Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/11/2022 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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Las Malvinas son argentinas AÑO CIX - TOMO DCXCV - Nº 222
CORDOBA, R.A., JUEVES 3 DE NOVIEMBRE DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

y lo establecido por la Ley 26.685 las que junto con su documentación asociada tendrán el valor de Declaración Jurada en cuanto a su autenticidad, serán autosuficientes y no se emitirá copia en formato papel. 2 Los escritos cargados al sistema informático deberán ser documentos digitales en formatos PDF transformados desde Word NO escaneados. La documentación que no pueda ser subida de ese modo, podrá ser escaneada, pero controlando que la misma resulte legible; caso contrario podrá ser observada o rechazada por el Tribunal solicitando que vuelva a ser incorporada al Sistema Ac. 31/2020, CSJN.
3 Del mismo modo, con el objeto de aportar mayor claridad a la bandeja de escritos para agregar y evitar la consignación equivocada en la foliatura del expediente digital, corresponde intimar a los letrados a subir digitalmente los escritos y documental en un único archivo PDF y sin repeticiones en cumplimiento de los requerimientos de la Acordada 3/15, 4/20 y 12/20 de la CSJN, debiendo efectuar una descripción que coincida con la documentación que contenga el archivo.
La única excepción que se admitirá, será para el caso en que el archivo unificado supere el tamaño de 5 Megabytes, en cuyo caso, se exige que se especifique con el sufijo correspondiente, que se indique el orden y el total de copias entre paréntesis, para ser tenidas por válidas. 4 Declárese la competencia del Tribunal. Agréguese el poder y las boletas de pago de la tasa judicial y de la Caja y Colegio de Abogados acompañados.
5 Proveyendo la presentación del BNA tendiente a la preparación de la acción ejecutiva: Téngase al compareciente por parte en el carácter invocado y con el domicilio legal constituido. La documental ingresada al Sistema Lex100 conforme acordada de la CSJN N12/2020, reviste el carácter de declaración jurada como copias de sus originales en su contenido material y formal. Los representantes de la institución actora deberán acompañar la documental original una vez notificado el presente, la cual sera reservada en Secretaría, y será restituida a la parte actora una vez cumplimentada la etapa correspondiente. Téngase por iniciados los trámites de preparación de la vía ejecutiva en los términos del art. 39 de la ley 25.065 y conforme art. 525 del C.P.C.C.N. En función de ello, cítese y emplácese a la parte demandada para que en el término de cinco 5 días de notificada, proceda a reconocer
tadas, no ha lugar en esta oportunidad procesal.
Martes y Viernes para notificación en la oficina y el siguiente hábil sí alguna resultare feriado conf. art. 133 del C.P.C.C.N.. Notifíquese a la actora por nota en la oficina. Fdo.: Dr. Alejandro Sánchez Freytes Juez Federal. Córdoba, 26 de Agosto de 2022.

El Sr. Juez de 1 Inst. y 3 Nom. en lo Civ. y Com, Conc y Fam. de la ciudad de Bell Ville. Secretaría N 5 a cargo de la autorizante, en autos caratulados: EXPEDIENTE: 8909446- ROCCI, BETINABENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOSEXPED. PRINCIPAL, ha dictado la siguien-

En los autos caratulados Expte 9120862, BALEZTENA, LUIS GUILLERMO C/ MORALES
MOLINA, MIQUEAS ERNESTO Y OTROS - P.
V.E. - ALQ que se tramitan por ante el Juzgado civ. y com de 1ra inst. 2da Nom. de la ciudad de Córdoba, se hace saber a la Sra. Maria Cristina Pedernera, CUIL: 27142910204, en su calidad de demandada, que se ha dictado la siguiente resolución: SENTENCIA NUMERO: 159. CORDOBA, 25/10/2022. Y VISTOS: Y CONSIDERANDOS: RESUELVO: 1 Hacer lugar a la demanda entablada por Luis Guillermo Baleztena DNI 11.195.765 y en consecuencia mandar llevar adelante la ejecución en contra de Miqueas Ernesto Morales Molina DNI 42.213.191, Maria Cristina Pedernera DNI 14.291.020 y Ariel Armando Ceballos DNI 26.179.242, hasta el completo pago de la suma de pesos sesenta y un mil seiscientos cincuenta $61.650 con más los intereses ordenados en el considerando respectivo. 2 Costas a cargo de los demandados a cuyo fin se regulan los honorarios profesionales del Dr. Agustín Martínez Plinio MP 1-37339, en la suma de pesos Veintinueve mil ochocientos
o desconocer la firma del documento acompañado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art.
526 del ritual. Se hace saber al citado que a fin de comparecer al Tribunal, y dentro del plazo de cinco 5 días antes mencionado deberá solicitar un turno al correo electrónico jfcordoba2.seccivil@pjn.gov.ar . A las medidas cautelares solici-

te Resolución: BELL VILLE, 04/08/2022, Cítase a las partes demandadas: sucesores de Juan Valle Córdoba, Sra.: Damiana Margarita Cordoba LC 0.774.426, para que comparezca a estar a derecho en el presente incidente en el plazo de veinte días 20 contados a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de rebeldía art.

