Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/10/2016 - 4º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

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a
CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y
CONTRATACIONES EN GENERAL

todo ello por resultar legalmente procedente a partir del 05/06/2015.3-Al Dpto Administración de Personal a los fines que se notifique al incoado del contenido de la presente y demás efectos - 4. Al Departamento Finanzas, a los fines que asuma la participación de su competencia, conforme a las expresiones efectuadas en el análisis precedente, de acuerdo con las disposiciones previstas de la Ley 10.001 modificatoria del Art 93º inc c de la Ley 9728 y del art 93º inc a del mismo plexo legal-5-Al Departamento Medicina Laboral, a los efectos que se realicen los registros de rigor en el legajo medico laboral de los encartados. PROTOCOLÍCESE. JEFATURA
DE POLICÍA, 01 de Agosto de 2016 RESOLUCIÓN N 62418/2016 Que es cuanto hay que hacer constar por lo que se da por finalizado el acto previa lectura y ratificación de su contenido. Queda Ud. Debidamente notificado.

AÑO CIII - TOMO DCXXII - Nº 197
CORDOBA, R.A., VIERNES 7 DE OCTUBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

que se da por finalizado el acto previa lectura y ratificación de su contenido.
Queda Ud. Debidamente notificado.
5 días - Nº 72763 - s/c - 12/10/2016 - BOE

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

El Señor Jefe del Departamento Administración de Personal Comisario Inspector Carlos Isidro Caminos, NOTIFICA al SARGENTO PRIMERO JUAN
FRANCISCO PEÑALOZA M.l.Nº: 22.774.053 colocándolo en tal revista de acuerdo a las disposiciones previstas en el art 68º inc h de la Ley 9728, todo ello por resultar legalmente procedente a partir del 27/05/2015 y hasta el 01/11/2015. 2 CESAR la situación de revista efectiva en tareas no operativa en que se encontraba el nombrado retomando situación de servicio efectivo en los términos del Art 68 inc a de la Ley Nº 9728, todo ello por resultar legalmente procedente, a partir del 02/11/2015. 3-Al Dpto Administración de Personal a los fines que se notifique al causante del contenido de la presente y demás efectos - 4. Al Departamento Finanzas, a los fines
RESOLUCION DJRGDA-M 0455/2016, CORDOBA 27 JUL 2016, VISTO, este expediente Nº SF 12823416/16, resulta que de los antecedentes obrantes en autos, la firma responsable 750 ML SA, inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como Agente de Retención bajo el Nº 380002086, y en la A.F.I.P. con la C.U.I.T. N: 30-70974172-8, con domicilio en calle Jacinto Rios Nº 766 B Gral Paz Norte de la localidad Córdoba, Pcia. de Córdoba, se instruyó Sumario con fecha 18-05-16, y CONSIDERANDO: Que ante la imposibilidad de notificar en el domicilio declarado por la firma, el que se encuentra desactualizado a la fecha, según consta en todos los intentos de notificación realizados por la Dirección, volvía con la leyenda, DESCONOCIDO. Se optó por intimar al domicilio declarado ante otros fiscos, sito en Bvrd De Los Almogavares N6725, Barrio Los Boulevares, recibido por Leonor Zalazar DNI 25.344.037, en su carácter de EMPLEADA. Que de esta manera se garantiza a la firma responsable la posibilidad de que ejerza su legítimo derecho de defensa. Que instruido el Sumario y corrida la vista de Ley por el término de QUINCE 15 DIAS, para que la parte ejerza su derecho defensa y ofrezca las pruebas que entiende hacen a su derecho Art. 86 del C.T.P. Ley 6006 t.o. 2015 decreto 400/15-, la misma deja vencer el plazo sin presentar objeción alguna; Que debe quedar en claro que los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a cumplir los Deberes establecidos por éste Código o Leyes Tributarias Especiales, para facilitar a la Dirección el ejercicio de sus funciones Art. 47- Primer Párrafo del CTP. Que de las constancias obrantes en autos se desprende que la firma contribuyente no ha cumplimentado en los términos del Art. 47 inc. 2 al no haber presentado la Declaración Jurada correspondiente al periodo Marzo a Diciembre 2014, Enero a Diciembre 2015 y Enero a Abril 2016, dentro del plazo previsto en la Resolución Ministerial vigente. Que atento a la naturaleza jurídica de las infracciones que aquí se juzgan, la conducta descripta por el contribuyente como en este caso es la no presentación en tiempo y forma de la Declaración Jurada de hechos imponibles que el CTP o Leyes especiales le atribuyan, y el no cumplimiento a la intimación de la Dirección, actúa como presupuesto objetivo de responsabilidad tributaria por su sola configuración, máxime si se tiene en cuenta que el contribuyente no ha aportado elementos jurídicamente relevantes.- Que tampoco dio cumplimiento a lo establecido en el Art 46 del C.T.P. el que versa: Los contribuyentes y responsables se encuentran obligados a comunicar cualquier cambio de domicilio dentro de los quince 15 días de efectuado, quedando obligada la Dirección a tener en cuenta el cambio comunicado, únicamente si la modificación fuera informada de la manera establecida por la reglamentación Que en consecuencia las infracciones por incumplimientos a los deberes formales, se encuentra configurada, deviniendo pertinente la sanción a la Responsable de referencia con una Multa que en esta instancia se gradúa en la Suma de Pesos SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA CON 00/100
CENTAVOS $ 66.650,00. Señálese que a fin de cuantificar la Multa se
que asuma la participación de su competencia, conforme a las expresiones efectuadas en el análisis precedente, de acuerdo con las disposiciones previstas de la Ley 10.001 que sustituye el inc c del Art 93º y el Art 93 inc a de la Ley Nº 9728.5-Al Departamento Medicina Laboral, a los efectos que se realicen los registros de rigor en el legajo medico laboral del causante. PROTOCOLÍCESE. JEFATURA DE POLICÍA, 01 de Agosto de 2016
RESOLUCIÓN N 62404/2016 Que es cuanto hay que hacer constar por lo
tuvo en cuenta, lo establecido en el segundo párrafo del Art. 74 del C.T.P.
-Ley 6006 t.o 2015 decreto 400/15 y modif., el cual nos lleva al Art. 2 de la LIA que en su apartado A Inc. 3 y 4 el que dice: Omisión de presentar declaraciones juradas: Inc. 3.- Agentes de Retención, Percepción y/o Recaudación y Grandes Contribuyentes de acuerdo a las disposiciones de la Resolución 123/2007 del Ministerio de Finanzas y complementarias para obligaciones hasta el 2012 y el Inc. 4 Por los regímenes de reten-

