Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/10/2014 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CÓRDOBA, 15 de octubre de 2014
apercibimiento de rebeldía. Cba. diecinueve 19 de septiembre de 2014. Fdo. Dra. Marta Soledad González De Quero. Juez. Dra. Irene Carmen Bueno de Rinaldi. Secretaria.
5 días - 25699 - 16/10/2014 - $ 221.El Sr. Juez de 1 Inst. y 36Nom. Civ y Com. de Córdoba, en autos DIAZ, Oscar Sergio c/ TYC
COMPAÑIA DE TIERRAS Y CONSTRUCCIONES
SIERRAS DE CORDOBA S.R.L. - ORDINARIO ESCRITURACION EXPEDIENTE 2339146/36 decreta: Córdoba 18/02/2013. Admítase la presente demanda la que seguirá el trámite de Juicio Ordinario. Cítese y emplácese a la demandada para que en el término de 3 dias comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Fdo. Dra. Sylvia Elena Lines, Juez - Dra. María Soledad Inaudi de Fontana, Secretaria.
5 días 25655 16/10/2014 - $ 210,60
El Señor JUZG. 1A INST. C/ COMP. EN EJEC.
FISCALES N 2 EX 25 CC-Secretaría Dra. Riva Blanca, en los autos caratulados: Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba c/
Bereau Juan Claudio - Múltiple Fiscal Expte 1007027/36, domicilio Tribunal Arturo M. Bas n 244, Planta Baja cita y emplaza a Bereau Juan Claudio en virtud de lo dispuesto por la Ley 9024, arts. 152 y 165 del C. de P.C., para que en el término de veinte días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de ley y cíteselo de remate en la misma diligencia, para que en el término de tres días subsiguientes al vencimiento del plazo del comparendo, oponga excepciones y ofrezca las pruebas que hacen a su derecho, bajo apercibimiento.
5 días 25553 16/10/2014 - $ 273.El Señor JUZG.1A INST.C/ COMP.EN EJEC.
FISCALES N2 EX 25 CC-Secretaría Dra. Riva Blanca, en los autos caratulados: Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba c/
García Faure De Villafañe - Múltiple Fiscal Expte 1385965/36, domicilio Tribunal Arturo M. Bas n 244, Planta Baja cita y emplaza a Carmen García Faure De Villafañe Lastra en virtud de lo dispuesto por la Ley 9024, arts. 152 y 165 del C. de P.C., para que en el término de veinte días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de ley y cíteselo de remate en la misma diligencia, para que en el término de tres días subsiguientes al vencimiento del plazo del comparendo, oponga excepciones y ofrezca las pruebas que hacen a su derecho, bajo apercibimiento.
5 días 25554 16/10/2014 - $ 318.El Sr. Juez de 1 Inst. y 20 Nom. en lo Civ. y Com. en autos CROCAMO, María Del Carmen Liliana y otros c/ PEREZ, Leonardo José ORDINARIO - DAÑOS Y PERJ.-ACCIDENTES DE
TRANSITO - EXP: 1257096/36, Cba, 25 de agosto de 2014 a los fines de una correcta integración de la litis, cítese y emplácese a los Sucesores de la Sra. María del Carmen Liliana Crócamo, para que en el término. de veinte 20 días, a contar de la última publicación, comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de ley. Fecho, prosigan las actuaciones según su curso.
Notifíquese. Fdo: Juez: Yacir Viviana - Sec:
Villalba Aquiles Julio.
5 días 25508 15/10/2014 - $ 256,10

CONCURSOS Y
QUIEBRAS
RIO TERCERO. La Sra. Juez de Primera y Primera Nominación en lo Civil , Comercial, Conciliación y Familia de la Ciudad de Río Tercero, Secretaria N 1 a cargo de la Dra.

BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - T OMO DXCVII - Nº 177
Alejandra María López en autos COPPARI
CLAUDIA PATRICIA - QUIEBRA INDIRECTA EXP.
N 705760, por medio de Sentencia N 111 de fecha 08/09/2014 ha decretado la quiebra de la fallida Sra. CLAUDIA PATRICIA COPPARI D.N.I.
N 18.402.875./A los efectos de Ley, se trascribe la parte resolutiva de la Resolución citada, a saber: Y VISTOS: y CONSIDERANDO:
RESUELVO: 1 Declarar la quiebra indirecta de la Sra. Claudia Patricia Coppari, DNI
18.402.875, con domicilio real en calle Evaristo Carriego N 183, B Las Violetas, de la ciudad de Río Tercero, Provincia de Córdoba, en los términos de los arts. 77 inc. 1, 88 y c.c. de la L.C.Q.- 2.- Disponer que la sindicatura continuará siendo ejercida por el Cr. ANDRES
LASO, Mat. Prof. 10-4315-6, con domicilio a los efectos procesales en calle Yatasto 460
de la ciudad de Río Tercero, de acuerdo a lo prescripto por el art. 253 inc. r, en su primera parte, de la L.C.Q.- 3 Ordenar la anotación de la presente declaración de quiebra en el Registro de Juicios Universales y en el Registro Público de Comercio de esta Provincia de Córdoba, dependiente de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, con los alcances de los arts. 234 y ss. de la L.C.Q.; a cuyo fin, ofíciese con la prevención del art.
273, inc. 8 de la L.C.Q.- 4 Ordenar la inhibición general de la deudora e indisponibilidad de sus bienes, medidas que no se encuentran sujetas a término alguno de caducidad automática y que sólo podrán ser removidas o canceladas por orden judicial expresa Resolución General N 1 del Registro General del 2007; a cuyo fin ofíciese al Registro General de la Provincia, con la prevención del art. 273, inc.
8, de la LCQ.- 5 Ordenar la inscripción de la inhibición de la deudora e indisponibilidad de los bienes que se encuentren inscriptos a nombre de la misma en los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Motovehículos de Río Tercero, debiendo librarse los oficios respectivos, como así también al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Oficina de oficios Judiciales, con sede en calle Corrientes N 5666 C.P. 1414
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunicando asimismo a dichos organismos que las medidas cautelares ordenadas no se encuentran sujetas a caducidad alguna y no podrán ser levantadas sin autorización judicial; a cuyo fin ofíciese. 6 Librar oficio a los fines de que la sindicatura proceda a incautar los bienes y papeles de la fallida en la forma prevenida por los arts. 177 y 107 de la L.C.Q., debiendo tomar posesión de los mismos bajo inventario y con los requisitos del arto 177 inc.
2 de la L.C.Q.- 7 Notificar a la Sindicatura para que, dentro del término de cuarenta y ocho horas de efectuada la incautación de bienes de la fallida, informe al Tribunal sobre la mejor forma de realización de los mismos, debiendo atenerse dicho funcionario a lo prescripto por los arts. 203 y 204 de la Ley 24.522.- 8 Prohibir a la fallida hacer pagos de cualquier naturaleza, haciéndose saber a los terceros que los perciban que los mismos serán ineficaces de pleno derecho.- 9 Intimar a la deudora y a los terceros que posean bienes del mismo para que, en el término de veinticuatro horas, los entreguen al síndico. 10 Librar exhortos en los términos del art. 132 de la Ley 24.522
según texto arts. 4 y 7 de la Ley N 26.086
disponiendo la remisión de los autos conjuntamente con la documental que hubiere reservada en la Secretaría del Tribunal de origen, informando sobre la existencia de fondos embargados y depositados para, en caso afirmativo, transferir dichas sumas a la
