Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/06/2023 - 3º Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

3

a
1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCCII - Nº 114
CORDOBA, R.A., JUEVES 22 DE JUNIO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

SOCIEDADES - PERSONAS JURÍDICAS
ASAMBLEAS Y OTRAS

consideración de los presentes, la moción resulta aprobado por unanimidad. El nuevo texto ordenado aquí aprobado, se reproduce en su tenor literal al pie de la presente Acta. Finalmente, los señores socios resuelven por unanimidad autorizar a los señores Agustina Bolatti, DNI
39.025.027 y/o Tomás Capdevila, DNI 21.061.886
y/o Andrea Moresi, DNI 37.836.224 y/o Daniela Barbiani, DNI 38.107.622, a fin de efectuar todas las diligencias, gestiones y/o validaciones necesarias y conducentes relacionadas con la presente y su presentación por ante la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas para la verificación de los requisitos legales y fiscales, y su posterior inscripción en el Registro Público de esta Provincia de Córdoba, realizar cuantos actos y trámites fuesen necesarios para inscribir, ante la autoridad de contralor correspondiente, la presente resolución asamblearia, confiriéndole al respecto las más amplias facultades, incluyendo las de aceptar o proponer modificaciones de los textos involucrados, efectuar dictámenes, efectuar declaraciones juradas, efectuar publicaciones, validando la documentación pertinente en el/los respectivos expedientes digitales que con motivo de su inscripción se inicien/presenten, y suscribir en nombre y representación de la Sociedad las escrituras aclaratorias, complementarias o rectificatorias a que hubiere lugar, con las más amplias atribuciones al respecto. La presente autorización se efectúa en los términos del art. 169 de la Ley General de Sociedades. Las facultades mencionadas con anterioridad son meramente ejemplificativas y no limitativas de las conferidas mediante el presente. No habiendo otro tema que tratar, se da por finalizado el acto, siendo las 12:00 hs horas en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento, dejando constancia de que la reunión revistió el carácter de unánime en razón de haberse cumplimentado lo determinado en el artículo 237
in-fine de la Ley General de Sociedades. TEXTO ORDENADO: CONTRATO SOCIAL SIPIT
S.R.L. CLAUSULA PRIMERA: La sociedad se denomina SIPIT S.R.L. y tiene domicilio social en la jurisdicción de la Provincia de Córdoba. CLAUSULA SEGUNDA: Su plazo de duración es de treinta 30 años, contados a partir de su inscripción en el Registro Público. Este plazo podrá prorrogarse por treinta 30 años más, conforme lo estipulado por el artículo 95 de la Ley 19.550.

ciones; c Ejecución, Proyecto y mantenimiento de obras y servicios de ingeniería civil; d Ejecución, Proyecto y mantenimiento de obras y servicios de arquitectura; e Mantenimiento de espacios verdes; f Compra venta de materiales al por mayor y por menor de productos de electricidad, agua, gas, telecomunicaciones, construcción; g Ejecución Proyecto y mantenimiento de obras y servicios de ingeniería electromecánica, agua y gas; h Desarrollo, ejecución de proyectos de arquitectura en inmueble propios e inmuebles de terceros. i Alquiler de maquinaria vial, grúas, vehículos. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, con las limitaciones impuestas por las leyes y el presente estatuto.
CLAUSULA CUARTA: El capital social se fija en la suma de PESOS VEINTE MIL $20.000, dividido en doscientas 200 cuotas sociales de PESOS CIEN $100 de valor nominal cada una, las que se encuentran debidamente suscriptas e integradas. El señor MARQUEZ, Alejandro Leonel, DNI 33.162.705, es titular de 67 cuotas sociales, de PESOS CIEN $100 cada una, representativas del 33,5% del total de las cuotas sociales; el señor RIVAROLA, Claudio Alejandro, DNI
32.541.707, es titular de 66 cuotas sociales, de PESOS CIEN $100 cada una, representativas del 33% del total de las cuotas sociales; y el señor NAHUM, Gonzalo, DNI 32.492.542, es titular de 67 cuotas sociales, de PESOS CIEN $100
cada una, representativas del 33,5% del total de las cuotas sociales. No existen prohibiciones acerca de la transmisibilidad de las cuotas, por lo cual, los socios deberán primeramente ejercer el derecho de preferencia entre sí, notificando fehacientemente al otro socio y por un plazo de treinta 30 días; transcurrido es mismo y no habiendo hecho uso de esta opción los socios, las cuotas podrán ser transferidas a otros socios o a extraños a la sociedad. CLAUSULA QUINTA: En caso de fallecimiento o incapacidad de alguno de los socios, sus herederos o sus causa-habientes, tendrán opción, dentro de los cuarenta y cinco 45 días de ocurrido el hecho, de incorporarse a la sociedad o retirarse, en este último caso se le procederá a liquidar la parte del capital a prorrata y abonadas como sigue: una tercera parte al contado, una tercera parte a los seis 6 meses y el saldo a un 1 año de plazo a contar desde la fecha de adjudicación de las cuotas, con un inte-

