Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/07/2016 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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AÑO CIII - TOMO DCXIX - Nº 141
CORDOBA, R.A., JUEVES 21 DE JULIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

el inmueble inscripto en el Registro General de la Propiedad de la Provincia de Córdoba a nombre de Rodríguez de Rodríguez Flora, en el Protocolo de Dominio al Nº 14.522, Folio 18.282, Tomo 74 del año 1963.- b Publíquense edictos en los diarios Boletín Oficial y otro de amplia circulación en la forma autorizada por el Ac. Regl. Nº 29 Serie B
de fecha 11-12-01, en el modo dispuesto por el art.
790 del C. de P.C. y oportunamente ofíciese a los Registros Públicos de la Provincia a los fines de la inscripción de la presente con los alcances previstos en el art. 789 del C. de P.C..- Protocolícese, hágase saber y dése copia.- Fdo.: Dr. Rodolfo Mario Álvarez - Juez.
10 días - Nº 60298 - s/c - 03/08/2016 - BOE

El señor Juez de 1 Instancia y 22 Nominación en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Córdoba, en los autos caratulados: Martínez de Martínez Betty Haydeé Usucapión Medidas Preparatorias para usucapión. Expediente nº 1305226/36, ha dictado al siguiente resolución: SENTENCIA
NUMERO: 196.- Córdoba, diecinueve de mayo de dos mil dieciséis.- Y VISTOS: Y CONSIDERANDO: RESUELVO: I Hacer lugar a la demanda incoada a fs. 87/88 y en consecuencia declarar que la Sra. Betty Haydee Martínez de Martínez.
L.C. 6.548.753, casada en primeras nupcias con don Daniel Rubén Martínez, con domicilio en calle Río Cuarto 435 Barrio Juniors de la ciudad de Córdoba, CUIL 27-06548753-0, ha adquirido por prescripción veinteañal desde el día 05.05.2000
conf. art. 1905, CCCN, el inmueble que se describe conforme plano de mensura de posesión, de la siguiente forma: departamento ubicado en calle Obispo Trejo y Sanabria Nº 351 y 357, depto. Capital. Edificio TITANIA I, detallado como UNIDAD
FUNCIONAL 2 Posiciones: 00-18; terr.-138; con sup. cubierta propia de 24 ms. 31 m2 y Porcentual del 1,17 % con una sup. desc. común de uso exclusivo de 1ms. 97 dms. cdos. de acuerdo al plano de P.H. agregado al Fº 1684. Exp. DGC 3-4605- 54538/76. El inmueble se encuentra inscripto en la Matrícula 50098/2 CAPITAL 11, Designación Catastral DEPTO. 11; PED. 01; PUEBLO 01;
C.04;S.04;MANZ. 057; PARC.35; P.H.2 a mérito de haber logrado acreditar el hecho de la posesión a título de dueño en forma pública, continua, pacífica e interrumpida del inmueble objeto de la presente acción y por el tiempo mínimo que exige la ley desde el 05/05/1980 sobre el inmueble inscripto registralmente a nombre de RABBAT Emilio Ernesto empadronado en la cuenta Nº 11-01-1843101-4 y conforme surge del plano de Mensura para Usucapión confeccionado por el Ing. Civil Mario Alejandro Vietto, Exp. Prov. N 0033.30136-2008 aprobado por la Dirección de Catastro con fecha 16.05.2008, a cuyo fin deberá cancelarse la inscripción respec-

tiva a nombre del anterior titular dominial, Sr. Emilio Ernesto Rabbat.- II Ordenar la inscripción del bien adquirido en el Registro de la Propiedad Inmueble, a nombre del actor, disponiéndose, simultáneamente, la cancelación de las inscripciones registrales de dominio del inmueble declarado adquirido, de conformidad a lo establecido en el artículo 789
del C.P.C. y 1905 del C.C.C.N., a cuyo fin ofíciese a dicha repartición, previo cumplimiento del pago de los aportes legales requeridos en el punto VI
del considerando. Cumpliméntense las demás formalidades administrativas correspondientes.- III
Oportunamente publíquese la Sentencia por edictos, en el Boletín Oficial y diario autorizado a elección, con las formalidades y alcances estipuladas en los artículos 789, 783 ter y 790 del C.P.C.C.IV Imponer las costas del presente proceso por el orden causado con excepción de las establecidas en el punto VI del presente resolutorio.- V
Regular provisoriamente los honorarios de la Dra.
Andrea Verónica Martínez en la suma de pesos ocho mil novecientos dieciséis con sesenta centavos $8916,60. Protocolícese, hágase saber y dese copia.- VI Imponer las costas por la citación del Sr. Speranza, Esteban Nestor, a la parte actora, por los fundamentos expuestos en el Considerando V, a cuyo fin se regulan en forma definitiva los honorarios del Dr. Domingo Antonio Viale en la suma de pesos un mil setecientos ochenta y tres con treinta y dos centavos $1.783,32.- Protocolícese, hágase saber y dése copia.- Fdo: Juez: Asrin Patricia Verónica 10 días - Nº 60610 - s/c - 23/08/2016 - BOE

