Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/03/2021 - 4º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

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a
Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y
CONTRATACIONES EN GENERAL

del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015, RG 2164/19 y Dcto. 321/18. EL SUBDIRECTOR DE JURISDICCION DE
GESTION COACTIVA DE LA DEUDA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE
RENTAS. R E S U E L V E: ARTÍCULO 1º.-HACER SABER al Contribuyente MINERIA CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L., que en el/la SEC.DE GESTION COMUN DE EJECUCION FISCAL NRO 2 de la ciudad de CORDOBA, sito en Arturo M Bas 244 PB SECRETARIA FEDERICO
MASCHIETTO, se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, 03 de marzo de 2020. A mérito del certificado expedido por la autoridad administrativa y encontrándose expedita la vía de ejecución por el crédito reclamado, sus intereses y costas, conforme lo dispuesto por el artículo 10 6 la Ley provincial Nº 9024 y sus modificatorias: NOTIFÍQUESE el presente al demandado, con copia de la liquidación formulada, para que en el término de tres 3 días fatales formule las impugnaciones que estime corresponder.
OPORTUNAMENTE, acompáñese al Tribunal constancia de la cédula de notificación debidamente diligenciada a los fines de su aprobación si fuere conforme a derecho.Texto Firmado digitalmente por: BARRAZA Maria Soledad.- ARTÍCULO 2º.- NOTIFICAR al contribuyente o quien resulte actualmente titular de las obligaciones tributarias donde el Fisco de la Provincia de Córdoba demanda por el cobro del impuesto INGRESOS BRUTOS, Número de Cuenta/Dominio/Rol-Inscripción: 281677543-PBN532 , LIQUIDACIÓN JUDICIAL N 200716052018 , por la suma de PESOS OCHENTA
Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON CUARENTA
CENTAVOS $ 84.739,40 por los períodos: 281677543: 2016/06-10-11-12;
2017/01-03-04-05-06-07-08-09-10-11-12; 2018/01-02-03 - PBN532: 2016/0102; 2017/01-02-03-04; 2018/01. ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN OFICIAL y ARCHÍVESE. Fdo: AB. CARLOS
C. KOVAL YANZI. Subdirector de Jurisdiccion de Gestion Coactiva de la Deuda. Dto 321/18. R.G. 2164/19. Dirección General de Rentas. Ciudad de Córdoba. Provincia de Córdoba.
1 día - Nº 298542 - s/c - 01/03/2021 - BOE

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESOLUCIÓN DJGD 000072/2021. Córdoba, 23 de febrero 2021. VISTO:
Que la citación del deudor debidamente diligenciadas en el marco del proceso de Ejecución Fiscal Administrativa con Control Judicial - ley 9024 y sus modificatorias al contribuyente demandado en el expediente judicial Nº 9687771, en los autos caratulados DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ SUCESION INDIVISA DE BARAVALLE JORGE DANIEL - PROCEDIMIENTO DE EJECUCION FISCAL ADMINISTRATIVA - EE no se han podido practicar en virtud de las constancias incorporadas en autos.
Y CONSIDERANDO: Que resulta imperioso resguardar los derechos del Fisco de la Provincia de Córdoba; lo preceptuado por el Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015, y la ley 9024 con sus modificatorias, en orden a la necesidad de proceder a la notificación de la demanda y/u otros proveídos por los medios legalmente predispuestos con el alcance determinado por la normativa aplicable. Que como regla el Artículo 4 de la ley 9024, establece que, resultando infructuosos los medios de notificación previstos en el mismo, sin más trámite se citará por edictos que se publicarán durante un 1 día únicamente en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba. Que de acuerdo al criterio emanado del Juzgado, Secretaria Común de Ejecuciones Fiscales de Córdoba, se ha dispuesto que la publicación sea realizada por cinco 5 días en el Boletín Oficial de acuerdo a lo previsto por el Artículo 152 y 165 CPCyC de Cba, que regulan la notificación a personas inciertas. Que el artículo 165 del Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba establece que la citación o el emplazamiento se practicarán por edictos cuando no fuere BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CVIII - TOMO DCLXXV - Nº 41
CORDOBA, R.A. LUNES 1 DE MARZO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

