Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/02/2011 - 2º Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

Córdoba, 07 de Febrero de 2011
dominio consta en folio 12947, Protocolo de Dominio del año 2005; le corresponde por compra a Santiago Francisco RIVERO Cesar Domingo RIVERO, Santiago Andrés RIVERO, Marta Clara RIVERO, Pedro Tomas RIVERO y Ernestina Rosa RIVERO; y a estos a su vez por compra de derechos y acciones a Jesús Zamora según consta en Fº 17607 del año 1960.
g Derechos y acciones equivalentes a 18has.
9719 mts. cdos. de Horacio Juan SILVETTI, el dominio consta en folio 1294, Protocolo de Dominio del año 2005; le corresponde por compra a Santiago Francisco RIVERO, Cesar Domingo RIVERO, Santiago Andres RIVERO, Marta Clara RIVERO, Pedro Tomas RIVERO y Ernestina Rosa RIVERO; y a estos a su vez por compra a Arturo Florentino Paez según consta en Fº 24719 del año 1960. h Derechos y acciones equivalentes a 15has. 2784 mts. cdos.
de Horacio Juan SILVETTI, el dominio consta en folio 1294, Protocolo de Dominio del año 2005;
le corresponde por compra a Santiago Francisco RIVERO, Cesar Domingo RIVERO, Santiago Andres RIVERO, Marta Clara RIVERO, Pedro Tomas RIVERO y Ernestina Rosa RIVERO;
y a estos a su vez por compra a Arturo Florentino Paez según consta en Fº 24719 del año 1960. i Derechos y acciones equivalentes a 21 has. 6431 mts. cdos. de Efraín ZAMORA, el dominio consta en folio 15633, Protocolo de Dominio del año 1960; le corresponde por compra a Clorinda Zamora Viuda de Zamora. j Derechos y acciones equivalentes a 23 has.
8782 mts. cdos. de Efraín ZAMORA, el dominio consta en folio 16570, Protocolo de Dominio del año 1961; le corresponde por compra a Ramón Zamora. Todo ello surge de los planos de mensura firmado por el Ing. Agrimensor Anselmo Juan Cravero Mat. Prof. Nº 1059-1, aprobado por la Dirección General de Catastro el 11/10/
05 Expte. 033-03378/05. El presente edicto se publicara 10 veces dentro a intervalos regulares dentro de un periodo de treinta días. Dr. GarzonJuez, Dr. ScagnettiSecre. Río Tercero, 3
de 6 de 2.010.N 30098 s/c.CRUZ DEL EJE - El Sr. Juez de Primera Instancia Civil, Comercial, Conciliación y Familia de la ciudad de Cruz del Eje, Secretaría N 1 a cargo de la Dra. Adriana Sánchez de Marín, en autos:
Peralta Aldo - Demanda de Usucapión ha dictado la siguiente resolución: Cruz del Eje, 7
de diciembre de 2009. Admítase la presente demanda de usucapión, la que se tramitará conforme el trámite de juicio ordinario. Cítese y emplácese a los demandados y a todos los que se consideren con derecho al bien a usucapir, y a los colindantes en carácter de terceros interesados, para que en el término de tres días de la última publicación de edictos art. 783 del CPC y sus modificatorias, comparezcan a estar a derecho y deducir oposición, bajo apercibimiento. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y diario La Voz del Interior por diez veces a intervalos regulares dentro de un período de treinta días, sin perjuicio de la citación por cédula de los que tengan domicilio conocido. Requiérase la concurrencia a juicio de la provincia de Córdoba y la Municipalidad o Comuna si correspondiere. Cumpliméntese con los arts. 785 y 786 del CPC debiendo certificarse en autos la exhibición de edictos y la colocación del cartel indicativo.
Oportunamente traslado en el orden establecido en el art. 788 del CPCP. Notifíquese bajo apercibimiento, Fdo.: Dr. Fernando Aguado, Juez; Dra. Adriana Sánchez de Marín, Secretaria. Descripción del inmueble que se pretende usucapir: Fracción de terreno ubicada en la manzana 88, de Villa Vieja de Soto, Pedanía
