Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/12/2018 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

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2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria AÑO CV - TOMO DCXLVIII - Nº 250
CORDOBA, R.A., JUEVES 27 DE DICIEMBRE DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

SOCIEDADES - PERSONAS JURÍDICAS
ASAMBLEAS Y OTRAS

bles. La Asamblea puede designar mayor, menor o igual número de suplentes por el mismo término, con el fin de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección. En su primera reunión el Directorio designará un Presidente y un Vicepresidente. El Directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes.
El presidente tiene doble voto en caso de empate.
La asamblea fija la remuneración del Directorio de conformidad con el Art. 261 de la Ley General de Sociedades. Si la Sociedad prescindiera de la Sindicatura, la elección de Director/es suplente/s es obligatoria. El mandato de los Directores se entiende prorrogado hasta que sean designados sus sucesores, aun cuando haya vencido el plazo del ejercicio para el cual fueron elegidos y hasta tanto los nuevos hayan tomado posesión efectiva de su cargo. De las resoluciones que se adopten se levantarán actas que firmarán todos los presentes. Las vacantes que se produzcan por renuncia, enfermedad, fallecimiento o cualquier otra causa, serán cubiertas por los directores suplentes designados a tal fin por la Asamblea General Ordinaria, en el orden de su elección.
En el supuesto de no haberse designado directores suplentes, las vacantes serán cubiertas por quienes designe la Asamblea General Ordinaria u Extraordinaria, permaneciendo en su cargo el reemplazante hasta la finalización del mandato del remplazado. El Directorio podrá nombrar gerentes, apoderados generales o especiales, sean directores o no. El o los gerentes ejercerán la administración de los negocios de la sociedad con la remuneración que el Directorio les asigne, con cargo a gastos generales, y sus funciones ejecutivas serán las que éste les designe. Cuando la gerencia recaiga en un director, su remuneración será sometida a la aprobación de la Asamblea General Ordinaria anual, ajustándose a los límites legales. ARTICULO DÉCIMO SEGUNDO:
La representación legal de la Sociedad, incluso el uso de la firma social estará a cargo del Presidente del Directorio y en su caso de quien legalmente lo sustituya. El Directorio tendrá amplias facultades para resolver todos los actos tendientes al cumplimiento de los fines sociales, o que se relacionen directa o indirectamente con ellos.
Podrá en consecuencia: 1º Realizar toda clase de operaciones con bienes muebles, inmuebles, semovientes, derechos, acciones, créditos, valo-

