Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/05/2010 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

Córdoba, 14 de Mayo de 2010
Adrián Hanne, D.N.I. N 22.574.338, con domicilio real en calle Avda. Pablo Richeri N
3576, Barrio Jardín Espinosa, de la ciudad de Córdoba, ha solicitado su inscripción en el Registro Público de Comercio en la matrícula de Martillero y Corredor Público. Adriana Teresa Lagorio de García Secretaria Letrada.
3 días 10641 18/5/2010 - $ 40.-

CONCURSOS Y
QUIEBRAS
SAN FRANCISCO. Por disposición de la Sra.
Juez de 1 Inst. 3 Nom. en lo Civil y Comercial de la Quinta Circunscripción Judicial, Secretaría N 6 a cargo de la Dra. María Graciela Bussano de Ravera, sito en calle Dante Agodino 52 de la ciudad de San Francisco en los autos caratulados "Martínez Teresa Margarita - Concurso Preventivo Hoy Quiebra Expte. N 40, de fecha 3/5/2000 se ha dictado la siguiente resolución: Auto Número: Ciento Treinta y Cuatro. San Francisco, veintitrés de abril de dos mil diez. Y Vistos: Y Considerando:
Resuelvo: 1 Ordenar la conclusión definitiva del presente procedimiento falencial art. 231
in fine de la ley 24522 de la fallida Teresa Margarita Martínez, DNI 5.433.094, debiendo cesar todos los efectos de la quiebra incluyendo las inhibiciones inscriptas al folio personal N 65087 del 30/10/2001, según constancias de fs. 169. 2 Ordenar la publicación de edictos por un día en el BOLETIN
OFICIAL. 3 Líbrense todos los oficios correspondientes a los organismos pertinentes para que tomen razón de la presente resolución. Protocolícese, hágase saber y dése copia. Fdo. Dra. Analía G. de Imahorn, Juez.
Síndico: Sergio Oscar Rizzo, contador.
Domicilio: Avellaneda 408, San Francisco Cba..
San Francisco, 5 de mayo de 2010. María G.
Bussano de Ravera, secretaria.
5 días - 10431 - 20/5/2010 - $ 140
En los autos caratulados: "Crear Construcciones Eléctricas S.R.L. - Pequeño Concurso Preventivo - Hoy Quiebra Indirecta"
Expte. N 1594139/36 que se tramitan por ante el Juzgado de 1 Inst. y 13 Nom. Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba Concursos y Sociedades N 1 por Sentencia N 179
de fecha 6/5/2010. Se resuelve: I Declarar la quiebra indirecta de la sociedad "Crear Construcciones Eléctricas S.R.L." inscripta en el Registro Público de Comercio bajo la Matrícula N 9260-B del 15/12/2006 y con domicilio en la jurisdicción de Córdoba y sede social en calle República del Líbano N 1155 de B General Bustos y procesal en calle Chacabuco N 187, 3 Piso, Of. "A" ambos de la ciudad de Córdoba, en los términos de los arts. 77 inc. 1, 88 y cc.
de la LCQ. II Disponer que la sindicatura continuará siendo ejercida por el Cr. Juan Miguel Layús, Mat. Prof. N 10-2154-7, con domicilio a los efectos procesales en calle Arturo M. Bas N 373, PB, Of. "9" de esta ciudad de Córdoba, de acuerdo a lo prescripto por el art. 253 inc.
7 en su primera parte de la L.C.Q. IX Prohibir a la fallida hacer pagos de cualquier naturaleza, haciéndose saber a los terceros que los perciban que los mismos serán ineficaces de pleno derecho. X Intimar a la deudora y a los terceros que posean bienes de la misma para que, en el término de veinticuatro horas 24
hs. los entreguen al síndico. XIV Establecer que los acreedores por causa o título posterior a la presentación en concurso preventivo y anterior a este resolutorio, materialicen su verificación de crédito por vía incidental art.
280 L.C.Q. en los términos del art. 202 de la L.C.Q. por no ser el presente uno de los
BOLETÍN OFICIAL
supuestos previstos por el art. 88, último párrafo del cuerpo legal citado. XV Fijar como fecha para que el síndico presente informe general actualizado art. 39 L.C.Q., el día cuatro de junio de dos mil diez 4/6/10, debiendo el funcionario proceder a recalcular los créditos que hubieran obtenido verificación en el concurso preventivo, a los fines de dar cumplimiento a lo estatuido por el art. 202, in fine, de la L.C.Q Fdo. Calos Tale, Juez. Of. 7
de mayo del año 2010. Rezzónico, Prosec..
5 días - 10685 - 20/5/2010 - $ 210
Juzg. 1 Inst. y 33 Nom. en lo C. y C. Conc.
y Soc. N 6. Se hace saber a los interesados que en los autos "De Cecco, Leonardo Fabián - Quiebra propia simple" Expte. 1856647/36
ha aceptado el cargo de Síndico la Cra. Beatriz Rita Gringruz, Domicilio: 25 de Mayo N 1079, Piso 5 "B" de esta ciudad de Córdoba. Of. 6/5/
10. S. de Pérez Moreno, Prosec..
5 días - 10686 - 20/5/2010 - $ 70
En autos: "Roffes, Juan Carlos - Quiebra Propia Simple Ex N 1873237/36" tramitados por ante este Juzg. de 1 Inst. y 13 Nom. C. y C. Conc. y Soc. N 1 por Sent. N 186 7/5/
10, se resolvió declarar la quiebra de Juan Carlos Roffes, con domicilio en calle Agustín Ravello 1155, B General Mosconi de esta ciudad, en los términos de los arts. 288 y 289
de la L.C.Q. Prohibir al fallido hacer pagos de cualquier naturaleza, haciéndose saber a los terceros que los perciban que los mismos serán ineficaces de pleno derecho. Intimar al deudor y a los terceros que posean bienes del mismo para que, en el término de 24 hs. los entreguen al síndico. Fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación y títulos pertinentes ante el Síndico: 3/8/2010.
Informe Individual: 17/9/2010. Resolución del art. 36 L.C.Q. 19/10/2010. Informe General: 17/
11/2010. Fdo. Dr. Carlos Tale, Juez. Oficina, 10/5/2010. Baeza, Prosec..
5 días - 10687 - 20/5/2010 - $ 91

