Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/03/2018 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria AÑO CV - TOMO DCXXXIX - Nº 61
CORDOBA, R.A., MIÉRCOLES 28 DE MARZO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

18% anual después de los 10 días de notificado o firme el Auto aprobatorio de subasta. Postura mínima: $ 2.740.- Comisionistas: art. 586 CPC, deberán previo al acto de subasta llenar formulario respectivo. - Informes al Martillero.- Tel: 03514218716 351-6814689 ó visitar el sitio subasta.
justiciacordoba.gob.ar.- Fdo: Milagros Cafure Prosecretaria Letrada.-

Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Tercera Nominación de la Ciudad de San Francisco, se da publicidad el siguiente edicto en los autos caratulados: 3M S.R.L. QUIEBRA PEDIDA Expte. Nº 6568011, Sentencia Nº: Tres 03, San Francisco, quince de febrero de dos mil dieciocho.- Y VISTOS: . Y CONSIDERANDO:. SE
RESUELVE: I Declarar en estado de quiebra a la firma 3M S.R.L. CUIT 30-70857193-4, con domicilio en calle 25 de Mayo N 1627 de la Localidad de San Francisco, Provincia de Córdoba.
II Ordenar la anotación de la presente declaración de quiebra en el Registro Público de Comercio de esta Provincia, a cuyo fin ofíciese.- III
Fijar audiencia a los fines de sorteo de Síndico, para el día 02 de marzo de 2018, a las 9:00 hs.
con noticia al Consejo Profesional de Ciencias Económicas y sin el requisito del art. 155 del C.
de P. C.- IV Decretar la inhabilitación de la fallida en los términos de los arts. 234, 235 y 236 de la L.C.Q., a cuyo fin, líbrese oficio al Registro Público de Comercio. VLibrar oficios a los fines del cumplimiento de lo dispuesto por el art. 177, 179
y 180 de la Ley 24.522, cuyo diligenciamiento deberá realizarse de inmediato por la Sindicatura.- VI Hacer saber a la Sindicatura que dentro del término de cuarenta y ocho horas de efectuada la incautación e inventario de bienes de
el funcionario que efectuará las enajenaciones pertinentes, según la naturaleza de los bienes y la modalidad de realización. VIII Prohibir a la fallida hacer pagos de cualquier naturaleza, haciéndose saber a terceros que los perciban que los mismos serán ineficaces de pleno derecho.
IX Intimar a la fallida y a los terceros que posean bienes del mismo, para que en el término de cuarenta y ocho horas los entreguen al síndico.- X Emplazar a la fallida para que en el término de 48 hs. de notificado, proceda a dar cumplimiento a los requisitos a que se refiere el art. 86 2da. parte, a los que se refiere el art. 11
inc. 6 y 7 de la Ley 24.522 y para que entregue al Sindico dentro de las veinticuatro 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. XI Ordenar la inscripción de la inhibición general de la fallida no sujeta a caducidad alguna, en los Registros Generales de la Provincia y Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Motovehículos, debiendo anotarse también la indisponibilidad de los bienes de la fallida; medidas que no podrán ser levantadas sin la autorización expresa del Juez de la Quiebra, a cuyo fin ofíciese.
XII Librar exhortos a los fines de cumplimentar el art. 132 de la Ley 24.522 según reforma de la ley 26.086.- XIIIDisponer la interdicción de salida del país de los administradores de la fallida, a cuyo fin, líbrense oficios a la Policía de la Provincia de Córdoba y a la Policía Federal Argentina a fin de que se abstengan de otorgar documentación que posibilite la salida del país del mismo hasta la presentación del Informe General y en los términos de la norma citada, debiendo con posterioridad a dicha fecha comunicar al Juez de la Quiebra todo viaje que deba efectuar fuera del país, cumplimentando a sus efectos el art.
103 del texto legal citado.- XIV Librar oficios a la Dirección Nacional de Migraciones a fin de que eviten la salida del país de los administradores de la fallida; a Prefectura Naval Argentina, Gendarmería Nacional y Dirección General de Aduana a fin de que impidan el egreso del ámbito del territorio nacional de los bienes de la fallida. XV Librar oficios al Correo Argentino y empresas prestatarias privadas a fin de que se intercepte la correspondencia epistolar y telegráfica del deudor, la que deberá ser depositada en el Tribunal para ser entregada oportunamente a la Sindicatura. XVI Librar oficio al Banco
la fallida, deberá informar al Tribunal sobre la mejor forma de realización de los mismos.- VII
Disponer la realización de la totalidad de los bienes de la fallida, difiriéndose la modalidad de realización para el momento en que se cuente con un inventario y haya emitido opinión el órgano sindical, oportunidad en que se designará
Central de la República Argentina, haciéndose saber lo dispuesto en el presente resolutorio, para que comunique el mismo a todas las entidades financieras del país, las que deberán trabar embargo sobre todas las sumas en cuentas corrientes, plazos fijos, caja de ahorros o demás imposiciones a favor de la firma 3M S.R.L.

