Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/08/2013 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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Segunda Sección
lo manifestado en relación a los terceros interesados y colindantes y Cítese a los mismos conforme peticiona", Fdo. Dra. Cecilia María H.
de Olmedo.- Se aclara que se cita asimismo a los sucesores de Otoniel Flores y Jacinto Flores, así como Ernesto Rost, Marcos Caviglia y "Coco" Casas.- DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE
QUE SE PRETENDE USUCAPIR: lote de terreno parcela rural, con una edificación de forma irregular, ubicada en Luyaba, Pedanía Luyaba, Dpto. San Javier de esta provincia de Córdoba, Lote 2534-4079, cuya nomenclatura catastral resulta Dpto.: 29, Pedanía 04, Hoja 2534, Parcela 4079 el cual está conformado y se describe como sigue, a saber: "una línea recta que nace desde el punto "A", con ángulo de 78º 22, con rumbo Sur Sud-Oeste, delimitada por los puntos A-B que mide 27,62 mts,; desde allí y hacia el Oeste Sud-Este, parte otra línea, con ángulo de 203º 39, delimitada por los puntos B-C que mide 10,03 mts,; desde allí y hacia el Sur Sud-Este, parte otra línea con ángulo de 173º 46, delimitada por los puntos C-D que mide 9,61 mts,; desde allí y hacia el Sur Sud-Oeste, parte otra línea con ángulo de 153º 48, delimitada por los puntos D-E que mide 16,38 mts,; desde allí y hacia el Oeste Nor-Oeste, parte otra línea con ángulo de 109º 08, delimitada por los puntos E-F que mide 181,59 mts,; desde allí hacia el Norte NorEste parte otra línea con ángulo de 92º 14, delimitada por los puntos F-G que mide 71,01
mts.; desde allí hacia el Este Sud-Este parte otra línea con ángulo de 87º 53, delimitada por los puntos G-H que mide 59,39 mts.; desde allí hacia el Este Sud-Este parte otra línea con ángulo de 171º 47, delimitada por los puntos HI que mide 37,86 mts.; desde allí hacia el Este Sud-Este parte otra línea con ángulo de 188º 50, delimitada por los puntos I-J que mide 25,59
mts.; desde allí hacia el Este Sud-Este parte otra línea con ángulo de 168º 36, delimitada por los puntos J-K que mide 21,95 mts,;
desde allí hacia el Este Sud-Este parte otra línea con ángulo de 188º 39, delimitada por los puntos K-L que mide 19,06 mts.; y desde allí hacia el Este Sud-Este parte otra línea con ángulo de 183º 19, delimitada por los puntos L-A que mide 28,14 mts. cerrando la figura, totalizando una superficie de Una Hectárea dos mil cuatrocientos sesenta y siete metros con sesenta y cuatro centímetros cuadrados 1 Ha. 2.467,64 m2, y que linda: al Norte con Parcela sin nomenclatura catastral y sin datos de dominio, posesión de Simón Urquiza; al Este, con camino Público; al Sur, con parcela sin designación catastral y sin datos de dominio, posesión de Benigno Casas; al Oeste con parcela sin designación catastral y sin datos de dominio, de propietario desconocido",Villa Dolores, 17/06/13.- Heredia de Olmedo Cecilia María. Secretaria Juzgado 1ra.
Instancia.
10 días 18886 27/8/2013 - s/c.
En los autos caratulados "PAREDES, Juan Cruz - USUCAPION - MEDIDAS
PREPARATORIAS PARA USUCAPION" Expte.
N 871277/36, que se tramitan ante el Juzgado de 18 Inst. y 41 Nom. en lo Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba, Secretaría a cargo de la Dra. Miriam Pucheta de Barros, se ha dictado la siguiente resolución: "SENTENCIA NUMERO Quinientos diecinueve. Córdoba, Dieciocho de Diciembre de Dos Mil Doce. Y VISTOS:
Y CONSIDERANDO RESUELVO: I.- Hacer lugar a la demanda, y en consecuencia declarar la adquisición por prescripción por parte del señor Juan Carlos Paredes, L.E.

