Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/03/2016 - 4º Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

4

a
CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y
CONTRATACIONES EN GENERAL

Leyes n 19.945, 20.175, 22.838, 22.864, 23.476, 24.444, 24.904, 25.610,, 25.658, 25.858, 25.982, 26.215, 26.571, 26.744, 26.774, 27.120 y sus modificatorias; la Ley Orgánica de los Partidos Políticos n 23.298, 26.571
y modificatorias y solo subsidiariamente por el Código Electoral Provincial C.E.P;la Carta Orgánica del Partido Justicialista Distrito Córdoba y supletoriamente la Nacional, Leyes 9571 y 9572 con sus modificatorias n 9.838, 9.839, 10.272 y ó los cuerpos legales que los reemplacen, modifiquen ó sustituyan en el futuro. Se ha asignado supremacía al Código Electoral Nacional en razón que se trata de una elección interna cerrada que comprende autoridades de nivel nacional congresalesl, que absorben a los demás niveles y, además, por tratarse de un partido de distrito.
ARTICULO 44: Cuando se hubiese oficializado una sola lista de candidatos en su respectiva categoría podrá prescindirse del voto de los electores, excepto que la lista única solicite concurrir a la votación. La Junta Electoral Provincial J.E.P, en la primera hipótesis, luego de verificar que la lista única reúne todos los requisitos para su oficialización, procederá a su proclamación artículo 72 de la C.O.. ARTICULO 45: Se deja establecido que para el comicio interno convocado para el día Domingo 24 de Abril de 2016, la Junta Electoral Provincial J.E.P está facultada ampliamente para reglamentar el voto afiliatorio previsto en el artículo 70 de la CO y el sistema electoral de lemas y sublemas - ARTICULO 46: La Junta Electoral Provincial podrá convocar a una audiencia de apoderados de todas las listas provinciales para los días Viernes ocho 8 y Miércoles veinte 20 de Abril de dos mil dieciséis 2016, a los fines de evaluar la marcha del proceso electoral interno y superar todo obstáculo o inconveniente subsistente. Podrá, a su vez, convocar otras a los mismos fines. ARTICULO 47: Todas las notificaciones con relación a providencias, decretos y/o resoluciones de la Junta Electoral Provincial se consideraran notificadas a la oficina, automáticamente, el mismo día de su dictado, debiendo concurrir los apoderados todos los días y firmando un libro de concurrencia. Asimismo, la JEP podrá publicar sus providencias, decretos, resoluciones y demás documentación de naturaleza electoral en las redes sociales habilitadas a tales fines FACEBOOK
www.facebook.com/Partido-Justicialista-Distrito-Córdoba;
TWITTER @CBAPJ y la página WEB www.pjcordoba.org, lo cual también importará notificación automática y de pleno derecho. ARTICULO 48: LA
proclamación pública de los candidatos que resulten electos en todos los niveles serán públicamente proclamados el día Viernes veintinueve 29 de Abril de dos mil dieciséis 2016, entregando la constancia partidaria que acredite la condición de electos y la duración de su mandado. ARTICULO 49: La Junta Electoral Provincial comunicará la proclamación tanto al Juzgado Federal con competencia electoral cuanto al Juzgado Electoral Provincial. ARTICULO 50: La Junta Electoral Provincial, además, dispondrá la publicación de la proclamación en el Boletín Oficial de la Provincia. Domingo Angel CARBONETTI Apoderado, PARTIDO JUSTICIALISTA Distrito Córdoba 5 días - Nº 41127 - s/c - 08/03/2016 - BOE

