Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/11/2015 - 4º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

12

Cuarta Sección
BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCXI - Nº 218

recibida la presente, se reintegre a prestar y cumplir servicios a sus tareas habituales, como así también a justificar faltas injustificadas desde el 15.05.2008 a la fecha en los siguientes C.E., asignaturas y/o cargos a detallar: 1.-C.E.Escuela Superior de Bellas Artes Dr. Raúl G. Villafañe, sito en Avenida Universidad N159 de la ciudad de San FranciscoCórdoba, en tres 03 horas cátedras que dicta en la materia Investigación Educativa/
Conocimiento espacio curricular del tercer año del Profesorado de Artes en Artes Visuales.- 2.- En la Escuela Normal Superior Dr. Nicolás Avellaneda, sito en la calle Rivadavia N648 de igual ciudad antes mencionada, en el cargo de maestro del Instituto de Menores
cod.13.735-.- 3.- En el Instituto Superior María Justa Moyano de Ezpeleta -Colegio Universitario, sito en Avenida Frondizi s/n, de la Localidad de Morteros, a las ocho 08 horas cátedra, pertenecientes cuatro 04 horas cátedra a la asignatura de Dinámica de Grupos y Análisis de Instituciones Tecnológicas, y las cuatro 04 horas cátedra, restantes, a la asignatura de Fundamentos de Psicología. Notifíquese mediante Publicación por Edictos.
3 días - Nº 30101 - s/c - 11/11/2015 - BOE
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
SUBDIRECCIÓN DE JURISDICCIÓN ASISTENCIA INDIRECTA AL CIUDADANO
RESOLUCION SJGIR-C 1162/2015 - 30 OCTUBRE 2015 - VISTO, los Expedientes y/o trámites que tratan sobre solicitudes de Exenciones/Compensaciones/Acreditaciones/
Devoluciones, respecto de los tributos administrados por la Dirección General de Rentas, los cuales se detallan en el ANEXO I, que se acompaña y forma parte integrante del presente Acto Administrativo, y CONSIDERANDO I QUE, en cada uno de los Expedientes y/o trámites nominados en el ANEXO I, se ha emitido el Acto Administrativo pertinente; II QUE la notificación de dichas Resoluciones resultó infructuosa por diferentes motivos, razón por la cual deviene procedente efectuarla por edictos publicados por cinco 5 días en el Boletín Oficial de la Provincia, correspondiendo hacer saber a los interesados, el hecho y/o acto que se pretende poner en conocimiento y los medios y/o plazos para impugnarlo conforme las previsiones del artículo 127 y subsiguientes del Código Tributario Provincial, Ley 6006
T.O. 2015 por Decreto N 400/2015, todo en cumplimiento de lo establecido en el artículo 67
del mismo cuerpo legal. Por ello, en uso de sus facultades y teniendo en cuenta lo dispuesto por el Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O. 2015 por Decreto N 400/2015; EL SEÑOR
DIRECTOR DE JURISDICCIÓN ASISTENCIA AL CIUDADANO R E S U E L V E: ARTICULO
1 NOTIFÍCASE a los iniciadores de los expedientes y/o trámites nominados en el ANEXO
I, que forma parte integrante de la presente, que en las respectivas actuaciones, se dictó el pertinente acto administrativo que resuelve DECLARAR PROCEDENTE en su aspecto sustancial el RECURSO de RECONSIDERACION, DEJAR SIN EFECTO en su totalidad la Resolución SJGIR-C-0054/2014, DENEGAR el pedido de compensación de anualidades 1994, 1995 y 1996 y RECONOCER A FAVOR el saldo subsistente. ARTICULO 2 HÁGASE
SABER a los interesados indicados en el ANEXO I, que podrán interponer el Recurso de Reconsideración por escrito ante la retorno, fundadamente y dentro del plazo de quince 15
días de notificada la Resolución, para lo cual deberá abonar la Tasa retributiva, de acuerdo al monto que fije la Ley Impositiva Anual. La Dirección deberá resolver el Recurso de Reconsideración dentro de un plazo de treinta 30 días contados desde su interposición. La resolución que se dicte causa ejecutoria. Vencido el plazo establecido sin que la Dirección haya dictado resolución, el interesado podrá presentar pronto despacho para agotar la vía administrativa y, transcurridos veinte 20 días podrá considerar denegado tácitamente el recurso, quedando habilitada la vía judicial. ARTICULO 3-PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE al Macroproceso de Asistencia al Ciudadano, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial y archívese.- Firma: Cr. Sánchez Ariel Sebastián-Director De JurisdicciónDirección General De Rentas - Provincia De Córdoba.ORDEN
N EXPTE.
1 0034-056732/2007