orden de este Tribunal y para el Proceso Falencial. Comunicar a los Tribunales donde tramitan causas de conocimiento y laborales en contra de la fallida, Claudia Patricia Coppari, que ésta ha sido declarada en estado de quiebra, y que al existir a partir del 20-042006 un nuevo sistema de atracción de causas, el instituto funcionaria a sólo de haber concluido sin recurso alguno la etapa de conocimiento, y b en la hipótesis en que el actor hubiese optado por suspender el procedimiento tramitado por ante el Tribunal requerido para verificar directamente su crédito por ante el juzgado de quiebra, conforme art.
200 de la L.C.Q.; es entonces que de no haberse generado tales situaciones sine qua non no opera el fuero de atracción.-11 Librar oficios a la Policía Aeroportuaria -Unidad Operacional de Seguridad Preventiva de Córdoba u.o.s.p. Ex Policía Aeronáutica sito en Aeropuerto Internacional de Ezeiza Ministro Pistarini Provincia de Buenos Aires C.C. 11/B
1802, Policía de la Provincia de Córdoba y Policía Federal para que se abstengan de otorgar documentación que posibilite la salida del país de la Sra. Claudia Patricia Coppari, DNI
18.402.875; como así también oficiar a la Prefectura Naval Argentina, Gendarmería Nacional y Dirección General de Migraciones, a fin de que impidan el egreso del ámbito del territorio nacional de la Sra. Claudia Patricia Coppari, DNI 18.402.875, todo en los términos del art. 103 de la L.C.Q.. Oficiar a la Dirección General de Aduana a fin de que impida el egreso del ámbito del territorio nacional de los bienes de la quebrada. 12 Librar oficios al Correo Argentino y empresas similares a fin de que se intercepte la correspondencia epistolar y telegráfica de la fallida, la que deberá ser depositada en el Tribunal para ser entregada oportunamente a la Sindicatura; en los términos del art. 114 de la LCQ.13 Establecer que los acreedores por causa o título posterior a la presentación en concurso preventivo y anterior a este resolutorio, materialicen su verificación de crédito por vía incidental art.
280 L.C.Q, en los términos del art. 202 de la L.C.Q., por no ser el presente uno de los supuestos previstos por el art. 88, último párrafo, del cuerpo legal citado.- 14 Fijar como fecha para que el síndico presente informe general actualizado art: 39 L.C.Q., el día siete de octubre de dos mil catorce07/10/14, debiendo el funcionario proceder a recalcular los créditos que hubieran obtenido verificación en el concurso preventivo, a los fines de dar cumplimiento a lo estatuido por el Art. 202, in fine, de la L.C.Q.-15 Diferir el nombramiento de enajenador para la oportunidad en que se efectivice la incautación por el funcionario sindical y haya opinado éste sobre la mejor forma de realización del activo de la falencia inc. 9 del art. 88 LCQ.- 16 Disponer la publicación de edictos por el término de cinco días en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia sin previo pago, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 89 de la ley N 24.522.-17 Notificar a la Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba la declaración de la presente quiebra art. 40, inc. 10, del C.T.P.-18 Disponer que se cumplimente la ley provincial 7869
y el acuerdo reglamentario N 8, serie B, del 17
de mayo de 1990, dictado por el Excmo. Tribunal Superior de Justicia.- Protocolícese, hágase saber y expídanse las copias de ley.FIRMADO: DRA. ROMINA SOLEDAD SANCHEZ
TORASSA - JUEZ. OFICINA, RIO TERCERO, 06 de Octubre de 2014. Alejandra María López Secretaria.
5 días 25969 20/10/2014 - $ 4004.-

