Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/02/2011 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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Lanzeni, Secretaria. Oficina, 14 de Diciembre de 2010.
10 días - 34330 - s/c.VILLA MARÍA - Autos: "Ibal Francisco c/
Propietarios Desconocidos - Usucapión"
Juzgado 1ra. Inst. 2da. Nom. C. y C. - Villa María - Secretaría N 3: "Sentencia Número: doscientos cincuenta. Villa María, tres de diciembre de dos mil diez. Y Vistos Y Considerando Se Resuelve: I Admitir la demanda de Usucapión deducida en marras y, en su mérito declarar que Roberto González e Hijos S.A., ha adquirido por prescripción el derecho real de dominio sobre el inmueble que según plano de mensura confeccionado por el Ing. Agr. Lorenzo Toribio aprobado por la Dirección General de Catastro con fecha 23/8/1990, s/Expte. N 0033-24221/
90, ubicado en Barrio Las Quintas, ciudad de Villa Nueva, Pedanía del mismo nombre, Dpto.
Gral. San Martín, Provincia de Córdoba, cuyas medidas son: al Norte 122,15 mts., al Este, 243,60
mts.; al Sud, 122.15 mts. y al Oeste 242,60, todo lo cual hace una superficie total de dos hectáreas, nueve mil seiscientos noventa y tres metros cuadrados, lindando al Norte, Sud y Oeste con calles públicas y por el Este con Juan Jose Ibal, empadronado en la Dirección General de Rentas de la Provincia bajo el N
160521427822, año 1983, y según la Dirección General de Catastro Municipal se ubica en Barrio Las Quintas, lote 1, sección 3, manzana 14.
II. Ordenar la inscripción del dominio en el Registro General de la Provincia a nombre de Roberto González e Hijos S.A., a cuyo fin ofíciese. III.
Publicar la presente resolución en el BOLETÍN
OFICIAL y diario local autorizado arts. 790 y 783 ter. CPC. IV. Imponer las costas a la actora.
V. Diferir la regulación de honorarios de los letrados intervinientes para cuando así se lo solicite. Protocolícese, hágase saber y dése copia. Firmado: Dr. Fernando Flores, Juez.
10 días - 34455 - s/c.RIO TERCERO. El Sr. Juez de 1 Inst. en lo Civ., Com., Conc. y de Flia de Río Tercero, Dr. Gustavo A. Massano, Sec. a cargo de la Dra. Alicia Peralta de Catarutti, en autos caratulados: "Ceballos, Raúl Guillermo -Medidas Preparatorias de Usucapión", se ha dictado la siguiente resolución:
"Río Tercero, 02 de Diciembre de 2010.
Proveyendo a fs. 68/70: Téngase por preparada la demanda. Admítase la demanda de usucapión en cuanto por derecho corresponda, a la que se le imprime el trámite de juicio ordinario. Cítese a quienes se consideren con derechos sobre el inmueble descrito en autos mediante edictos a publicar en el Boletín Oficial y diario a elección del peticionante, de conformidad a lo dispuesto por Acuerdo Reglamentario N 29, Serie B, de fecha 11/12/01, por diez veces con intervalos regulares en un período de treinta días, los que deberán concurrir a deducir oposición dentro de los seis días subsiguientes al vencimiento del plazo del período últimamente indicado, bajo apercibimiento de ley. Cítese a la demandada BANCO FARO COOPERATIVO LIMITADO para que en el término de seis días comparezca a estar a derecho en autos, bajo apercibimiento de rebeldía. Cítese al Fisco Provincial y a la Comuna de Villa Ciudad Parque a fin de tomar participación en autos en el término de veinte días. Cítese y emplácese a los colindantes del inmueble en calidad de terceros para que comparezcan a juicio en el término de veinte días bajo apercibimientos de ley. Exhíbase en el avisador del Tribunal, en el local del Juzgado de Paz y en la Comuna con jurisdicción en el inmueble por el término de treinta días, el texto del edicto art. 758 del C. de P.C.. Instálese a costa del actor, dentro del inmueble objeto del
