Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/02/2012 - 4º Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

BOLETÍN OFICIAL

2

firma contribuyente no ha dado cumplimiento dentro del plazo otorgado, a la intimación notificada el 29-03-11 y, librada con el objeto de que aportara la documentación solicitada en la misma; configurándose de éste modo un incumplimiento a los Deberes Formales contemplados en el art. 37 inciso 5 Código Tributario Provincial - Ley 6006
t.o. 2004 y modificatorias. Que atento a la naturaleza jurídica de las infracciones que aquí se juzgan, la conducta descripta por el contribuyente como en este caso es "la no presentación en tiempo y forma de la Declaración Jurada de hechos imponibles que el CTP o Leyes especiales le atribuyan, y el no cumplimiento a la intimación de la Dirección", actúa como presupuesto objetivo de responsabilidad tributaria por su sola configuración, máxime si se tiene en cuenta que el contribuyente no ha aportado elementos jurídicamente relevantes.- Que en consecuencia la infracción por incumplimiento a los deberes formales, se encuentra configurada, deviniendo pertinente la sanción a la Responsable de referencia con una Multa que en esta instancia se gradúa en la Suma de Pesos CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO $
5.965,00. Señálese que a fin de cuantificar la Multa se tuvo en cuenta, los topes mínimos y máximos establecidos por el Art. 61º del C.T.Ley 6006 t.o 2004 y modif.- Que en virtud de lo manifestado precedentemente y existiendo elementos de convicción que la sostienen, debe darse por cierta la materialidad de la infracción que se le imputa, la cual transgrede normas tributarias de cumplimiento obligatorio, resultando incuestionable la aplicación al caso del régimen sancionatorio del Art. 61 del C.T.Ley 6006 t.o 2004 y modif.- Por lo expuesto y de conformidad a lo estipulado en el Art. 72º del ya mencionado texto legal, EL JUEZ ADMINISTRATIVO RESUELVE ARTÍCULO
1º.- APLICAR a la firma responsable VIERENDELL S.R.L. una multa de PESOS CINCO
MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO $ 5.965,00, en virtud de haber incurrido en incumplimiento a los deberes formales establecidos en el art. 37 inc. 2º y 5º del Código Tributario de la Provincia. Ley 6006 t.o.2004 y Modificatorias.- ARTÍCULO 2º.DECLARAR a la firma responsable obligada al pago del sellado de actuaciónLibro 2º Título 7º del Código Tributario Ley 6006 t.o. 2004 y modif. y sellado postal - Art. 53 de la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 6658 y modif., el que asciende a la suma de PESOS VEINTIDOS $ 22,00, conforme a los valores fijados por la Ley Impositiva vigente.- ARTÍCULO 3º.- INTIMARLO para que en el término de QUINCE 15 DIAS
hábiles de notificada la presente abone la multa expresada y el sellado de actuación, los cuales deberán ser depositados en la Entidad Bancaria donde corresponde dar cumplimiento a sus obligaciones fiscales, conforme las normas vigentes sobre el particular, y deberá acreditar el pago de inmediato e indefectiblemente en el domicilio de la Dirección de Rentas de la Provincia de Córdoba, sito en la calle Rivera Indarte Nº 650 - de esta Ciudad, o en la Delegación que corresponda, bajo apercibimiento de cobro por vía de ejecución fiscal.- ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, NOTIFÍQUESE , con remisión de copia autenticada.5 días 36948 - 10/2/2012 - s/c.-

