Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/02/2019 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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AÑO CVI - TOMO DCXLX - Nº 27
CORDOBA, R.A., JUEVES 7 DE FEBRERO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

de Quero, Marta Soledad: Jueza de 1ra. Instancia; Mancini, María del Pilar: Secretaria Juzgado 1ra. Instancia.
5 días - Nº 190652 - $ 678,35 - 07/02/2019 - BOE

El Señor Juez de 1ra. Instancia en lo Civil, Com., Conc. Y Flia. 2da.Nominacion, Oficina de Ejecuciones Particulares de Villa Carlos Paz, en autos Bosa, Maria Ines y otro c/ Cufre,Gregorio Antonio y otros-Ejecutivo-Cobro de Honorarios-Exp.
Nº 7743805 cita y emplaza a los sucesores del codemandado Sr. Modesto Ernesto Cufré DNI 6693856, para que en el termino de veinte 20 días, que comenzaran a partir de la ultima publicación, comparezcan a estar a derecho y constituyan domicilio procesal en los terminos del art.88 CPCC, bajo apercibimiento de rebeldía. Asimismo cíteselos de remate para que, en el término de tres 3 dias mas, vencido el plazo de comparendo, opongan y prueben excepción legitima al progreso de la acción, conforme lo previsto en los art.s 547 y 548 CPCC, bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución.
V.C.Paz, 27/12/2018.Fdo. Fracchia,Carola Beatriz-prosecretaria letrada.

de que haya de valerse en la forma y con los efectos dispuestos por los arts. 507 y 509 del C.P.C. Notifíquese con copia de la demanda y de la documental presentada. Téngase presente la prueba ofrecida para su oportunidad. A la medida cautelar solicitada, tratándose el presente de un juicio declarativo e implicando la misma el desapoderamiento inmediato de dinero efectivo, no justificado ni acreditado de conformidad a lo dispuesto por el art 476 del CPC no ha lugar.
Notifíquese. FDO: Montes, Ana Eloísa Juez De 1ra. Instancia Barraco De Rodriguez Crespo, Maria Cristina Secretario Juzgado 1ra. Instancia OTRO DECRETO: CORDOBA, 16/03/2018.
Atento lo solicitado y constancias de autos cfr.
fs. 82 y 99 cítese y emplácese ALIMENA SOCIEDAD DE RESPONSABILDIAD LIMITADA a comparecer en el plazo de veinte días a cuyo fin publíquense edictos en el Boletín oficial, bajo apercibimiento de rebeldía. El plazo comenzará a correr a partir de la última publicación.
FDO: MONTES, Ana Eloísa JUEZ/A DE 1RA.
INSTANCIA AGNOLON, Elena Verónica SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA

547, 548 y ctes. CPCC, a cuyo fin publíquense edictos de conformidad a lo prescripto por los arts. 152 y 165 CPCC. Fdo.: Sebastián Monjo.
Juez Pablo Enrique Menna. Secretario .
5 días - Nº 193161 - $ 1821,05 - 13/02/2019 - BOE

NOTIFICACIONES

CÓRDOBA. El Sr. Juez de 1 Inst. y 49 Nom.
en lo Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba, en autos caratulados AADI CAPIF ACR C/
MARCAM S.A. - ABREVIADO - COBRO DE PESOS - EXPTE N 5969930 se han dictado las siguientes resoluciones: Córdoba, diecinueve 19 de febrero de 2014. Proveyendo a fs. 56/64:
Por presentado, por parte y con el domicilio procesal constituido. Admítase. Dése a la pre-