El Señor Juez de 1 Instancia y 2 Nom. En lo Civ.
Com. Conc. Fam. De Alta Gracia Juzgado a cargo de la Dra. CERINI, Graciela Isabel, Secretaria a cargo de la Dra. DE PAUL de CHIESA, Laura Inés, en los autos caratulados: DOBRY, FEDERICO - USUCAPION - MEDIDAS PREPARATORIAS
PARA USUCAPION - Expte. Nº: 1389292, Se ha dictado la siguiente resolución ALTA GRACIA, 25
de Abril de 2016.- En su mérito proveyendo a la demanda entablada a fs. 151/154: Por iniciada la presente demanda de usucapión. Admítase. Imprímase trámite de juicio ordinario, con las modalidades establecidas en los arts. 782 y cc C.P.C.- Cítese y emplácese a los herederos y/o sucesores del demandado Sr. Julio Cesar Rodríguez , para que en el plazo de veinte 20 días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía, a cuyo publíquense edictos citatorios en el Boletín Oficial, en la forma ordinaria, por el plazo de cinco 5 días arts. 152 y 165 del C.P.C.C.. Notifíquese además por cédula al domicilio que resulta del informe de fs. 163, a los herederos declarados, Sres.
Humberto Sebastián Rodríguez MI 6.570.083, Carlota Ilda Rodríguez DNI 7.376.748 y Elías Car-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

los Rodríguez DNI 6.467.268, para que en el plazo de diez días, comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Cítese a todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble objeto del juicio para que en el plazo de veinte 20
días comparezcan a estar y a deducir oposición, a cuyo fin publíquense edictos en el Boletín Oficial y diario autorizado de la localidad más próxima a la ubicación del inmueble por diez veces a intervalos regulares dentro de un período de treinta 30 días.
conf. arts. 165 y 783 C.P.C.. El inmueble que se pretende usucapir se describe como: FRACCION
DE TERRENO baldía ubicada en el fraccionamiento denominado Dique Chico, Pedanía Alta Gracia, Departamento SANTA MARIA, Provincia de Córdoba, designado como LOTE CUATRO
de la MANZANA K, que mide: 25.83 metros de frente al Sudoeste, 19,91 metros de contrafrente;
33,99 metros en su costado Noroeste y 34,14 mts en su costado Sudeste, o sea una SUPERFICIE
TOTAL de 785,51 metros cuadrados, y linda al Sudoeste con calle Sin nombre, al Noreste con parte del Lote 13 y Parte del Lote 12, al Noroeste, con lote 3 y al Sudeste con lote 5- Para su Ubicación y Designación el inmueble se describe como Lote 015, Manzana K ubicado en Calle Pública S/Nº, Comuna de Dique Chico, Pedanía Alta Gracia del Departamento Santa María Provincia de Córdoba. Para su Ubicación y Designación el inmueble se describe como Lote 015, Manzana K ubicado en Calle Pública S/Nº, Comuna de Dique Chico, Pedanía Alta Gracia del Departamento Santa María Provincia de Córdoba. Nomenclatura catastral: Circunscripción 07, Sección 03, Manzana 020, Parcela 12. Dirección General de Rentas a la cuenta 31-06-3198026-0. Inscripción: A la Matricula 660698 - Departamento Santa María - Pedanía Alta Gracia Municipalidad Dique Chico. Cítese a la Provincia de Córdoba, Comuna de Dique Chico, a los que surjan como posibles titulares de derechos respecto del inmueble y a los colindantes denunciados a fs. 153 y 166 e informados a fs. 171 en calidad de terceros interesados conf. art. 784 del C.P.C., a fin de que tomen conocimiento del juicio y pidan participación en su caso. Líbrese mandamiento al señor intendente de la Comuna de Dique Chico a fin de que coloque copia del edicto en la puerta de la intendencia a su cargo durante treinta días. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia fin de que intervenga en la colocación de un cartel indicativo con referencias acerca de la existencia del presente juicio en el inmueble de que se trata, el que deberá ser mantenido a cargo del actor durante toda la tramitación del juicio art. 786 C.P.C.C.. Notifíquese.- Fdo.:
Dra. CERINI, Graciela Isabel Juez - DE PAUL
de CHIESA, Laura Inés - Secretaria 10 días - Nº 60743 - s/c - 22/08/2016 - BOE

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/07/2016 - 2º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CountryArgentina

Date21/07/2016

Page count19

Edition count3641

First edition01/02/2006

Last issue04/07/2024

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