cambio de modalidad del Contrato de Prestación de Medios por Contrato de Locación de Servicios mediante excepción al Artículo 5 de la Ley N 3.238, entre el Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos y la Licenciada en Administración Pública Cintia Karina de HORMAECHEA DNI
N 29.034.399, para desempeñar tareas correspondientes al Agrupamiento Profesional en la Subsecretaría de Presupuesto, Jurisdicción 18, Programa 32, Actividad 01;
Que deberá rescindirse el Contrato de Prestación de Medios celebrado oportunamente entre la Subsecretaría de Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos y dicha profesional, aprobado por Resolución N 161/06 MHOySP con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2006;
Que el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, como autoridad de aplicación para administrar excepciones en las contrataciones de personal en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial derivado de estrictas razones de orden funcional, se expidió favorablemente en el punto 01 Anexo I del Acta N 07/2006 obrante a fs. N 41 y 42;
Que se ha constatado la inexistencia de los impedimentos establecidos en las condiciones generales de ingreso a la Administración Pública Provincial y la aptitud psicofísica de la postulada, mediante la realización del exámen preocupacional exigido por la normativa de riesgos del trabajo;
Que se encuentran cumplimentados los requisitos establecidos en el Artículo 16 de la Ley N 3.238 y del Anexo I de su Decreto Reglamentario N 1.774/98;
Que han tomado debida intervención los organismos de control, Asesoría Legal y Técnica del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos y Fiscalía de Estado a fs. 59 vuelta;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas en el Artículo 181 Inciso 3 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1 - Dejar sin efecto a partir de la firma del presente Decreto, el Contrato de Prestación de Medios celebrado oportunamente entre la Subsecretaría de Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos y la Licenciada en Administración Pública Cintia Karina de HORMAECHEA DNI
N 29.034.399, que fuera aprobado mediante Resolución N 161/06 MHOySP con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2006.Art. 2.- Aprobar en todos sus términos, el Contrato de Locación de Servicios en relación de dependencia celebrado entre el Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos representado por el Sr. Ministro Contador Pablo Federico VERANI DNI N 16.767.787 y la Licenciada en Administración Pública Cintia Karina de HORMAECHEA DNI N 29.034.399, equiparada a los efectos
Viedma, 31 de Julio del 2006

escalafonarios en la Categoría 09 del Agrupamiento Profesional, Capítulo VI, Artículo 14 del Escalafón aprobado por Ley N 1.844, a partir de la firma del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2006, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto.Art. 3.- Establecer una remuneración mensual equivalente a la Categoría 12
del Agrupamiento Profesional, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 86 del Escalafón aprobado por Ley N 1.844.Art. 4.- Proceder a la reserva interna para afrontar las erogaciones resultantes afectándola a los créditos presupuestarios, de acuerdo al siguiente detalle:
Jurisd. Progr. Subprogr Proy.
18
32
00
00
18
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00
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Activ. Recurso Partida 01
10
121
01
10
123
01
10
124
01
10
125
01
10
126
01
10
127
01
10
355

Monto 4.414,98
681,50
518,31
280,31
3.763,02
193,33
37,02

Art. 5.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.
Art. 6º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
SAIZ.- P. F. Verani.

CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
En la ciudad de Viedma, a los días del mes de junio del año dos mil seis, entre el Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Río Negro, representado por su titular Contador Pablo Federico VERANI DNI N
16.767.787, con domicilio en calle 25 de Mayo N 99 de la ciudad de Viedma en adelante EL ORGANISMO y la Licenciada en Administración Pública Cintia Karina de HORMAECHEA DNI N 29.034.399, domiciliada en calle Ituizangó N
596 de la ciudad de Viedma, en adelante EL CONTRATADO, se conviene en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios, sujeto a lo establecido en el Capítulo IX y concordantes del Anexo I Ley N 3.487 y a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: OBJETO y FUNCIONES
EL CONTRATADO prestará sus servicios bajo relación de dependencia con la Subsecretaría de Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos, para desempeñar tareas Profesionales relacionadas con la formulación, impresión y distribución de los presupuestos de las entidades que conforman la Administración Pública Provincial, según lo establecido en el Agrupamiento Profesional del Escalafón vigente aprobado por Ley N 1.844 o lo determinado en el mismo Agrupamiento del Escalafón aprobado por Ley N 3.487.SEGUNDA: REMUNERACION
EL CONTRATADO percibirá una remuneración mensual equivalente a la Categoría 12 del Agrupamiento Profesional conforme a lo establecido en el Artículo 86, Anexo II del Escalafón aprobado por Ley N 1.844, más los adicionales y asignaciones familiares que se acrediten y otorguen debidamente, previa certificación de los servicios prestados emitida por el Departamento de Administración de Personal. Le corresponderán los proporcionales de aguinaldos y los incrementos con el reajuste de salarios que por aplicación de índices fijos o porcentuales se otorguen en forma general al personal de la Administración Pública Provincial. Asimismo el contratado será incluido en el Régimen de Seguridad Social de la Provincia I.Pro.S.S aceptando los descuentos establecidos por la Ley N 2.432 y modificatorias.A los efectos del Escalafón vigente para el Personal de la Administración Pública Provincial Ley N 1.844, la equiparación del presente contrato se establece en la Categoría 09 del Agrupamiento Profesional, Artículo 14, Capítulo VI de la citada Ley.TERCERA: LICENCIAS
EL CONTRATADO gozará de las licencias previstas en los incisos a, b, c d y e del Artículo 27 Capítulo IV del Estatuto General y Básico para el Personal de la Administración Pública de la Provincia de Río Negro, aprobado por la Ley Nº 3.487.
EL CONTRATADO tendrá derecho a las licencias previstas en los incisos a, b, c d y e del Artículo 42 limitándose la del inciso f a diez 10 días corridos.CUARTA: DISCIPLINA
EL CONTRATADO estará sujeto al régimen disciplinario establecido en el Capítulo VI del Estatuto General y Básico de la Administración Pública Provincial aprobado por Ley N 3.487 y Decreto N 1.405/01 que lo reglamenta.QUINTA: ESTABILIDAD, DEBERES y PROHIBICIONES
EL CONTRATADO carece del derecho a la estabilidad y queda sujeto a los deberes y prohibiciones establecidos en el Estatuto General y Básico de la Administración Pública Provincial aprobado por Ley N 3.487, en todo cuanto se le aplique y según la reglamentación al respecto.-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 31/07/2006

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date31/07/2006

Page count16

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