BOLETÍN OFICIAL
juicio un cartel indicador visible desde el principal camino de acceso con las referencias necesarias acerca de la existencia de este juicio art. 786 del C. de P.C., a cuyo fin ofíciese al Sr.
Oficial de Justicia con competencia en el lugar.
Oportunamente córranse los traslados en el orden indicado por el art. 788 del C. de P.C.
Agréguese la documental acompañada.
Notifíquese.- Proveyendo a fs. 71: Téngase presente la autorización otorgada.- Firmado:
"Gustavo A. Massano. Juez. Alicia Peralta de Cantarutti. Secretaria."
N 595 -s/c.EDICTO: El señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de 28 Nominación de la Ciudad de Córdoba, Dr. Guillermo Cesar LAFERRIERE, Secretaría a cargo de la Dra. Alejandra Inés CARROLL DE MONGUILLOT, en los autos caratulados: "LUCERO LUIS DAMIAN y OTRO USUCAPION - MEDIDAS PREPARATORIAS PARA
USUCAPION" Expte. Nº 618954/36 hace saber que se ha dictado la siguiente resolución:
"SENTENCIA NÚMERO: Ciento Noventa y Cuatro.Córdoba, 17 de junio de 2008.- Y VISTOS:
Y CONSIDERANDO: RESUELVO: 1 Hacer lugar a la demanda de usucapión incoada en autos y en consecuencia declarar adquirido por LUIS DAMINA LUCERO y EDGARDO DANIEL
EHLERS por prescripción adquisitiva veinteañal el siguiente bien inmueble: Un Lote de terreno ubicado en Coyacampa 1678 ex cortada del Barrio Leandro Alem de esta ciudad de Córdoba, que es parte del lote uno de la manzana ciento nueve, de mil trescientos metros cuadrados, que a su vez, forma parte de una mayor superficie, de diez hectáreas un mil trescientos cincuenta metros cuadrados, integrada por diversos lotes de terreno ubicados en el Pueblo Talleres de Alta Córdoba, Municipio de la Ciudad de Córdoba, que es resto de una fracción de doscientos catorce hectáreas dos mil trescientos veintisiete metros cuadrados más o menos, que linda: al Norte con el Camino a Santa Rosa, en una extensión de cuatrocientos ochenta y nueve metros; al Oeste con el mismo camino, en dos mil ochocientos ochenta y seis metros; al Sud camino a Villa Constitución, en dos mil trescientos cuarenta metros; y al Este con de los señores Yofre en mil trescientos cincuenta y nueve metros cincuenta y cinco centímetros. Dominio 4642, Folio 5865, Tomo 24
del año 1941, planilla de loteo y plano 2069; 2
Ordenar la inscripción del inmueble referido a nombre del citado en el Registro General de la Provincia, a cuyo fin ofíciese. 3 Sin costas.Protocolícese, hágase saber y dése copia.Firmado:- Dr. Guillermo Cesar LAFERRIEREJUEZ.N 611 - s/c.El señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de 28 Nominación de la Ciudad de Córdoba, Dr. Guillermo Cesar LAFERRIERE, Secretaría a cargo de la Dra. Alejandra Inés CARROLL DE MONGUILLOT, en los autos caratulados: "LUCERO LUIS DAMIAN y OTROUSUCAPION-MEDIDAS PREPARATORIAS PARA
USUCAPION" Expte. Nº 618954/36 hace saber que se ha dictado la siguiente resolución:
"AUTO NÚMERO: ochocientos uno.- Córdoba, 25 de noviembre de 2010.- Y VISTOS: Y
CONSIDERANDO: RESUELVO: 1 Aclarar el Auto Número doscientos cuarenta y uno, de fecha once de mayo en curso, cuando en los vistos dice: "una fracción de terreno, sobre calle Leandro Alem Al Nor-Oeste línea A-B
