Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/05/2008 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

BOLETÍN OFICIAL

Córdoba, 28 de Mayo de 2008
Provincia de Córdoba, dictó con fecha 14 de marzo de 2008, la Sentencia Número Seis en contra de David Alberto Daniel Vilchez; cuya parte resolutiva dice textualmente: "El Tribunal Resolvió: I Declarar que David Alberto Daniel Vilchez es autor responsable del delito de Homicidio simple, que en los términos de los arts. 45 y 79 del C.P. le atribuyó la acusación fiscal, e imponerle la pena de Nueve Años de prisión accesorias de ley y costas arts. 12, 19, 29 inc. 3º del C.P., 412, 550 y 551 del C.P.P..- II Protocolícese - Fdo. Dra. Silvia S. de Camandone - Vocal de Cámara -; ante mi:
Dr. Roberto Jue - Secretario - Asimismo se hace saber que practicado el correspondiente cómputo de ley al interno David Alberto Daniel Vilchez, el mismo cumple íntegramente la condena impuesta el día Veinticinco de Agosto del Año Dos Mil Dieciséis.- Villa María, 06 de Mayo de 2008.3 días - 11700 - 30/5/2008 - s/c.VILLA MARIA - Se hace saber a Ud. que en los autos caratulados: "Urquiza Diego Guillermo p.s.a. de Robo calificado por uso de arma de fuego y Privación ilegítima de la libertad"; Expte.
letra "U"/Nº 01/04-09-2007 que se tramitan por ante este Tribunal, Secretaría Nº 1 - Sala Tres - a cargo del Dr. Roberto Jué-; a fin de que se sirva disponer lo necesario para la publicación en dicho BOLETÍN OFICIAL de la Inhabilitación Absoluta art. 12 del C.P. corr. art. 509 del C.P.P.
de Diego Guillermo Urquiza argentino, sin sobrenombre, con instrucción con primaria incompleta, soltero, vendedor ambulante de ropa, nacido en la ciudad de Río Cuarto, provincia de Córdoba, el 07-03-1975, titular del D.N.I. Nº 24.352.537, hijo de Juan Carlos Urquiza f y de Mary Socorro Castro, domiciliado en calle Charcas Nº 2.665 de esta ciudad; y la resolución recaída en autos: Que mediante Sentencia Nº Dos de fecha 22/02/
2008, Diego Guillermo Urquiza fue declarado coautor responsable de los delitos de Robo calificado y Privación ilegítima de la libertad y autor responsable de los delitos de Encubrimiento y tenencia ilegal de arma de fuego, todo en concurso real, en los términos de los arts. 45, 166 inc. 2º, último párrafo, 142
inc. 1º, 277 inc.- 1, ap.c., 189 bis, inc. 2º, primer párrafo y 55 del C.P. y, que se le impuso la pena de Tres Años y Diez Meses de prisión efectiva, accesorias de ley y las costas del proceso, con declaración de reincidencia arts.
12, 19, 29 inc. 3º y 50 del C.P.; 412, 550 y 551
del C. de P. Penal.- Que conforme las constancias obrantes en autos, el imputado Urquiza Diego Guillermo fue detenido con motivo de los hechos por los que fue condenado el día 11/04/2007, no recuperando su libertad a la fecha, por lo que practicado el cómputo correspondiente, el interno cumple íntegramente la condena el Once de Febrero de Dos Mil Once.3 días - 11699 - 30/5/2008 - s/c.VILLA MARIA - Se hace saber a Ud. que en los autos caratulados: "Roda Luis Ángel p.s.a.
