Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/05/2018 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

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2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria AÑO CV - TOMO DCXLI - Nº 100
CORDOBA, R.A., MIÉRCOLES 30 DE MAYO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

SOCIEDADES - PERSONAS JURÍDICAS
ASAMBLEAS Y OTRAS

mente el 29/12/2016 y Acta rectificativa del 22/03/2018 y con firmas certificadas notarialmente el mismo día el 23/03/18 y el 10/04/2018, se resolvió: 1 Cesión de las 75 cuotas sociales del Sr. Raúl Alejandro HAYAS a las siguientes personas: 1 a la sociedad CAIMA SEGALL
S.A., CUIT N 30-71472929-9, Inscripto en Inspección de Personas Jurídicas bajo la Matrícula N 15261-A de fecha 03/10/2016, 45 cuotas sociales; al Sr. ROGEL NORBERTO ROMANO
D.N.I. nº 17.012.282, argentino, nacido el día 13
/12/1964, soltero, comerciante, con domicilio real en calle Pública N 1 Casa N 4412 Barrio Los Boulevares de esta ciudad de Córdoba, 15
cuotas sociales y al Sr. ALEJANDRO ELISEO
ROMANO D.N.I. nº 25.081204, argentino, nacido el día 14 /01/ 1976, casado, comerciante, con domicilio real en calle Consejal Maruzich N 50, Barrio La Campana de la Localidad de La Calera, Provincia de Córdoba, 15 cuotas sociales que. Por su parte, la Sra. Noemí Guadalupe ROMANO cede y transfiere a la sociedad CAIMA
SEGALL S.A., representada por su Presidente Sr. Rogel Norberto ROMANO, la totalidad de sus cuotas sociales 1425; por lo que el capital social queda conformado de la siguiente manera:
Rogel Norberto ROMANO, 15 cuotas sociales; el Sr. Alejandro ROMANO, 15 cuotas sociales y la sociedad CAIMA SEGALL S.A. 1470 cuotas sociales; 2 Los socios convienen de común acuerdo designar como socio gerente al Sr. ROGEL
NORBERTO ROMANO D.N.I. 17.012.282, 3 Los socios convienen modificar el domicilio social de la sociedad que fuera fijado en la cláusula Primera del Contrato Social. Domicilio: Localidad de la Calera; Sede Social: Consejal Maruzich n 50 de la Localidad de la Calera, Provincia de Córdoba. Expte. 6217345, of. 09/05/18. Fdo.:
Mercedes De Brito, Prosecretaria.