conocido el domicilio de la parte que haya de ser citada o fuera incierto, los que se publicarán cinco veces, en tanto que el emplazamiento será por veinte días y correrá desde el último día de su publicación. POR ELLO
atento las facultades y funciones acordadas por los artículos 17, 20 y 21
del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015, RG 2164/19 y Dcto. 321/18. EL SUBDIRECTOR DE JURISDICCION DE
GESTION COACTIVA DE LA DEUDA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE
RENTAS. R E S U E L V E: ARTÍCULO 1º.-HACER SABER al Contribuyente SUCESION INDIVISA DE BARAVALLE JORGE DANIEL, que en el/
la OF. UNICA DE EJECUCION FISCAL - JUZG.1A - RIO TERCERO de la ciudad de RIO TERCERO, sito en AV. PEÑALOSA 1379 SECRETARIA
BORGHI PONS, JESICA ANDREA, se ha dictado la siguiente resolución:
RIO TERCERO, 15/12/2020. Por presentado, por parte en el carácter invocado art. 10 4 y art. 10 10 ley 9024, y art. 197 y 198 RN DGR N
1/2017 y con domicilio constituido 10 3 ley 9024. Agréguese. Admítase la petición interpuesta por la Dirección General de Rentas en los términos del art. 10 3 ley 9024 y modf., arts. 197 y ss RN DGR N 1/2017.
Procédase de conformidad a lo dispuesto en el art. 10 5 y cc ley cit. y art. 199 y cc RN DGR N 1/2017.- Texto Firmado digitalmente por: BARO
Anabel Violeta - PROSECRETARIO/A LETRADO.- ARTÍCULO 2º.- NOTIFICAR al contribuyente o quien resulte actualmente titular de las obligaciones tributarias donde el Fisco de la Provincia de Córdoba demanda por el cobro del impuesto INMOBILIARIO, Número de Cuenta/Dominio/Rol-Inscripción: ; 330109575372; 330119580111; 330115491300; 330101900827
, LIQUIDACIÓN JUDICIAL N 503608392020 , por la suma de PESOS
CIENTO ONCE MIL SETECIENTOS UN CON TRECE CENTAVOS $
111.701,13 por los períodos: 330119580111: 2020/1-2020/2-2020/3-2020/4;
330115491300: 2020/1-2020/2-2020/3-2020/4; 330101900827: 2020/12020/2-2020/3-2020/4; 330109575372: 2020/1-2020/2-2020/3-2020/4, para que en el término de veinte 20 días a partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial, cancele la deuda reclamada, con más los intereses y costas previstos por el Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015 y ley 9024 con sus modificatorias, o acredite el pago o, en su caso, oponga excepciones admisibles, bajo apercibimiento de quedar expedita la ejecución, de conformidad a lo dispuesto por ley 9024 y sus modificatorias y proseguir dicha ejecución hasta el completo pago de lo adeudado. ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN OFICIAL y ARCHÍVESE. Fdo: AB. CARLOS
C. KOVAL YANZI. Subdirector de Jurisdiccion de Gestion Coactiva de la Deuda. Dto 321/18. R.G. 2164/19. Dirección General de Rentas. Ciudad de Córdoba. Provincia de Córdoba.
5 días - Nº 298546 - s/c - 05/03/2021 - BOE

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESOLUCIÓN DJGD 000073/2021. Córdoba, 23 de febrero 2021. VISTO:
Que la citación del deudor debidamente diligenciadas en el marco del proceso de Ejecución Fiscal Administrativa con Control Judicial - ley 9024 y sus modificatorias al contribuyente demandado en el expediente judicial Nº 6082371, en los autos caratulados DIRECCIÓN DE RENTAS DE LA
PROVINCIA DE CÓRDOBA C/ SUCESION INDIVISA DE CUELLO NELIDA
FELICIANA - PROCEDIMIENTO DE EJECUCION FISCAL ADMINISTRATIVA no se han podido practicar en virtud de las constancias incorporadas en autos. Y CONSIDERANDO: Que resulta imperioso resguardar los derechos del Fisco de la Provincia de Córdoba; lo preceptuado por el Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015, y la ley 9024 con sus modificatorias, en orden a la necesidad de proceder a la notificación de la demanda y/u otros proveídos por los medios legalmente predispuestos
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/03/2021 - 4º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

CountryArgentina

Date01/03/2021

Page count37

Edition count4024

First edition01/02/2006

Last issue02/08/2024

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