CLAUSULA TERCERA: La sociedad tendrá por objeto realizar por sí o por terceros o asociada a terceros o en representación de terceros las siguientes actividades: a Ejecución, Proyecto y mantenimiento de obras y servicios de ingeniería electromecánica; b Ejecución, Proyecto y mantenimiento de obras y servicios de telecomunica-

rés bancario. CLAUSULA SEXTA: Los socios no podrán retirarse voluntariamente de la sociedad hasta transcurrido el periodo mínimo de un año, y en tal caso deberá comunicar a la sociedad con una anticipación de ciento veinte 120 días corridos como mínimo, los restantes tomarán las cuotas de capital a prorrata y serán abonadas en la
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

forma prevista en el artículo anterior. El socio saliente no tendrá derecho a reclamo alguno de otra suma o indemnización, que el valor de sus acciones a la par de acuerdo al último balance realizado. CLAUSULA SEPTIMA: La dirección, administración y representación legal de la sociedad será ejercida por los señores Alejandro Leonel Márquez, DNI 33.162.705, Claudio Alejandro Rivarola, DNI 32.541.707, y Gonzalo Nahum, DNI 32.492.542, en carácter de socios gerentes. Como tal tendrán el uso de la firma social de manera a los fines de realizar operaciones de índole Bancaria, tales como libramiento de cheques, solicitar descubierto, descuentos de documentos comerciales y cualquier gestión ante Bancos. Para obligar a la sociedad, así como para disponer de los bienes registrables que la sociedad adquiera será necesaria la firma de todos los socios. La firma social se usará exclusivamente en operaciones sociales, estando prohibido comprometerla en préstamos gratuitos en provecho particular de los socios ni en ninguna operación ajena a la sociedad. Se designa como Administrador de Relación ante AFIP al señor Alejandro Leonel Márquez, DNI 33.162.705, para que actúe en nombre y representación de la sociedad. CLAUSULA OCTAVA: Las resoluciones sociales se adoptarán en asamblea de socios y por mayoría de capital, y las deliberaciones y lo resuelto constará en un libro de actas. CLAUSULA NOVENA: El cierre del ejercicio será el día treinta y uno 31 de diciembre de cada año, debiéndose preparar el balance, con su respectivo inventario y memoria. De las utilidades liquidas y realizadas se destinará un cinco por ciento para el fondo de reserva legal, hasta completar el veinte por ciento del capital social. Los dividendos deberán ser pagados en proporción a los aportes de cada socio. CLAUSULA DECIMA: Si hubiese disolución de la sociedad, la liquidación de la sociedad se hará por la persona que designen los socios. Una vez canceladas las deudas de la sociedad, el saldo se adjudicará a los socios, en proporción a sus aportes. En consecuencia, no habiendo más puntos que tratar se cierra la presente asamblea a las 12 hs, en el lugar y fecha indicado en el encabezado previa lectura y ratificación del acta.
1 día - Nº 461112 - $ 24362,65 - 22/06/2023 - BOE

PANCOR SA
Por Acta de Asamblea general extraordinaria N
50, de fecha 19 de mayo de 2023, se resuelve por unanimidad de los accionistas: 1 Ratificación del aumento de capital social aprobado de forma unánime mediante asamblea ordinaria extraordinaria unánime del 31/05/2019, que consta
30

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/06/2023 - 3º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

CountryArgentina

Date22/06/2023

Page count32

Edition count3975

First edition01/02/2006

Last issue12/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Junio 2023>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930