Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/09/2017 - 2º Sección
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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)
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2016 - 2017 Año Brocheriano AÑO CIV - TOMO DCXXXIII - Nº 179
CORDOBA, R.A., MIÉRCOLES 13 DE SETIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
JUDICIALES
y embargo por la suma de DOS MIL NOVECIENTOS CON SETENTA Y DOS CENTAVOS
$2900,72, en concepto de Acreencia no tributaria Multa Policía Caminera, por los conceptos que resultan de la LIQUIDACIÓN DE DEUDA
Nº 8500000007595605, emitida por la Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba, con más los intereses previstos en el Código Tributario Provincial desde la fecha de emisión del título hasta su efectivo pago, honorarios y costas, citándosele y emplazándosele para que en el plazo de veinte 20 días comparezca a estar a derecho y tomar participación, bajo apercibimiento de rebeldía art. 4, Ley 9024; y de remate para que en el término de tres 3 días más oponga excepciones legítimas al progreso de la acción art. 6, Ley 9024, bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución art. 546 del C.P.C..- NOTIFIQUESE. FDO. RICOTTI QUEVEDO ELOISA
MARIA PROCURADOR FISCAL.- QUEDA UD.
DEBIDAMENTE NOTIFICADO, EMPLAZADO Y
CITADO DE REMATE, BAJO APERCIBIMIENTO
DE LEY. POR CORRIDO EL TRASLADO DE LA
DEMANDA.
5 días - Nº 116589 - $ 1718,30 - 14/09/2017 - BOE
Se hace saber a Ud. que en los autos caratulados: DIRECCION DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA c/ CEBALLOS PABLO EMANUEL - Presentación Múltiple Fiscal Expte. Nro.
5652987, que se tramitan por ante la Secretaría de Gestión Común de Ejecución Fiscal Nº 2, ubicada en calle Arturo M. Bas Nº 244, P.B. de esta ciudad de Córdoba y de conformidad a lo establecido por el art. 2 ley 9024, se ha dispuesto librar el presente mandamiento de ejecución y embargo por la suma de SETECIENTOS SETENTA
Y UNO CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS
$771,38, en concepto de Acreencia no tributaria Multa Policía Caminera, por los conceptos que resultan de la LIQUIDACIÓN DE DEUDA
Nº 8500000007595613, emitida por la Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba, con más los intereses previstos en el Código Tributario Provincial desde la fecha de emisión del título hasta su efectivo pago, honorarios y costas, citándosele y emplazándosele para que en el plazo de veinte 20 días comparezca a estar a derecho y tomar participación, bajo apercibimiento de rebeldía art. 4, Ley 9024; y de remate para que en el término de tres 3 días más oponga excepciones legítimas al progreso de la acción art. 6, Ley 9024, bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución art. 546 del C.P.C..- NOTIFIQUESE. FDO. RICOTTI QUEVEDO ELOISA
MARIA PROCURADOR FISCAL.- QUEDA UD.
DEBIDAMENTE NOTIFICADO, EMPLAZADO Y
CITADO DE REMATE, BAJO APERCIBIMIENTO
DE LEY. POR CORRIDO EL TRASLADO DE LA
DEMANDA.
5 días - Nº 116590 - $ 1735,85 - 14/09/2017 - BOE
Se hace saber a Ud. que en los autos caratulados: DIRECCION DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA c/FERREYRA JUAN
CARLOS - Presentación Múltiple Fiscal Expte.
Nro. 5653125, que se tramitan por ante la Secretaría de Gestión Común de Ejecución Fiscal Nº 1, ubicada en calle Arturo M. Bas Nº 244, P.B.
de esta ciudad de Córdoba y de conformidad a lo establecido por el art. 2 ley 9024, se ha dispuesto librar el presente mandamiento de ejecución y embargo por la suma de MIL CUATROCIENTOS
OCHENTA Y UNO CON DIECISEIS CENTAVOS
$1481,16, en concepto de Acreencia no tributaria Multa Policía Caminera, por los conceptos que resultan de la LIQUIDACIÓN DE DEUDA
Nº 8500000007595647, emitida por la Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba, con más los intereses previstos en el Código Tributario Provincial desde la fecha de emisión del título hasta su efectivo pago, honorarios y costas, citándosele y emplazándosele para que en el plazo de veinte 20 días comparezca a estar a derecho y tomar participación, bajo apercibimiento de rebeldía art. 4, Ley 9024; y de remate para que en el término de tres 3 días más oponga excepciones legítimas al progreso de la acción art. 6, Ley 9024, bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución art. 546 del C.P.C..- NOTIFIQUESE. FDO. RICOTTI QUEVEDO ELOISA
MARIA PROCURADOR FISCAL.- QUEDA UD.