CORINCOR
CORPORACION INMOBILIARIA CORDOBA S.A.
VENTA DE INMUEBLES
1 CORDOBA-CAPITAL, Corrientes N 534, B Centro. Ocupado por la Policía de la Provincia de Cordoba. Superficie: 983,36 m2. Valor Base: Pesos Tres millones novecientos diez mil $ 3.910.000. Valor del pliego: Pesos cien $ 100.2 CORDOBA, CAPITAL, Paso de los Andes Caseros, Lote 15. Ocupado por la Policía de la Provincia de Cordoba. Superficie: 1.376,94 m2. Valor base: Pesos Cuatro millones $ 4.000.000.- Valor del pliego: Pesos cien $ 100.3 CORDOBA-CAPITAL, NUEVA CORDOBA, Av. Ambrosio Olmos e/ Richardson y O. Trejo Lote 48. Baldío con construcciones precarias. Ocupado. Superficie: 529,89
m2. Valor base: Pesos Dos millones doscientos cinco mil $ 2.205.000.- Valor del pliego: Pesos cien $ 100.4 CORDOBA-CAPITAL, GUEMES, Marcelo T. De Alvear entre Laprida y Pje. Pereyra, Lote 65. Baldío con construcciones precarias. Ocupado. Superficie: 134,30 m2. Valor Base: Pesos Novecientos dieciocho mil $918.000.- Valor del pliego: Pesos cien $
100.5 SATURNINO M. LASPIUR, La Pampa esq. Entre Ríos, Dpto. San Justo, Pcia. de Cordoba. Baldío. Sin ocupantes. Superficie: 13.353 m2. Ultima mejor oferta válida:
Pesos Doscientos mil $200.000. Porcentaje mínimo de mejora de oferta: Tres por ciento 3% sobre última mejor oferta válida.- Valor del pliego: Pesos cien $ 100.6 OLIVA, Pedanía Zorros, Depto. Tercero Arriba, Pcia. de Cordoba. Desocupado.
Superficie: 226 has 7.986 m2. Valor Base: Pesos Once millones doscientos ochenta y cinco mil $11.285.000. Valor del Pliego: Pesos cien $100.7 OLIVA, Pedanía Zorros, Depto. Tercero Arriba, Pcia. de Cordoba. Desocupado.
Superficie: 90 has 7.646 m2. Valor Base: Pesos Cuatro millones quinientos dieciséis mil $4.516.000. Valor del Pliego: Pesos cien $100.8 LA FALDA, PUNILLA, Santiago del Estero s/n, Pedania San Antonio, Dpto. Punilla, Pcia. de Córdoba. Baldío. Desocupado. Venta en bloque 1.000 m2 Superficie: Lote 26, Manz. F, 500 m2 Lote 27, Manz. F, 500 m2 . Valor Base: Pesos Cuarenta y seis mil $46.000. Valor del Pliego: Pesos Cien $100.-

Córdoba, 06 de Febrero de 2012

9 HUERTA GRANDE, PUNILLA, Estanislao del Campo esq. Viejo Vizcacha, Departamento Punilla, Pcia. de Córdoba. Baldío. Desocupado. Venta en bloque 4.958,37 m2. Parcela 13 1.295,40 m2, Parcela 14 1.302, 97m2, Parcela 11 1.180
m2, Parcela 12 1.180 m2. Valor Base: Pesos Sesenta mil seiscientos $ 60.600.
Valor del Pliego: Pesos Cien $100.La CORPORACIÓN INMOBILIARIA CORDOBA S.A. llama a Proceso de Mejoramiento de Ofertas Continuo art. 106 ley 8836, para la venta de los inmuebles descriptos.- Venta de pliegos: En Corincor S.A., Av. Gral. Paz nº 70, 4º piso, Cordoba, de Lunes a Viernes de 9,00 a 17,00 horas. Presentación de ofertas en Corincor S.A.
hasta el 16/02/2012 a las trece 13 horas. Apertura de sobres el día 17/02/2012 a las doce 12 horas en la sede de la ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO DE LA
PROVINCIA DE CORDOBA, ubicada en el Edificio del Nuevo Centro Cívico, sito en Rosario de Santa Fe N 650, ciudad de Córdoba. Consulta de Pliegos en Corincor S.A. de Lunes a Viernes de 9,00 a 17,00 horas o en página www.cba.gov.ar.- Los títulos constan en expedientes respectivos. El adjudicatario abonará el dos por ciento 2%
mas I.V.A. sobre el valor de venta en concepto de gastos administrativos.3 días 246 8/2/2012 - s/c.