CANCELACIONES DE
DOCUMENTOS
RIO TERCERO. El Juzgado de 1 Inst. y 1
Nom. Civil, Comercial, Conciliación y Familia de Río Tercero, a cargo del Dr. Gustavo A.
Massano en autos caratulados "Ramseyer Cristian Iván - Cancelación Judicial de Documento Extraviado" ha dictado la siguiente resolución: Auto Interlocutorio N Cuarenta y Tres 43 Río Tercero, 12 de marzo de 2010. Y
Vistos: Y Considerando: Resuelvo: I
Ordenar la cancelación judicial del certificado a plazo fijo nominativo transferible N
30808000010004265 extraviado y notificar la presente resolución a la instancia bancaria, Banco Macro Sucursal Río Tercero, autorizando el pago del certificado al Sr. Ramseyer Cristian Iván, DNI N 27.510.522, una vez transcurridos sesenta días contados desde la fecha de la última publicación de edictos, siempre que en el intervalo no se produjera oposición. II
Publíquense los edictos durante quince días en el BOLETIN OFICIAL. III Protocolícese, hágase saber y dése copia. Fdo. Gustavo Massano, Juez. Oficina, 20 de abril de 2010.
15 días - 8797 - 7/6/2010 - $ 105
CRUZ DEL EJE El Señor Juez Dr. Fernando Aguado del Juzg. Civ., Com., Conc. y Flia. de Cruz del Eje, Secretaría Dr. Esteban Angulo, en los autos caratulados Heredia Vilma Elena y Otro s/ Cancelación de Plazo Fijo Exp. H N
01 inc. 04/03/2010, ha dictado la siguiente resolución: Auto N 156, Cruz del Eje, 26/4/

