Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/04/2013 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

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Tercera Sección AGRO LA PALMINA SRL
Cesión de Cuotas Sociales Reforma Estatuto - Designación Gerente
Por contrato de cesión de fecha 11 de agosto de 2011, los Sres. JORGE ALBERTO CRESCIMBENI DNI N
16.180.405, de profesión productor agropecuario, casado con Patricia Susana Movio, con domicilio en Gral. Gemes 1043
de Justiniano Posse y OSCAR CARLOS CRESCIMBENI, Argentino, DNI N 12.293.569, de profesión productor agropecuario, casado con Graciela María Chiariotti con domicilio en Avda. del Libertador 727 de Justiniano Posse se cedieron a la Sra. GABRIELA MARIA PEREZ, DNI N
17.601.372, con domicilio en calle Sarmiento n0978 de Justiniano Posse la totalidad de las cuotas sociales que pertenecían a los mismos en la sociedad AGRO LA PALMINA
SRL, esto es la cantidad 375 cuotas sociales cada uno. Que así también en el mismo acto se designó al Sr. RUBEN JOSE
FABRIZIO, Argentino, DNI N 14.949.164, de profesión comerciante, casado con Gabriela María Pérez, con domicilio en Sarmiento 978 de Justiniano Posse como Gerente Titular de la citada sociedad, reformando la cláusula décima cuarta del estatuto social quedando redactada de la siguiente forma:
"DECIMACUARTA: DESIGNACIÓN DE GERENTES AUTORIZACIÓN: En este acto los socios acuerdan: a designar a RUBÉN JOSÉ FABRIZIO como gerente y este acepta el cargo en este mismo acto. El gerente designado actuará en forma individual, teniendo todas las facultades para administrar y disponer de los bienes sociales, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme y en lo aplicable de los artículos 1881 del Código Civil y 9 del decreto ley 5965/63. Pueden por lo tanto celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos y contratos que no sean notoriamente extraños al objeto social, entre ellos podrán adquirir, gravar, vender y enajenar cosas muebles, muebles registrables e inmuebles; operar con Bancos nacionales, provinciales, públicos, privados o mixtos y cualquier entidad crediticia; otorgar poderes especiales o generales para actuar judicialmente o extrajudicialmente, inclusive para querellar criminalmente. b autorizar a los Dres. Lisandro Jorge Pavan y/o Jorge Oscar Faenze, en forma conjunta o indistinta, para realizar los trámites de inscripción ante el Registro Público de Comercio, con facultades para aceptar modificaciones al texto del presente contrato y otorgar los instrumentos que fueran necesarios a los fines de la inscripción. El autorizado se encuentra facultado, asimismo, para acompañar y desglosar documentación y depositar y retirar las sumas referidas en el art. 149 2 párrafo de la ley 19550". Firma: Gerente.
N 5468 - $ 520
VAINILLA S.A.
Edicto Rectificatorio En aviso N 2524, de fecha 13 de Marzo del año 2.013 donde dice Acta de Directorio N 6, debe leerse Acta de Directorio N 11, Departamento Sociedades por Acciones.
N 5459 - $ 42
B&ES S.R.L.

