Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/11/2014 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CÓRDOBA, 5 de noviembre de 2014
DIRECCION DE RENTAS DE LAPROVINCIADE
CORDOBA C/ CONTI PIERINA S/ Ejecutivo fiscal 932642/36, se ha dictado la siguiente resolución: SCórdoba, 30 de noviembre de 2009. Notifíquese atento lo solicitado, al demandado en los términos de los arts. 152, 165 del CPCC y 4º de la ley 9024.- FDO.
PAULINA ERICA PETRI - PROSECRETARIA
LETRADA OTRO DECRETO: SENTENCIA
NUMERO: 7894. Córdoba, seis 6 de agosto de2008.Y VISTOS CONSIDERANDO
RESUELVO: I HACER LUGAR a la demanda ejecutiva promovida en contra de CONTI, PIERINA y, en consecuencia, mandar llevar adelante la ejecución entablada hasta el completo pago a la actora de la suma de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA y NUEVE
CON SETENTA CENTAVOS $469,70, con más recargos e intereses calculados de acuerdo al considerando pertinente. II Costas a cargo de la parte demandada a cuyo fin regúlense los honorarios de la Dra. CESAR MARIA
EUGENIA en la suma de PESOS QUINIENTOS
SETENTA Y OCHO $578,00 y en la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y TRES CON
CUARETNA CENTAVOS 173,40 por las tareas previstas por el inciso 5º del artículo 99 de la Ley Nº 8226, vigente al tiempo en que se prestó la tarea profesional art. 125 de la Ley Nº 9459. Protocolícese, hágase saber y dese copia .- FDO. CLAUDIA MARIA SMANIA - JUEZ.
5 días 28009 - 11/11/2014- $ 728.La Secretaría de Gestión Común de los Tribunales de Ejecución Fiscal Ex.25 º C.C
de la ciudad de Córdoba hace saber a la parte demandada COSTA, VICENTE que en los autos DIRECCION DE RENTAS DE LAPROVINCIA
DE CORDOBA C/ COSTA VICENTE S/ Ejecutivo fiscal 1189801/36, se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba 09 de abril de 2014.- De la liquidacion presentada: vista a la contraria.Fdo.digitalmente Resolución Nº 1- TSJ - 15/
04/2013
5 días 28010 - 11/11/2014- $ 181.La Secretaría de Gestión Común de los Tribunales de Ejecución Fiscal Ex.25 º C.C
de la ciudad de Córdoba hace saber a la parte demandada CUARETA S.A. VOLCAN que en autos DIRECCION DE RENTAS DE LA
PROVINCIA DE CORDOBA C/ CUARETA SA
VOLCAN - PRESENTACION MULTIPLE FISCAL
- EXPTE. Nº 1189824/36, se ha dictado la siguiente resolución::SENTENCIA NUMERO:
8199. Córdoba, ocho 8 de agosto de 2008.
Y VISTOS: Y CONSIDERANDO:
RESUELVO: I HACER LUGAR a la demanda ejecutiva promovida en contra de CUARETA
SA VOLCAN y, en consecuencia, mandar llevar adelante la ejecución entablada hasta el completo pago a la actora de la suma de PESOS TREINTA y UN MIL SEISCIENTOS
CUARENTA y SEIS CON CUARENTA
CENTAVOS $31646,40, con más recargos e intereses calculados de acuerdo al considerando pertinente. II Costas a cargo de la parte demandada a cuyo fin regúlense los honorarios de la Dra. CESAR MARIA
EUGENIA en la suma de PESOS DOS MIL
CUARENTA Y UNO CON DIECINUEVE
CENTAVOS $ 2041,19 y en la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y SEIS CON TREINTA
CENTAVOS $ 186,30 por las tareas previstas por el inciso 5º del artículo 99 de la Ley Nº 8226 vigente al tiempo en que se prestó la tarea profesional art. 125 de la ley 9459.
Protocolícese, hágase saber y dese copia .FDO. CLAUDIA MARIA SMANIA - JUEZ.
5 días 28011 - 11/11/2014- $ 5683.-

BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCVIII - Nº 192
La Secretaría de Gestión Común de los Tribunales de Ejecución Fiscal Ex.25 º C.C de la ciudad de Córdoba hace saber a la parte demandada DESARROLLO REGIONAL
SOCIEDAD ANONINA , INDUSTRIAL, COMERCIAL, INMOBILIARIA Y MANDATOS que en los autos DIRECCION DE RENTAS DE LA
PROVINCIA DE CORDOBA C/ DESARROLLO
REGIONAL SACI S/ Ejecutivo fiscal 2223788/
36, se ha dictado la siguiente resolución:
Córdoba, 08 de mayo de 2014.- HABIÉNDOSE
vencido el término por el que se citó de remate a la parte demandada sin que haya opuesto excepción legítima alguna, y sirviendo el presente de la constancia requerida por la ejecutante y exigida por la ley, DECLÁRESE
expedita la vía de ejecución por el crédito reclamado, sus intereses y costas art. 7 de la Ley Nº 9024, modificado por la Ley Nº 9576, y en su mérito FORMÚLESE liquidación, incluyéndose en la misma la estimación de los honorarios profesionales. NOTIFÍQUESE al demandado, con copia de la referida liquidación, para que en el término de tres 3 días fatales formule las impugnaciones que estime corresponder. OPORTUNAMENTE, acompáñese al Tribunal constancia de la cédula de notificación debidamente diligenciada y copia de la liquidación formulada a los fines de su aprobación si fuere conforme a derecho.- Fdo.
Digitalmente por: GRANADÉ María Enriqueta, Prosecretaria.5 días 28012 - 11/11/2014- $ 683.La señora Juez de Primera Instancia 25º Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba, hace saber a la parte demandada FERRERAS, JORGE
AUGUSTO, PASCUALINI, EDUARDO ENRIQUE
y SPILLMANN, HEIDI INGRID que en los autos DIRECCION DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE
CORDOBA C/ FERRERAS JORGE AUGUSTO Y
OTROS S/ Ejecutivo fiscal 1187864/36, se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, veinticinco 25 de agosto de 2009. Bajo la responsabilidad de la institución actora, ejecútese la sentencia. Formúlese planilla de capital, intereses y costas. Fdo.: ELSA
ALEJANDRA FERNANDEZ DE IMAS PROSECRETARIA LETRADA.
5 días 28013 - 11/11/2014- $ 227.La Secretaría de Gestión Común de los Tribunales de Ejecución Fiscal Ex.25 º C.C de la ciudad de Córdoba hace saber a la parte demandada GONZALEZ, ENRIQUE ALBERTO
que en los autos DIRECCION DE RENTAS DE
LA PROVINCIA DE CORDOBA C/ GONZALEZ
ENRIQUE ALBERTO S/ Ejecutivo fiscal 2108450/
36, se ha dictado la siguiente resolución:
Córdoba, 21 de julio de 2014. Téngase presente y en su mérito publiquese edictos art. 4 Ley 9024. Fdo. digitalmente Resolución Nº 1 T.S.J.
- 15/04/2013. Otra resolución: Córdoba, 22 de julio de 2013. Habiéndose vencido el término por el que se citó de remate a la parte demandada sin que haya opuesto excepción legítima alguna, y sirviendo el presente de la constancia requerida por la ejecutante y exigida por la ley, DECLÁRESE expedita la vía de ejecución por el crédito reclamado, sus intereses y costas art. 7 de la Ley Nº 9024, modificado por la Ley Nº 9576, y en su mérito FORMÚLESE liquidación, incluyéndose en la misma la estimación de los honorarios profesionales. NOTIFÍQUESE al demandado, con copia de la referida liquidación, para que en el término de tres 3 días fatales formule las impugnaciones que estime corresponder.
OPORTUNAMENTE, acompáñese al Tribunal constancia de la cédula de notificación
debidamente diligenciada y copia de la liquidación formulada a los fines de su aprobación si fuere conforme a derecho.. F d o . B L A N C A A L E J A N D R A R I VA SECRETARIA.
5 días 28014 - 11/11/2014- $ 728.La Secretaría de Gestión Común de los Tribunales de Ejecución Fiscal Ex.25 º C.C
de la ciudad de Córdoba hace saber a la parte demandada JUAN CARLOS CECCHINI
Y ASOCIADOS SRL que en los autos DIRECCION DE RENTAS DE LA PROVINCIA
DE CORDOBA C/ JUAN CARLOS CECCHINI
Y ASOCIADOS SRL S/ Ejecutivo fiscal 1187215/36, se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, 12 de junio de 2014.
De la liquidación presentada: vista a la contraria art. 564 del CPC.- Fdo.
digitalmente Resolución Nº 1 - TSJ - 15/
04/2013.Otra resolución: 23 de octubre de 2013. Bajo la responsabilidad de la institución actora, ejecútese la sentencia.
Formúlese liquidación de capital, intereses y costas conforme lo dispuesto por el art.
564 del CPC. Fdo. digitalmente por MARIA
ENRIQUETA GRANADE - PROSECRETARIA
LETRADA.
5 días 28015 - 11/11/2014- $ 364.La señora Juez de Primera Instancia 25º Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba, hace saber a la parte demandada MALDONADO DE ORELLANO ANA, MALDONADO, JUAN JOSE, MALDONADO
DE
VENIER, GRIMILDA ANGELA, MALDONADO, OSCAR
HUGO, MALDONADO, JULIO AGUSTIN, MALDONADO, MARIO MAURICIO que en los autos DIRECCION DE RENTAS DE LA
PROVINCIA DE CORDOBA C/ MALDONADO
