Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/04/2013 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

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Tercera Sección
destinadas exclusivamente a ser propiedad de quienes sean titulares de los lotes que formen parte de barrio/country CAMPIÑAS DEL SUR. A cada lote del barrio/country CAMPIÑAS DEL SUR le corresponde una acción clase A.
Las transferencia de acciones clase A debe realizarse juntamente con la transferencia de dominio de los lotes, a los cuales se vinculan. La solicitud de transferencia deberá informarse por escrito al directorio con los datos del adquirente. La Dirección y Administración de la sociedad estarán a cargo de un directorio, integrado por un minimo de uno a cinco titulares, conforme lo determine la asamblea en el acto de su elección. La Asamblea deberá designar suplentes en igual o menor número por el mismo plazo. El directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presente.
El presidente tiene doble voto en caso de empate. El cargo de presidente será ad-honorem. No podrán ser Directores aquellos socios que tengan obligaciones pendientes de cumplimiento con la sociedad, o se encuentren en juicio por cualquier causa con la sociedad o con otro socio. El directorioposee en especial las siguientes facultades: a dictar los reglamentos necesarios para completar, modificar o reglamentar el Reglamento interno; b fijar las contribuciones ordinarias y extraordinarias que deberán pagar los socios;
c realizar las contrataciones necesarias para la prestación de servicios y funcionamiento de la urbanización; d emitir los certificados de deudas para ejecuciones judiciales a los accionistas/propietarios morosos. La representación legal de la sociedad le corresponde al Presidente del Directorio, en caso de ausencia o impedimento será reemplazado por el vicepresidente. La Sociedad prescinde de la Sindicatura en los términos y con los alcances y efectos del art. 284, última parte de la ley 19550, por lo que los accionistas tienen las facultades de contralor del art. 55 de la Ley 19550. Toda Asamblea deberá ser citada en la forma establecida en el art.
237 de la Ley 19550, sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de Asamblea unánime. El ejercicio social cierra el 31
de Marzo de cada año. En ningún caso se distribuirá el superávit entre los accionistas. En el caso que existiere superávit se destinaran a el 5% hasta alcanzar el 20% del capital suscripto, para el Fondo de Reserva Legal, b el 10% a Reserva facultativa, el remanente, en la medida en que fueran realizada y liquidas, al cumplimiento del Objeto social y mantenimiento del patrimonio de la sociedad, conforme lo determine el Directorio. Disuelta la Sociedad por cualquiera de las causales los bienes remanentes, una vez satisfechas las obligaciones que graven el Patrimonio, se destinara a un ente de existencia ideal, de semejante escencia al que se constituye en este acto, sin fines de lucro cuyos estatutos se encuentren aprobados por parte de autoridad administrativa pertinente y reconocidos como actividad exenta de gravámenes por la Administración Federal de Ingresos Públicos o el ente que en el futuro lo sustituya, designándose a tal fin a la Municipalidad de la ciudad de Córdoba. Todo bajo la vigilancia del ente fiscalizador.
N 6065 - $ 1540,00
JOREV S.A
ACTA CONSTITUTIVA
En Córdoba, a los diez días del mes de julio del año dos mil doce, se reúnen los Sres. CAPELLINO EVINA
TERESITA, D.N.I. 17.731.104, argentina, nacida el diez de Julio de un mil novecientos sesenta y seis, casada, comerciante, el Sr. SASIA, JORGE ALFREDO, DNI
14.256.289, argentino, nacido el ocho de Agosto de mil novecientos sesenta y uno, casado, comerciante, la Señorita SASIA CAPELLINO MARIA ANGEL , D.N.I.
35.965.252, argentina, nacida el treinta y uno de Julio de un mil novecientos noventa y uno, soltera, estudiante, y SASIA CAPELLINO MARIA AGUSTINA, D.N.I.
37.095.299, argentina, nacida el dieciocho de Noviembre de un mil novecientos noventa y dos, casada, comerciante, todos con domicilio en Peredo 65, Barrio Nueva Córdoba, de la ciudad de Córdoba, seguidamente los comparecientes RESUELVEN: I Constituir una Sociedad Anónima, en los términos de la Ley 19950 denominada JOREV S.A. con domicilio en Peredo 65, de esta ciudad de Córdoba, cuyo capital es de pesos CINCUENTA MIL $ 50.000,00

