Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/07/2021 - 5º Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

5

a
Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

AÑO CVIII - TOMO DCLXXIX - Nº 149
CORDOBA, R.A. VIERNES 23 DE JULIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Artículo 6o.- INSTESE Al ejecutivo municipal a ordenar mediante decreto los artículos y títulos de Código Tributario Municipal Unificado.

camente en las planillas que forman parte integrante de la presente Ordenanza como Anexo I, compuesto de SEIS 6 fojas útiles.

Artículo 7.- PROTOCOLÍCESE y comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.

Artículo 2º.- ESTÍMASE en la suma de PESOS UN MIL TRESCIENTOS TRECE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL $
1.313.695.000,00, el Total de Ingresos del Presupuesto General de la Administración Municipal para el Ejercicio 2021, destinados a la financiación de las erogaciones a que se refiere el Artículo 1o, de acuerdo con la distribución que figura en las planillas que forman parte integrante de la presente Ordenanza como Anexo II, compuesto de CINCO 5 fojas útiles.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE A
LOS 28 DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020
Fdo: Diego Bastos Magi, secretario. Pablo Pinto, presidente 1 día - Nº 323989 - s/c - 23/07/2021 - BOE

Ordenanza Nº 3861/2020
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COSQUÍN
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:

Artículo 3º.- LAS remuneraciones para el personal municipal, incluidas las Autoridades Superiores, serán fijadas con arreglo a las prescripciones de la Ley Orgánica Municipal No 8102.
Artículo 4º.- EL Departamento Ejecutivo Municipal podrá reglamentar por Decreto el Régimen de Horario Extraordinario del personal municipal y el Régimen de Viáticos y Movilidad.

Artículo 1.- LA percepción de los tributos establecidos por el Código Tributario Municipal
Artículo 5º.- FÍJASE en la suma de PESOS SEIS MILLONES $
6.000.000,00, el valor del denominado coeficiente UNO 1 establecido en la Ordenanza No 212/84 -Régimen de Contrataciones-.

-Ordenanza Nº 2685/05 y sus modificatoriasdurante el año 2021, se efectúa de acuerdo con los montos, alícuotas y mínimos que se determinan en los siguientes Títulos de la presente Ordenanza, denominada Ordenanza Tarifaria Año 2021.

Artículo 6º.- FACÚLTESE alDepartamento Ejecutivo Municipal, para que por intermedio de la Secretaría de Economía y Finanzas, se autoricen por decreto las modificaciones presupuestarias que impliquen compensaciones de rubros pre-supuestarios, de acuerdo a la siguiente condición:

VIGENCIA

Que no se modifique el monto total del cálculo de Recursos y Presupuesto General de Erogaciones vigente.

Artículo 174.- LA presente Ordenanza tendrá vigencia a partir del 1 de enero de 2021, quedando derogadas, a partir de esa fecha, todas las ordenanzas, decretos, normas y demás disposiciones que se opongan a la presente.
Artículo 175.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese y cumplido archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE
LA CIUDAD DE COSQUÍN A LOS 28 DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL
AÑO DOS MIL VEINTE.
La ordenanza completa se encuentra anexado al presente.
Fdo Diego Bastos Magi, secretario. Pablo Pinto, presidente 1 día - Nº 323991 - s/c - 23/07/2021 - BOE

ORDENANZA Nº 3862/2020
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COSQUÍN
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
Artículo 1º.- FÍJASE en la suma de PESOS UN MIL TRESCIENTOS TRECE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL $
1.313.695.000,00, el Total de Erogaciones del Presupuesto General de la Administración Municipal para el Ejercicio 2021, las que se detallan analítiBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Artículo 7º.- AUTORICESE al Departamento Ejecutivo Municipal, depen-dencias, órganos descentralizados y Comisión Municipal de Folklore, a contratar en forma directa cuando se verifiquen los casos previstos en el artículo 31 de la ordenanza de contrataciones N
212/1984 y modificatorias.
Artículo 8º.- LOS Fondos Públicos recibidos por el Municipio de parte del Estado Provincial y/o Nacional, tales como los provenientes de la Ley No 6140/78, su modificatoria No 7057/84 y otras similares, como así también los provenientes de la Comunidad Regional de Punilla y todo otro concepto análogo, serán incorporados con acuerdo del Concejo Deliberante al Presupuesto para su ingreso y egreso, debiéndose proceder para este último caso conforme a las disposiciones de esta Ordenanza y normas complementarias. En su caso estos fondos para su mejor individualización podrán canalizarse por cuentas bancarias específicas a tal fin, las que serán oficiales e incorporadas como tales dentro del manejo presupuestario.
Artículo 9º.- PROTOCOLÍCESE, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese y Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE A
LOS 28 DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020
Fdo: Diego Bastos Magi, secretario. Pablo Pinto, presidente 1 día - Nº 323993 - s/c - 23/07/2021 - BOE

5

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/07/2021 - 5º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

CountryArgentina

Date23/07/2021

Page count6

Edition count1462

First edition31/07/2018

Last issue11/07/2024

Download this edition

Other editions