5 días - Nº 72769 - s/c - 12/10/2016 - BOE

POLICÍA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
El Señor Jefe del Departamento Administración de Personal Comisario Inspector Carlos Isidro Caminos, NOTIFICA al SGTO AYTE PEREZ VICTOR
HUGO M.l. N 20.656.833 de la parte resolutiva del contenido obrante en la Resolución de Jefatura de Policía N 62390/16, de fecha 23 de Mayo del 2016, la cual a continuación se transcribe: Jefe de Policía de la Provincia, en uso de facultades que le son propias., RESUELVE : 1. HOMOLOGAR la colocación en DISPONIBILIDAD del SGTO AYTE PEREZ VICTOR HUGO
M.I.Nº 20.656.833 , por los periodos correspondientes en DISPONIBILIDAD, desde 23/06/2015 al 28/06/2015, desde 25/12/2015 al 28/12/2015, desde 22/01/2016 al 31/01/2016 todo ello de acuerdo a las disposiciones previstas en el art 69 inc c de la Ley 9.728.2 y hasta tanto se disponga la modificación de su situación médica laboral y hasta el plazo máximo de
06 meses. 2.Al Dpto Administración de Personal a los fines se notifique a los causantes del contenido de la presente y demás efectos.3-Al Dpto Finanzas a los fines que asuma la participación de su competencia, en los términos del art 94º de la Ley 9728 4 Al Dpto medicina Laboral a los efectos que se efectúen los registros de rigor. PROTOCOLÍCESE. JEFATURA
DE POLICIA 28 de Julio de 2016. RESOLUCIÓN N 62390/2016. Que es cuanto hay que hacer constar por lo que se da por finalizado el acto previa lectura y ratificación de su contenido. Queda Ud. Debidamente notificado 5 días - Nº 72765 - s/c - 12/10/2016 - BOE

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/10/2016 - 4º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

CountryArgentina

Date07/10/2016

Page count13

Edition count4029

First edition01/02/2006

Last issue09/08/2024

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