BOLETÍN OFICIAL
Higueras, Departamento Cruz del Eje, Provincia de Córdoba, designada como Lote 18, que mide y linda: a Nor-Oste punto 1-2 veintiún metros con Bv. J.I. Peralta; al Nor-Este punto 2-3
cuarenta y tres metros ochenta centímetros propiedad de Gladis Susana Castro y Nora Beatriz Castro; al Sur-Este punto 3-4 diez metros con Parcela 6 de Margarita Pereyra de Peralta;
al Sur-Este punto 5-6 once metros con calle Sarmiento; al Sur-Oeste punto 6-1 ochenta y seis metros ochenta centímetros con parcela 7
de Ofelia Carmen Sánchez de Acevedo y Parcela 13 de Jorge Saldi hoy su sucesión, lo que hace una Superficie total de un mil trescientos noventa y dos metros con ochenta centímetros cuadrados 1.392,80m2..
10 días - 29288 - s/c.El Juzgado de 1º Instancia y 48º Nom. en lo Civil y Comercial de Córdoba, en autos caratulados: RAIMONDI, RICARDO ARMANDO
Y OTRO USUCAPION MEDIDAS
PREPARATORIAS PARA USUCAPION, Expte.
1273006/36, ha dictado la siguiente resolución:
Córdoba, trece 13 de setiembre de 2010.
Téngase presente lo manifestado. Estando cumplimentados los requisitos exigidos por el art. 781 del CPC imprímase a la presente demanda el trámite de juicio ordinario. Cítese y emplácese a los sucesores del titular registral Sr. Rosario Ludueña, Sres. Clara Rosa Cuestas, Olga Ramona del Valle Ludueña, Norma Beatriz del Valle Ludueña, Pamela Ludueña, Ana Paula Ludueña, Irma Isabel Costa, Diego Julio Ludueña, Franco Andrés Ludueña y Daniel César Ludueña para que en el término de diez días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Cítese a los sucesores de Auria o Aurea Tebina Ludueña Chacón de Pérez y a todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble de que se trata, por edictos que se publicaran por diez veces a intervalos regulares dentro de un período de treinta días en el Boletín Oficial y diario a sortearse para que en veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. El término de comparendo se computará a partir de la última publicación. Cítese al Sr. Procurador del Tesoro y a los colindantes para que en el término de cinco días comparezcan a estar derecho y tomar participación en el carácter de terceros interesados, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 784 ultima parte del CPC. Colóquese a costa del actor un cartel indicador con las referencias necesarias del juicio en lugar visible que deberá mantenerse durante todo el tiempo de tramitación del mismo, a cuyo fin ofíciese al Sr. Oficial de Justicia. Oficiese a la Municipalidad mas cercana al inmueble objeto de la usucapión para que durante treinta días exhiba copia de los edictos. Art. 785 del CPC.
Fdo. Villagra de Vidal Raquel: Juez . López Julio Mariano: Prosecretario. Según constancias de autos son colindantes del inmueble: RUBEN
PESCHUTA, MARIA FLORINDA MOLINA, EDGARDO DONATO CASTELLANOS, JOSE
GUMERSINDO LUDUEÑA, OSCAR ALFREDO
PESCHIUTTA, SUCESION DE FERNANDEZ DE
MAUSION.- Conforme Plano de Mensura de Posesión para Usucapión confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Luis Raúl Gasset, Mat.
Prof. 1297/1, visado y aprobado por la Dirección de Catastro de la Provincia con fecha 28 de Marzo de 2007 en Expte. 0033-020643/06 el inmueble objeto de usucapión se describe de la siguiente forma: Inmueble ubicado en el lugar denominado El Espinillo, Pedanía Esquina, Departamento Río Primero, de esta Provincia de Córdoba, designado como Lote 162-1263 y que según Estudio de Títulos mide y linda: al Nor-