DIRECCION GENERAL DE RENTAS
RESOLUCIÓN N DJRGDA-M 0491/2011 Córdoba, 15 DIC 2011 - VISTO, este expediente Nº SF 8309/ 11, resulta que de los antecedentes obrantes en autos, la firma contribuyente FERIA MAX S A E/F, inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 270356567, y en la A.F.I.P. con la C.U.I.T. N:30-70834351-6, con domicilio en calle Pje España Nº 1420 Piso 3 Dpto.6 Barrio Nva. Cba. de la localidad Córdoba, Pcia. de Córdoba, se instruyó Sumario con fecha 21-07-11, y CONSIDERANDO: Que instruido el Sumario y corrida la vista de Ley por el término de QUINCE 15 DIAS,. para que la parte ejerza su derecho defensa y ofrezca las pruebas que entiende hacen a su derecho Art. 72 del C.T.P. Ley 6006 t.o. 2004 y modif.-, la misma deja vencer el plazo sin presentar objeción alguna. Que dicha instrucción de Sumario fue notificada de acuerdo a lo establecido en el Art. 54 inc c 2º párrafo y art. 54
y 58 Ley procedimiento Administrativo N 6658 y modificatorias siendo el último día de publicación en el Boletín oficial el 08-11-11. Que debe quedar en claro que los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a cumplir los Deberes establecidos por éste Código o Leyes Tributarias Especiales, para facilitar a la Dirección el ejercicio de sus funciones Art. 37 Primer Párrafo del CTP. Que de las constancias obrantes en autos se desprende que la firma contribuyente no ha cumplimentado los términos del Art. 37º inc. 2 al no haber presentado la Declaración Jurada correspondiente al periodo Abril y Julio 2010, dentro del plazo previsto en la Resolución Ministerial vigente.-Que asimismo la firma contribuyente no ha dado cumplimiento dentro del plazo otorgado, a la intimación notificada el 16-07-10 y 19-10-10 y, librada con el objeto de que aportara la documentación solicitada en la misma; configurándose de éste modo un incumplimiento a los Deberes Formales contemplados en el art. 37
inciso 5 Código Tributario Provincial - Ley 6006 t.o. 2004 y modificatorias.Que atento a la naturaleza jurídica de las infracciones que aquí se juzgan, la conducta descripta por el contribuyente como en este caso es "la no presentación en tiempo y forma de la Declaración Jurada de hechos imponibles que el CTP o Leyes especiales le atribuyan, y el no cumplimiento a la intimación de la Dirección", actúa como presupuesto objetivo de responsabilidad tributaria por su sola configuración, máxime si se tiene en cuenta que el contribuyente no ha aportado elementos jurídicamente relevantes.- Que en consecuencia la infracción por incumplimiento a los deberes formales, se encuentra configurada, deviniendo pertinente la sanción a la Responsable de referencia con una Multa que en esta instancia se gradúa en la Suma de Pesos DOS MIL DOSCIENTOS
CINCUENTA Y SEIS CON VEINTICINCO CENTAVOS $ 2.256,25. Señálese que a fin de cuantificar la Multa se tuvo en cuenta, los topes mínimos y máximos establecidos por el Art. 61º del C.T.Ley 6006 t.o 2004 y modif.- Que en virtud de lo manifestado precedentemente y existiendo elementos de convicción que la sostienen, debe darse por cierta la materialidad de la infracción que se le imputa, la cual transgrede normas tributarias de cumplimiento obligatorio, resultando incuestionable la aplicación al caso del régimen sancionatorio del Art. 61 del C.T.Ley 6006 t.o 2004 y modif.-Por lo expuesto y de conformidad a lo estipulado en el Art. 72º del ya mencionado texto legal, EL JUEZ
ADMINISTRATIVO RESUELVE ARTÍCULO 1º.- APLICAR a la firma contribuyente FERIA
MAX S A E/F una multa de PESOS DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON
VEINTICINCO CENTAVOS $ 2.256,25, en virtud de haber incurrido en incumplimiento a los deberes formales establecidos en el art. 37 inc. 2º y 5º del Código Tributario de la Provincia. Ley 6006 t.o.2004 y Modificatorias.- ARTÍCULO 2º.- DECLARAR a la firma responsable obligada al pago del sellado de actuaciónLibro 2º Título 7º del Código Tributario Ley 6006 t.o. 2004 y modif. y sellado postal - Art. 53 de la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 6658 y modif., el que asciende a la suma de PESOS VEINTICUATRO
$ 24,00, conforme a los valores fijados por la Ley Impositiva vigente.- ARTÍCULO 3º.INTIMARLO para que en el término de QUINCE 15 DIAS hábiles de notificada la presente abone la multa expresada y el sellado de actuación, los cuales deberán ser depositados en la Entidad Bancaria donde corresponde dar cumplimiento a sus obligaciones fiscales, conforme las normas vigentes sobre el particular, y deberá acreditar el pago de inmediato e indefectiblemente en el domicilio de la Dirección de Rentas de la Provincia de Córdoba, sito en la calle Rivera Indarte Nº 650 - de esta Ciudad, o en la Delegación que corresponda, bajo apercibimiento de cobro por vía de ejecución fiscal.- ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, NOTIFÍQUESE , con remisión de copia autenticada.-

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/02/2012 - 4º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

CountryArgentina

Date06/02/2012

Page count6

Edition count4028

First edition01/02/2006

Last issue08/08/2024

Download this edition

Other editions

<<<Febrero 2012>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
26272829