Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/07/2013 - 4º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

CÓRDOBA, 11 de julio de 2013

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BOLETÍN OFICIAL - AÑO C - TOMO DLXXXII - Nº 113

SECCIÓN
CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS

Cuarta Sección
AÑO C - TOMO DLXXXII - Nº 113
CORDOBA, R.A., JUEVES 11 DE JULIO DE 2013

Y

CONTRATACIONES

EN

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
GENERAL

PRIMERA PUBLICACION
OFICIALES
MINISTERIO DE SEGURIDAD
POLICIA DE CORDOBA
CORDOBA, a los 04 días del mes de Julio del año dos mil Trece, el Funcionario Policial que suscribe Comisario Inspector DANIEL EDUARDO DIAZ Jefe de División Cuerpo Guardia de Infantería, a los efectos legales que correspondan por este acto NOTIFICA:Córdoba 06
de Junio de 2013. El Ministerio de Seguridad, RESUELVE: Articulo 1.- ACEPTESE la RENUNCIA, a partir del 22 de Octubre del 2012, por razones particulares y DISPÓNESE la baja del Ex Agente Matías José Regginato DNI. N 31,057.586, según lo previsto en el Articulo 75 Inciso D de la Ley N 9728, conforme a lo dispuesto por Resolución N 259/13
del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Córdoba.
5 días 15616 17/7/2013 - s/c.
MINISTERIO DE FINANZAS
ÁREA MULTAS
SUBDIRECCIÓN DE JURISDICCIÓN DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE JURISDICCIÓN DE RECAUDACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Córdoba, 13 MAY 2013 VISTO: el expediente N SF 6494548/ 13 Nº Interno, resulta que atento al incumplimiento a la formalidad establecida en el inc. 1 del Art. 45 del C.T.P., de la firma responsable DIAZ DIEGO DANIEL, inscripta en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 280680834 y en la A.F.I.P. con la C.U.I.T. N: 20-14005574-4, con domicilio tributario en calle Fray Jose Leon Torres 858 Barrio Alta Cordoba, de la Localidad Córdoba, Pcia. de Córdoba, se instruyó Sumario con fecha 21-03-13;
CONSIDERANDO:
Que instruido el Sumario y corrida la vista de Ley por el término de QUINCE 15 DIAS, para que la parte ejerza su derecho de defensa y ofrezca las pruebas que entiende hacen a su derecho Art. 82 del C.T.P. Ley 6006 t.o. 2012 decreto 574 y modif.-, la misma deja vencer el plazo sin presentar objeción alguna. Que debe quedar en claro que los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a cumplir los Deberes establecidos por éste Código o Leyes Tributarias Especiales, para facilitar a la Dirección el ejercicio de sus funciones Art. 45 Primer Párrafo del C.T.P.. Que de las constancias obrantes en autos se desprende que la firma contribuyente no ha dado cumplimiento al deber formal al que resulta obligado conforme surge del Art. 45 inc. 1 del C.T.P. inscribirse ante la Dirección, en los casos y términos que establezca la reglamentación. En el presente caso: Fecha de Inscripción 30-08-12, retroactiva al 20-06-12. Que atento a la naturaleza jurídica de las infracciones que aquí se juzgan, la conducta descripta por la responsable como en este caso es el Incumplimiento a lo requerido por la Dirección, actúa como presupuesto objetivo de responsabilidad tributaria por su sola configuración, máxime si se tiene en cuenta que el responsable no ha aportado elementos jurídicamente relevantes, sin requerirse la concurrencia del factor de atribución subjetivo.Que en virtud de lo manifestado precedentemente y existiendo elementos de convicción que la sostienen, debe darse por cierta la materialidad de la infracción que se le imputa, la cual transgrede normas tributarias de cumplimiento obligatorio, resultando incuestionable la aplicación al caso del régimen sancionatorio del art. 70 del Código Tributario Provincial Ley 6006 t.o. 2012 decreto 574 y modificatorias, en razón de la adecuación de la situación comprobada al tipo contravencional que dicha norma recepta.- Que en consecuencia la infracción por incumplimiento a los deberes formales, se encuentra configurada, deviniendo pertinente la sanción a la Firma Responsable de referencia con una Multa que en esta instancia se gradúa en la Suma de Pesos TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO $ 385,00. Señálese que a fin de cuantificar la Multa se tuvo en cuenta, los topes mínimos y máximos establecidos por el Art. 70 del C.T.P.