BOLETÍN OFICIAL - A ÑO C - TOMO DLXXIX - Nº 55

CÓRDOBA, 16 de abril de 2013

representados por CINCUENTA acciones de pesos un mil $1.000,00 cada una, ordinarias nominativas, de la Clase A, con derecho a un votos por acción que se suscriben totalmente en este acto e integran con el aporte del veinticinco por ciento de las mismas en dinero efectivo a La Sra. Evina Teresita Capellino suscribe veinte acciones lo que representa la suma de pesos veinte mil $ 20.000,00;
b el Sr. Jorge Alfredo Sasia suscribe veinte acciones que representa la suma de pesos veinte mil $20.000,00; c la Señorita SASIA CAPELLINO MARIA ANGEL , suscribe cinco acciones lo que representa la suma de pesos cinco mil $ 5.000,00 y d la Srta. SASIA CAPELLINO MARIA
AGUSTINA, suscribe cinco acciones lo que representa la suma de pesos cinco mil $ 5.000,00. II Designar Como primer Directorio, para integrar el Órgano de Administración a las siguientes personas: Presidente el señor Jorge Alfredo Sasia D.N.I. 14.256.289, Directora Suplente la Sra. Evina Teresita Capellino DNI 17.731.104 cuyos datos personales ya fueron consignados anteriormente. Resuelven prescindir de la Sindicatura. La duración de la Sociedad se establece en noventa y nueve años, contados desde la fecha de inscripción del presente en el Registro Público de Comercio.
La Sociedad tiene por objeto 1 Realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros la prestación de servicios de cuidado de adultos mayores y discapacitados a través de alojamiento, alimentación, primeros auxilios de salud, y terapias recreacionales; 2 Negocios de hotelería, alquiler de cabañas, departamentos. y bungalows para turismo;
explotación de edificios destinados a hotelería, hostería, hospedaje, alojamiento, restaurante, bar, actividades recreativas y actividades deportivas, eventos y turismo 3
Administración por cuenta propia o por cuenta de terceros inmuebles; 4 La construcción, planeación, desarrollo, supervisión, administración, por cuenta propia o ajena de toda clase de obras de arquitectura e ingeniería; 5 La urbanización, fraccionamiento y construcción, por cuenta propia o ajena, de bienes inmuebles, para su venta, arrendamiento o transmisión, por cualquier título; 6
Comprar, vender, dar o tomar en arrendamiento o subarrendamiento puro o financiero, comodato, permuta, por cuenta propia o ajena, cualquier clase de bienes muebles o inmuebles. A tal fin, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones. Las acciones que se emitan serán ordinarias, nominativas, no endosables, escritúrale. Las acciones ordinarias, clase A
confieren derecho a cinco 5 votos por acción. La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto con el número de miembros que fije la Asamblea Ordinaria entre un mínimo de uno y un máximo de cinco, electo /s por el término de tres ejercicios. La Asamblea puede designar mayor, menor o igual número de suplentes por el mismo término, con el fin de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección .Los Directores en su primera reunión deberán designar un Presidente y un suplente, este último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento. El Directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. El presidente tiene doble voto en caso de empate. La asamblea fija la remuneración del Directorio de conformidad con el Art. 261 de la Ley 19.550.N 6064 - $ 840.-

