Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/07/2011 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

Córdoba, 12 de Julio de 2011
Acta de reunión de socios unánime Prórroga de contrato social Modificación del contrato social Por instrumento de fecha 14/04/2011se reúnen los socios de CLINICA PRIVADA ZONAL
MAYO S.R.L., sociedad inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Córdoba, en la República Argentina, en el protocolo de Contratos y Disoluciones bajo el Nº 252, folio 1063, tomo 5 con fecha 2 de marzo de 1992, señores RUBEN BARTOLO ZABALA, DNI
13.221.463, GUILLERMO ADRIAN
COCORDA, DNI: 18.522.812, CRISTINA
CLAUDIA BIANCHINI, DNI: 21.998.038 Y
JULIO CESAR BAGLIARDELLI, DNI:
11.099.694. Los socios presentes representan el cien por ciento 100% del capital social de CLINICA PRIVADA ZONAL MAYO SRL.
Abierto el acto se pasa a sesionar conforme el siguiente orden del día que dice: 1- Designación de los socios que firmarán el acta. Se resuelve por unanimidad que sea firmada por la totalidad de los mismos. 2- PRORROGA de duración del plazo de duración social y REFORMA del contrato social. Teniendo en cuenta que el plazo contractual vence el 30 de Abril de 2011 y lo dispuesto por el art. 95 inc. 1 de la Ley 19.550, se resuelve por unanimidad prorrogar el mismo por 20 años a contar desde el 01 del Mayo de 2011 y en consecuencia se reforma la cláusula PRIMERA
del Contrato Social quedando redactada en la siguiente forma: CLAUSULA PRIMERA:
PLAZO la duración de la sociedad se prorroga por el plazo de VEITNE AÑOS a contar desde el 01 de mayo del dos mil once. El plazo de duración de la sociedad podrá prorrogarse por resolución por resolución de mayoría de los socios antes del vencimiento del tiempo estipulado, en las condiciones que de común acuerdo resuelvan los socios. La sociedad seguirá bajo la denominación de CLINICA PRIVADA ZONAL MAYO S.R.L.
y tendrá su domicilio social en calle Buenos Aires Nº 1210 de la ciudad de General Cabrera.
Solamente por resolución unánime, la misma podrá establecer o instalar unidades de prestación de servicios concordantes a su actividad específica en cualquier lugar del país.- 3- Autorizados para trámites de ley. Los socios presentes resuelven por unanimidad autorizar al Dr. Luciano Miguel Cocorda, de profesión Abogado, DNI: 21.694.048, M.P. 2-529 para iniciar, continuar y terminar el trámite de inscripción de la presente en el Registro Público de Comercio, comprometiéndose a tener como firmes y válidos todos los actos por él realizados, constituyendo el presente suficiente mandato a tal efecto. Siendo las diez horas, se terminó el acto, firmando para constancia de los presentes, previa lectura y ratificación.N 15946 - $ 152.TRANSPORTE SAN ANTONIO S.R.L Constitución de Sociedad Se hace saber que, según contrato constitutivo de fecha 23 de junio del año 2009 y acta rectificativa de fecha 23 de noviembre de 2010, entre los señores SERGIO GUSTAVO HECK, argentino, D.N.I. 24.168.444, nacido el 22 de abril de 1975, de treinta y cuatro años de edad, casado, domiciliado en Pulcinelli s/n, de la Localidad de Freyre; CLAUDIO ENRIQUE
GARELLO, argentino, D.N.I. 24.188.559, nacido 29 de diciembre de 1974, de treinta y cinco años de edad, casado, domiciliado en calle E. Larco 1154 de la localidad de Devoto y MARIA
SOLEDAD BERTOLINO, argentina, D.N.I.
24.332.740, nacida el cinco 5 de junio de mil novecientos setenta y cinco 1975, de treinta y cuatro años de edad, ama de casa, casada,
BOLETÍN OFICIAL
domiciliada en calle Velez Sarsfield 159 de la localidad de Freyre, Córdoba, han decidido constituír una Sociedad de Responsabilidad Limitada, de nombre Transporte San Antonio S.R.L. con domicilio en Vélez Sansfield 159 de la localidad de Freyre. DURACIÓN: veinte años.
OBJETO: A Transporte nacional e internacional de cargas, mercaderías generales, fletes, acarreos, mudanzas causales, correspondencias, encomiendas, muebles y semovientes, materias primas y elaboradas alimenticias, equipajes, cargas en general de cualquier tipo, transporte de pasajeros y combustibles cumpliendo con las respectivas reglamentaciones nacionales, provinciales, interprovinciales o internacionales, su distribución almacenamiento depósito y embalaje, contratar auxilios, reparaciones y remolques realizar operaciones de contenedores y despachos de aduana por intermedio de funcionario Autorizados y transporte de cualquier otro tipo de productos para sí o para terceros contratantes, ya sea en larga, mediana o corta distancia, en vehículo propios o arrendados o utilizados por la empresa en virtud de cualquier otra figura jurídica y todas las actividades complementarias o conexas como la instalación de talleres de montaje, talleres mecánicos de camiones, sus partes y componentes, así como la organización comercial para la provisión de repuestos, combustibles e insumos vinculados directamente al transporte de productos varios.B Entrenar y contratar personal para ellos. C