veinticuatro metros cincuenta y seis centímetros debe decir: "una fracción de terreno, Barrio Leandro Alem al Nor-Oeste línea A-B veinticuatro metros noventa y seis
centímetros 2 Disponer se deje por Secretaría constancia marginal en el decisorio rectificado obrante en el protocolo respectivo de lo dispuesto en la presente resolución.Protocolícese, hágase saber y dése copia.Firmado:- Dr. Guillermo Cesar LAFERRIEREJUEZ.N 612 - s/c.El Sr. Juez del Juzgado Civil Comercial y Familia Río Segundo en los autos "RODRIGUEZ
JOSE ALFONSOUSUCAPION - MEDIDAS
PREPARATORIAS PARAUSUCAPION EXPTE Nro.
496512/36" en cumplimiento de lo prescripto por el art. 790 del C.P.C. ordena la publicación de la Sentencia Nro cuatrocientos cincuenta y tres Córdoba 15 de Diciembre del 2010. Y
VISTOS Y CONSIDERANDO: RESUELVO:
I Hacer lugar a la presente demanda y en consecuencia declarar que el sr. José Alfonso Rodríguez a adquirido por usucapión el dominio de ubicado en el Departamento de Río Segundo, Pedanía oratorio de Peralta, próximo a Capilla del Carmen que se designa como 1 Parcela 221-5929 mide al Oeste puntos A-B 795,50 mts, al Norte puntos B-C 100 mts, al Este puntos C-D
780 mts y al Sur puntos A-D 101,11 mts.
Colindando al Norte con la parcela Numero 2211030 de Teresa Gijena de Caseres, al Sur con camino publico, al Este con parcela 221-0530
de Agustín Inocente Fantini y Antonio José Fantini y con parcela 221-0329 de Oreste Marcos Cravero, con una superficie de 7 has 8775 mts cdros.; y 2 Parcela 221-5829 que mide al Norte puntos H-E 101,11 mts.; al Sur puntos F-G 100
mts, al Este puntos E-F 115 mts, y al Oeste puntos G-H 100 mts. Linda al Norte con camino publico de por medio, al Sur con parcela sin designación de Arturo Ruben Albarracin, al Este con parcela 221-0330 de Arturo Ruben Albarracin y al Oeste con parcela 221-0530 de Oreste Marcos Cravero. Con una superficie de 1 has., 750 mts.
Cdros..- Los lotes 221-5829 y 221-5959 forman una sola unidad económica por lo que no podrán transferirse independientemente.- Todo ello según plano de mensura confeccionado al efecto por el Ingeniero Civil Eduardo Luís Aliaga, el que se encuentra debidamente aprobado por las oficinas respectivas Expte 003-086775/
2004 y que se acompaña.- II Ordenar se haga saber la presente resolución de edictos, publicados por diez días a intervalos regulares por un periodo de treinta días en el Boletín Oficial y diario ya sorteado.- III Notifíquese al Registro de la Propiedad y a la Dirección General de Rentas, oportunamente para que previo los informes de ley, tomen razón, articulo 15 de la Ley 5445 y proceda a la cancelación del dominio existente del inmueble descripto en el punto I, a nombre del Sr. José Alfonso Rodríguez. IV
Imponer las costas al demandado y colindante, difiriendo las regulaciones de honorarios del los Dres. Livi Juan Falco y Maria Carolina Silva, para cuando hay base para ello.- Protocolícese, hágase saber y dese copia.-Firmado Susana E.
Martinez Gavier.- Juez.-. Estos edictos deben ser publicados en un todo de acuerdo al art.
783 ter 790 del C.P.C.
N 854 - s/c.-

Córdoba, 22 de Febrero de 2011

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/02/2011 - 2º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CountryArgentina

Date22/02/2011

Page count14

Edition count3645

First edition01/02/2006

Last issue11/07/2024

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