PARTIDO JUSTICIALISTA
CONVOCATORIA A ELECCIONES
CORDOBA, 25 de Febrero de 2016 - VISTO Lo situación actual con relación a la prórroga de los mandatos dispuesta por el Congreso Provincial de fecha 20 de Diciembre de 2014 por el término de un año o hasta que asuman las nuevas autoridades proclamadas por la Junta Electoral y lo dispuesto por la Carta Orgánica del Partido Justicialista Distrito Córdoba.
Y CONSIDERANDO: Que los mandatos de las autoridades provinciales Congresales Nacionales y Provinciales, Consejo Provincial, Tribunal de BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CIII - TOMO DCXV - Nº 45
CORDOBA, R.A., MIERCOLES 2 DE MARZO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Ética y Comisión Revisora de Cuentas electas en el último proceso electoral interno vencerían el próximo día 7 de Abril de 2016 v. acta de proclamación efectuada por la Junta Electoral Provincial de fecha 7-4-2011, de la que surge la nómina de integrantes de los referidos cuerpos orgánicos partidarios, todos ellos con mandato desde el día 7 de Abril de 2015, prorrogado por el Congreso Provincial de fecha 20-12-2014 según acta de igual fecha por el término de un 1 año adicional o hasta que asuman las nuevas autoridades proclamadas por la Junta Electoral. Que el resto de las autoridades partidarias tanto circuitales como departamentales en sus respectivos niveles se encuentran en las mismas condiciones de vigencia de sus mandatos, es decir, fenecerían el próximo 7-4-2016 o cuando asuman las nuevas autoridades partidarias que resulten electas. Que, ante tales circunstancias, este Cuerpo estima que -en razón que debe convocarse a elecciones internas para renovar todos los mandatos próximos a vencer.Que esta convocatoria destinada a renovar todas las autoridades partidarias en todos y cada uno de sus niveles reconoce, como sustento principal, el pensamiento y acción de este Cuerpo en cuanto estima que las distintas aspiraciones deben ser resueltas a través del voto de los afiliados, que en definitivason quienes representan la verdadera soberanía partidaria. Que, en consecuencia, corresponde fijar la fecha y disponer la convocatoria a elecciones internas para la renovación de autoridades partidarias. Que, en ejercicio de la competencia exclusiva asignada a esta Mesa Ejecutiva del Consejo Provincial del Partido Justicialista Distrito Córdoba, según lo establece el artículo 27 Inciso 7 de la Carta Orgánica Partidaria, este Cuerpo estima que resulta oportuno y conveniente fijar, como fecha para la realización de la elección interna, el próximo Domingo 24 de Abril de 2016, ya que se trata de una fecha registrada en el imaginario colectivo de todos los justicialistas de Córdoba, ya que desde hace muchísimos añosla elección viene realizándose en dicho período temporal. Que, a su vez, esta convocatoria debe contemplar la renovación de los congresales nacionales por la Provincia de Córdoba en virtud de que sus mandatos también se encuentran vencidos 7-4-2015 y prorrogados por una decisión del Congreso Provincial 20-12-14. Que, asimismo, previo análisis y consideración, este Cuerpo resuelve aprobar el CRONOGRAMA
ELECTORAL que se incorpora como Anexo I y el REGLAMENTO ELECTORAL que regirá la elección interna para renovar autoridades partidarias en todos los niveles circuitales, departamentales, provinciales y nacionales del próximo Domingo 24 de Abril 2016 que se agrega a la presente resolución como Anexo II - Que se dispone la exhibición en la sede partidaria de Bv. San Juan n 579 de esta Ciudad, la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y la comunicación tanto al Juzgado Federal con competencia electoral cuanto al Juzgado Electoral Provincial, con copia de la presente resolución y sus respectivos anexos. Que encontrándose el Congreso Provincial en receso, este Cuerpo puede ejercer las atribuciones conferidas el mismo, en los términos del artículo 27 Inciso 10 de la Carta Orgánica, en cuanto faculta -en caso de necesidad ó urgencia justificadapara adoptar resoluciones sobre atribuciones no delegadas ó especificadas en éste artículo pero siempre ad referéndum del Congreso Provincial que -en su próxima sesióndeberá aprobarlas ó rechazarlas.Que ambas circunstancias justificantes de necesidad y urgencia se encuentran suficientemente acreditadas en función de los tiempos que corren y de la irrevocable decisión de normalizar la vida institucional del Partido en el menor tiempo posible. Que, en consecuencia y siguiendo el mismo criterio rector que el establecido en el referido Congreso de fecha 20-12-2014, se designa una Junta Electoral Provincial integrada inicialmente y como coordinador por el compañero RAMIRO JESUS SANCHEZ, a quien acompañaran hasta la finalización del proceso electoral internolos compañeros que propongan las listas
4

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/03/2016 - 4º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

CountryArgentina

Date02/03/2016

Page count15

Edition count4029

First edition01/02/2006

Last issue09/08/2024

Download this edition

Other editions

<<<Marzo 2016>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031