INICIADOR
YALA ANDREA SONIA

N RESOLUCION
SJGIR-C-0647/2014

FECHA
09/12/2014

5 días - Nº 29865 - s/c - 12/11/2015 - BOE
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
SUBDIRECCIÓN DE JURISDICCIÓN ASISTENCIA INDIRECTA AL CIUDADANO
RESOLUCION SJGIR-E-1024/2015 - 30 OCTUBRE 2015 - VISTO, los Expedientes y/o trámites que tratan sobre solicitudes de Exenciones/Compensaciones/Acreditaciones/
Devoluciones, respecto de los tributos administrados por la Dirección General de Rentas, los cuales se detallan en el ANEXO I, que se acompaña y forma parte integrante del presente Acto Administrativo, y CONSIDERANDO I QUE, en cada uno de los Expedientes y/o trámites nominados en el ANEXO I, se ha emitido el Acto Administrativo pertinente; II QUE
la notificación de dichas Resoluciones resultó infructuosa por diferentes motivos, razón por la cual deviene procedente efectuarla por edictos publicados por cinco 5 días en el Boletín Oficial de la Provincia, correspondiendo hacer saber a los interesados, el hecho y/o acto que se pretende poner en conocimiento y los medios y/o plazos para impugnarlo conforme las previsiones del artículo 127 y subsiguientes del Código Tributario Provincial, Ley 6006
T.O. 2015 por Decreto N 400/2015, todo en cumplimiento de lo establecido en el artículo 67
del mismo cuerpo legal. Por ello, en uso de sus facultades y teniendo en cuenta lo dispuesto por el Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O. 2015 por Decreto N 400/2015; EL SEÑOR
DIRECTOR DE JURISDICCIÓN ASISTENCIA AL CIUDADANO R E S U E L V E: ARTICULO
1 NOTIFÍCASE a los iniciadores de los expedientes y/o trámites nominados en el ANEXO
I, que forma parte integrante de la presente, que en las respectivas actuaciones, se dictó el pertinente acto administrativo que resuelve DECLARAR la PERENCION de INSTANCIA.
ARTICULO 2 HÁGASE SABER a los interesados indicados en el ANEXO I, que podrán
CÓRDOBA, 12 de Noviembre de 2015

interponer el Recurso de Reconsideración por escrito ante la Dirección, personalmente o por correo, mediante carta certificada con recibo de retorno, fundadamente y dentro del plazo de quince 15 días de notificada la Resolución, para lo cual deberá abonar la Tasa retributiva, de acuerdo al monto que fije la Ley Impositiva Anual. La Dirección deberá resolver el Recurso de Reconsideración dentro de un plazo de treinta 30 días contados desde su interposición. La resolución que se dicte causa ejecutoria. Vencido el plazo establecido sin que la Dirección haya dictado resolución, el interesado podrá presentar pronto despacho para agotar la vía administrativa y, transcurridos veinte 20 días podrá considerar denegado tácitamente el recurso, quedando habilitada la vía judicial. ARTICULO
3-PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE al Macroproceso de Asistencia al Ciudadano, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial y archívese.- Firma: Cr. Sánchez Ariel Sebastián-Director De JurisdicciónDirección General De Rentas - Provincia De Córdoba.ORDEN N EXPTE./TRAMITE
INICIADOR
N RESOLUCION
FECHA
1 0034-081787/2014 CESAR CLAUDIO ROQUE
CORDOBA LAWN TENIS
SJGIR-E 0161/2015 31/03/2015
2 0685-000281/2014 SISALLI EMILIO AUGUSTO
VILLA ALLENDE SPORT CLUB
SJGIR-E 0656/2015 04/08/2015
3 0034-079421/2014 AGUIRRE ADA ESTELA
SJGIR-E 0922/2014 27/10/2014
4 0034-066861/2010 MONTIVERO CLAUDIA ALEJANDRA ASOCIACION CIVIL DE DOCENTES Y
FORMADORES 13 DE MARZO
SJGIR-E 0528/2015 20/07/2015
5 0034-081471/2014 MOYANO MARTA NOEMI
SJGIR-E 0393/2015 29/05/2015
6 0034-078474/2013 DANGELO JORGE EDUARDO ASOCIACION MUTUAL BILBAO 1912 DE
ASISTENCIA Y SERVICIOS
SJGIR-E 0531/2015 20/07/2015
16
7988108
HEREDIA LAMBERTO TELMO
SJGIR-E 0391/2015 29/05/2015
17
7292436
ALTAMIRANO ANGEL NICOLAS
SJGIR-E 0172/2015 09/04/2015