2010. Y Vistos. Y Considerando. Resuelvo: I
Hacer lugar a lo solicitado y, en consecuencia, ordenar la cancelación judicial del certificado a plazo fijo nominativo transferible N 1241216
de pesos diez mil $ 10.000 a nombre de la Sra. Heredia Vilma Elena D.N.I. N 25.953.893
y el Sr. Heredia Isolino DNI. N 6.692.384 emitido por el Banco de la Provincia de Córdoba Sucursal Cruz del Eje con fecha 12/11/2009 y con vencimiento 14/12/2009. II Autorizar el pago del mismo a los Sres. Heredia Vilma Elena DNI. N 25.953.893 y Heredia Isolino DNI N
6.692.384 una vez transcurridos sesenta 60
días desde la fecha de la última publicación del presente resolutorio, en caso de que en dicho intervalo no se produjera oposición. III Publicar edictos en el BOLETIN OFICIAL, por el término de quince días debiendo transcribirse en los mismos la parte resolutiva del presente decisorio. IV Regular los honorarios del Dr.
Siuffe Andrés en la suma de pesos un mil trescientos noventa y dos $ 1392 con más la suma de pesos doscientos nueve $ 209, correspondientes Art. 104 inc. 5 de la Ley 9459. Protocolícese, hágase saber y dése copia. Fdo.. Dr. Fernando Aguado Juez.
15 días 10622 7 /6/2010 - $ 68.-

PRESUNCIONES DE
FALLECIMIENTO
El Sr. Juez de 1 Inst. y 27 Nom. en lo Civil y Comercial en los autos: "Bertero, Renato José Santos - Ausencia con Presunción de Fallecimiento" Expte. N 1.043.858/36 ha dictado la siguiente resolución: Auto Interlocutorio N Treinta y Uno. Córdoba, nueve de febrero de dos mil diez. Y Vistos: Y
Considerando: Resuelvo: Hacer lugar a la demandada y en su consecuencia, declarar la ausencia con presunción de fallecimiento del señor Renato José Santos Bertero, presuntamente fallecido el día dieciséis de marzo de mil novecientos sesenta y seis. Regular los Honorarios Profesionales de los Dres.
Graciela Elizabeth Cazzani y Plácido Antonio Doffi, en conjunto y proporción de ley, en la suma de pesos Un Mil doscientos Cuarenta y Dos $ 1.242 Protocolícese, hágase saber y dése copia. Fdo. Dr. José Luis Sagués, Juez.
Trombetta de Games, Sec..
6 días - 8871 - 14/5/2010 - $ 44

NOTIFICACIONES
Por disposición del Señor Administrador Provincial de Impuestos de la Provincia de Santa Fe se NOTIFICA al contribuyente UK.COM S.A., C.U.I.T. Nro. 30-70775846-1, Cuenta Nro. 904237808-1 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, con domicilio fiscal en Obispo Trejo 419 de la ciudad de Córdoba C.P. 5000, domicilio comercial Julio A. Roca 34 - Local 2 Villa Allende C.P. 5105, ambos de la Provincia de Córdoba, domicilio legal Leandro N. Alem 530 - Piso 6to. Ciudad Autónoma de Buenos Aires C.P. 1001, y/o HACHMANN, ADOLFO
GUSTAVO, L.E.Nº 4.954.435, EN SU
CARÁCTER DE Presidente del Directorio, con domicilio particular en calle Charcas 2539 Piso 7mo. Dpto. 26 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires C.P. 1425, por EDICTO en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe t.o.
1997 y sus modificatorias, la Resolución Nro.
38-3/2010 de la Administración Regional Santa Fe, dictada en autos caratulados: "Expediente Nro. 13301-0195148-6, - UK COM S.A. s/
inspección - Cargo S2 - 2008 - 00080 - T9 -

