Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/06/2022 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

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Las Malvinas son argentinas AÑO CIX - TOMO DCXC - Nº 121
CORDOBA, R.A., MIÉRCOLES 15 DE JUNIO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

SOCIEDADES - PERSONAS JURÍDICAS
ASAMBLEAS Y OTRAS

ARIEL JOSE STRUMIA - DNI: 23.902.487 y como Director Suplente, ENZO ENRIQUE GASSER - DNI: 17.067.152. Todos por un período de tres ejercicios, Ejercicio Nº X Año 2022Comprendido ente el 01 de Enero de 2022 y el 31 de Diciembre de 2022; Ejercicio Nº XI Año 2023
Comprendido entre el 01 de Enero de 2023 y el 31 de Diciembre de 2023 y Ejercicio Nº XII
Año 2024Comprendido entre el 01 de Enero de 2024 y el 31 de Diciembre de 2024.

Por Acta de Reunión de socios de fecha 03/06/2022, de manera unánime se resolvió: 1
Que los Sres. Mariano Sánchez Liria, argentino, nacido el 26/08/1986, de 35 años de edad, DNI
32.390.155, CUIT/CUIL: 20-32390155-5, casado, empleado, domiciliado en calle Guillermo Marconi 948, Bº Belgrano, Ciudad de Río Tercero, Prov. de Córdoba, Matías Sánchez Liria, argentino, nacido el 18/08/1988, de 33 años de edad, DNI 34.004.727, CUIT/CUIL: 20-340047274, soltero, comerciante, domiciliado en calle Maestros Argentinos 965, Ciudad de Río Tercero, Prov. de Córdoba y María Sol Sánchez Liria, argentina, nacida el 14/11/1994, de 27 años de edad, DNI 38.281.976, CUIT/CUIL: 23-382819764, soltera, psicóloga, domiciliada en calle Maestros Argentinos 965, Ciudad de Río Tercero, Prov.
de Córdoba, en su carácter de únicos y universales herederos de la socia fallecida Nancy Beatriz Liria, designados por Auto Nº 365 de fecha 01/12/2021, dictado en autos Liria, Nancy Beatriz Declaratoria de Herederos Expte.
10192138, por el Juzg. de 1ºInst. y 3º Nom. en lo C.C. y Flia. de Río Tercero, Secr.Nº6, quedaron incorporados como socios conforme el art. 155
de la L.G.S. en la proporción que más abajo se señala y que consta en la Cláusula Cuarta del Capital Social, en virtud de la adjudicación extrajudicial de las cuotas sociales pertenecientes a la señora Nancy Beatriz Liria formalizada me-

