Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/02/2023 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCXCVIII - Nº 27
CORDOBA, R.A., MARTES 7 DE FEBRERO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

SOCIEDADES - PERSONAS JURÍDICAS
ASAMBLEAS Y OTRAS

unanimidad RESUELVEN: aprobar la moción en su totalidad y, en consecuencia, reformar el artículo tercero del Estatuto Social que se leerá de la siguiente manera: ARTICULO TERCERO: OBJETO SOCIAL: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o en forma independiente o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, o a través de subsidiarias o sucursales, las siguientes actividades:a Ofrecer, proporcionar, desarrollar y ejercer servicios digitales de intermediación comercial e commerce - para el posicionamiento y distribución de bienes y servicios; brindar y promover tiendas on line, marketplace y todo tipo de herramientas tecnológicas a personas físicas y/o jurídicas a los fines de que perfeccionen negocios jurídicos electrónicos, digitales, así como la contratación a distancia, a través de la implementación de contratos electrónicos; participar de negocios asociativos multilaterales a través de la implementación de medios electrónicos; garantizar sistemas de comercialización a través de sitios webs o apps; percibir comisiones por dichas actividades; la prestación y explotación de servicios informáticos y/o electrónicos y de otros servicios vinculados a éstos, así como todo tipo de negocios tecnológicos, de la información y de las comunicaciones, el análisis, programación, preparación, control, ejecución, compraventa y aplicación de sistemas informáticos y de telecomunicaciones para toda clase de actividades, su suministro, implantación e integración, así como la consultoría, la formación y el asesoramiento a personas físicas y personas jurídicas. b la realización de todo tipo de operaciones, actos y contratos, incluidas las de emisión y compra y venta sobre activos electrónicos o digitales, valores, contratos inteligentes, monedas virtuales, tokens digitales y toda clase de criptoactivos, incluyendo sintéticos; c la creación, diseño, fabricación, producción, desarrollo, implementación, operación, mantenimiento, reparación, difusión, representación, comercialización, compraventa y distribución de sistemas, soluciones y productos de las tecnologías de la información y las comunicaciones, de archivos, bancos de datos e información de todo tipo, productos, equipos, insumos, repuestos, contenidos, software, de aplicaciones APP de toda clase, hardware de todo tipo, así como brindar servicios asociados a éstas, siendo de aplicación cualquier campo o sector para su uso o empleos; la creación, imple-

en informática, en sistemas de la información y en telecomunicaciones y el asesoramiento, comercialización, implementación, despliegue y mantenimiento de estudios, proyectos y actividades relacionadas con la materia; e la prestación y explotación de bienes y/o servicios relacionados con interfases de sonido, video o animación Multimedia, sistemas de redes externas Internet y todo tipo de sistema de transmisión de datos y/o audiovisual y/o de correo electrónico, transmisión digital, transmisión paralela, transmisión en serie, comunicación digital, control y/o sincronización del flujo de datos, incluyendo con carácter enunciativo: el diseño y programación de software para venta de productos Multimedia; servicio creativo de animación computarizada en todas sus fases;
edición de video; digitalización de imágenes, video y sonido; diseño, implementación y puesta en marcha de sistemas de redes internas Intranets para empresas; creación, diseño e implementación de espacios en Internet Web Site para la venta de publicidad, bienes y/o servicios a través de Internet mediante sistemas interactivos, y streamings;f la compra, comercialización, venta, distribución, representación, importación y/o exportación de bienes y/o servicios relacionados con las actividades precedentemente enunciadas;
el mantenimiento, reparación y asesoramiento técnico relacionado con las actividades precedentemente enunciadas;g realizar, promover, fomentar y sustentar investigaciones científicas relacionadas con su objeto y tecnológicas en todas sus áreas;h realizar gestiones de cobranzas y/o de pagos y aceptar y ejecutar mandatos para realizar y recibir cobranzas y/o pagos por cuenta y orden y/o a nombre de terceros a través de sistemas de transferencia electrónica por Internet y/o cualquier otro medio de pago; otorgar todo tipo de garantías, tales como aval, fianza, obligación solidaria, hipoteca, prenda o fideicomiso, ya sea para garantizar obligaciones propias o de terceros en los que la sociedad tenga un interés o participación o con los que la sociedad guarde alguna relación de negocios o una relación comercial; participar y formar fideicomiso, ya sea en la calidad de fiduciante, fiduciario, beneficiario o fideicomisario, incluyéndose la administración de bienes fideicomitidos con los alcances de la Ley 24.441 y de toda norma que en el futuro la remplace o amplíe;
i la inversión y/o administración de inversiones en bienes muebles y/o inmuebles, corporales e incor-

