Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/06/2023 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCCII - Nº 114
CORDOBA, R.A., JUEVES 22 DE JUNIO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

SOCIEDADES - PERSONAS JURÍDICAS
ASAMBLEAS Y OTRAS

de pesos cien $100 cada una, representativas del treinta y tres por ciento 33% del total de las cuotas sociales; y - El señor Gonzalo Nahum, titular del Documento Nacional de Identidad número 32.492.542, de nacionalidad argentina, fecha de nacimiento 26 de noviembre de 1986, de profesión empresario, con domicilio real en calle Jorge León Tedin N3867 Barrio Urca Córdoba, estado civil soltero, pasa a ser titular de sesenta y siete 67 cuotas sociales, de pesos cien $100
cada una, representativas del treinta y tres coma cinco por ciento 33,5% del total de las cuotas sociales. Encontrándose presentes los señores Márquez, Rivarola y Nahum, ACEPTAN a título personal, la cesión de cuotas sociales realizadas a su favor. La moción resulta aprobada por unanimidad. A continuación, se pasa a considerar el segundo punto del Orden del Día: 2 Análisis y consideración sobre la renuncia de los señores Socios Gerentes a su cargo. Aprobación de la gestión desempeñada por los señores Gerentes: toman la palabra el señor Lucas Sebastián Altamirano el que manifiestan que, en virtud de lo resuelto en el apartado precedente, es que por medio de la presente deja expresa su renuncia al cargo de Socio Gerente, a título personal, el que manifiesta que no reviste carácter de dolosa e intempestiva, poniendo en conocimiento de la Sociedad que carece de todo derecho, prerrogativa, facultad, crédito o legitimación para interponer reclamos de ninguna naturaleza contra la Sociedad, sus accionistas, funcionarios y/o sociedades contratantes y vinculadas como consecuencia del ejercicio de la función de Socio Gerente y/o cualquier otra función o tarea que hubiere desempeñado o realizado, durante el termino en que le es ejercido; no existe deuda o pasivo exigible a la Sociedad, en concepto de honorarios, remuneraciones o retribución de genero alguno, derivadas del ejercicio de la función, durante el termino en que ha sido ejercitada; renunciando a título personal, de forma voluntaria, libre, firme, expresa e irrevocable, a todo derecho, crédito o reclamo de cualquier naturaleza que pudiera detentar, tanto en la actualidad como en el futuro, contra la Sociedad, sus accionistas, funcionarios y/o sociedades controlantes y vinculantes como consecuencia del ejercicio de la función como Socio Gerente de la Sociedad, absteniéndose de ejecutar las competencias propias de la función desde la aproba-