Segunda Sección
17

HUINCA RENANCÓ. La Srta. Juez en lo Civil, Com., Conciliación y Familia de la ciudad de Huinca Renancó, en los autos caratulados GONZALEZ Jorge Raúl y Otro - QUIEBRA
PEDIDA - Expte: 780564: Que por Sentencias Número 93 de fecha 12/09/2014 y Número 96
de fecha 23/09/2014, se resolvió: DESIGNAR
hasta el día doce de febrero de dos mil quince para que sindicatura acompañe el Informe Individual sobre los créditos presentados y hasta el día primero de abril de dos mil quince para la presentación del Informe general.- SINDICO
INTERVINIENTE: Cr. JORGE MERONI, CON
DOMICILIO CONSTITUIDO EN PUEYRREDON
154 DE HUINCA RENANCO. OFICINA, HUINCA
RENANCO, 29 SE SEPTIEMBRE DE 2014.- Nora Graciela Cravero Secretaria.
5 días - 25965 - 20/10/2014 - $ 318,50
SAN FRANCISCO, Cba. 29 de septiembre de 2014.- EXPEDIENTE: 1238167 - AGROSERVICIO
LASPIUR SRL - QUIEBRA INDIRECTA. Por disposición del señor Juez de Primera Instancia y Primera Nominación Civil y Comercial de la ciudad de San Francisco. Dra. Gabriela Noemí Castellani, en los autos caratulados:
AGROSERVICIO LASPIUR S.R.LQuiebra IndirectaEXPEDIENTE N 1238167 que se tramitan por ante el Juzgado a su cargo Secretaria N Uno, se notifica la siguiente resolución:SENTENCIA NUMERO: Ciento treinta y ocho - San Francisco, veinticinco de septiembre de dos mil catorce.- Y VISTOS:
Y CONSIDERANDO: RESUELVO: 1 Declarar en estado de quiebra a AGROSERVICIO
LASPIUR SRL. sociedad inscripta en el Registro Público de o Comercio bajo el número de matrícula N 459, Folio 1645, tomo 7 de fecha 15 de abril de 1998. CUIT N 33-68887708-9
con domicilio social en calle Av. Dr. Lamelas N
518 de la Localidad de Saturnino María Laspiur, Provincia de Córdoba.- 3 Intimar a los terceros que tengan bienes del fallido a ponerlos a disposición de la Sindicatura dentro del término de veinticuatro horas.- 5 Prohibir se efectúen pagos a la fallida, bajo apercibimientos de considerarlos ineficaces.15 Disponer que los acreedores posteriores a la presentación deberán ocurrir por la vía incidental a los fines de requerir la verificación de sus créditos art. 202 L.C.. NOTA:
Sindico: Contador Jorge L. Bianchi con domicilio en calle Misiones N 306, de la ciudad de San Francisco.- Córdoba Lavarda, Silvia Raquel Sec. Juzg. 1ra. Instancia.
5 días 25798 17/10/2014 - $ 637.Orden del Sr. Juez de 1 Inst. de 26 Nom, C
y C, Concurso y Sociedades en autos:
PEREYRA Enrique Mario Quiebra Pedida Simple Concurso Especial Banco Roela S.A Exp:
1821043/36.- Sáquese a remate en pública subasta: en la sala de Remates del Poder Judicial sito en calle Arturo M. Bas 244, Subsuelo ciudad de Córdoba. El día 17 de octubre a las 10:00 hs por el Martillero David Barbini M.P 011204, inmueble inscripto bajo Matrícula 26513911. Ubicado en barrio Cerro de Las Rosas. Dpto. Capital, desig. como lote A de la manz. 8 de 21,71 ms al N.O s/calle Tucumán, 24 ms. al S.O, sobre Av. Fernando Fader, 20
ms al SE linda c/lote B, y 20,342 ms. al N.E linda con resto del lote A, c/ Sup. de 443,42 ms. El inmueble saldrá a la venta al mejor postor, dinero de contado, cheque financiero o certificado de cualquier plaza a la orden del Banco de la Provincia, Suc. Tribunales. Con la siguiente Base de $ 1.047.312 debiendo el adjudicatario depositar en el acto, el 20% en concepto de seña, juntamente con el 4% de

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/10/2014 - 2º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CountryArgentina

Date15/10/2014

Page count36

Edition count3661

First edition01/02/2006

Last issue02/08/2024

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