cuarenta y cuatro con cincuenta y cuatro centavos $29.844,54, con más la de pesos diecinueve mil ochocientos noventa y seis con treinta y seis centavos $19.896,36 por las tareas de la preparación de la vía ejecutiva, y en la suma de pesos catorce mil novecientos veintidós con veintisiete centavos $14.922,27 de acuerdo a
2 días - Nº 408251 - $ 5282 - 03/11/2022 - BOE

El Señor Juez de 1 Inst. y 28 Nom. en lo Civil y Comercial, de esta ciudad de Córdoba, cita y emplaza a los herederos del Sr. Carlos Alberto Fontana para que en el término de veinte días a contar desde el último día de publicación, comparezcan a defenderse o a obrar en la forma que les convenga, bajo apercibimiento de rebeldía, en los autos caratulados: VIDELA, MARINA
MAGDALENA Y OTRO C/ FONTANA, CARLOS
ALBERTO -ORDINARIODAÑOS Y PERJ.- ACCIDENTES DE TRANSITO-Expte. N5315676.
Notifíquese. Fdo. Dra. Garrido, Marcela Blanca Esther-Prosecretaria-Dra. Vinti, Ángela María-Jueza-Córdoba, 19/10/2022
5 días - Nº 416898 - $ 3520 - 04/11/2022 - BOE

El Sr. Juez de 1 Inst. y 4 Nom. Civil y Com.
de Córdoba en autos PERALTA, HUMBERTO
MARIO C/ PERALTA, MARCELO FRANCISCO
Y OTRO - ABREVIADO - DAÑOS Y PERJUCIOS - ACCIDENTES DE TRANSITO EXPTE.
Nº 7027896 cita y emplaza al demandado Sr.
MARCELO FRANCISCO PERALTA D.N.I. N
22.560.102 a comparecer a estar a derecho en el plazo de veinte días, a contar desde la última publicación, y constituir domicilio legal bajo apercibimiento de rebeldía, contestar la demanda o deducir reconvención, debiendo ofrecer la prueba de que haya de valerse en la forma, en los términos del art. 507 y 509 del C.P.C. CORDOBA, 27/06/2022. Avocase. Notifíquese. Texto Firmado digitalmente por: CAFURE Gisela Maria JUEZ/A
- FLORENZA Marcela Alejandra, PROSECRETARIO/A.
5 días - Nº 417097 - $ 2026,25 - 09/11/2022 - BOE

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

165 del CPCC. Firmado GONZALEZ Silvina Leticia. SecretariaBRUERA Eduardo Pedro. Juez de 1ra Instancia-.
5 días - Nº 417102 - $ 1853,75 - 09/11/2022 - BOE

VILLA CARLOS PAZ, 27/10/2022. El juzg. de 1º Inst. Civ.Com.Conc.y Flia 2º Nom - Of. Ejec.
Fiscales de Villa Carlos Paz, en los autos caratulados: COMUNA DE CUESTA BLANCA C/
ALIANO, RICARDO Y/O SUS SUCESORESPRESENTACION MULTIPLE FISCAL EXPTE.
7855736, dispuso: Citar y emplazar al Sr. Ricardo Aliano y/o sucesores si los hubiera, a los fines que en el término de veinte días desde la última publicación de edictos art. 165 C.P.C.C. y art. 4
de la ley 9024 comparezcan a estar a derecho;
y cíteselos de remate para que en el término de tres días más, vencidos los primeros opongan y prueben excepción legítima al progreso de la acción, bajo apercibimiento. Publíquese edictos en el boletín oficial por un día art. 152 del C.P.C.C. y 4 último párrafo de la ley 9024. Fdo. PANDOLFINI Mariela Noelia. PROSECRETARIA LETRADA.
RODRIGUEZ Viviana. JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.
1 día - Nº 417186 - $ 500,50 - 03/11/2022 - BOE

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/11/2022 - 2º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CountryArgentina

Date03/11/2022

Page count70

Edition count3637

First edition01/02/2006

Last issue28/06/2024

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