C.N., de la siguiente manera: a Al Sr. Mariano Sánchez Liria, se le adjudicaron seiscientas 600 cuotas sociales de pesos cien $100 cada una; b Al Sr. Matías Sánchez Liria, se le adjudicaron seiscientas 600 cuotas sociales de pesos cien $100 cada una; y c A la Sra. María Sol Sánchez Liria se le adjudicaron seiscientas 600 cuotas sociales de pesos cien $100 cada una, adquiriendo en consecuencia la plenitud de los derechos emergentes de las relacionadas cuotas sociales, finalizando en consecuencia la representación ejercida ante esta sociedad por la administradora judicial de la sucesión, María Sol Sánchez Liria; 2 Se decidió por unanimidad modificar las Cláusulas Cuarta, Sexta, Séptima, Novena, Décimo Cuarta y Décimo Sexta del Contrato Social, las que quedaron redactadas como sigue: CUARTA: El capital social se establece en la suma de PESOS TRESCIENTOS
SESENTA MIL $ 360.000 dividido en tres mil seiscientas 3.600 cuotas sociales, de pesos cien $100 valor nominal cada una, totalmente suscriptas e integradas por los socios de acuerdo al siguiente detalle: Juan Alejandro Liria, un mil ochocientas 1.800 cuotas sociales de pesos cien $100 valor nominal cada una por un valor total de pesos ciento ochenta mil $180.000;
Mariano Sánchez Liria, seiscientas 600 cuotas sociales de pesos cien $100 valor nominal cada una por un valor total de pesos sesenta mil $60.000; Matías Sánchez Liria, seiscientas 600 cuotas sociales de pesos cien $100 valor nominal cada una, por un valor total de pesos sesenta mil $60.000; María Sol Sánchez Liria, seiscientas 600 cuotas sociales de pesos cien $100 valor nominal cada una por un valor total de pesos sesenta mil $60.000.; SEXTA: La dirección, administración y representación legal de la sociedad estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, por tiempo indeterminado, en tanto no sean removidos por simple mayoría o por renuncia o fallecimiento. Si se designara un 1 gerente, el mismo actuará en forma unipersonal, si se designara más de un gerente tendrán el uso de la firma social en forma conjunta de a dos 2 de ellos, en todas las operaciones. En tal carácter el o los Gerentes tienen todas las facultades necesarias para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto social, quedando prohibido comprometer a la sociedad en negociaciones ajenas a su giro o en
diticia, en moneda nacional o extranjera, librar, endosar, ceder y negociar de cualquier modo pagares, giros, cheques y otras obligaciones comerciales o documentos de créditos, públicos o privados, girar en descubierto hasta la cantidad autorizada por los bancos, efectuar depósitos bancarios en cuentas corrientes, cajas de ahorro o plazos fijos, tomar préstamos en dinero, extraer los depósitos bancarios mediante cheques u otras libranzas, adquirir dominio de toda clase de bienes muebles o inmuebles, semovientes y otros objetos y valores ya sea por compra, cesión o por cualquier otro título, adquirir o inscribir, derechos industriales o legales, efectuar toda clase de operaciones mobiliarias, inmobiliarias, comerciales, de exportación, importación, aduaneras, de representación de mercaderías, celebrar contratos de todo tipo pudiendo renovarlos, modificarlos, ampliarlos, rescindirlos y pagar o cobrar lo que por ello esté instituido;
otorgar y revocar poderes generales y especiales a favor de cualquiera de los socios o a terceros; cancelar total o parcialmente derechos reales; otorgar y firmar instrumentos públicos y privados que fueren necesarios para ejercer actos relacionados con la administración social;
promover querellas y denuncias, comparecer en juicio por sí o por medio de apoderados con amplias facultades, en general realizar actos jurídicos y administrativos de cualquier naturaleza que tiendan al cumplimiento de los fines sociales. La fiscalización de la sociedad será ejercida por los socios, quienes podrán requerir de la gerencia los informes que estimen pertinentes y examinar los libros y la documentación de la sociedad.; SEPTIMA: Para vender, hipotecar, constituir prendas o cualquier otro modo de gravar, enajenar, o disponer bienes que no sean específicos del objeto social, serán necesarias las firmas de todos los socios, pactando conjuntamente las modalidades de cada operación.
Los socios no podrán obligar a la sociedad en operaciones ajenas a la misma; NOVENA: Los socios se reunirán en Asamblea cuando lo requiera cualquiera de ellos, o la gerencia, en la sede social, previa convocatoria efectuada con una anticipación de por lo menos siete días.
Puede prescindirse de la convocatoria si reunidos todos los socios aceptan deliberar. Asimismo cualquier socio podrá solicitar que se convoque a asamblea para los casos contemplados en
diante Primer Testimonio - Escritura Número Ochenta y Uno-Sección A otorgada en Río Tercero con fecha 10/05/2022, por ante la Escribana Titular del Registro Cuatrocientos noventa y seis, quienes siendo capaces y mayores de edad, decidieron realizar Partición Privada conforme lo prescripto en el art. 2.369 del Cód. C. y
fianzas, avales o garantías a favor de terceros, y en prestaciones a título gratuito, salvo autorización expresa otorgada por mayoría de los socios.
En el ejercicio de sus funciones podrán efectuar toda clase de operaciones, con toda clase de bancos, públicos o privados, del país o del extranjero, o con toda otra entidad o institución cre-

el art. 160 de la Ley 19.550. Se establece además la realización de una Asamblea Ordinaria Anual a concretarse en un plazo no mayor a los ciento veinte días de cerrado el ejercicio.; DECIMO CUARTA: La sociedad no se disuelve por muerte, inhabilidad o incapacidad sobreviniente de los socios. Los causahabientes tendrán dere-

1 día - Nº 388350 - $ 347,50 - 15/06/2022 - BOE

TOSTADERO MANICOP S.R.L.
RIO TERCERO
ADJUDICACION DE CUOTAS SOCIALES
MODIFICACION DEL CONTRATO SOCIAL
TEXTO ORDENADO
DESIGNACION DE AUTORIDADES

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/06/2022 - 3º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

CountryArgentina

Date15/06/2022

Page count30

Edition count3971

First edition01/02/2006

Last issue05/07/2024

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