B OLETÍN OFICIAL - A ÑO C - TOMO DLXXXIII - Nº 143
6.469.839 hoy su sucesión, del inmueble que se describe como Lote Treinta y Siete 37 de la Manzana Cuarenta y Ocho, inscripto en el Registro General de la Provincia bajo la Matrícula N 908079 13
antecedente dominial Dominio N 4061, F
5171, T021, Año 1964, Cuenta Dirección General de Rentas N 1301-0.058.511/2;
Nomenclatura Catastral Provincial Dpto. 13, Ped. 01, Pblo. 50, C. 01, S. 01, M. 048, P. 012;
Nomenclatura Catastral Municipal C. 01, S.
02, M. 048, P. 018. Que consta de 10,10 mts.
de frente al Nor-Oeste puntos F-A, linda con pasaje público que le da salida a calle libertad; 40,14 mts al Nor-Este puntos A-B, linda con parcela 13 de Aydee Mercedes Villagra; 9,61 mts. al Sud-Este puntos B-C, linda con Parcela 6 de Ramón Roberto González; y su costado Sud-Oeste, está formado por una línea quebrada de tres tramos que miden, la primera puntos D-C
24,02 mts.; la segunda puntos D-E 1,66 mts.;
y la tercera Puntos E-F, con la cual se cierra la figura, 14,46 mts., lindando con parcela 8
y 9 de Héctor Patricio Maldonado, Parcela 10
de Gregorio José Fernándezes, y parcela 11
de Domingo Caparelli, todo lo que encierra una superficie total de Trescientos Noventa y Ocho Metros, Cincuenta y Dos Decímetros cuadrados, según plano confeccionado por el Ingeniero Juan Demetrio Lirio, aprobado con fecha Quince de Diciembre de Dos Mil Cuatro, por la Dirección General de Catastro en expediente administrativo 0033-51834/94.
Lote el cual, conforme el Registro General de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Córdoba, se describe a su vez, como "Lote de Terreno, ubicado en la localidad de Villa Allende, Departamento Colón, Provincia de Córdoba, que según plano de subdivisión del vendedor de una mayor superficie se designa como Lote 8 "m", y consta de 10
mts. de frente, por 40 mts. de fondo, o sea 400 mts.2, que linda al N, con el lote 8 "I", con parte de los lotes 8 "a", 8 "b" y 8 "d", con Benigno Alonso; y al O, con calle dejada por el vendedor, todo de acuerdo al citado plano de subdivisión", inscripto bajo la Matrícula N 908079 13, cuyo antecedente dominial es Dominio N 4061, F 5171, Año 1964.- II.Ordenar la inscripción de la presente en el Registro General de la Propiedad, cumplimentando la cancelación de la inscripción del dominio anterior, en mérito a la afectación total que la presente produce sobre el mismo art. 789 del C.P.C.C. .- III.Ordenar la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la Provincia y en el diario sorteado en la forma prescripta por el art.
790 del C.P.C.C. - IV.- Regular provisoriamente los honorarios del Dr. José Carlos Bocchiardo h, por la labor desarrollada en autos, en la suma de Pesos Dos Mil Trescientos Ochenta y Nueve con Cinco centavos $ 2.389,05, conforme el art.
34 de la ley 8226. Protocolícese, hágase saber y dése copia.- Firmado: Roberto Lautaro Cornet, Juez". Otra resolución: "AUTO
NUMERO: Doscientos Ochenta y Nueve.
Córdoba, tres de Junio de dos mil trece.- Y
VISTOS: Y CONSIDERANDO:
RESUELVO: I. Hacer lugar a la aclaratoria interpuesta y, en consecuencia, rectificar la Sentencia Número Quinientos Diecinueve N
519, dictada por este Tribunal con fecha.
18 de Diciembre de 2012, tanto en el punto I
del considerando, como en el punto I del Resuelvo, en el sentido de donde dice como nombre del actor el de "Juan Carlos Paredes", debe decir "Juan Cruz Paredes"; donde dice