3
5000 - 039" "SANTA FE, 25 de Enero de 2010.VISTO: CONSIDERANDO RESUELVE: Artículo 1ro.: Determinar reajustes impositivos al contribuyente UK.COM S.A. y/o HACHMANN, ADOLFO GUSTAVO, en su carácter de Presidente del Directorio, por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Cuenta N 904-237808-1, por los anticipos: Enero a Diciembre de 2005;
Enero a Agosto y Diciembre de 2006; Enero a Agosto y Diciembre de 2007; Enero a Junio de 2008; e intereses or pago fuera de término de los períodos Enero a Diciembre de 2004;
Setiembre, Octubre y Noviembre de 2006;
Setiembre, Octubre y Noviembre de 2007, cuyo monto de Impuesto más la aplicación de Intereses y Multas, asciende a la suma de $
82.435,18 Pesos ochenta y dos mil cuatrocientos treinta y cinco con 18/100
discriminados en: Impuestos $ 35.280,40 Pesos treinta y cinco mil doscientos ochenta con 40/100, Intereses $24.219,15 Pesos veinticuatro mil doscientos diecinueve con 15/
100 y Multa $ 22.935,63 Pesos veintidós mil novecientos treinta y cinco con 63/100, de acuerdo a las liquidaciones que se adjuntan a la presente Resolución. Artículo 2do.: Requerir a UK.COM S.A. y/o HACHMANN, ADOLFO
GUSTAVO, en su carácter de Presidente del Directorio, dentro del plazo de 15 quince días establecidos por el Art. 54 del Código Fiscal vigente el ingreso de la suma de $ 82.435,18
Pesos ochenta y dos mil cuatrocientos treinta y cinco con 18/100 conforme lo detallado en el artículo anterior sin perjuicio de la actualización correspondiente por la falta de pago en término. Artículo 3ro.: Se le comunica además que, en caso de allanarse a la pretensión fiscal e ingresar las diferencias de impuesto, aporte e intereses respectivos dentro del plazo mencionado en el artículo segundo, se considerará que existe una simple omisión que implica una culpa leve del infractor, en los términos del artículo 48 del Código Fiscal vigente t.o. 1997, por lo que el monto de las multas detalladas en el art. 1, se reducirá a dos tercios 2/3, de acuerdo a lo prescripto en el art. 1 de la Resolución General N 03/
2008, modificatoria de la Resolución General N 04/1998 emanada de esta Administración Provincial. Se aclara además, que el art. 1 in fine de la mencionada Resolución General N
03/2008 establece que a los fines de la procedencia de la reducción de la multa, se considerará que la deuda se halla regularizada cuando se ingrese al contado el monto total reclamado, incluyendo la multa reducida, o se adhiera al plan de facilidades de pago, instaurado a través de la Resolución General N 06/2008 de esta Administración Provincial.
Artículo 4to.: Se le hace saber que conforme lo dispuesto en la Ley 12.071, le asiste el derecho de interponer formal recurso de reconsideración en los términos del Artículo 63
del Código Fiscal vigente, todo dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación de la presente. Artículo 5to.: De acuerdo a las facultades conferidas por el Art.
23 inc. 5to. del mencionado texto legal, se intima para que en el plazo de 15 Quince días de efectuado el ingreso, para cancelar la deuda fiscal exigida en el artículo segundo, exhiba o remita las constancias respetivas a la Subdirección de Planificación, Selección y Control de Fiscalización Externa, sita en Cortada Falucho 2431 -1 Piso - C.P. 3000 - SANTA FE, bajo apercibimiento de confeccionarse sin más trámite, el Título Ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y costas judiciales que se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/05/2010 - 2º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CountryArgentina

Date14/05/2010

Page count14

Edition count3659

First edition01/02/2006

Last issue31/07/2024

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