de Abuso sexual calificado reiterado y abuso sexual con acceso carnal calificado" Expte.
letra "R"/Nº 17/30-12-2003 que se tramitan por ante este Tribunal - Sala III -, Secretaría Nº 2 a cargo de la Dra. Gabriela Sanz, se remite a usted el presente a fin de que se sirva disponer lo necesario para la publicación en dicho BOLETÍN OFICIAL de la Inhabilitación Absoluta art. 12 del C.P. corr. art. 509 del C.P.P. de: Luis Ángel Roda sin sobrenombre, ni apodo, argentino, nacido en Barrancas, Pcia. de Santa Fe el 11-10-1946, casado, con instrucción, titular del D.N.I. Nº 08.500.862, hijo de Jesús f y
de María Margarita Moreno f, domiciliado en Aconcagua Nº 196, Dpto. 196 del barrio los Olmos de esta ciudad.- Este Tribunal mediante:
"Sentencia Nº 23 de fecha 24/06/2005, el Tribunal Resolvió: I Declarar que Luis Ángel Roda es autor responsable del delito de Abuso sexual calificado en los términos del art. 119 párrafo 1º, 3º y 4º incs. "b" y "f" del C. Penal e imponerle para su tratamiento penitenciario la pena de ocho años de prisión efectiva, accesorias legales y las costas del proceso arts. 12, 19, 29
inc. 3º del C. Penal, 412, 550 y 551 del C.Penal.II - Protocolícese -" Fdo. Dr. René Gandarillas - Presidente de Cámara -, ante mí: Dra. Gabriela Sanz - Secretaria.- Le comunico asimismo, que conforme las constancias obrantes en autos, el imputado Luis Ángel Roda fue detenido con motivo de los hechos por los que fue condenado, el día 16/09/2003, no recuperando la libertad a la fecha, por lo que practicado el correspondiente cómputo de correspondiente, el interno cumple íntegramente la condena el 16/09/2011.3 días - 11698 - 30/5/2008 - s/c.LABOULAYE - El Sr. juez de 1º Instancia Única Nominación Civil, Comercial, Conciliación y Familia, de Laboulaye, Secretaría a cargo del Dr. Alejandro Daniel Reyes, en autos caratulados: "Fisco de la Provincia c/ Soc. Com.
Miguel y Cía. - Ejecutivo", Expte. Letra "F" Nº 879/04.- Se ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia Número: Sesenta y Nueve:
Laboulaye, 12 de Febrero de 2008. Y Vistos: Y
Considerando: Resuelvo: 1.- Mandar llevar adelante la ejecución iniciada por el Fisco de la Provincia de Córdoba en contra de Soc. Com.
S. Miguel y Cía., hasta el completo pago del capital reclamado de Pesos Trescientos Treinta y Tres Con 70/100, con, más los recargos e intereses conforme el Código Tributario Provincial. 2.- Costas a la parte demandada a cuyo fin se regulan los honorarios de la Dra. María Fernanda Pasino en la suma de Pesos Doscientos, con más la suma de Pesos Ciento Cincuenta art. 99 inc. 5 Ley 8226.
Protocolícese, hágase saber y dése copia.Fdo. Dr. Pablo A. Cabral Juez. Dr. Alejandro Daniel Reyes, Secretario.3 días - 11704 - 30/5/2008 - $ 46.-