3 días - Nº 144549 - $ 1257,42 - 04/04/2018 - BOE

CONCURSOS Y QUIEBRAS
El Sr. Juez de 1 Inst. y 29 Nom. C. y C. Concursos y Sociedades N 5 hace saber que en autos CREDICAT S.A QUIEBRA PEDIDA COMPLEJA Expte.3982771, la sindicatura presentó planilla de pago y que por Auto N7 del 25.02.16 se clausuró el procedimiento por falta de activo y se regularon honorarios a los profesionales intervinientes. Of.27.03.18
2 días - Nº 145074 - $ 355,60 - 03/04/2018 - BOE

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

haciendo saber que los eventuales saldos deberán ser girados al Banco de la Provincia de Córdoba, Sucursal Tribunales, a la orden de este Tribunal y para estos autos, debiéndose informar el resultado de esta medida a este Tribunal. XVII
Notificar a la Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba y AFIP la declaración de la presente quiebra.- XVIII Publicar edictos por cinco días en el Boletín Oficial sin previo pago art. 89 de la Ley 24522. XIX Establecer como fecha límite para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes ante el Síndico el día 11 de mayo de 2018, debiendo atenerse a cuanto prescriben los arts.
32 y 200 de la Ley 24.522, en lo pertinente. XX
Fijar como fecha para que el Síndico presente el Informe Individual de los créditos el día 29 de junio de 2018.- XXI Fijar como plazo tope para que el Síndico presente el Informe General el 27
de agosto de 2018.- XXII Determinar que ambos informes deberán además ser presentados en soporte magnético. XXIII Disponer que se cumplimente la ley provincial 7869 y el acuerdo reglamentario Nº 8 serie B. del 17 de mayo de 1990 dictado el Excmo. Tribunal Superior de Justicia, esto es, ofíciese al Registro de Juicios Universales. Protocolícese y hágase saber. Nota:
Síndico: Cr. Gustavo Héctor Scocco. Domicilio:
Av. del Libertador Norte Nº 960 San Francisco. Of. 16 de marzo de 2018. Fdo.: Dr. Alejandro G. González Secretario.
5 días - Nº 143720 - $ 12778,10 - 28/03/2018 - BOE

El Sr. Juez de 7. Nominación C. y C. de RÍO
CUARTO, comunica que en los autos caratulados SALOMONE, Santiago Miguel Concurso Preventivo Expediente 6.821.877, HA
RESUELTO: Declarar la apertura del concurso preventivo de Santiago Miguel SALOMONE
DNI 24.521.729 CUIT 20-24521729-4, soltero, contador público, con domicilio real en calle 7 N 1.189 Villa Golf Club.- Fijar como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación de sus créditos al Síndico para el día 16 de Abril del 2.018.- Designar audiencia informativa el día 12 de Febrero del 2.019 a la hora diez.- Síndico designado: Cdor.
Alfredo Francisco BOSCHIAZZO, con domicilio en Echeverría 187, RIO CUARTO Córdoba. Oficina, 19 de marzo del 2.018.5 días - Nº 143975 - $ 1931,60 - 04/04/2018 - BOE

Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia, Tercera Nominación en lo Civil y Comercial de la Quinta Circunscripción Judicial, Secretaria N6
a cargo del Dr. Alejandro Gonzalez sito en calle Dante Agodino 52 de la ciudad de San Francisco en los autos caratulados BROWNLESS, FRAN-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/03/2018 - 2º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CountryArgentina

Date28/03/2018

Page count35

Edition count3638

First edition01/02/2006

Last issue01/07/2024

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