DEBIDAMENTE NOTIFICADO, EMPLAZADO Y
CITADO DE REMATE, BAJO APERCIBIMIENTO
DE LEY. POR CORRIDO EL TRASLADO DE LA
DEMANDA.
5 días - Nº 116603 - $ 1731,80 - 14/09/2017 - BOE
Se hace saber a Ud. que en los autos caratulados: DIRECCION DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA c/ FERNANDEZ ADRIAN
ROBERTO - Presentación Múltiple Fiscal Expte.
Nro. 5652591, que se tramitan por ante la Secretaría de Gestión Común de Ejecución Fiscal Nº 2, ubicada en calle Arturo M. Bas Nº 244, P.B.
de esta ciudad de Córdoba y de conformidad a lo establecido por el art. 2 ley 9024, se ha dispuesto librar el presente mandamiento de ejecución y embargo por la suma de MIL CUATROCIENTOS
OCHENTA Y UNO CON DIECISEIS CENTAVOS
$1481,16, en concepto de Acreencia no tributaria Multa Policía Caminera, por los conceptos que resultan de la LIQUIDACIÓN DE DEUDA
Nº 8500000007597750, emitida por la Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba, con más los intereses previstos en el Código Tri-
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
butario Provincial desde la fecha de emisión del título hasta su efectivo pago, honorarios y costas, citándosele y emplazándosele para que en el plazo de veinte 20 días comparezca a estar a derecho y tomar participación, bajo apercibimiento de rebeldía art. 4, Ley 9024; y de remate para que en el término de tres 3 días más oponga excepciones legítimas al progreso de la acción art. 6, Ley 9024, bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución art. 546 del C.P.C..- NOTIFIQUESE. FDO. RICOTTI QUEVEDO ELOISA
MARIA PROCURADOR FISCAL.- QUEDA UD.
DEBIDAMENTE NOTIFICADO, EMPLAZADO Y
CITADO DE REMATE, BAJO APERCIBIMIENTO
DE LEY. POR CORRIDO EL TRASLADO DE LA
DEMANDA.
5 días - Nº 116606 - $ 1738,55 - 14/09/2017 - BOE
Se hace saber a Ud. que en los autos caratulados: DIRECCION DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA c/ OSELLA IVAN EZEQUIEL
- Presentación Múltiple Fiscal Expte. Nro.
5651139, que se tramitan por ante la Secretaría de Gestión Común de Ejecución Fiscal Nº 1, ubicada en calle Arturo M. Bas Nº 244, P.B. de esta ciudad de Córdoba y de conformidad a lo establecido por el art. 2 ley 9024, se ha dispuesto librar el presente mandamiento de ejecución y embargo por la suma de MIL DOSCIENTOS OCHENTA
Y CINCO CON NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS $1285,94, en concepto de Acreencia no tributaria Multa Policía Caminera, por los conceptos que resultan de la LIQUIDACIÓN DE DEUDA
Nº 8500000007677447, emitida por la Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba, con más los intereses previstos en el Código Tributario Provincial desde la fecha de emisión del título hasta su efectivo pago, honorarios y costas, citándosele y emplazándosele para que en el plazo de veinte 20 días comparezca a estar a derecho y tomar participación, bajo apercibimiento de rebeldía art. 4, Ley 9024; y de remate para que en el término de tres 3 días más oponga excepciones legítimas al progreso de la acción art. 6, Ley 9024, bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución art. 546 del C.P.C..- NOTIFIQUESE. FDO. RICOTTI QUEVEDO ELOISA
MARIA PROCURADOR FISCAL.- QUEDA UD.
DEBIDAMENTE NOTIFICADO, EMPLAZADO Y
CITADO DE REMATE, BAJO APERCIBIMIENTO DE LEY. POR CORRIDO EL TRASLADO DE
LA DEMANDA.
5 días - Nº 116646 - $ 1741,25 - 14/09/2017 - BOE
Se hace saber a Ud. que en los autos caratulados: DIRECCION DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA c/ ALVAREZ ADAN FERNANDO - Presentación Múltiple Fiscal Expte. Nro.
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