Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 24/08/2004

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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e Colocar en lugar bien visible, una "Tarjeta de Habilitación de la Unidad", junto a la "Tarjeta del Conductor".

ANEXO IVORDENANZA DE FONDO 039/04
SERVICIO DE TRANSPORTE ESPECIAL
Art. 1- GENERALIDADES:
a Se considera alcanzado por estas disposiciones el Servicio de vehículos automotores destinado al transporte en común de trabajadores y/o independientes en forma particular, desde sus domicilios hasta los establecimientos laborales, mediante retribuciones convenidas o contratadas con entidades o empresas particulares directa o indirectamente, entre transportistas y usuarios.
b Considerase abarcados aquí a aquellos servicios que trasladan dentro del ejido de Cipolletti a personas con fines turísticos, deportivos, de esparcimiento, etc.
c Este servicio deberá prestarse mediante la utilización de automotores previamente habilitados y conducidos por personas autorizadas por la Municipalidad de Cipolletti.
Art. 2 - DE LA SOLICITUD DE
AUTORIZACION:
a La solicitud de habilitación para la prestación del servicio se presentará en la Municipalidad, consignándose lo siguiente: Nombre y Apellido Domicilio y Documento de Identidad, tratándose de sociedades se acompañará testimonio de Contrato Social, inscripto en el Registro Público de Comercio, detallándose la nómina de conductores afectados al servicio. Detalle y características de los vehículos, con mención de clase, marca, modelo, tipo, número de motor, patente, capacidad de asientos, empadronamiento en la Dirección de Rentas, radicación de los vehículos en la Ciudad de Cipolletti, Deberán contar con seguro de responsabilidad civil hacia terceros y pasajeros transportados y no transportados según lo estipule la Superintendencia de Seguros y subrogado hacia el Municipio.
b Inscripciones Provinciales y Nacionales que correspondan.
c Constitución de Domicilio Legal en la Ciudad de Cipolletti.Art. 3 - DE LOS CONDUCTORES
a La Municipalidad, por intermedio de la Dirección de Tránsito y Transporte -Departamento de Transportedará la habilitación correspondiente al personal de conductores, quienes deberán registrarse en dicho Departamento, cumplimentando los siguientes requisitos:
1 Nombre y Apellido - Documento de identidad.
2 Edad mínima 21 añosEdad máxima 65
años.
3 Presentación de Certificado Psico-Físico expedido por organismo autorizado por el Municipio.
4 Certificado de antecedentes expedido con antiguedad no mayor de 90 noventa días, expedida por la Policía de Río Negro.
5 Certificado de domicilio actualizado, para el caso de contar únicamente con C.I.
6 Licencia de Conducircategoría Profesional servicio público más de 8 pasajeros.
7 Inscripciones Provinciales y Nacionales que correspondan.
b Cada vez que haya sustitución de conductores, el reemplazante deberá contar con los mismos requisitos que se exigen para prestar el servicio y notificar dicho cambio al Departamento de Transporte.-

BOLETIN OFICIAL N 4230
Art. 4 - DE LOS VEHICULOS:
a Los vehículos afectados a este servicio, deberán reunir las siguientes condiciones:
1- Antiguedad máxima de quince 15 años.
2- Los vehículos deberán ajustarse a la Ley 24.449
y sus Decretos Reglamentarios.
3- UNIDAD DE AUXILIO - la cual deberá ser presentada con la documentación pertinente - Cedula del automotor, Titulo, Seguro, R.T.O., etc. Dicha habilitación tendrá un tiempo autorizado por el Dto.
Transporte para prestar el servicio, de acuerdo a la problemática presentada, no pudiendo ser el mismo mayor a los 90 noventa días. La unidad será identificada como tal - AUNLIO DE TRANSPORTE
ESPECIALcon su correspondiente N de habilitación.
4- Las unidades en su totalidad deberán estar radicadas en la ciudad de Cipolletti.
Art. 5 - OBLIGACIONES DE PROPIETARIOS
Y CONDUCTORES:
a Sin perjuicio de las disposiciones que surgen de la presente reglamentación, es obligación de los propietarios de automotores afectados a Transporte Especial, los siguientes requisitos:
1 Mantener permanentemente las unidades en servicio, en perfecto estado de funcionamiento e higiene.
2 Responder administrativa y civilmente por las acciones u omisiones del personal de su dependencia ocupados en el servicio.
3. Deberán contar con seguro de responsabilidad civil hacia terceros y pasajeros transportados y no transportados, según lo estipule la Superintendencia de Seguros y subrogado hacia el Municipio.
4 Someterse a todos los controles e inspecciones que la Municipalidad realice.
5 Desinfectar cada unidad afectada al servicio donde lo indique el Departamento de Transporte.
6 Munir a cada unidad de un extinguidor químico en perfecto estado de funcionamiento y carga.
b El personal de conductores tiene las siguientes obligaciones:
1 Mantener un trato correcto con las personas que transporte.
2 Cumplir con todas las disposiciones reguladoras del transito automotor.
3 Respetar todas las exigencias en miras de la higiene, seguridad y comodidad del pasaje, salud y tranquilidad pública, y en bienestar general se establezcan por Ordenanzas Municipales.Art.6 - PROHIBICIONES
1- Transportar personal de pié, o en número mayor de asientos útiles autorizados por la Municipalidad.
2- Introducir modificaciones en el vehículo habilitado, sin previa autorización Municipal.
3- Utilizar los vehículos afectados al servicio de Transporte Especial en la ciudad de Cipolletti, para la realización de otros servicios, sin la previa autorización otorgada por escrito por la Municipalidad.
4- realizar el servicio sin el seguro y/ó la R.T.O, lo cual será causal de baja en caso de repetirse.
5- al vencimiento de cada cuota de seguro, se deberá presentar el comprobante en el Municipio, siendo una falta grave no hacerlo y que en caso de reincidencia, se podrá dar de baja la habilitación.
6- a cada vencimiento de la R.T.O., los vehículos deberán presentarse al Municipio a efectos de colocarse la oblea correspondiente, la no presentación en tiempo y forma, dará lugar a las sanciones pertinentes y en caso de reincidencia, se podrá dar de baja la habilitación.
7- Está prohibido Fumar dentro del vehículo, tener actividades que puedan distraer su atención ó permitir a terceros que lo hagan hablar por Teléfono, charlar con pasajeros, etc.