VILLA MARIA.-El señor Juez de 1A Inst. y 4A
Nominación Civil, Comercial y Familia de Villa María, Secretaría Nº 7, en los autos caratulados:
Empresa Provincial de Energía de Córdoba c/
Schaad Luciana Melina Ejecutivo Expte. Nº 2752433 ha dictado la siguiente resolución: Villa María, 17/08/2018. Por el presente decreto, amplíase el proveído de fecha 09/08/2018 fs.
44, conforme lo que a continuación se dispone.
Atento lo solicitado en presentación de fs. 42, constancias de autos y lo dispuesto por el art.
152 CPCC: Cítese y emplácese a la demandada SCHAAD LUCIANA MELINA, para que en
Por disposición de la Dra. María Andrea Mondelli, Jueza del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación, Secretaría de la Dra. Elvira Sauan, en los autos caratulados RED ARGENTINA DE CONSUMIDORES C/
PILAY SA Y OTROS S/ ACCIONES COLECTIVAS CUIJ 21-02886996-4, se ha resuelto por , Auto N 3867 de fecha 28/12/18: Y VISTOS:
Y CONSIDERANDO: Fallo: 1 Homologar el convenio obrante a fs. 304/306 con la prevención de que los miembros del grupo podrán ejercer su derecho de excluirse de la solución general brindada al caso colectivo por medio del presente acuerdo art. 54 1er párrafo Ley 24.240; y 2
Intimar al Grupo Pilay para que dentro del término de diez días hábiles de vencido el mayor de todos los plazos previstos en la cláusula II acredite el cumplimiento de lo dispuesto en la misma.
Ello a fin de posibilitar a los consumidores afectados el ejercicio de los derechos previstos en el acuerdo así como de la opción de apartarse de la solución general antes referida. Líbrense edictos por Secretaría con constancia en autos.
Notifíquese a las partes personalmente o por cédula y al Sr. Agente Fiscal. Téngase presente lo acordado en relación a las costas cláusula 4. Insértese y hágase saber.- Fdo. Secretaria:
Elvira Sauan. Jueza: Maria A. Mondelli Hágase .
saber la cláusula tercera del convenio: TERCERA. DERECHO A OPTAR POR EXCLUIRSE:
De conformidad con el Artículo Nro. 54, primer párrafo, de la Ley 24.240 LDC, se acuerda a los miembros del grupo el derecho de excluirse de la solución general brindada al caso colectivo por medio del presente acuerdo. Las partes acuerdan que los miembros del grupo representados por la RAC cuentan para ello con 70 días corridos a contar desde el inicio de la notificación-conforme lo descripto en la Cláusula precedentea los fines de que comparezcan a ejercer el derecho de exclusión previsto por el artículo 54 de la Ley de Defensa del Consumidor, bajo apercibimiento de considerar su silencio como
sente el trámite de juicio abreviado art. 418 del C.P.C.. Cítese y emplácese al demandado para que en el término de seis 6 días comparezca a estar a derecho y constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de rebeldía, conteste la demanda y en su caso oponga excepciones o deduzca reconvención, debiendo ofrecer la prueba
el plazo de VEINTE días comparezca a estar a derecho y tomar participación en los presentes obrados, bajo apercibimiento de rebeldía, y cítesela de remate además -en la misma diligenciapara que en el plazo de TRES días más, oponga excepciones, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución en su contra arts.

manifestación de atenerse a la cosa juzgada que resulte de la sentencia a dictarse en autos A fin .
de facilitar el ejercicio del derecho de exclusión y no tornarlo ilusorio a los suscriptores-consumidores representados por la RAC que pretendan excluirse, podrán hacerlo mediante presentación en el expediente o por nota dirigida a la deman-

1 día - Nº 192857 - $ 656,95 - 07/02/2019 - BOE

5 días - Nº 192029 - $ 1423,35 - 07/02/2019 - BOE

Of. Única Ejec. Fiscal Juzg. 1º Inst. 2º Nom.
MUNICIPALIDAD RIO CUARTO c/ RIVIERS, ADRIAN Ejec. Fiscal 1109003. Río Cuarto 26/11/2018. Cítese y emplácese al demandado ADRIAN RIVIERS y/o a sus herederos en los términos del art. 2 la ley 9024, para que en el plazo de 20 días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía y dentro de los 3 días subsiguientes a los del plazo de comparendo, oponga excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento del art. 7 de la citada ley. Notifíquese. Fdo. Mariana Martínez de Alonso Juez Anabella Marchesi Prosecretaria.
5 días - Nº 192090 - $ 767,35 - 08/02/2019 - BOE

El Sr. Juez de 1a Inst. y 5 Nom. en lo Civ y Com.
de la ciudad de Córdoba, Dr. Monfarrel Ricardo Guillermo, en autos caratulados PIREDDU, José DECLARATORIA DE HEREDEROS
Expte. 6350793, cita y emplaza a los que se consideren con derecho a la Sucesión de Cástulo Germán Funes DNI 6436164, para que en el plazo de veinte días a contar desde la última publicación, comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de ley.
5 días - Nº 193144 - $ 437,30 - 13/02/2019 - BOE

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/02/2019 - 2º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CountryArgentina

Date07/02/2019

Page count22

Edition count3658

First edition01/02/2006

Last issue30/07/2024

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