efecto, el transmitente notificará fehacientemente a los accionistas fundadores en su último domicilio constituido para las asambleas societarias, para que en término de treinta 30 días hábiles de la notificación hagan uso de la preferencia. Si más de un accionista fundador ejerciera el derecho de adquisición de las acciones, se distribuirán a prorrata de la participación que cada uno tenga en el capital social y en lo que no fuese posible se atribuirá por sorteo.
Concluido el plazo, si no se ejerciera la opción o se ha hecho parcialmente, el total o el remanente de acciones podrán ofrecerse a los demás accionistas o a terceros, en cuyo caso el precio y condiciones de pago no podrán ser inferiores a los solicitados a los accionistas fundadores. En caso que el importe hecho conocer no resulte ajustado al valor contable, el socio fundador podrá requerir la valuación de un experto, cuya opinión será aceptada por el socio que pretendiese transmitir salvo dolo o error inexcusable. Se deberán cumplimentar las disposiciones del artículo 215 de la Ley de Sociedades Comerciales y reglamentos vigentes.
Asimismo, ante el fallecimiento de alguno de los socios, los accionistas fundadores supérstites tendrán derecho de preferencia a adquirir las participaciones de aquél, abonando a los sucesores declarados tales por sentencia judicial, el importe de las acciones de titularidad del causante, valuadas conforme a las normas contables vigentes al momento del acontecimiento.
ARTICULO
OCTAVO:
ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: La administración de la sociedad estará a cargo de un directorio compuesto con el número de miembros que fije la asamblea ordinaria entre uno 1 y siete 7 directores titulares, electos por el término de tres ejercicios. La Asamblea podrá designar igual o menor número de directores suplentes, electos por el mismo término que los titulares, con el fin de llenar vacantes que se produjeren en el orden de su elección. Los directores podrán ser reelectos. Los directores en su primera reunión deberán designar un presidente y vicepresidente, en su caso; este último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento. El directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. El presidente tiene doble voto en caso de empate. La asamblea fija la remuneración del directorio de conformidad con el art. 261 de la ley 19.550. Si la sociedad prescindiera de la sindicatura, la elección de directores suplentes es obligatoria. Los directores deberán prestar la siguiente garantía: Depositar en la sociedad en efectivo, o en títulos públicos, o en acciones de otra/s sociedad/es una cantidad equivalente a la suma de pesos un mil $1.000 o constituir hipotecas, prenda o fianza otorgada por terceros a favor de la sociedad con el visto bueno del síndico, en su caso. Este importe podrá ser actualizado por asamblea ordinaria, conforme el índice de precios mayorista, nivel general, del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos. ARTÍCULO NOVENO: El directorio tiene amplias facultades para administrar, disponer de los bienes, comprendiéndose aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme al art. 1.881 del Código Civil, excepto el inc. 6º y las establecidas en el art.
9 del Decreto Ley 5965/63, pudiendo celebrar toda clase de actos, entre ellos: otorgar poderes con el objeto y extensión que juzgue conveniente. ARTICULO DECIMO:
La representación legal de la sociedad, inclusive el uso de la firma social, estará a cargo del Presidente del Directorio, y en su caso de quien legalmente lo sustituya. II Aceptar las renuncias presentadas por Brenda Lawson, DNI
31.843.975, al cargo de Directora Titular y Presidente; y de Katherina Lawson, DNI 35.108.789, como Directora Suplente; III Designar cuatro Directores Titulares y un Director Suplente por el término de tres ejercicios. Directora Titular y Presidente: Katherina Lawson, DNI 35.108.789, arg., nacida el 26/05/1990, empresaria, soltera, domiciliada en calle Diagonal Espinosa 3138 de la Ciudad de Córdoba, Prov. de Córdoba; Directores Titulares: María Paola FERREYRA MOREL VULLIEZ, DNI 27.880.387, arg., soltera, nacida el 17/07/1980, Lic. en Trabajo Social, domiciliada en calle Santa Rosa 1176, Planta Baja, B Alberdi , de la ciudad de Córdoba, Prov. de Córdoba; Agustina GIUSIANO, DNI 29.605.672, arg., de 29 años, soltera, Lic. en Comunicación Social, domiciliada en calle Bolívar 49, Piso 5º, Dpto. A, B Centro, de la ciudad de Córdoba, Prov. de Córdoba; Directora Suplente: Noelia Eleonora Lawson, DNI 28.657.732, arg., nacida el 12/05/1981,
W COMUNICACIÓN INTEGRAL S.A.
En Asamblea General Ordinaria y extraordinaria de fecha de fecha 30/04/2012, los accionistas que representan el 100% del capital social de W COMUNICACIÓN INTEGRAL S.A., por unanimidad resuelven: I Reformar de los Arts. Séptimo, Octavo, Noveno y Décimo del Estatuto Social, que quedarán redactados de la siguiente manera:
ARTICULO SÉPTIMO: Las acciones ordinarias y preferidas otorgarán a sus titulares derechos preferentes en la suscripción de nuevas acciones de la misma clase, y derecho a acrecer en proporción a las que se posean, de acuerdo a lo previsto en el artículo 194 de la ley de sociedades comerciales. Los accionistas fundadores, conforme surge del acta constitutiva de fecha 28 de abril de 2010, gozarán de derecho preferente para adquirir las acciones en caso de transferencia, en las mismas condiciones y precios que los demás accionistas y los terceros. A tal

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/04/2013 - 3º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

CountryArgentina

Date16/04/2013

Page count16

Edition count3984

First edition01/02/2006

Last issue25/07/2024

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