Emitir y negociar guías cartas de porte warrants y certificados de fletamento. D Elaborar, construir, armar, carrozar, equipar, transformar y reparar vehículos y sus partes integrantes para adecuarlos a los fines dichos. E Comprar, vender, importar y exportar, temporaria o permanentemente:
vehículos adecuados a sus actividades y repuestos para los mismos. Otros Servicios: Relacionados con las actividades enunciadas en los incisos a, b, c, d y e.F MANDATARIA: Mediante el ejercicio de representaciones y mandatos vinculados directamente con las actividades y productos señalados en este artículo, incluyendo la operativa de exportación e importación, actuando ante la Administración Nacional de Aduanas en todo lo que sea necesario, conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio. Inscribirse en los registros que establezca la autoridad de aplicación y como proveedor de los Estados Nacional, Provincial y Municipal, de acuerdo con las reglamentaciones vigentes. Inscripción y explotación de patentes, marcas, licencias y diseños industriales, sean de origen nacional o extranjero. G INMOBILIARIA: Mediante la comercialización, alquiler y administración de bienes inmuebles propios o de terceros, inclusive las operaciones comprendidas en las leyes de Propiedad Horizontal y Prehorizontalidad. H
FINANCIERAS: De toda clase de operaciones vinculadas con las actividades señaladas más arriba, con exclusión expresa de las actividades comprendidas en la ley de entidades financieras Nº 21.526. A tal fin la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones. Para el desarrollo del objeto del presente podrá asociarse con terceros, tomar representaciones y comisiones, y celebrar todo tipo de contrato de colaboración empresaria, de integración vertical y horizontal, con arreglo a las normas de derecho positivo vigente o autorizadas en el ámbito de la autonomía contractual, así como todo tipo de contrataciones civiles y/o comerciales destinadas al cumplimiento de tal fin. Asimismo la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer actos que no sean prohibidos por las leyes y este contrato. CAPITAL: Pesos ochenta y un Mil $
81.000, dividido en ochocientas diez 810 cuotas de un valor de $ 100 cada una, las cuales han sido
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suscriptas por los socios en la siguiente proporción: a Sergio Gustavo Heck, suscribe la cantidad de doscientas setenta 270 cuotas sociales, por un valor total de Pesos veintisiete $
27.000; b Claudio Enrique Garello, suscribe la cantidad de doscientos doscientas setenta 270
cuotas sociales, por un valor total de Pesos veintisiete mil $ 27.000; c María Soledad Bertolino suscribe la cantidad de doscientas setenta 270 cuotas sociales, por un valor total de Pesos veintisiete mil $ 27.000. La integración se realiza de la siguiente manera: hasta el importe de Pesos Ochenta mil $ 80.000 mediante el aporte de bien de uso por partes iguales a cada uno de los socios. Por el resto se obligan los socios a integrarlo por partes iguales, en dinero en efectivo, dentro del plazo de dos años. ADMINISTRACIÓN: a cargo de la socia María Soledad Bertolino, quien deberá insertar en todos los casos su firma particular con el aditamento S.R.L. El gerente tiene todas las facultades para realizar los actos tendientes a la realización del objeto social, inclusive los previstos en el art. 1881 del Código Civil y el art. 9 del Decreto 5965, pudiendo otorgar poderes, mandatos, etc. de carácter general o especial a los socios o a terceros en nombre de la sociedad, para la realización de negocios o actos vinculados al objeto social. La duración en el cargo de los socios gerentes será de cinco ejercicios, pudiendo ser reelecto. UTILIDADES y PERDIDAS: El ejercicio social finalizará los días treinta y uno 31 de julio de cada año. Juzg. 1
Nom. C. C y Flia Sec n 2 Of 16/6/2011.N 15960 - $ 336.MARTINGALES S.A.
Constitución de Sociedad Fecha Acta Constitutiva y Estatuto Social: 05/
03/2001. Fecha Acta Rectificativa Ratificativa:
10/06/2011. Socios: ROQUE MARTIN
SPIDALIERI, argentino, Documento Nacional de Identidad N 31.646.439, nacido el 15/05/1985, estado civil soltero, de 26 años de edad, de profesión Licenciado en Administración de Empresas, CUIL N 20-31.646.439-5, domiciliado en calle Olimpia N 1608, Barrio Jardín, Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba;
GERARDO ANDRES MOYANO CIRES, argentino, Documento Nacional de Identidad N
31.947.840, nacido el 18/11/1985, estado civil soltero, de 25 años de edad, de profesión Administrador de Empresas, CUIL N 2031.947.840-0, domiciliado en calle Rivera Indarte 9177, Código Postal 5021, Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba. Denominación: MARTINGALES S.A. Domicilio y Sede Social:
Ricardo Rojas N 9177, X5000ELE, Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, República Argentina. Plazo: 99 años contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.