BOLETÍN OFICIAL - A ÑO C - TOMO DLXXIX - Nº 52

CÓRDOBA, 11 de abril de 2013

SEGUNDA: "El término de duración de la sociedad B&ES
SRL será de noventa y nueve 99 años a contar desde la suscripción del presente." TERCERA: "La sociedad tendrá por objeto dedicarse, por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros la ejecución de proyectos, dirección, administración y realización de obras públicas o privadas o de cualquier naturaleza, entre otras las hidráulicas, camineras, pavimentaciones, movimientos de tierra, edificios, barrios, urbanizaciones. Comercial: Realizar todas las tareas comerciales que provengan del área del comercio mayorista o minorista de bienes muebles y/o inmuebles, y elementos especialmente referidos a la construcción de edificios y sus materias primas, incluyendo la construcción propiamente dicha de los mismos, ya sea en terreno propio o de terceros, tanto en la obra privada como la obra pública. Prestación de servicios: La realización de Desarrollos, proyectos, dirección, administración y explotación de actividades constructivas tanto en inmuebles propios como inmuebles de terceros, pudiendo actuar en el carácter de fiduciante, fiduciario, beneficiario y/o fideicomisario como así también la administración de obras y servicios privados y públicos sin limitación alguna, ya sea por si o por intermedio de profesionales habilitados al efecto. Inmobiliaria:
Mediante la adquisición, venta, permuta, explotación, arrendamiento, administración y construcción en general de inmuebles urbanos y rurales, incluso todas las operaciones comprendidas en las leyes y reglamentaciones sobre propiedad horizontal. Financiera: Mediante el otorgamiento de garantías reales o personales a terceros, tanto a personas físicas como jurídicas, préstamos con o sin garantía real a corto o largo plazo, aportes de capital a personas o sociedades existentes o a crearse para la concertación de operaciones realizadas ,o a realizarse, compra venta y negociación de valores mobiliarios y papeles de crédito de cualquiera de los sistemas creados o a crearse, podrá realizar toda clase de operaciones financieras permitidas por las leyes con exclusión de las comprendidas en la ley de entidades financieras y toda otra que requiera el concurso público. Podrá asimismo realizar toda clase de operaciones financieras invirtiendo dinero o haciendo aportes propios, contratando o asociándose con particulares, empresas o sociedades constituidas o a constituirse; podrá también registrar, adquirir, ceder y transferir marcas de fábrica y de comercio, patentes de invención, formas o procedimientos de elaboración, aceptar o acordar regalías, tomar participaciones y hacer combinaciones, fusiones y arreglos con otras empresas o sociedades del país y/o del exterior. Mandataria: Mediante el ejercicio de mandatos, representaciones, agencias, comisiones, gestión de negocios, administración de bienes, propiedades y empresas de firmas radicadas en el país o en el extranjero relacionadas con el objeto de la sociedad. Podrá presentarse en Licitaciones, concurso de precios, contrataciones directas, públicas o privadas, en el Orden Nacional, Provincial, Municipal o Comunal. Importación Exportación: Mediante la importación y exportación de los productos .necesarios para el giro social, referidos en los presentes incisos del objeto, en especial máquinas, artefactos mecánicos, electrónicos, ópticos e implementos, sus accesorios y repuestos, herramientas e instrumental científico y técnico."
SÉPTIMA: "El Señor Eduardo Daniel BERSANO, ejercerá la función de Gerente Titular; designándose como Gerente Suplente a la Señora María Florencia GLASER." Of . 25/3/13.
Juzg. C. y Comercial 29 Nom.
N 5458 - $ 1360,20

tendrá por objeto, realizar por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros o por intermedio de terceros, en el país y/
o en el extranjero; las siguientes actividades: SALUD DE LAS
PERSONAS: la explotación de sanatorios, hospitales, clínicas, consultorios, centros de atención médica, dispensarios, salas de atención, y/o servicios en clínicas u hospitales, para la atención de la salud física o psíquica de la personas. Dichas actividades podrán realizarse por cuenta propia, o asociada a terceros sean personas físicas o jurídicas, o con el estado nacional, provincial y/o municipal, como así también asociado a entes antárticos nacionales, provincias, municipales, sindicatos, obras sociales, sean estas -obras socialespúblicas o privadas. COMERCIAL E INDUSTRIAL: compra, venta, arrendamiento, acopio, fabricación, producción, exportación, importación, representan, comisión, mandatos, corretajes, consignaciones, distribución y comercialización de medicamentos, manufacturas de productos destinado a la salud de las personas, insumos médicos y/o farmacológicos, muebles e instrumental médico o quirúrgico y equipos de electromedicina, en el país o del extranjero, especial mediante los convenios que se suscriban por intermedio del MERCOSUR DE SERVICIOS: Consultoría, Marketing y Comercialización de productos o sistemas de atención médica.
Organización y Asesoramiento de los mismos.
FIDEICOMISOS: Celebración y Participación en fideicomisos ordinarios o financieros, actuando como fiduciante, fiduciario, beneficiario o fideicomisario; la administración de fondos fiduciarios y la emisión de certificados de participación y títulos de deuda. FINANCIERAS: podrá obtener financiaciones en general, gestionar préstamos a interés y toda clase de créditos garantizados por cualquiera de los medios previstos por la legislación vigente, o sin garantías; celebración y participación en contratos y operaciones de leasing; compra y venta de acciones, títulos, debentures, y cualquier otro valor mobiliario en general, creados o a crearse, sean nacionales o extranjeros, y en la constitución, transferencia parcial o total de hipotecas, prendas y cualquier otro derecho real, otorgando avales u otras garantías. Igualmente podrá presentarse en convocatorias, licitaciones y concursos de precios realizados por el Estado Nacional, Provincial y/o Municipal o de otros Estados, cumpliendo con los recaudos administrativos exigidos para tales fines; y podrá realizar cuantos actos y contratos se relacionen directa o indirectamente con su objeto social y tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o este contrato. PLAZO-DURACION: 15 años desde inscripción Reg. Pca. de Comercio, prorrogable por decisión unánime de los socios. CAPITAL: Capital $ 30.000, representado en 300 cuotas de $ 100, en dinero, Ana María GIGENA suscribe 30 cuotas y Héctor Darío GIGENA
PARKER suscribe 270 cuotas, Integran el 25%, el saldo en dos años. ADMINISTRACION y REPRESENTACION: un 1 gerente socios o no, duración indeterminada del cargo hasta que asamblea de socios determine lo contrario, gerente Ana María GIGENA. CIERRE DE EJERCICIO: 31 de Diciembre de cada año. Córdoba, 4 de abril 2012. Juz. Civ. y Com. 52
Nom, Conc. y Soc. N 8, Sec. Dra. Allimcay Raquel Barbero Becerra. Expte. 2334055/36.
N 5505 - $ 770