Viedma, 23 de Agosto del 2004
8- sacar ó permitir sacar brazos ú otras partes del cuerpo por las ventanillas.Art.7 OTRAS DISPOSICIONES:
a La Dirección de Tránsito y Transporte Departamento de Transportede la Municipalidad de Cipolletti, llevará un registro de propietarios de servicio de Transporte Especial, consignándose todos los datos necesarios para el logro de un eficaz control del servicio y de la cumplimentación efectiva de las presentes disposiciones.
b En caso de violaciones reiteradas a las normas y condiciones fijadas en la presente reglamentación, el servicio podrá ser paralizado y cancelada la autorización respectiva, sin perjuicio de las sanciones correspondientes.
c Será cancelada la licencia para conducir vehículos para Transporte Especial, cuando mediaren razones de inconducta e incapacidad en el manejo de la unidad.
d Al conceder la habilitación, se proveerá a cada unidad de una planilla o libro de control, con cargo al titular, en donde periódicamente se anotarán las constancias de las inspecciones técnicas, de higiene, desinfección, etc., como así también de una Oblea donde conste el vencimiento de la R.T.O.
e Colocar en lugar bien visible, la "Tarjeta de Habilitación de la Unidad", junto a la "Tarjeta del Conductor", donde constarán sus datos personales, foto y la debida autorización Municipal.
ANEXO V - ORDENANZA DE FONDO 039/04
SERVICIO DE TAXI FLET
Art. 1 - La explotación del servicio público de "TaxiFlet", se otorgará a personas que reúnan los siguientes requisitos.
a Comprobante de Propiedad de la unidad y patentamiento de la localidad. Deberá tratarse de un automotor tipo camioneta "Píck-up" simple o doble cabina o furgón de un solo asiento para conductor y acompañante, con o sin cúpula o cobertura, con capacidad de carga no mayor de los kilos admitidos por el fabricante, en óptimas condiciones de presentación e higiene.
b Certificado de antecedentes.
c Carnet de Conductor correspondiente al vehículo a habilitar, expedido por la Municipalidad de Cipolletti.
d Con domicilio en la Ciudad de Cipolletti.
e Presentación de certificado Psico-Físico expedido por Organismo autorizado por el Municipio.
f Inscripciones Provinciales y Nacionales que correspondan.
g Por cada unidad que se ingrese se otorgara un Nro.
de habilitación, debiendo abonar lo establecido por la Dirección de Rentas Municipal según Ord.
Tarifaria."Art. 2 - Los concesionarios de Taxi-Flet tendrán las siguientes obligaciones:
a Mantener el vehículo en perfectas condiciones, de acuerdo a lo establecido en la Ley 24.449, como así también la higiene, lo que se constatará periódicamente por el Municipio.
b Prestar los servicios, en los lugares permitidos por el Municipio.
c Se autoriza a Transportar a el Contratante del Servicio, solo en los casos de que se disponga de Licencia de Conducir Profesional para transporte de menos de 8 ocho personas D1.
d Presentación de TITULO, CEDULA DEL
AUTOMOTOR, SEGURO contra terceros, transportados y no transportados y sobre la mercadería transportada, subrogada hacia el Municipio.
e Munir a cada unidad de un extinguidor químico en perfecto estado de funcionamiento y carga.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 24/08/2004

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date24/08/2004

Page count32

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First edition03/01/2002

Last issue01/08/2024

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