Este puntos A-B mide 591,05 metros, lindando camino público de por medio con Parcela 01621461 de Ruben Peschuta y parcela 0162-1462
de Rubén Peschuta. Al Este puntos B-C mide 949,28metros, lindando con camino público de por medio con Parcela 0162-1763 de Ruben Peschuta, al Sud puntos C-D mide 370.58
metros lindando con camino público de por medio, con parcela 0162-0862 de la Sucesión de Fernández de Mausion; y al Oeste una linea quebrada de tres tramos: el primero puntos D-E
mide 498.92 metros; el segundo puntos E-F mide 183.78 metros; y el tercero linea F-A mide 539.90
metros lindando en estos últimos tres tramos con Rosario Ludueña -Parcela 162-1262 hoy Rubén Peschuta; con una superficie total de CUARENTA Y SEIS HECTÁREAS OCHO MIL
CIENTO DOS METROS CUADRADOS 46Has 8102m2. El inmueble descripto es parte de una mayor superficie anotada en el Registro General de la Provincia al Dominio Nro. 17, Folio Nro.
15, Tomo Nro. 1, Año 1908 a nombre de Rosario Ludueña. En la Dirección General de Rentas el inmueble se encuentra empadronado bajo el número de Cuenta: 25090123351/5 a nombre de Rosario Ludueña.N 29929 s/c.RÍO CUARTO - La Jueza en lo Civil y Comercial de Quinta Nominación de esta ciudad, en los autos caratulados: Passarini, Leonardo César - Usucapión, tramitados por ante la Secretaría del autorizante, dictó la siguiente resolución:
Sentencia N 85. Río Cuarto, 10 de agosto de 2010. Y Vistos Y Considerando Resuelvo:
I Hacer lugar a la demanda y en consecuencia declarar adquirido el dominio por usucapión de los derechos y acciones posesorios en relación al inmueble que describe como campo ubicado en el lugar denominado Las Cortaderas, aproximadamente 15 km. al sur oeste de la localidad de Achiras, Pedanía Achiras, Departamento Río Cuarto de esta Provincia de Córdoba, el cual tiene una forma de polígono irregular, que según el plano de mensura confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Eduardo R. Roldán, está encerrado dentro de las siguientes medidas: desde el punto A al punto B, 20,46 mts. en sentido norte a Sureste; desde el punto B al punto C, 3.407,89 mts.
en sentido Norte a Sur; desde el punto C al punto D, 1.507,10 mts. en sentido este a oeste;
desde el punto D al punto E, 681,23 mts. en sentido Norte a Sur; desde el punto E al punto F, 255,51 mts. en sentido este a oeste; desde el punto F al punto G, 412,07 mts. en sentido este a oeste noroeste; del punto G al punto H, 886,07
mts. en sentido este a oeste noroeste; del punto H al punto I, 53,61 mts. en sentido este a oeste;
del punto I al punto J, 206,18 mts. en sentido Sur a Nor-oeste; del punto J al punto K, 4.018,84
mts. en sentido sur a norte; del punto K al punto A, cerrando la figura, 3038,47 mts. en sentido oeste a este. Lo que hace una superficie total de un mil ciento setenta y cinco hectáreas con dos mil doscientos noventa y seis metros cuadrados. Este campo es parte de una fracción de mayor superficie que tiene un total de cuatro mil cuatrocientas hectáreas. Teniendo la fracción menor, o sea la de mil ciento sesenta y cinco hectáreas, dos mil doscientos noventa y seis metros cuadrados, los siguientes linderos:
hacia el norte, camino público por medio, en el extremo oeste con campo de Francisco Quiroga, y al centro y extremo este con campos de Graciela Quiroga de Eppens y Osvaldo Cesar Quiroga. Hacia el este, camino vecinal por medio, en el extremo norte con campo de Emilio García y en el extremo sur con campo, de Norberto Santos, Agustín Antonio, Néstor Alonso y Miguel Angel Mentucci. Y hacia el sur y oeste,