5 días - Nº 29864 - s/c - 12/11/2015 - BOE
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
SUBDIRECCIÓN DE JURISDICCIÓN ASISTENCIA INDIRECTA AL CIUDADANO
RESOLUCION SJGIR-D 0598/2015 - 30 OCTUBRE 2015 - VISTO, los Expedientes y/o trámites que tratan sobre solicitudes de Exenciones/Compensaciones/Acreditaciones/
Devoluciones, respecto de los tributos administrados por la Dirección General de Rentas, los cuales se detallan en el ANEXO I, que se acompaña y forma parte integrante del presente Acto Administrativo, y CONSIDERANDO I QUE, en cada uno de los Expedientes y/o trámites nominados en el ANEXO I, se ha emitido el Acto Administrativo pertinente; IIQUE
la notificación de dichas Resoluciones resultó infructuosa por diferentes motivos, razón por la cual deviene procedente efectuarla por edictos publicados por cinco 5 días en el Boletín Oficial de la Provincia, correspondiendo hacer saber a los interesados, el hecho y/o acto que se pretende poner en conocimiento y los medios y/o plazos para impugnarlo conforme las previsiones del artículo 127 y subsiguientes del Código Tributario Provincial, Ley 6006
T.O. 2015 por Decreto N 400/2015, todo en cumplimiento de lo establecido en el artículo 67
del mismo cuerpo legal. Por ello, en uso de sus facultades y teniendo en cuenta lo dispuesto por el Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O. 2015 por Decreto N 400/2015; AL SEÑOR
DIRECTOR DE JURISDICCIÓN ASISTENCIA AL CIUDADANO R E S U E L V E: ARTICULO
1 NOTIFÍCASE a los iniciadores de los expedientes y/o trámites nominados en el ANEXO
I, que forma parte integrante de la presente, que en las respectivas actuaciones, se dictó el pertinente acto administrativo que resuelve DECLARAR la PERENCION de INSTANCIA.
ARTICULO 2 HÁGASE SABER a los interesados indicados en el ANEXO I, que podrán interponer el Recurso de Reconsideración por escrito ante la Dirección, personalmente o por correo, mediante carta certificada con recibo de retorno, fundadamente y dentro del plazo de quince 15 días de notificada la Resolución, para lo cual deberá abonar la Tasa retributiva, de acuerdo al monto que fije la Ley Impositiva Anual. La Dirección deberá resolver el Recurso de Reconsideración dentro de un plazo de treinta 30 días contados desde su interposición. La resolución que se dicte causa ejecutoria. Vencido el plazo establecido sin que la Dirección haya dictado resolución, el interesado podrá presentar pronto despacho para agotar la vía administrativa y, transcurridos veinte 20 días podrá considerar denegado tácitamente el recurso, quedando habilitada la vía judicial. ARTICULO
3-PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE al Macroproceso de Asistencia al Ciudadano, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial y archívese.- Firma: Cr. Sánchez Ariel Sebastián-Director De JurisdicciónDirección General De Rentas - Provincia De Córdoba.ORDEN N EXPTE.
1 0034-079810/2014
2 0034-082490/2014
3 0034-082648/2014
4 0034-065199/2009
5 0034-065949/2009
6 0034-071117/2011
7 8
9 10
11
12

INICIADOR
LOPEZ MARIELA ANLIA
KUCHUMPOS ANATASIO
VELEZ FERRER SANTIAGO
NAIDICH BALLESTER BENJAMIN
TEJEDA JULIA BEATRIZ
MENGO CARLOS EDUARDO
AGRO ATENEA S.R.L
0034-081931/2014 MERCADO FABIANA ANDREA
0034-078898/2013 RAJANI CRISTIAN DANIEL
HOCHMAN CONSULTANTS S.A
0034-076250/2013 SANCHEZ JOSE OSCAR
0034-079280/2014 RUSSO HUMBERTO
ANTONIO ALEJANDRO
0034-062775/2009 PORTA BOSCAROL S.R.L
0034-079486/2014 PALACIO NESTOR ALEXIS

N RESOLUCION
SJGIR-D 0410/2015
SJGIR-D 0452/2015
SJGIR-D 0457/2015
SJGIR-D 0474/2015
SJGIR-D 0426/2015

FECHA
01/07/2015
29/07/2015
29/07/2015
13/08/2015
02/07/2015

SJGIR-D 0431/2015 10/07/2015
SJGIR-D 0355/2015 23/06/2015
SJGIR-D 0372/2015 24/06/2015
SJGIR-D 0033/2015 12/01/2015
SJGIR-D 0043/2015 15/01/2015
SJGIR-D 0397/2015 26/06/2015
SJGIR-D 0423/2015 02/07/2015

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/11/2015 - 4º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

CountryArgentina

Date12/11/2015

Page count42

Edition count4010

First edition01/02/2006

Last issue15/07/2024

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