Objeto Social: Realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, en cualquier forma jurídica, con las limitaciones de ley, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: A
Actividad Inmobiliaria: compra, venta, construcción, ampliación, reforma, modificación, permuta, alquiler, leasing, arrendamiento y de cualquier manera la comercialización de bienes inmuebles, urbanos o rurales, y todo tipo de unidades locativas, inclusive las comprendidas bajo el régimen de propiedad horizontal, así como toda clase de operación inmobiliaria, incluyendo el fraccionamiento y posterior loteo de parcelas destinadas a vivienda, urbanización, clubes de campo, establecimientos deportivos, recreativos, nocturnos, complejos y centros comerciales.
Podrá, inclusive, realizar todas las operaciones sobre inmuebles que autoricen las leyes. B
Producción de Eventos: Conceptualización,
producción, desarrollo y ejecución de eventos especiales de todo tipo y espectáculos artísticos, educativos, culturales, deportivos y de ocio para empresas y particulares, contratando shows nacionales e internacionales, la prestación de servicios de publicidad, promoción, relaciones públicas y la comercialización al por mayor y menor del merchandising derivado de los eventos y espectáculos desarrollados por la Sociedad. C
Actividad Comercial: 1.- Instalación, administración y explotación comercial de establecimientos gastronómicos como ser bares, cafeterías, cervecerías, pizzerías, restaurantes con o sin espectáculos con o sin pistas bailables, así como también pubs bailables o no, clubs nocturnos, Disco Bar o Discotecas. 2.- Prestación de servicios de catering, ya sea por pedidos particulares a domicilio, o en eventos públicos o masivos, venta de bebidas alcohólicas y/o no alcohólicas al por mayor y menor. 3.- Alquiler de barras y venta de espacios para publicidad dentro de dichos establecimientos comerciales. 4.Adquisición y venta de establecimientos gastronómicos así como también pubs bailables o no, clubs nocturnos, disco bar o discotecas que se encuentren funcionando. D Actividad Administrativa: administración de bienes de particulares y sociedades, ya sean comerciales o civiles, pudiendo administrar, arrendar y explotar, por cuenta propia o de terceros, toda clase de bienes muebles o inmuebles, urbanos o rurales, establecimientos deportivos, recreativos, de hotelería y gastronómicos, y en general, realizar todas las operaciones comerciales o no, necesarias o convenientes para el cumplimiento de los objetos indicados. A tal fin, la sociedad tienen plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, previéndose que cuando así sea legalmente requerido, las actividades serán desarrolladas por profesionales con título habilitante. E Financieras: 1.- Mediante préstamos con o sin garantía, a corto o largo plazo, operaciones de futuros u opciones y aportes de capitales para la financiación de operaciones a realizarse, compra-venta y negociación de títulos, acciones y commodities, debentures, toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito de cualesquiera de los sistemas o modalidades creadas o a crearse. La Sociedad no realizará las operaciones previstas por la Ley 21.526 u otras operaciones para las cuales se requiera el concurso público. 2.- Realizar toda actividad financiera para el cumplimiento de su objeto, salvo las expresamente fijadas por la ley de entidades financieras. 3.- Participar y formar Fideicomisos, ya sea en la calidad de fiduciante, fiduciario, beneficiario y fideicomisario, incluyéndose la administración de bienes fideicomitidos con los alcances la ley 24.441 y de toda otra forma que en el futuro la reemplace y/o amplíe. F
Mandataria-Representación: Ejercer mandatos, representaciones, agencias, comisiones, gestión de negocios, de empresas radicadas en el país o en el extranjero relacionadas con el objeto de la sociedad a los fines mencionados y a todos los que emerjan de la naturaleza de la sociedad esta tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no le sean expresamente prohibidos por las leyes o por el presente estatuto. Para el mejor cumplimiento de su objeto social la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar toda clase de actos jurídicos que hagan a su objeto y que no sean expresamente prohibidos por las leyes o por estos estatutos. En particular la sociedad podrá: 1 Adquirir por compra o cualquier título bienes inmuebles o muebles y toda clase de derechos, títulos, acciones o valores, y venderlos, cederlos, permutarlos, o disponer de ellos mediante cualquier título, como así

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/07/2011 - 3º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

CountryArgentina

Date12/07/2011

Page count8

Edition count3979

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Last issue18/07/2024

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