s/I.R.P.C. - Modificación Contrato Social Por Cesión de fecha 21 de Diciembre del año 2012, Alejandro Rodolfo ESTEVE, argentino, DNI: 18.254.487, nacido el día 25 de Agosto de 1.967, de estado civil casado, Comerciante, con domicilio en calle General Deheza N 980, Barrio Pueyrredón, ciudad de Córdoba, cede y transfiere a Eduardo Daniel BERSANO, argentino, DNI 22.062.664, nacido el 04
de Abril del año 1.971, casado, Comerciante, con domicilio en calle Manzana 10, Lote 01 del Barrio Privado Prados de la Villa, Localidad de Saldán, Córdoba, 1350 cuotas sociales y a la Sra. María Florencia GLASER, argentina, DNI 24.356.321, nacida el 24 de Noviembre de 1.974, casada, Comerciante, con domicilio en calle Alberto Williams N 2665, Barrio Los Naranjos de la ciudad de Córdoba, 150 cuotas sociales. En virtud de la presente Cesión de Cuotas Sociales, los nuevos socios de B&ES SRL, Eduardo Daniel BERSANO y María Florencia GLASER, resuelven por unanimidad, modificar las siguientes cláusulas del Contrato Social, de la siguiente manera:

EL CANDEAL SRL
Cesión de Cuotas Sociales
CENTRO DE ASISTENCIA EN DESORDENES DE LA
CONDUCTA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA
Constitución de Sociedad Expte. N 2334055/36
Por contrato constitutivo del 21/08/12, Acta N 1 del 0/10/
12, y Acta N 2 del 18/03/13. SOCIOS-DENOMINACION:
Ana María GIGENA, D.N.I. 6.493.381, nacida el 12/03/1.951, argentina, Bioquímica, divorciada, domicilio Hipólito Montagne 1.317, B Colinas Del Cerro, Córdoba; y Héctor Darío GIGENA PARKER, D.N.I. 21.396.084, nacido el 02/03/1.970, argentino, Médico Psiquiatra, casado con María Gabriela FOSCARINI, domicilio Fragueiro N 1.155, B Cofico, Córdoba, constituyen "CENTRO DE ASISTENCIA EN
DESORDENES DE LA CONDUCTA SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA", c/sede en Fragueiro N
1.155, B Cofico, Córdoba Capital. OBJETO: La Sociedad
Entre los Sres. Rodolfo Sebastian Gonzalez Fasano, DNI
24.362.109, argentino, casado, empleado, nacido el 15/11/1974, domiciliado en calle Gob. Ortiz Ocampo N 4263, B
Centenario de la ciudad de Córdoba; en adelante EL CEDENTE, por una parte; y el Sr. Esteban Javier Forelli, DNI 25.038.635, casado, argentino, Ing. agrónomo, nacido el 12/03/1976;
domiciliado en Villa Totoral, Prov. de Córdoba; en adelante EL
CESIONARIO, por la otra parte; convienen en celebrar el presente contrato de cesión de cuotas sociales. EL CEDENTE, cede, vende y transfiere al CESIONARIO las 50 cuotas partes de LA SOCIEDAD de las que es único propietaria, representativas del 50 % del capital social, por un valor nominal de $ 600.- cada una de las cuotas partes. La presente cesión se realiza por el precio total y definitivo de Pesos Diez Mil $ 10.000, los cuales son pagados en este acto, sirviendo el presente de formal recibo y carta de pago, declarando EL
CEDENTE quedar totalmente desinteresada por esa suma.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/04/2013 - 3º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

CountryArgentina

Date11/04/2013

Page count17

Edition count3975

First edition01/02/2006

Last issue12/07/2024

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