REBELDÍAS
SAN FRANCISCO - El Juzgado de Primera Instancia y Primera Nominación en lo Civil y Comercial de la Justicia Ordinaria de la ciudad de San Francisco, Provincia de Córdoba, Republica Argentina, en autos caratulados "Municipalidad de Colonia Prosperidad c/ Renato José Buffa - Ejecutivo". Resuelvo: Declarar rebelde al demandado en autos Sr. Renato José Buffa, ordenando en consecuencia mandar llevar adelante la ejecución en su contra hasta el completo pago al actor de la suma de Pesos Quince Mil Ochocientos veintitrés con setenta y cinco centavos $15.823,75 con costas e intereses calculados a la Tasa Promedio Pasiva publicada en el Banco Central de la Republica Argentina, con más el 2 % hasta su efectivo pago, todo ello de conformidad al criterio adoptado sobre el particular por el Tribunal Superior de Justicia de nuestra provincia. San Francisco, Provincia de Córdoba, República Argentina.
3 días - 11720 - 30/5/2008 - $ 46.
SAN FRANCISCO - El Juzgado de Primera Instancia y Primera Nominación en lo Civil y Comercial de la Justicia Ordinaria de la ciudad de San Francisco, Provincia de Córdoba, Republica Argentina, en autos caratulados
"Municipalidad de Colonia Prosperidad c/ Antonio Gilli. Ejecutivo". Resuelvo: Declarara rebelde al demandado en autos Sr. Antonio Gilli, ordenando en consecuencia mandar llevar adelante la ejecución en su contra hasta el completo pago al actor de la suma de Pesos Novecientos cuarenta y dos $942,00 con costas e intereses calculados a la Tasa Promedio Pasiva publicada en el Banco Central de la Republica Argentina, con mas el 2 %
hasta su efectivo pago, todo ello de conformidad al criterio del adoptado sobre el particular por el Tribunal Superior de Justicia de nuestra provincia. San Francisco, Provincia de Córdoba, Republica Argentina.
3 días - 11723 - 30/5/2008 - $ 42.
SAN FRANCISCO - El Juzgado de Primera Instancia y Primera Nominación en lo Civil y Comercial de la Justicia Ordinaria de la ciudad de San Francisco, Provincia de Córdoba, Republica Argentina, en autos caratulados "Municipalidad de Colonia Prosperidad c/ Juan Gribaudo - Ejecutivo". Resuelvo: Declarara rebelde al demandado en autos Sr. Juan Gribaudo, ordenando en consecuencia mandar llevar adelante la ejecución en su contra hasta el completo pago al actor de la suma de Pesos Quinientos cuarenta y uno con cincuenta centavos $541,50 con costas e intereses calculados a la Tasa Promedio Pasiva publicada en el Banco Central de la Republica Argentina, con mas el 2 % hasta su efectivo pago, todo ello de conformidad al criterio del adoptado sobre el particular por el Tribunal Superior de Justicia de nuestra provincia. San Francisco, Provincia de Córdoba, Republica Argentina.
3 días - 11722 - 30/5/2008 - $ 42.
SAN FRANCISCO - El Juzgado de Primera Instancia y Primera Nominación en lo Civil y Comercial de la Justicia Ordinaria de la ciudad de San Francisco, Provincia de Córdoba, Republica Argentina, en autos caratulados "Municipalidad de Colonia Prosperidad c/ Antonio Zuchetti - Ejecutivo". Resuelvo: Declarara rebelde al demandado en autos Sr. Antonio Zuchetti, ordenando en consecuencia mandar llevar adelante la ejecución en su contra hasta el completo pago al actor de la suma de Pesos Dos mil ciento ochenta y cinco con sesenta y seis centavos $2.185,66 con costas e intereses calculados a la Tasa Promedio Pasiva publicada en el Banco Central de la Republica Argentina, con mas el 2 % hasta su efectivo pago, todo ello de conformidad al criterio del adoptado sobre el particular por el Tribunal Superior de Justicia de nuestra provincia. San Francisco, Provincia de Córdoba, República Argentina.
3 días - 11724 - 30/5/2008 - $ 42.
RIO CUARTO - El Sr. Juez de 1º Instancia y 1
Nominación, en lo Civil y Comercial de esta ciudad de Río Cuarto, Secretaría a cargo de la Dra. María Laura Luque Videla, en estos autos caratulados: "Bazar Avenida S.A. c/ Asencio Roldan S/ Ejecutivo" hace saber la siguiente sentencia definitiva Nº 138: "Río Cuarto, 3 de marzo de 2008. Y Vistos Y Considerando
Resuelvo: I Declarar rebelde al demandado Sr.
