Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/08/2010 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

Córdoba, 05 de Agosto de 2010
fecha 22 de junio de 2010, 29 de junio de 2010 y 30 de julio de 2010. Las principales condiciones de emisión son: Título a emitir: Se podrán emitir las Obligaciones Negociables Clase XI y Obligaciones Negociables Clase XII. Monto de las Obligaciones Negociables: las Obligaciones Negociables Clase XI serán emitidas por un valor nominal máximo de hasta $50.000.000, o conforme se determine en el Suplemento de Precio Monto de referencia de la Clase XI, y las Obligaciones Negociables Clase XII serán emitidas por un valor nominal máximo de hasta US$35.000.000, o conforme se determine en el Suplemento de Precio Monto de referencia de la Clase XII. Podrá determinarse en el Suplemento de Precio un valor nominal global máximo en conjunto de las Obligaciones Negociables. El monto de emisión de las Obligaciones Negociables Clase XI y de las Obligaciones Negociables Clase XII en conjunto no podrá superar el monto que surja de la sumatoria del Monto de referencia de la Clase XI y del Monto de referencia de la Clase XII el Monto Global Máximo de las Obligaciones Negociables, sin perjuicio de que cada una de las Clases podrá ser emitida por un monto nominal mayor al Monto de referencia de la Clase XI
y al Monto de referencia de la Clase XII, respectivamente. A tales fines, el Monto de Referencia de la Clase XI y/o el Monto de Referencia de la Clase XII serán convertidos al tipo de cambio que se indique en el Suplemento de Precio. En caso de declararse desierta la colocación de una de las clases, por los motivos que se prevén en el Suplemento de Precio, la clase cuyo proceso no fuese declarado desierto podrá ser emitida por hasta el Monto Global Máximo de las Obligaciones Negociables, o conforme se indique en el Suplemento de Precio. Oferta: las Obligaciones Negociables podrán ser ofrecidas en la República Argentina y/o en el extranjero, según se especifique en el Suplemento de Precio.
Descripción: las Obligaciones Negociables serán obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones. Tendrán en todo momento igual prioridad de pago entre sí y respecto a todas las demás obligaciones no subordinadas y con garantía común del Emisor, salvo las obligaciones que gozaran de privilegios en virtud de disposiciones legales o en virtud de disposiciones convencionales que creen Gravámenes Permitidos al Emisor.
Forma: las Obligaciones Negociables serán representadas bajo la forma de certificados globales -que serán depositados por el Emisor en el sistema de depósito colectivo llevado por Caja de Valores S.A.- o bajo aquella otra forma que se determine en el Suplemento de Precio. Moneda de Pago: las Obligaciones Negociables Clase XI podrán estar denominadas y ser pagaderas en pesos argentinos $ o Peso, o conforme se indique en el Suplemento de Precio, y las Obligaciones Negociables Clase XII podrán estar denominadas en dólares estadounidenses y ser pagaderas en pesos al tipo de cambio según se defina en el Suplemento de Precio. Integración: las Obligaciones Negociables Clase XI podrán ser integradas en Pesos, y las Obligaciones Negociables Clase XII podrán ser integradas en dólares estadounidenses, en Pesos o conforme se determine en el Suplemento de Precio. Precio de Emisión:
el precio de suscripción de las Obligaciones Negociables Clase XI será del 100% de su valor nominal. El precio de suscripción de las Obligaciones Negociables Clase XII podrá ser del 100%, por debajo de dicho valor o por sobre el mismo y será determinado en base a los precios ofrecidos durante el Período de Colocación.
Fecha de Emisión: la fecha de emisión de las Obligaciones Negociables será determinada conforme se indique en el Suplemento de Precio la Fecha de Emisión. Fecha de Vencimiento:

BOLETÍN OFICIAL
la fecha de vencimiento de las Obligaciones Negociables Clase XI será a los 270 días contados a partir de la Fecha de Emisión, o el día hábil inmediato anterior en caso que el vencimiento no fuera un día hábil bancario, o conforme se determine en el Suplemento de Precio la Fecha de Vencimiento de la Clase XI y la fecha de vencimiento de las Obligaciones Negociables Clase XII será a los 365 días contados a partir de la Fecha de Emisión, o el día hábil inmediato posterior si aquella fecha coincidiese con un día inhábil bancario la Fecha de Vencimiento de la Clase XII o conforme se determine en el Suplemento de Precio. Intereses: las Obligaciones Negociables Clase XI devengarán intereses a una tasa de interés variable, que será igual a la Tasa de Referencia más un Margen de Corte que se determinará una vez finalizado el período de suscripción. La Tasa de Referencia y el modo de determinación del Margen de Corte serán establecidos en el Suplemento de Precio. Las Obligaciones Negociables Clase XII devengarán intereses a una tasa fija conforme se especifique en el Suplemento de Precio. Período de Intereses:
son aquellos períodos sucesivos que comenzarán en la Fecha de Emisión inclusive, respecto del primer período de intereses, y en la Fecha de Pago de Intereses del primer período de Intereses inclusive, para el período siguiente, y que finalizarán en la siguiente Fecha de Pago de Intereses exclusive, y así sucesivamente. Pago de los Intereses: los Intereses de las Obligaciones Negociables serán pagaderos en forma trimestral o conforme se determine en el Suplemento de Precio cada una, una Fecha de Pago de Intereses. Pagos: todos los pagos serán efectuados por la Sociedad en Pesos, en la República Argentina, a través de Caja de Valores S.A. o del modo que se indique en el Suplemento de Precio. En caso que alguna de las fechas de pago fuera un día inhábil bancario, el pago se efectuará el día hábil inmediato posterior excepto en el caso de los pagos que se efectúen en la Fecha de Vencimiento de la Clase XI. Amortización: el 100% del valor nominal de las Obligaciones Negociables Clase XI será pagado en una sola cuota en la Fecha de Vencimiento de la Clase XI y el 100% del valor nominal de las Obligaciones Negociables Clase XII será pagado en una sola cuota en la Fecha de Vencimiento de la Clase XII.
Garantías: las Obligaciones Negociables no gozarán de garantía alguna. Destino de los Fondos: los fondos netos provenientes de la colocación de las Obligaciones Negociables serán utilizados para capital de trabajo en la República Argentina y/o refinanciación de pasivos, priorizando una mejor administración de los fondos y a fin de maximizar los beneficios provenientes de la emisión, siempre dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 de la Ley N 23.576 de Obligaciones Negociables la LON, o conforme se especifique en el Suplemento de Precio.
Cotización y Negociación: las Obligaciones Negociables podrán cotizar en cualquier bolsa y/o mercado, conforme lo establezca cualquiera de las personas autorizadas a tal efecto. b El emisor será Tarjeta Naranja S.A., constituida como sociedad anónima el día 1 de septiembre de 1995 e inscripta ante el Registro Público de Comercio de la Provincia de Córdoba Número 1363, Folio Nº 5857, Tomo 24
del año 1995, el día 12 de diciembre de 1995, con un plazo de duración de 99 años a contar desde la referida fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio. La Sociedad tiene por objeto, por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros: crear, desarrollar, organizar, dirigir, administrar, comercializar, explotar y operar sistemas de tarjetas de crédito y/o débito y/o de compra y/o afines. La sede social de la Sociedad es Sucre 151, Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba. c El capital social de la Sociedad es de $24.000.000 y su patrimonio neto al 31 de marzo de 2010 es de $638.876.405.

d A la fecha del presente, se han cancelado íntegramente las distintas series de obligaciones negociables del programa autorizado por Resolución N 12.587 de fecha 11 de marzo de 1999 de la CNV de acuerdo con el siguiente cronograma: el 26 de octubre de 1999 la Serie I; el 22 de marzo de 2000 la Serie II; el 25 de abril de 2000 la Serie III; el 19 de septiembre de 2000 la Serie IV; el 24 de octubre de 2000 la Serie V; el 27
de diciembre de 2000 la Serie VI; el 19 de diciembre de 2000 la Serie VII; el 23 de enero de 2001 la Serie VIII; el 20 de marzo de 2001 la Serie IX; el 27 de marzo de 2001 la Serie X; el 24 de abril de 2001 la Serie XI; el 10 de mayo de 2001 la Serie XII; el 29
de mayo de 2001 la Serie XIII; el 17 de julio de 2001 la Serie XIV; el 8 de junio de 2001 la Serie XV; el 8 de agosto de 2001 la Serie XVI; el 28 de agosto de 2001 la Serie XVII; el 5 de diciembre de 200l la Serie XVIII; el 31 de agosto de 2001 la Serie XIX; el 9 de octubre de 2001 la Serie XX; el 30 de octubre de 2001 la Serie XXI; el 30 de octubre de 2001 la Serie XXII; el 11 de diciembre de 2001
la Serie XXIII; el 30 de enero de 2002 la Serie XXIV; el 5 de marzo de 2002 la Serie XXV; el 11
de enero de 2002 la Serie XXVI; el 27 de diciembre de 2002 la Serie XXVII; el 31 de mayo de 2002 la Serie XXVIII; el 28 de junio de 2002 la Serie XXIX.
Asimismo, bajo el programa autorizado por Resolución N 14.920 de fecha 7 de noviembre de 2004 de la CNV, se han cancelado íntegramente el 14
de noviembre de 2005 la Serie I de Obligaciones Negociables; el 13 de marzo de 2006 la Serie II; el 8 de noviembre de 2006 la Serie III y el 15 de septiembre de 2006 la Serie IV.Asimismo, bajo el Programa se ha cancelado la Clase I de Obligaciones Negociables, cuyo vencimiento se produjo el 14 de diciembre de 2007; se ha cancelado la Clase II de Obligaciones Negociables, cuyo vencimiento se produjo el 14 de diciembre de 2008; se ha cancelado la Clase V de Obligaciones Negociables, cuyo vencimiento se produjo el 4 de septiembre de 2008; mientras que la Clase IV de Obligaciones Negociables ha sido emitida con fecha 29 de noviembre de 2006 y vencerá el 29 de noviembre de 2011; la Clase VII de Obligaciones Negociables ha sido emitida con fecha 18 de junio de 2008 y venció el 13 de julio de 2009; la Clase VIII de Obligaciones Negociables ha sido emitida con fecha 04 de septiembre de 2008 y venció el 30
de agosto de 2009, la Clase IX de Obligaciones Negociables ha sido emitida el 31 de agosto de 2009 y vence el 1 de septiembre de 2010 y la Clase X ha sido emitida el 31 de mayo de 2010 y vencerá el 31 de enero de 2011. Prof. David Ruda Presidente. Tarjeta Naranja S.A.
N 17936 - $ 668

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/08/2010 - 3º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

CountryArgentina

Date05/08/2010

Page count7

Edition count3971

First edition01/02/2006

Last issue05/07/2024

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