Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/07/2011 - 4º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

BOLETÍN OFICIAL

Córdoba, 04 de Julio de 2011

4

SECCIÓN:

AÑO XCIX - TOMO DLVIII - Nº 123
CORDOBA, R.A., LUNES 04 DE JULIO DE 2011

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialweb@cba.gov.ar
OFICIALES Y LICITACIONES

OFICIALES
Alianza UNIÓN POR CÓRDOBA
P. Justicialista, P. Acción Popular y P. Acc. Por la República S/ Reconocimiento Jurídico Político como ALIANZA ELECTORAL MUNICIPAL
para el día 31/07/2011" Expte. "A" 19/11.
ARROYITO - Dpto. San Justo AUTO NÚMERO: TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE - Córdoba, diecisiete de junio de dos mil once.- Y VISTOS: Estos autos caratulados "ARROYITO - Dpto. San Justo - Alianza UNIÓN POR
CÓRDOBA P. Justicialista, P. Acción Popular y P. Acc. Por la República S/ Reconocimiento Jurídico Político como ALIANZA ELECTORAL MUNICIPAL para el día 31/07/2011" Expte. "A" 19/11. DE LOS
QUE RESULTA: Que a fs. 01 comparece ante este Juzgado Electoral el Dr. Domingo A. Carbonetti h, apoderado del Partido Justicialista y solicita se inscriba y reconozca a la Alianza UNIÓN POR
CÓRDOBA", formalizada entre el partido Justicialista y las agrupaciones Partido Acción Popular y Partido Acción por la República, para las elecciones municipales a llevarse a cabo en la localidad de Arroyito, Dpto. San Justo, de la Provincia de Córdoba el próximo 31 de julio del corriente año. Que a fs.
10 de autos obra el informe de Secretaría en el que consta la vigencia de la personería jurídico política de los partidos en cuestión, los nombres de las personas responsables tanto económico financiero como político de campaña, como así también la expresa autorización por parte de sus Cartas Orgánicas de la posibilidad de concretar alianzas electorales con otras fuerzas políticas. Y CONSIDERANDO: I.
Que los firmantes del Acta Constitutiva de la Alianza "Unión por Córdoba" son apoderados de partidos que cuentan con Personería Jurídico Política Provincial vigente, y que la conformación de la alianza electoral en cuestión se encuentra debidamente autorizada por los órganos partidarios competentes a tal fin. II. Que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el art. 26 de la Ley N 9572
concordante con el art. 2 inc. 8 de la Ley N 8643, respecto de la conformación y reconocimiento de las alianzas electorales. Ello surge de la siguiente documentación que ha sido acompañada, a saber: Acta Constitutiva donde se designa a la Sra. Miriam Norma Pedroca M.I 10.934.780 como responsable político de campaña y el Sr. Julio César Bitschin M.I 13.070.635 responsable financiero fs. 02/03;
Plataforma Electoral Común fs. 02 vta y 03; Acta Nº 12 de la Mesa Ejecutiva del Consejo Provincial del "Partido Justicialista" fs. 04; Acta Nº 194 de la Convención Provincial del Partido "Acción Popular" fs.
05; Acta de fecha dieciséis de junio del cte. de la Asamblea Provincial del partido "Acción por la República" fs. 10.- III. Que a fs. 11 se designa como apoderados comunes de la alianza a los señores Domingo Ángel Carbonetti y Luis Aquiles Portioli. IV. Que conforme surge de las constancias obrantes en autos caratulados "ARROYITO - INTEGRACIÓN JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL" Expte. "A" 07/
94, el Municipio de Arroyito Dpto. San Justo convocó a elecciones el día 10 de junio de dos mil once por Decreto Nº 406-T/2011 fs. 106/108. V. Que conforme surge del art. 26 de la Ley N 9572 la solicitud la constitución de una alianza electoral debe hacerse con no menos de sesenta 60 días antes de la elección en que aquella se proponga intervenir. Por lo que en el caso de las elecciones que se celebrarán el día 31 de julio del cte. año, la fecha límite para presentar la solicitud mencionada resultó ser el día 01
de junio del cte. año. VI. Que en el caso de la localidad de Arroyito, Dpto. San Justo, surge que conforme el art. 47 de la Ordenanza Electoral Municipal Nº 1.486/11, la constitución de una alianza electoral debe ser puesta en conocimiento de la Junta Electoral Municipal con no menos de cuarenta y cinco 45
días antes de la elección en que aquella se proponga intervenir. VII. Que al asignar este Tribunal el correspondiente Número de Identificación a la alianza de autos, debe tenerse en cuenta lo dispuesto por la Resolución N 01 de fecha 09 de abril de 2003 cfr. Autos CORDOBA Dpto. Capital Secretaría Electoral del Juzgado Federal N 1 REMITE Acordada N 94 de la Cámara Nacional Electoral Expte. C
12/03. Por todo lo expuesto, disposiciones legales citadas, este Juzgado Electoral RESUELVE: I.Reconocer como Alianza Electoral Municipal denominada "UNIÓN POR CÓRDOBA" para las elecciones del día 31 de julio del corriente año en la localidad de Arroyito Dpto. San Justo; integrada por los Partidos Partido Justicialista, Acción Popular, y "Partido Acción por la República", asignándole a tal efecto el Número de Identificación Letra A Número Quinientos Veintinueve A529 del correspondiente Registro II.- Tener por apoderado común de la alianza a los señores Domingo Ángel Carbonetti y Luis Aquiles Portioli. III.- Protocolícese, Notifíquese y Publíquese.- Fdo: Marta Elena Vidal, Juez Electoral Provincial.
Ante mi: Alejandro J. Villada, Secretario Electoral.
N 16201 s/c .TRIBUNAL DE CONDUCTA POLICIAL Y PENITENCIARIO
El Tribunal de Conducta Policial y Penitenciario, mediante el sumario administrativo identificado como S.A. N 320/09, ha dictado la siguiente resolución A N 1602/11 Córdoba, 3 de mayo de 2011. Y Vistos:

Y Considerando: Resuelve: Art. 1 Disponer la baja por cesantía del Sargento Diego Andrés Castañarez DNI N 22.207.985, a partir de la fecha de notificación del presente instrumento legal, por su participación responsable en el hecho acreditado el que encuadra en una falta de naturaleza Gravísima, prevista en el artículo 15 incisos 20 en función del Art. 15 inciso d e i de la Ley de Personal Policial N 9728 y 27 de Régimen Disciplinario Policial y de conformidad a lo previsto en los Arts. 15, párrafo 1
y 16 inc. 4 del R.R.D.P. y arts. 19 inc. c y 102 de la Ley 9728. Artículo 2 Protocolícese, dése intervención a la Dirección de Relaciones Humanas y Laborales dependiente de la Subjefatura de la Policía de la Provincia, notifíquese, publíquese en el BOLETIN OFICIAL y archívese. Fdo. Dra. Ana María Becerra, presidente del Tribunal de Conducta Policial y Penitenciario. Dr. Jorge Luis Jofre, Sr. Roberto Oscar Pagliano, Vocales.
5 días 16219 11/7/2011 - s/c DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
OFRECIMIENTO DE ONCE 11 MÁQUINAS DE ESCRIBIR OBSOLETAS:
A los fines de dar cumplimiento al Artículo 131 de la Ley Nº 7631/1988, se ofrecen ONCE 11
MÁQUINAS DE ESCRIBIR OBSOLETAS, en condiciones de rezago e inutilización, pertenecientes al Patrimonio de la Dirección General de Rentas: Los interesados deberán pertenecer a Entidades Oficiales o de bien Público, con acreditación de Personería Jurídica y dirigirse dentro de los tres 3 días de su Publicación al Sector Auditoría y Control Interno de la Dirección General de Rentas, sito en Rivera Indarte Nº 650 6º Piso Córdoba Capital o comunicarse al Teléfono: 0351-4249444, en el horario de 08:00 hs.
a 14:00 horas.- Fdo: DANIELA M. BELETTI - Directora de Jurisdicción de Asistencia al Contribuyente Dirección General de Rentas p/ ausencia - CR. ALFREDO L. LALICATA - Director General - Dirección General de Rentas 3 días 16453 7/7/2011 - s/c .PROVINCIA DE CÓRDOBA
TRIBUNAL DE CONDUCTA POLICIAL Y PENITENCIARIO
CORDOBA, 23 de Junio de 2011. Y VISTO Y CONSIDERANDO RESUELVE: Artículo 1: DISPONER LA BAJA POR CESANTIA DEL ADJUTOR PRINCIPAL NELSON OSCAR FARIAS, D.N.I.: N
26.739.918, a partir de la fecha del presente instrumento legal, por la comisión de la falta disciplinaria de naturaleza gravísima prevista en el Artículo 10 Inc. 24 del Dcto. N 25/76, correlacionada con el Art. 12, puntos 11 y 12 de la ley N 8231; y de conformidad a lo establecido en los Arts. 17 Incs. 3 y 4, y 74 Inc.
4 de la ley N 8231; Art. 12 Inc. d del Dcto. N 25/76; y Art. 75 del Dcto. N 1753/03, concordante con el Art.
1 del Dcto. N 199/09. Artículo 2: COMUNIQUESE a la Jefatura del Servicio Penitenciario de Córdoba a sus efectos. Artículo 3: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el BOLETÍN OFICIAL y archívese.Resolución "A" N 1637 /10. Firmado: Dra. Ana María Becerra, Presidente, Roberto Oscar Pagliano, Vocal.
5 días - 16434 - 11/7/2011 - s/c
LICITACIONES
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA
LABORATORIO DE HEMODERIVADOS
Licitación Pública N 37/2011
Objeto: provisión de equipos para el área control de calidad del laboratorio de hemoderivados Lugar donde pueden retirarse o consultarse los pliegos: Laboratorio de Hemoderivados Departamento Compras Av. Valparaíso s/n Ciudad Universitaria X5000HRA Córdoba y en la Representación de la UNC en Bs. As. Paraná 777, Piso 11 A C1017AA0 Capital Federal, en días hábiles administrativos de 9 a 15 hs. En el Laboratorio de Hemoderivados y de 10 a 15 hs. En la Representación de la U.N.C. en Buenos Aires. El pliego de Bases y Condiciones Particulares de este procedimiento también podrá ser consultado ingresando en el sitio Web de la Oficina Nacional de Contrataciones, www.argentinacompra.gov.ar Acceso Directo Contrataciones Vigentes Circular de la O.N.C. N 26/07
y puede ser levantado a través de la pág. Web de la O.N.C. Valor del pliego: sin costo. Lugar de presentación de las ofertas: laboratorio de hemoderivados, Dpto. Compras Av. Valparaíso s/n Ciudad Universitaria X5000HRA Córdoba, en días hábiles administrativos hasta el 28 de julio de 2011 a las 10
hs. Apertura: Dirección General de Contrataciones. Departamento Compras Artigas 160, Aula de Usos Múltiples, 1 Piso, Córdoba, el 28 de julio de 2011 a las 12 hs.
2 días 16132 6/7/2011 - $ 230

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/07/2011 - 4º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

CountryArgentina

Date04/07/2011

Page count3

Edition count4010

First edition01/02/2006

Last issue15/07/2024

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