"Nomenclatura Catastral Municipal C.01, S.02, M. 048, P.018" debe decir "Nomenclatura Catastral Municipal C.01, S.01, M. 048, P018; donde expresa "Parcela 10 de Gregorio José Fernandezes" debe decir "Parcela 10 de Gregorio José Fernandez", y en la descripción del inmueble según el Registro General de la Propiedad Inmueble, donde se lee que linda al N.; con el lote 8 "I", con parte de los lotes 8 "a", 8 "b"
y 8 "d", con Benigno Alonso ", debe expresar " que linda al N., con el lote 8 I, al S. con parte de los lotes 8 a 8 "b" y 8 d al E. con Benigno Alonso II.- Rechazar la aclaratoria intentada, en cuanto a la adición de datos de la sucesión del Sr. Juan Cruz Paredes, a los efectos de la inscripción en el Registro de la Propiedad. III.- Tómese razón de lo aquí dispuesto en el Protocolo respectivo. Protocolícese, hágase saber y dese copia.- Firmado: Roberto Lautaro Cornet, Juez".- Otra resolución: "AUTO NUMERO:
Cuatrocientos Ocho. Córdoba, veintinueve de Julio de dos mil trece.- Y VISTOS: Y
CONSIDERANDO: RESUELVO: I. Rectificar la Sentencia Número Quinientos Diecinueve N 519, dictada por este Tribunal con fecha 18 de Diciembre de 2012, tanto en el punto I
del considerando, como en el punto I del Resuelvo, en el sentido de donde dice:
número de cuenta que el inmueble usucapido posee en la Dirección General de Rentas "1301-0058.311/2" debió decir "13010058.511/2". II Tómese razón de lo aquí dispuesto en el Protocolo respectivo.
Protocolícese, hágase saber y dése copia.Firmado: Roberto Lautaro Cornet, Juez".
10 días 18668 26/8/2013 - s/c El Sr. Juez C.C.C. de 1ra Inst. y 2da Nom., Dra. Elba del Valle Allende Secretaria Nro. 4
de la ciudad de Villa Dolores, Cba. notifica y hace saber que en los autos caratulados REHACE EXPTE EN: CASTELLANO
MARCELO JULIAN Y OTROS USUCAPIÓN
EXPTE LETRA R Nº 5 se ha dictado la siguiente resolución: AUTO NUMERO
CINCUENTA Y TRES.- Villa Dolores diecisiete de mayo de dos mil once. Y VISTOS: Y DE
LOS QUE RESULTA: Y CONSIDERANDO:
RESUELVO: a Hacer lugar a lo solicitado y en consecuencia ampliar y rectificar la Sentencia Número Ciento Setenta y Siete de fecha nueve de octubre de dos mil tres, obrante en fotocopia a fs.1/8 de autos, declarando: 1 Que son titulares del derecho real de dominio del inmueble objeto de autos, obtenido por prescripción adquisitiva veinteañal son: Marcelo Julián Castellano argentino, nacido el 16-02-1.934, DNI Nº 6.487.067, CUIT/CUIL Nº 20-06487067-0, de estado civil divorciado en 1ras.nupcias de Aurora Rosa Aguirre, conforme sentencia Nº 527 del 01-09-1.999, de la Cámara de Familia Nº 2 de la ciudad de Córdoba Capital;
domiciliado en Callejón de los Díaz s/n Bº Piedra Pintada de la ciudad de Villa Dolores, Pcia. de Córdoba, Eva Maria Castellano argentina, nacida el 30-10-1.931, DNI Nº 3.480.457, CUIT/CUIL Nº 27-03480457-0, de estado civil divorciada en 1ras.nupcias de Juan Pablo Villagran, conforme a auto Nº 41
del 21-02-1989, del Juzgado Civil y Comercial de 12º Nominación de Córdoba Capital en autos; Villagran Juan Pablo y Eva María Castellano Divorcio domiciliada en calle Dr. Manuel Moreno Nº 1.293 Córdoba Capital, Rubén María Castellano argentino, nacido el 18-08-1.957 DNI Nº 13.536.160, de estado civil casado en 1ras nupcias con
CÓRDOBA, 23 de agosto de 2013
Magdalena Berrotarán, Ramiro Cristian Castellano argentino, nacido el 26-11-1960.