Asencio Roldan 16389501. IIMandar llevar adelante la ejecución en su contra hasta el completo pago de la suma de pesos setecientos setenta y uno con setenta y dos centavos $771,72, con mas el interese establecido en el punto III del considerando. III Costas a cargo del accionado. IV Regular los honorarios profesionales del Dr. Silvio Héctor Fontanini, en la suma de pesos Quinientos $500,00, con mas la suma de pesos Ciento cinco $105,00,
5 correspondientes al veintiuno por ciento en concepto de Impuesto al Valor Agregado y en la suma de pesos Ciento conforme al 99 inc.5
de la ley 8226, con mas la suma de pesos Treinta y uno con cincuenta centavos $31,50
en concepto de Impuesto al Valor Agregado.
José Antonio Peralta: Juez. Oficina, 22 de Abril de 2008.
3 días - 11260 - 30/5/2008 - $ 45.
RIO CUARTO - El Sr. Juez de 1º Instancia y 40
Nominación, en lo Civil y Comercial de esta ciudad de Río Cuarto, Secretaría a cargo del Dr. Alberto Julio Mayda, en estos autos caratulados: "Bazar Avenida S.A. c/ Gómez Ivana Patricia del Valle S/ Ejecutivo" hace saber la siguiente Resolución: Sentencia Nº Ciento Treinta y Ocho. Córdoba, 29 de Abril de 2008. Y Vistos Y Considerando Resuelvo:
I Declarar rebelde al demandado Gómez Ivana Patricia del Valle DNI 21.398.405. IIMandar llevar adelante la ejecución promovida por Bazar Avenida S.A. en contra de Gómez Ivana Patricia del Valle hasta el completo pago de la suma de pesos novecientos once con setenta y ocho centavos $ 911,68, con mas el intereses conforme al considerando pertinente. III Costas a cargo de la demandada, a cuyo fin regulo los honorarios del Dr. Juan Carlos Gabiani en la suma de pesos Quinientos Treinta y Cuatro con Diez Centavos $534,10 con más la suma de pesos Ciento Doce con dieciséis centavos $112,16 correspondientes al veintiuno por ciento en concepto de Impuesto al Valor Agregado, y en la suma de Pesos Ciento Sesenta con veintitrés centavos $160,23
correspondientes a art. 99 inc. 5 ley 8226. con más la suma de pesos Treinta y Tres con sesenta y cuatro centavos $33,64 en concepto de Impuesto al Valor Agregado.
Protocolícese, hágase saber y dése copia.
Fdo.: Alberto Julio Mayda. Juez. Oficina, 19 de Mayo de 2008.
3 días - 11258 - 30/5/2008 - $ 70.
El Sr. Juez de 1º Inst. y 51º Nom. C. y C., en autos caratulados: "Banco de la Provincia de Córdoba c/ Mendoza Isidoro y Sanz EmiliaTítulos Ejecutivos - OtrosExpte. Nº 1048073/
36", se ha dictado la siguiente resolución:
"Sentencia Número: Noventa y Cuatro. Córdoba, 13 de Mayo de dos mil ocho. Y Vistos Y
Considerando Resuelvo: I Declarar rebelde a los demandados Señores: Mendoza Isidoro DNI 4.802.914 y Sanz Emilia, DNI 3.568.665. II
Hacer lugar demanda y, en consecuencia mandar a llevar adelante la ejecución en contra de los accionados: Mendoza Isidoro, y Sanz Emilia, hasta el completo pago de la suma de pesos nueve mil doscientos quince con 25/100
$ 9.215,25 con más sus intereses según el considerando II Impuesto al Valor Agregado I.V.A sobre los mismos y las costas del juicio.
III Regular los honorarios profesionales de la Dra. Alicia Beatriz Ferreyra Giampaoli en la suma de pesos ocho mil setecientos veintinueve, $
8.729,00 con más la suma de pesos ciento sesenta con veintitrés $ 160,23 en virtud de lo dispuesto en el art. 99 inc. 5 de la Ley 8226.
Protocolícese, hágase saber y dése copia.
Fdo.: Dra. Salazar Claudia Elizabeth Juez.
Queda Usted Debidamente Notificado.
3 días - 11179 - 30/5/2008 - $ 54.
El Juzgado de 1ra.Instancia y 45 Nominación, en lo Civil y Com., de la ciudad de Córdoba, Secretaría a cargo de la Dra. Nilda Estela Villagran, en autos caratulados "Banco Central de la Republica Argentina c/ Luna Nestor Hermes y Otro Ejecución Prendaría. Expediente Nro. 500407/36, ha dictado la siguiente

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/05/2008 - 2º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CountryArgentina

Date28/05/2008

Page count8

Edition count3646

First edition01/02/2006

Last issue12/07/2024

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