Ley 6006 t.o. 2012 decreto 574 y modif.- Que en virtud de lo manifestado precedentemente, debe darse por cierta la materialidad de la infracción que se le imputa, la cual transgrede normas tributarias de cumplimiento obligatorio, resultando incuestionable la aplicación al caso del régimen sanciona torio del Art. 70 del C.T.P. Ley 6006 t.o. 2012 decreto 574 y modif.Por lo expuesto y de conformidad con lo estipulado en el Art. 82 del ya mencionado texto legal, EL JUEZ ADMINISTRATIVO RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- APLICAR a la firma contribuyente DIAZ DIEGO DANIEL, inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 280680834, y en la A.F.I.P. con la C.U.I.T. N: 20-14005574-4, una multa de PESOS
TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO $ 385,00, en virtud de haber incurrido en incumplimiento a los deberes formales establecidos en el art. Art. 45 inc. 1 del Código Tributario de la Provincia. Ley 6006 t.o. 2012 decreto 574 y Modificatorias.- ARTÍCULO 2º.DECLARAR a la firma responsable obligada al pago del sellado de actuación - Libro 2º Título 7º del Código Tributario Ley 6006 t.o. 2012 decreto 574 y modif., que asciende a la suma de PESOS NUEVE $ 9,00 y el sellado postal - Art. 53 de la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 6658 y modif., el que asciende a la suma de PESOS TREINTA Y SIETE
CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS $ 37,98, conforme a los valores fijados por la Ley Impositiva vigente.- ARTÍCULO 3º.- INTIMARLO para que en el término de QUINCE 15
DIAS hábiles de notificada la presente abone la multa expresada y el sellado de actuación, los cuales deberán ser depositados en la Entidad Bancaria donde corresponde dar cumplimiento a sus obligaciones fiscales, conforme las normas vigentes sobre el particular, y deberá acreditar el pago de inmediato e indefectiblemente en el domicilio de la Dirección de Rentas de la Provincia de Córdoba, sito en la calle Rivera Indarte Nº 650 - de esta Ciudad, bajo apercibimiento de cobro por vía de ejecución fiscal.- ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, NOTIFÍQUESE, con remisión de copia autenticada.5 días 15694 17/7/2013 s/c
LICITACIONES
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA
SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO FISICO
EXP-UNC: 26412/2013 - LICITACION PUBLICA N 14/2013 Ley 13064
AMPLIACION PLAYA DE ESTACIONAMIENTO FAMAF. Valor del Pliego: $ 1.781,00. Lugar donde pueden consultarse los pliegos: Subsecretaría de Planeamiento Físico - Av. Ing.
Rogelio Nores Martínez N 2200, Ciudad Universitaria 5000 Córdoba, hasta 72 horas antes de la fecha de la apertura. Lugar de presentación de las ofertas: Subsecretaría de Planeamiento Físico Dpto. Licitaciones, hasta 02-08-13 - 10,30 hs. Apertura: 02-08-2013 11,00 horas.
10 días - 15161 24/7/2013 - $ 1.260.UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA
HOSPITAL NACIONAL DE CLÍNICAS
LICITACION PUBLICA N 16/2013 - Expte 0033166/2013
Objeto: Adquisición de material descartable para Farmacia Central. Fecha y Lugar de Apertura: JUEVES 01/08/2013 - 10:45 Horas - Secretaría de Planificación y Gestión Institucional - Artigas 160 - 1 piso - Aula usos múltiples Retiro de Pliegos: Sin Costo Hospital Nacional de Clínicas Dpto. Compras 1 piso Santa Rosa 1564 B Alto Alberdi Mail: compras-hnc@fcm.unc.edu.ar TelFax: 0351-4337061 - Horario 8 a 14 hs 2 días 15353 12/7/2013 - $ 210.-

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Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/07/2013 - 4º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

CountryArgentina

Date11/07/2013

Page count7

Edition count4003

First edition01/02/2006

Last issue03/07/2024

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