Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/08/2020 - 3º Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

3

a
Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXVIII - Nº 186
CORDOBA, R.A., JUEVES 13 DE AGOSTO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

SOCIEDADES - PERSONAS JURÍDICAS
ASAMBLEAS Y OTRAS

primera reunión deberán designarlos. Artículo FISCALIZACIÓN: Artículo 14: La Fiscalización de la Sociedad será ejercida por una Comisión Fiscalizadora compuesta por un total de TRES miembros titulares, los que durarán TRES ejercicios en sus funciones y podrán ser reelectos indefinidamente.
La asamblea podrá designar al presidente, si no lo hace, los miembros de la comisión fiscalizadora en la primera reunión, lo elegirán. También serán designados TRES miembros suplentes que reemplazarán a los titulares en los casos previstos por la Ley 19.550. Los miembros titulares y suplentes de la comisión fiscalizadora permanecerán en sus cargos hasta tanto se designe a sus reemplazantes. Artículo 15º: Las remuneraciones de los miembros de la Comisión Fiscalizadora serán fijadas por la Asamblea, debiendo ajustarse a lo dispuesto por la Ley 19.550. Artículo 16º: La Comisión Fiscalizadora se reunirá por lo menos una vez cada tres meses; también podrá ser citada a reunión por pedido de cualquiera de sus miembros dentro de los CINCO 5 días de formulado el pedido al Presidente de la Comisión Fiscalizadora o del Directorio, en su caso. Todas las reuniones deberán ser notificadas por escrito al domicilio postal y al electrónico, que cada miembro de la comisión fiscalizadora haya indicado al asumir sus funciones.
Las deliberaciones y resoluciones de la Comisión Fiscalizadora se transcribirán a un libro de actas, las que serán firmadas por todos los miembros de la comisión fiscalizadora presentes en la reunión.
La Comisión Fiscalizadora sesionará con la presencia mínima de DOS de sus miembros titulares y adoptará las resoluciones por mayoría de votos.
El Presidente representa a la Comisión Fiscalizadora ante el Directorio y la Asamblea. REUNIONES A DISTANCIA DE LOS ORGANOS SOCIALES: Artículo 17: Las reuniones de los Órganos de la Sociedad, podrán celebrarse utilizando mecanismos informáticos o digitales que les permitan a los participantes comunicarse simultáneamente entre ellos, tanto sea que todos o algunos de ellos se encuentren a distancia, utilizando plataformas que se lo permitan. En estos casos, quienes se comuniquen a distancia serán tenidos, a los fines del cómputo del quórum y de las mayorías para tomar decisiones, como presentes en la reunión.
La reunión del Directorio, Comisión Fiscalizadora y las Asambleas de accionistas que se celebren
a distancia deberán cumplir con los siguientes requisitos: a Que la sociedad utilice un sistema que otorgue libre acceso a todos los participantes mediante plataformas que permitan la transmisión en simultáneo de audio y video, que admita su grabación en soporte digital y que habilite la intervención con voz y voto de todos los asistentes, durante todo su desarrollo. b Que, en la convocatoria a la reunión a distancia, se informe de manera clara y sencilla cuál es el medio de comunicación elegido y cuál es el modo de acceso a los efectos de permitir dicha participación. c Que el Presidente de la Comisión Fiscalizadora y el Presidente del Directorio de la sociedad conserven una copia en papel y en soporte digital de lo considerado, debatido y resuelto en la reunión realizada a distancia ya sea de Asamblea, Directorio o Comisión Fiscalizadora, por el término de cinco años, las que deberán estar a disposición de cualquier accionista que lo solicite. d Que una vez concluida la reunión sea confeccionada el Acta y transcripta en el correspondiente libro social, dejándose expresa constancia en la misma de las personas que participaron en ella y estar suscripta por todos los participantes, a más tardar dentro de los treinta días posteriores a su realización. e En el supuesto de que mediare una interrupción de la comunicación electrónica utilizada para realizar la reunión o que afectare al menos a uno de los participantes comunicados a distancia o la grabación simultánea de la reunión, ésta se suspenderá de pleno derecho y automáticamente durante treinta minutos. En caso de que pasado dicho lapso, no se hubiese podido reanudar el funcionamiento del sistema de comunicación a distancia o de su grabación, la reunión pasará a un cuarto intermedio para el primer día hábil posterior a la suspensión, a la misma hora en que se hubiese iniciado la reunión suspendida, manteniendo plena validez las resoluciones adoptadas hasta ese momento. Reanudada la reunión, una vez restablecida la comunicación de audio y video y su grabación, y con todos los asistentes que constituyan el quórum necesario para continuar, se tratarán únicamente aquellos puntos del orden del día de la reunión que no hubieran sido considerados y resueltos antes de la interrupción.
Si al reanudarse la reunión no se obtuviera el quórum necesario para continuar, la misma concluirá al tiempo de la interrupción, debiendo convocarse
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

dentro de los 5 días siguientes a una nueva reunión del órgano social de que se trate, de modo presencial, a los efectos de tratar los puntos del orden del día que no pudieron ser tratados y decididos de forma remota. Asimismo, se ha resulto la designación de los miembros del Órgano de Fiscalización, el cual quedará conformado de la siguiente manera: Miembros Titulares: POPULIN
GABRIEL AMILCAR, DNI: 16.457.141; CREMONA ANDRES EUGENIO, DNI: 24.385.787; AZCURRA ROBERTO GASTON, DNI: 24.617.555.
Miembros Suplentes: ACCASTELLO PAOLA VANESA, DNI: 26.380.703; MANTILERO BEATRIZ
DEL MILAGRO, DNI: 20.474.266; ABRILE CLAUDIO ALBINO, DNI: 17.976.675, todos ellos Contadores Públicos.
1 día - Nº 269074 - $ 3713,70 - 13/08/2020 - BOE

BIOGENERADORA S.A.
SANTA CATALINA HOLMBERG
Asamblea Ordinaria-Extraordinaria Rectificativa y Ratificativa de fecha 24/07/2020. Por resolución de la Asamblea Ordinaria-Extraordinaria de Accionistas N 7 celebrada el día 24/07/2020, se decidió lo siguiente: 1 Ratificar el aumento de capital y la reforma del artículo N 5 del estatuto de la sociedad, decididos por la Asamblea General Ordinaria-Extraordinaria N 6 celebrada el día 14/02/2020, todo ello, en función de las observaciones realizadas por la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas. 2 Rectificar la elección de miembros del directorio decidida por la Asamblea General Ordinaria-Extraordinaria N 6
celebrada el día 14/02/2020, atento a las observaciones formuladas por la por la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas. De esta manera, el nuevo Directorio queda conformado, por el término de 3 ejercicios, de la siguiente manera:
el señor Cesar Rubén Cismondi, D.N.I. 27.337.253
como Director Titular y Presidente, el señor Fernando Raúl Irico, D.N.I. 16.529.813, como Director Titular y Vicepresidente, el señor Santiago Bertorello, D.N.I. 28.368.149, como Director Titular, y el señor Christopher Sieber, D.N.I. 33.814.206, como Director Suplente. Cesar Rubén Cismondi, Presidente del Directorio Biogeneradora S.A.
1 día - Nº 268901 - $ 590,94 - 13/08/2020 - BOE

18

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/08/2020 - 3º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

CountryArgentina

Date13/08/2020

Page count18

Edition count3970

First edition01/02/2006

Last issue04/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Agosto 2020>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031