3 con resto del campo de cuatro mil cuatrocientas hectáreas del que es parte lo aquí descripto; el cual en su totalidad se encuentra inscripto a nombre de El Pericón SA, Harold Bridger, Juana Austin, Ethel Austin y Bridger, David Austin y Bridger, Derek Austin y Bridger, Adian Austin y Bridger y Robino Bridger. Estando ese campo poseído con exclusividad por distintas personas, de tal modo que la fracción que linda al sur de lo aquí descripto, en su extremo este, es posesión de Juana Bridger; mientras que en su extremo oeste es posesión de Geoffrey y Arold Bridger. El campo hacia el oeste en su extremo sur es poseído también Geoffrey y Arold Bridger, mientras que en su extremo norte es poseído por Octavio Jorba, todo conforme plano de mensura confeccionado por el Ingeniero Eduardo Roldán, Mat. N 1003/1 visado por la Dirección General de Catastro Provincial con fecha 2/8/1999, expediente N 003328301/99, y que forma parte de una mayor superficie y se registra empadronado ante la DRG de la provincia con el N de cuenta 240101056784.
II Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL y diario local, atento lo prescripto por el art. 790 del C. de P.C. III
Oportunamente inscríbase la presente en los organismos pertinentes. IV Costas a cargo de los accionantes. V Diferir la regulación de honorarios para cuando exista base regulatoria.
Art. 140 bis del C. de P.C.. Protocolícese, hágase saber y dése copia. Rita V. Fraire de Barbero. Río Cuarto, 27 de septiembre de 2010.
10 días - 29259 - s/c.VILLA DOLORES - En los autos caratulados:
Urani, Liliana y otro - Usucapión, que se tramitan por ante el Juzgado Civil, Comercial y Conc. de Primera Instancia y Primera Nominación de la ciudad de Villa Dolores, Secretaría N dos, a cargo de la autorizante se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia Número: ciento cuarenta y siete. Villa Dolores, seis de octubre de 2010. Y Vistos Y
Considerando Resuelvo: a Admitir la demanda de que se trata y en consecuencia, declarar que los Sres. Liliana Urani, argentina, L.C. N 5.752.283, nacida el 21/10/47, divorciada, de profesión abogada, CUIL 27-05752283-1, y Juan Francisco Agero, argentino, DNI N
11.199.683, CUIL 20-11199683-1, soltero, de profesión jornalero, ambos con domicilio en camino Barranca de Los Loros, Las Caleras, Villa de las Rosas, Departamento San Javier, Provincia de Córdoba, son titulares del derecho real de condominio, obtenido por prescripción adquisitiva veinteñal, en partes iguales 50%
para cada uno, sobre un inmueble ubicado en el lugar denominado Las Caleras, Villa de Las Rosas, Pedanía Rosas, Departamento San Javier, Provincia de Córdoba, con todo lo edificado, clavado, plantado y adherido al suelo que contiene, designado como Lote N 2510984, Hoja N 251, Pedanía 02, Dpto. 29, Parcela N 0984, y que se describe de la siguiente forma:
a partir del punto 1 y ángulo de 183 18 11" y rumbo O-E con respecto al lado 1-14, se mide el lado 1-2 de 7,41 mts.; desde el punto 2 y ángulo de 195 48 49" y rumbo O-E con respecto al lado 1-2 se mide el lado 2-3 de 132,54 mts.;
desde el punto 3 y ángulo de 276 19 21" y rumbo N-S con respecto al lado 2-3, se mide el lado 3-4 de 328,22 mts., desde el punto 4 y ángulo de 50 45 58" y rumbo SO-NE con respecto al lado 3-4 se mide el lado 4-5 de 85,08
mts.; desde el punto 5 y ángulo de 198 26 44"
y rumbo O-E con respecto lado 4-5, de mide el lado 5-6 de 37,74 mts. desde el punto 6 y ángulo de 101 17 59" y rumbo S-N con respecto al lado 5-6, se mide el lado 6-7 de 133,30 mts.;
desde el punto 7 y ángulo de 261 09 24" con

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/02/2011 - 2º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CountryArgentina

Date07/02/2011

Page count8

Edition count3645

First edition01/02/2006

Last issue11/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Febrero 2011>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728