Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 06/11/2002

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 07 de Noviembre del 2002

Nº 4043

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 1,50
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO XLIII
EDICION DE 16 PAGINAS

MINISTERIO
DE COORDINACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 16

SECCION ADMINISTRATIVA

DECRETOS

DECRETO N 1079
Viedma, 29 de Octubre del 2002.
VISTO: el Expediente N 31.790-SET-02, del registrc de la Secretaría de Estado de Trabajo dependiente del Ministerio de Gobierno, y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se propicia la ratificación del Convenio de mutua colaboración suscripto entre la Secretaría de Estado de Trabajo dependiente del Ministerio de Gobierno y el Municipio de Maquinchao, representado por su Intendente, Señor Javier Antonio LLANCAPAN CUIL N 20-17046932-2;
Que dicho convenio tiene por objetivo impulsar un Programa de Capacitación Laboral, como paliativo para hacer frente a la situación de crisis socioeconómica por la que atraviesa la localidad, con motivo de la desocupación, fundamentalmente en la actividad ganadera;
Que el compromiso asumido por la Secretaría de Estado de Trabajo es financiar en forma total el Pro-yecto, a través de un Aporte No Reintegrable por la suma total de PESOS TRECE MIL QUINIENTOS $ 13.500,00, abonando dicho importe en nueve 09 cuotas iguales y consecutivas de PESOS UN MIL QUINIENTOS $.
1.500,00 cada una, debiendo el Municipio, rendir el monto asignado de acuerdo al procedimiento previsto en la Ley 847, Decreto N194/76, Artículo 2;
Que se dio intervención a la Contaduría General de la Provincia Dpto.
Rendiciones de Cuentas y Fiscalía de Estado;
Que corresponde comprometer y ordenar el gasto de conformidad a lo establecido en los Artículos 26 y 27 de la Ley N 3186 y su Decreto Reglamentario N1737/
98;
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E TA :
Artículo 1.- Ratifícase en todos sus términos el Convenio de mutua colaboración suscripto entre la Secretaría de Estado de Trabajo dependiente del Ministerio de Gobierno y el Municipio de Maquinchao, representado por su Intendente, Señor Javier Antonio LLANCAPAN CUIL N 20-17046932-2 y el que, como Anexo, forma parte del presente.
Art. 2.- Apruébese el gasto resultante del Convenio ratificado en el artículo anterior, por la suma total de PESOS TRECE MIL QUINIENTOS $ 13.500,00
mediante Aporte No Reintegrable, cuya tramitación se encuadra en el marco del Decreto N 194/76 - Artículo 2, cuyo objetivo es impulsar Programa de Capacitación Laboral, como paliativo para hacer frente a la situación de crisis socioeconómica por la que atraviesa la localidad, con motivo de la desocupación, fundamentalmente en la actividad ganadera.
Art. 3.- Liquídese por Tesorería General de la Provincia, la suma de PESOS
TRES MIL $ 3.000,00, por los meses de Abril y Mayo/2002, a la Orden del Intendente de la Municipalidad de Maquinchao Señor Javier Antonio LLANCAPAN
CUIL N 20-17046932-2, siendo responsable de la administración y oportuna rendición de cuentas conforme a lo establecido en el Decreto N 194/76.
Art. 4.- La presente erogación será imputada a los créditos de la Jurisdicción 17
del Presupuesto General de Gastos vigente, Programa 24 - Actividad 01 - Código Financiamiento 34544 Remanente Recurso 17236 de la Administración Central Provincial - Partida 572, la suma de PESOS TRECE MIL QUINIENTOS $
13.500,00.
Art. 5.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.
Art. 6.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.
VERANI. E. J. Rodrigo.

CONVENIO DE ASISTENCIA FINANCIERA
En la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, a los veintidos días del mes de Febrero del año 2002, entre LA MUNICIPALIDAD MAQUINCHAO, representada en este acto por su Intendente Señor Javier Antonio LLANCAPAN D.N.I. Nº 17.046.932, en adelante EL MUNICIPIO y la Provincia de Río Negro, representada en éste acto por el Ministro de Gobierno Cdor. Esteban Joaquín RODRIGO, en adelante LA PROVINCIA , se celebra el presente CONVENIO DE ASISTENCIA
FINANCIERA con el alcance y condiciones que se detallan a continuación:
PRIMERA: El presente convenio tiene por objeto IMPULSAR PROGRAMA
DE CAPACITACION LABORAL como paliativo para hacer frente a la situación de crisis socioeconómica por la que atraviesa la localidad de Maquinchao, con notivo de la desocupación, fundamentalmente en la actividad ganadera.
SEGUNDA: LA PROVINCIA se compromete a aportar la suma total de PESOS TRECE MIL QUINIENTOS $. 13.500,00 , abonando dicho importe en nueve 09 cuotas iguales y consecutivas de PESOS UN MIL QUINIENTOS $. 1.500,00
cada una, para el financiamiento total del programa a crear, con facultad de control en la ejecución del mismo.
TERCERA: EL MUNICIPIO se compromete a la instrumentación y ejecución del programa, debiendo a tal efecto ejecutar un relevamiento y los informes sociales correspondientes para la determinación de los futuros beneficiarios, priorizando dentro de los desocupados aquellos que se encuentren en situación de mayor vulnerabilidad social.
CUARTA: Asimismo EL MUNICIPIO se compromete a efectuar la rendición de cuentas de acuerdo al procedimiento establecido en la Ley 847 y su reglamentación.
Como muestra de conformidad previa lectura y ratificación del presente convenio, se firman tres 03 ejemplares de igual tenor y al mismo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
Cr. Esteban Joaquín Rodrigo, Ministro de Gobierno. Javier A. Llancapan, Intendente Municipalidad de Maquinchao.
oOo DECRETO N 1080
Viedma, 29 de Octubre del 2002.
VISTO: El expediente N 32.063-SET-02, del registro de la Secretaría de Estado de Trabajo, dependiente del Ministerio de Gobierno, y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se propicia la ratificación del Convenio de mutua colaboración suscripto entre la Secretaría de Estado de Trabajo y el Gremio de Unión Obrera de la Construcción Seccional Río Negro, representado por su Delegado Normalizador Señor Daniel Orlando AVALOS C.U.I.L.N 20-077714228;
Que dicho convenio tiene por objeto: a Generar acciones concretas en materia de capacitación laboral, generación de puestos de trabajos orientados al empleo transitorio y/o genuino, elaboración y concreción de proyectos, intermediación entre la oferta y la demanda de mano de obra, b Aplicar los recursos de este Convenio a la adaptación edilicia de la sede para la práctica de la actividad gremial tanto sea en refacción y/o compra de insumos para las mismas, alquileres y gastos de funcionamientos, etc. a fin de dar debida atención y protección gremial a los afiliados;
Que el compromiso asumido por la Secretaría de Estado de Trabajo es financiar en forma total el Proyecto, a través de un Aporte No Reintegrable por la suma total de PESOS DOS MIL QUINIENTOS $ 2.500,00, debiendo el Gremio, rendir el monto asignado de acuerdo al procedimiento previsto en la Ley 847, Decreto N
194/76, Artículo 2;
Que se dio intervención a la Contaduría General de la Provincia Dpto.
Rendiciones de Cuentas y Fiscalía de Estado;
Que corresponde comprometer y ordenar el gasto de conformidad a lo establecido en los Artículos 26 y 27 de la Ley 3186 y su Decreto Reglamentario 1737/98;

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 06/11/2002

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date06/11/2002

Page count16

Edition count1920

First edition03/01/2002

Last issue15/07/2024

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