ANA Y OTROS recaratular S/ Ejecutivo fiscal 1764717/36, se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, 04 de mayo de 2011.- ATENTO el certificado que antecede del que surge la ausencia de excepciones y encontrándose expedita la vía de ejecución por el crédito reclamado, sus intereses y costas art. 7 de la ley Nº 9024 modificado por la ley 9576, FORMULESE liquidación, incluyéndose en la misma la estimación de los honorarios profesionales. NOTIFÍQUESE al demandado, con copia de la referida liquidación, para que en el término de tres 3 días fatales formule las impugnaciones que estime c o r r e s p o n d e r.
OPORTUNAMENTE, acompáñese al Tribunal constancia de la cédula de notificación debidamente diligenciada y copia de la liquidación formulada a los fines de su aprobación si fuere conforme a derecho. - Fdo. PONSELLA MONICA
ALEJANDRA PROSECRETARIO LETRADO
5 días 28016 - 11/11/2014- $ 683.La Secretaría de Gestión Común de los Tribunales de Ejecución Fiscal Ex.25 º C.C
de la ciudad de Córdoba hace saber a la parte demandada MARCKETING SOC EN
COM AC que en los autos DIRECCION DE
RENTAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
C/ MARCKETING SOC EN COM AC S/
Ejecutivo fiscal 1825144/36, se ha dictado la siguiente resolución:
Córdoba, 08 de mayo de 2014.HABIÉNDOSE vencido el término por el que se citó de remate a la parte demandada sin que haya opuesto excepción legítima alguna, y sirviendo el presente de la
Segunda Sección
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constancia requerida por la ejecutante y exigida por la ley, DECLÁRESE expedita la vía de ejecución por el crédito reclamado, sus intereses y costas art. 7 de la Ley Nº 9024, modificado por la Ley Nº 9576, y en su mérito FORMÚLESE liquidación, incluyéndose en la misma la estimación de los honorarios profesionales.
NOTIFÍQUESE al demandado, con copia de la referida liquidación, para que en el término de tres 3 días fatales formule las impugnaciones que estime corresponder.
OPORTUNAMENTE, acompáñese al Tribunal constancia de la cédula de notificación debidamente diligenciada y copia de la liquidación formulada a los fines de su aprobación si fuere conforme a derecho.Fdo. Digitalmente por: GRANADÉ María Enriqueta, Prosecretaria.5 días 28017 - 11/11/2014- $ 683.La Secretaría de Gestión Común de los Tribunales de Ejecución Fiscal Ex.25 º C.C
de la ciudad de Córdoba hace saber a la parte demandada MARCKETING S C POR
ACC que en los autos DIRECCION DE
RENTAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
C/ MARCKETING S C POR ACC S/ Ejecutivo fiscal 1825145/36, se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, 08 de mayo de 2014.- HABIÉNDOSE vencido el término por el que se citó de remate a la parte demandada sin que haya opuesto excepción legítima alguna, y sirviendo el presente de la constancia requerida por la ejecutante y exigida por la ley, DECLÁRESE
expedita la vía de ejecución por el crédito reclamado, sus intereses y costas art. 7
de la Ley Nº 9024, modificado por la Ley Nº 9576, y en su mérito FORMÚLESE
liquidación, incluyéndose en la misma la estimación de los honorarios profesionales.
NOTIFÍQUESE al demandado, con copia de la referida liquidación, para que en el término de tres 3 días fatales formule las impugnaciones que estime corresponder. OPORTUNAMENTE, acompáñese al Tribunal constancia de la cédula de notificación debidamente diligenciada y copia de la liquidación formulada a los fines de su aprobación si fuere conforme a derecho.Fdo. Digitalmente por: GRANADÉ María Enriqueta, Prosecretaria.5 días 28018 - 11/11/2014- $ 683.La Secretaría de Gestión Común de los Tribunales de Ejecución Fiscal Ex.25 º C.C
de la ciudad de Córdoba hace saber a la parte demandada MONSALVE, CLODOVALDO
TEODORICO, CARLOTA DEL CORO DE
MONSALVE que en los autos DIRECCION DE
RENTAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA C/
MONSALVE CLODOVALDO TEODORICO Y
OTRO S/ Ejecutivo fiscal 1833355/36, se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, 27
de junio de 2014. Téngase presente y en su mérito publíquese edictos art. 4 ley 9024.Fdo. Digitalmente por: Riva Blanca Alejandra.OTRO DECRETO: Córdoba, 13 de mayo de 2011.- ATENTO el certificado que antecede del que surge la ausencia de excepciones y encontrándose expedita la vía de ejecución por el crédito reclamado, sus intereses y costas art. 7 de la ley Nº 9024 modificado por la ley 9576, FORMULESE liquidación, incluyéndose en la misma la estimación de los honorarios profesionales. NOTIFÍQUESE al demandado, con copia de la referida liquidación, para que en el término de tres 3
días fatales formule las impugnaciones que estime corresponder. OPORTUNAMENTE,

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/11/2014 - 2º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CountryArgentina

Date05/11/2014

Page count38

Edition count3663

First edition01/02/2006

Last issue06/08/2024

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