sociales, derivados, futuros y títulos en general, cualquiera sea su naturaleza; recepcionar, conceder, promover y administrar préstamos o contratos de crédito de cualquier tipo, con o sin garantía, y realizar todo otro tipo de operación financiera que la legislación autorice que no esté reservada en exclusividad para las sociedades comprendidas en la Ley N 21.526 Ley de Entidades Financieras -y sus modificatorias y reglamentacionesy toda otra por la que se requiera ahorro público y autorización de autoridad pública; emitir, descontar, comprar y vender letras de cambio, pagarés, obligaciones negociables, facturas, cheques, y otros títulos valores o valores negociables típicos o atípicos; realizar operaciones de derivados sólo con finalidad de cobertura; realizar operaciones de leasing financiero; establecer servicios de atención al cliente y/o cobranza judicial y extrajudicial y/o plataformas tecnológicas que permitan implementar o dar apoyo a sus actividades financieras;j realizar, por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, en la República Argentina o en el exterior, las actividades permitidas a los Agentes registrados ante la Comisión Nacional de Valores CNV conforme lo dispuesto en la Ley 26.831, decreto 1023/2013, Normas CNV T.O.
2013 y las normas que las modifiquen y/o complementen y/o reemplacen, pudiendo actuar como Agente de Colocación y Distribución Simple y/o Integral de fondos comunes de inversión, Agente de Negociación, de Liquidación y Compensación, Agente Productor, Agente Asesor, y en todas aquellas categorías que la Comisión Nacional de Valores y/o la regulación habilite en un futuro, incluyendo su actuación bajo la Ley de Capital Emprendedor 27.349 en lo relativo al Sistema de Financiamiento Colectivo y/o normas que la complementen, modifiquen o reemplacen. Para todas estas actividades la sociedad podrá operar en cualquier mercado autorizado del país y/o del exterior, participar de emisiones primarias y/o negociación secundaria de valores negociables de cualquier tipo y especie, y realizar todo tipo de operaciones en el mercado de capitales o fuera del ámbito de bolsas o mercados de valores autorizados, incluyendo la organización, distribución, colocación primaria, negociación secundaria, concertación, actuación por mandato, ejecución de instrucciones por cuenta y orden de terceros, liquidación, compensación y custodia de fondos y/o de valores negociables en la medida dispues-

mentación, desarrollo, organización, ejecución y conducción de empresas digitales, de plataformas abiertas y de tecnología blockchain; la administración de bienes y/o servicios y de activos de personas físicas y/o jurídicas que las integren; d La dirección, asistencia técnica, transferencia de tecnología y la consultoría en ingeniería tecnológica,
porales, incluyendo digitales, y en general, en toda clase de valores, ya sea para fines de inversión y/o renta, para lo cual la sociedad podrá adquirir, enajenar, arrendar, administrar, a cualquier título, valores mobiliarios de toda clase, efectos de comercio, monedas extranjeras, activos digitales, bonos, debentures, pagarés, acciones, derechos
ta para cada categoría de Agentes y siempre que no se trate de actividades prohibidas o sin obtener -en su casola autorización de la Comisión Nacional de Valores o el ente que la reemplace en el futuro.k actuar como Agente Institorio de Seguros, previa inscripción en el Registro de Agentes Institorios, previsto en la Resolución SSNI N

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/02/2023 - 3º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

CountryArgentina

Date07/02/2023

Page count24

Edition count3965

First edition01/02/2006

Last issue27/06/2024

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