DNI Nº 14.290.362, de estado civil casado en 1ras.nupcias con Liliana Inés Zoppi y Alejandra María Castellano Herrera argentina, nacida el 21-11-1958, DNI Nº 12.613.899, de estado civil casada en 2das.nupcias con Daniel Esteban Rodríguez; los tres últimos nombrados en su calidad de herederos de Aníbal Mario Castellano.-2 Que el número de lote del inmueble adquirido por prescripción adquisitiva veinteañal por los nombrados es H 25.174 P 9135 lote: H 25.174 P
9135; 3 Que de conformidad al Plano de Mensura utilizado en el juicio el lindero Sur del inmueble objeto del presente es el Lote H
25174 P 3335, siendo sus titulares históricos: María Josefa Transito Castellano, María Rita Castellano. Estanislao Abel Castellano, Arturo Domingo Castellano, Rita Amaral de Castellano, María Rita Castellano de Stiefel, María Elena Castellano de Manzo.
Esther Filomena Castellano de Balbiani, Enrique Estanislao Castellano, Alberto María Castellano, Raúl Oscar Castellano, María Teresa Sara Castellano de Allende, Elsa Raquel Castellano de Del Valle, Héctor José Castellano, Catalina Carrara de Castellano y Rafael José Bautista Castellano. Hoy el referido lote es propiedad exclusiva de Ramiro Cristian Castellano Lote 25174 3336, Matr Fº Rº 1.555.679, Plano Nº 131.905, todo de acuerdo al nuevo Plano de Mensura aprobado con fecha 05 de abril de 2010, en el mismo expediente que el Plano anterior Expte. Nº 0033-70.769/99, obrante a fs 70/
71 de autos.- 4 Que según el plano rectificado referido fs.70/71 el número correcto de la cuenta ante la Dirección de Rentas de la Provincia del inmueble de que se trata, es el 2901-2167029/0 y no el 29012167029/1, como se consignara en la sentencia en base al número de cuenta que surgía del Plano anterior; consecuentemente con ello, en cada lugar en que la Sentencia menciona como número de cuenta el 29012167029/1, debe decir: Nº 2901-2167029/0;
5 Que el antecedente a los Planos utilizados para el juicio tanto el de fs.60 como el rectificado de fs. 70/71 es el aprobado en el Expte. Nº 0033-34716/92 y no el Nº 003334716, como se transcribiera en la Sentencia;
consecuentemente con ello en cada lugar en que en la misma Sentencia Nº 177 del 09/10/2.003 se mencione el Nº 0033-34716
, debe decir: Nº 0033-34716/92; 6 Que la Sra. Ana María Castellano, quien figura en la sentencia como titular del dominio del inmueble Matricula Nº 374.730 afectado por la presente acción de usucapión, fue dada de baja como titular del mismo, en el registro Gral. De la Provincia, conforme surge de la nota aclaratoria insertada en la Matrícula de que se trata, por lo que en todos lugares en que la Sentencia se refiere a la nombrada como titular del dominio del inmueble en cuestión debe tenerse como no escrita; en consecuencia de acuerdo con la Matricula Nº 374.730 y su Anexo B1, los titulares del dominio afectado por la presente usucapión y los porcentajes respectivos de cada uno de ellos son: María Josefa Transito Castellano, Arturo Domingo Castellano, María Rita Castellano, Estanislao Abel Castellano, titulares de 720/3.600 avas partes cada uno de ellos; Rita Amaral de Castellano, titular de 100/3.600; María Rita Castellano, María Elena Castellano, Esther Filomena Castellano, titulares de 62/3.600 avas partes cada uno

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/08/2013 - 2º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CountryArgentina

Date23/08/2013

Page count41

Edition count3645

First edition01/02/2006

Last issue11/07/2024

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