endosar y cobrar cheques, hacer renovaciones y novaciones, girar, librar, avalar, descontar y endosar letras o pagarés y demás documentos sin limitación de tiempo ni de cantidades, adquirir y negociar toda clase de papeles, créditos públicos y privados, hacer denuncias y manifestaciones de bienes. 3º Solicitar créditos y préstamos en cualquier moneda o en especie, por las sumas y plazos que fueren necesarios, en todos los bancos oficiales o particulares, creados o a crearse, y en las sucursales, incluso en el Banco Central de la República Argentina, Banco de la Nación Argentina, Banco Hipotecario, Banco de la Provincia de Córdoba, y demás bancos provinciales, sus casas centrales y sucursales, y con todas las instituciones financieras, nacionales, extranjeras y del exterior, afianzándolos con garantías reales o personales, cobrando y percibiendo sus importes, aceptando leyes y reglamentaciones especiales de las instituciones acreedoras. 4º Registrar y requerir marcas de fábrica de industrialización de mercaderías y productos en general. 5º Solicitar permisos de importación y exportación de cualquier clase de productos, mercaderías, marcas, diseños, semovientes, frutos del país, maquinarias o materias primas para industrialización o comercialización. 6º Representar a la sociedad por cualquier motivo ante el Banco Central de la República Argentina, Ministerio de Trabajo de la Nación, Ministerio de Economía de la Nación, Secretaría de Comercio Exterior, Dirección Nacional de Promoción Comercial, Administración Nacional de Aduanas, Inspección General de Justicia de la Nación, y sus secretarías, Administración Federal de Ingresos Públicos, Comisión Nacional de Valores, Banco Hipotecario, Registros de Obras Públicas nacionales, provinciales y/o municipales, Seccionales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, Seccionales del Registro Nacional de Créditos Prendarios, Dirección de Recursos Hídricos de la Provincia de Córdoba, Dirección de Arquitectura, Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba, Ministerio de Trabajo de la Provincia de Córdoba y sus Delegaciones y/o Secretarías, Juntas Reguladoras, Comisiones Nacionales y demás reparticiones públicas de la nación, de las provincias y de las municipalidades.- 7º Solicitar y aceptar todo tipo de concesión proveniente del Estado Nacional, Provincial o Municipal, o de entidades autárquicas. 8º Intervenir en nombre de la sociedad en
cartas de pago y las escrituras que se requieran, de cualquier índole que fueran, con todas las condiciones, cláusulas, convenciones, requisitos y formalidades necesarias. 10º Nombrar, remover, despedir empleados y demás personal que tenga la sociedad, y fijar los deberes y obligaciones de cada uno. 11º Formar y liquidar sociedades por acciones y/o integrar uniones transitorias de empresas y/o suscribir contratos de colaboración empresaria, adquirir fondos de comercio y establecimientos comerciales o industriales. 12º Dar dinero en préstamo, con o sin garantías reales o personales, estar en juicio y ejercer las acciones judiciales y extrajudiciales que requieran los intereses sociales, formular denuncias y querellas, otorgar y revocar poderes. Queda entendido que la precedente enumeración es meramente enunciativa, por cuanto el Directorio podrá realizar todos los actos de disposición y administración necesarios para el cumplimiento del objeto social, y especialmente los consignados por el artículo 1015, 1017 s.s. y c.c. del Código Civil y Comercial de la Nación, tomado en su parte pertinente.

res, marcas, diseños, compraventas, hipotecas, arrendamientos, cancelaciones, prendas, divisiones, seguros, locaciones y demás contratos bajo cualquier precio, forma y condición. 2º Efectuar toda clase de operaciones bancarias que sean necesarias para el giro social, como constituir depósitos en cualquier cuenta y retirarlos, girar,
toda licitación pública o privada, sea del Estado Nacional, Provincial, de las Municipalidades o entidades autárquicas, y contratar con ellas en caso de adjudicación, inclusive en el supuesto de adjudicación o contratación directa. 9º Otorgar, aceptar, suscribir toda clase de documentos públicos o privados, mandatos, autorizaciones, recibos y
vía terrestre, aérea o marítima, con medios de transporte propios o de terceros, pudiendo realizar todo lo inherente a su logística. 3 Compra, venta y permuta, explotación, arrendamientos y administración de bienes inmuebles, urbanos y rurales y la realización de operaciones de propiedad horizontal. 4 Realizar toda clase de opera-

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1 día - Nº 190477 - $ 6634,20 - 27/12/2018 - BOE

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Constitución de fecha 30/11/2018. Socios: 1 RONALD DANIEL MONTORO, D.N.I. N38160138, CUIT/CUIL N 20381601383, nacido el día 20/10/1994, estado civil soltero/a, nacionalidad Argentina, sexo MASCULINO, de profesión Comerciante, con domicilio real en Calle Lavalle 101, barrio Los Pinos, de la ciudad de Despeñaderos, Departamento Santa Maria, de la Provincia de Cordoba, República Argentina Denominación:
GLOBAL EXPORT S.A.S.Sede: Calle Lavalle 101, barrio Los Pinos, de la ciudad de Despeñaderos, Departamento Santa Maria, de la Provincia de Córdoba, República Argentina.Duración:
99 años contados desde la fecha del Instrumento Constitutivo. Objeto social: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia y/o de terceros, o asociadas a terceros en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: 1 Construcción de todo tipo de obras, públicas o privadas, edificios, viviendas, locales comerciales y plantas industriales; realizar refacciones, remodelaciones, instalaciones, trabajos de albañilería y/o cualquier trabajo de la construcción. 2 Transporte nacional o internacional de cargas en general, ya sea por
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/12/2018 - 3º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

CountryArgentina

Date27/12/2018

Page count23

Edition count3988

First edition01/02/2006

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