de la Sociedad. La presente revestirá la naturaleza de expresa y definitiva y extinguirá, respecto de la Sociedad, la eventual responsabilidad de por el ejercicio de sus funciones en los términos de la Ley 19.550, el Contrato Social y de las obligaciones impuestas por las leyes. Puesta a votación, la moción es aprobada por unanimidad.
Seguidamente, se pasa a considerar el tercer punto del Orden del Día: Análisis y consideración sobre la modificación de las Clausulas Primera, Tercera, Cuarta y Séptima del Contrato Social: Toma la palabra el señor Claudio Alejandro Rivarola, en carácter de Socios, quien manifiesta que virtud a lo resuelto en los puntos anteriores de esta reunión, se presenta como necesario analizar la modificación de algunas cláusulas del Contrato Social. En este sentido, se considera conveniente la reforma de las Clausulas Primera, Tercera, Cuarta y Séptima del Contrato Social, las que se proponen que queden redactadas de la siguiente manera: CLAUSULA
PRIMERA: La sociedad se denomina SIPIT
S.R.L. y tiene domicilio social en la jurisdicción de la Provincia de Córdoba. CLAUSULA TERCERA: La sociedad tendrá por objeto realizar por sí o por terceros o asociada a terceros o en representación de terceros las siguientes actividades: a Ejecución, Proyecto y mantenimiento de obras y servicios de ingeniería electromecánica;
b Ejecución, Proyecto y mantenimiento de obras y servicios de telecomunicaciones; c Ejecución, Proyecto y mantenimiento de obras y servicios de ingeniería civil; d Ejecución, Proyecto y mantenimiento de obras y servicios de arquitectura; e Mantenimiento de espacios verdes;
f Compra venta de materiales al por mayor y por menor de productos de electricidad, agua, gas, telecomunicaciones, construcción; g Ejecución Proyecto y mantenimiento de obras y servicios de ingeniería electromecánica, agua y gas;
h Desarrollo, ejecución de proyectos de arquitectura en inmueble propios e inmuebles de terceros. i Alquiler de maquinaria vial, grúas, vehículos. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, con las limitaciones impuestas por las leyes y el presente estatuto. CLAUSULA CUARTA: El capital social se fija en la suma de PESOS VEINTE MIL $20.000, dividido en doscientas 200 cuotas sociales de PESOS CIEN $100 de valor nominal cada una, las
PESOS CIEN $100 cada una, representativas del 33% del total de las cuotas sociales; y el señor NAHUM, Gonzalo, DNI 32.492.542, es titular de 67 cuotas sociales, de PESOS CIEN $100
cada una, representativas del 33,5% del total de las cuotas sociales. No existen prohibiciones acerca de la transmisibilidad de las cuotas, por lo cual, los socios deberán primeramente ejercer el derecho de preferencia entre sí, notificando fehacientemente al otro socio y por un plazo de treinta 30 días; transcurrido es mismo y no habiendo hecho uso de esta opción los socios, las cuotas podrán ser transferidas a otros socios o a extraños a la sociedad. CLAUSULA SEPTIMA:
La dirección, administración y representación legal de la sociedad será ejercida por los señores Alejandro Leonel Márquez, DNI 33.162.705, Claudio Alejandro Rivarola, DNI 32.541.707, y Gonzalo Nahum, DNI 32.492.542, en carácter de socios gerentes. Como tal tendrán el uso de la firma social de manera a los fines de realizar operaciones de índole Bancaria, tales como libramiento de cheques, solicitar descubierto, descuentos de documentos comerciales y cualquier gestión ante Bancos. Para obligar a la sociedad, así como para disponer de los bienes registrables que la sociedad adquiera será necesaria la firma de todos los socios. La firma social se usará exclusivamente en operaciones sociales, estando prohibido comprometerla en préstamos gratuitos en provecho particular de los socios ni en ninguna operación ajena a la sociedad. Se designa como Administrador de Relación ante AFIP al señor Alejandro Leonel Márquez, DNI
33.162.705, para que actúe en nombre y representación de la sociedad. La moción resulta aprobación por unanimidad. Presentes en el acto, los señores Alejandro Leonel Márquez, Claudio Alejandro Rivarola y Gonzalo Nahum, a título individual, aceptan de manera expresa e irrevocable la nominación para el desempeño de las funciones aludidas, manifestando no estar encuadrados en ninguna de las incompatibilidades y prohibiciones enumeradas en el artículo 264 de la Ley General de Sociedades N19.550
y a los efectos de cumplimentar con la manda del artículo 256 de la misma ley, constituyen domicilio especial, sito en calle Santa Fe N49, piso 5, oficina D, Barrio Alberdi, de la ciudad de Córdoba, Departamento Capital, Provincia de Córdoba, República Argentina. A continuación, se pasa a
ción del presente. Toma la palabra el señor Alejandro Leonel Márquez, en su carácter de Socio, quien manifiesta que se ha comprobado la correcta actuación del Sr. Altamirano, por lo que mociona por la aprobación de la totalidad de los actos efectuados por el gerente, en su carácter de componentes del órgano de administración
que se encuentran debidamente suscriptas e integradas. El señor MARQUEZ, Alejandro Leonel, DNI 33.162.705, es titular de 67 cuotas sociales, de PESOS CIEN $100 cada una, representativas del 33,5% del total de las cuotas sociales; el señor RIVAROLA, Claudio Alejandro, DNI
32.541.707, es titular de 66 cuotas sociales, de
considerar el cuarto punto del Orden del Día: 4
Aprobación de nuevo Texto Ordenado del Contrato Social: Toma la palabra el señor Gonzalo Nahum, en carácter de socio, quien manifiesta que por todo lo resuelto precedentemente, corresponde considerar la aprobación de un nuevo Texto Ordenado del Estatuto Social. Puesta a
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/06/2023 - 3º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

CountryArgentina

Date22/06/2023

Page count32

Edition count3975

First edition01/02/2006

Last issue12/07/2024

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