para instrumentar la transferencia de las cuotas, la cual deberá concretarse dentro de los treinta 30 días corridos siguientes de quedar ésta habilitada. V El precio de la transferencia se abonará en doce 12 cuotas sin interés, iguales, mensuales y consecutivas, donde se deberá contemplar las acrencias pertinentes devengadas entre la fecha de cierre del balance según el cual se determinará el valor de las acciones y de la fecha de instrumentación
Mediante Asamblea Ordinaria Extraordinaria de fecha 24.02.2017 se ha modificado el Art.
6 del Estatuto Social, quedando redactado de la siguiente manera: Articulo Sexto:Las acciones de futuros aumentos de capital que se emitan podrán ser nominativas, endosables o no, ordinarias o preferidas, según lo permita la legislación vigente y lo determine la asamblea
preferidas, podrán tener derecho a un dividendo de pago fijo, de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de su emisión, pudiéndose fijar una participación adicional en las ganancia líquidas y realizadas, otorgarles o no derecho a voto, salvo lo dispuesto en los Art.
217 y 284 tercer párrafo de la ley 19.550 y sus modificatorias y reconocerles prioridad de reembolso del capital en caso de liquidación de la sociedad. Las acciones ordinarias y preferidas, otorgarán a sus titulares derecho preferente a la suscripción de nuevas acciones de la misma clase y derecho de acrecer en proporción a las que posean de acuerdo a lo previsto en el art.
194 de la ley nº 19.550 y sus modificatorias.- La transmisión mortis causa de las cuotas sociales o venta de las mismas del socio, queda sujeta a las siguientes restricciones: I Producido el fallecimiento de un socio, el o la cónyuge supérstite y sus herederos no se incorporarán a la sociedad.
II Las cuotas sociales del fallecido computables al cónyuge supérstite o herederos, o la decisión de venta de las cuotas sociales serán ofrecidas a todos los demás socios, quienes tendrán derecho preferente de compra, de acuerdo con el valor patrimonial de éstas que surja del último balance realizado. En caso de que alguno de los socios no ejerza la preferencia dará derecho a los demás para acrecer la preferencia correspondiente. La voluntad de adquirir las cuotas sociales deberá concretarse, expresarse y comunicarse mediante notificación por carta documento o acta notarial al domicilio real del cónyuge supérstite, a los sucesores del fallecido o del socio vendedor, dentro de los sesenta 60 días corridos de producido el fallecimiento del socio o desde la notificación de su decisión de venta. En el caso de venta de las cuotas sociales por parte del socio la comunicación se deberá dirigir a la gerencia de la sociedad y no podrá comprender una parte de las cuotas sociales sino el total de las ofertadas. III El cónyuge, heredero o socio vendedor podrá impugnar el precio de la oferta, indicando simultáneamente el precio que consideran justo, dentro del término de treinta 30
días de recibida la comunicación. Si no se contestare la oferta recibida, pasados los sesenta 60 días establecidos, se considerará prestada la conformidad con la adquisición y el valor establecido. De mediar impugnación del precio y no existir acuerdo sobre el propuesto, se deberá
de accionistas. Las acciones ordinarias pueden ser de la clase A que confieren derecho a cinco 5 votos por acción con las restricciones establecidas en la última parte del Art. 244 y tercer párrafo del art. 284 ambos de la ley 19.550 y sus modificatorias y de la clase B que confieren derecho a un 1 voto por acción.- Las acciones
recurrir a la pericia judicial y regirán a tal efecto, por analogía, las reglas del artículo 154 de la ley de sociedades comerciales. IV Concretada la oferta y fijado el precio de concertación, se deberá instar el procedimiento sucesorio a los efectos de obtener la correspondiente declaratoria de herederos y la legitimación necesaria
fecha 14.05.2018. 2 Socios: i Horacio Gabriel Villafañe, argentino, casado, D.N.I. N
26.858.110, C.U.I.T./ C.U.I.L. N 20-26858110-4, nacido el 27.12.1978, sexo masculino, empleado, con domicilio real en calle De Las Ovejas N 48, Barrio Lomas de Mendiolaza de la Ciudad de Mendiolaza, Departamento Colon, Provincia de
1 día - Nº 155187 - $ 896,60 - 30/05/2018 - BOE

ANDARIVEL SUR S.A.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

1 día - Nº 155244 - $ 1976,12 - 30/05/2018 - BOE

TROPELES SA
CAMBIO DE DOMICILIO DE
LA SEDE SOCIAL
Por Acta de Directorio 33 de fecha 26-02-2018
se resolvió fijar el nuevo domicilio de la sede social y fiscal en calle Bernardino Lopez 1655, Villa Retiro, de la ciudad de Córdoba, provincia de Córdoba.
1 día - Nº 155390 - $ 140 - 30/05/2018 - BOE

FLETCOR S.A.
ELECCIÓN DE AUTORIDADES
Con fecha 20/04/2018 por Acta N 31 - Asamblea Extraordinaria Autoconvocada de accionistas se procedió a efectuar la Designación de miembros del Directorio por 3 ejercicios, quedando conformado el directorio de la siguiente manera: Director Titular al Sr. Alonso Domingo Lopez, DNI
10.722.696, CUIT 20-10722696-7, de 64 años de edad, estado civil viudo, de profesión empresario, con domicilio en calle Las vertiente Nº 2816
de la ciudad de Córdoba. Director Suplente a Victoria Elena Maldonado, DNI 13.539.467, CUIT
N/A, de 60 años de edad, estado civil soltera, de profesión empleada, con domicilio en calle Entre Ríos Nº 4040 de la ciudad de Córdoba.
1 día - Nº 155464 - $ 591,64 - 30/05/2018 - BOE

BACARAT COMPANY S.A.S.
MENDIOLAZA
CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD
1 Instrumentos: Instrumento Constitutivo de
18

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/05/2018 - 3º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

CountryArgentina

Date30/05/2018

Page count23

Edition count3990

First edition01/02/2006

Last issue02/08/2024

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