Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/02/2008 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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CITACIONES
El señor Juez de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial de Undécima Nominación de la ciudad de Córdoba, Dr. Eduardo Bruera, cita y emplaza a los Sres. Violeta Campos de Ludueña Luque, y/o sus sucesores, José Marcos Ludueña Campos y/o sus sucesores, y a la escribana Josefa Rodríguez Palacio de Iannaccone y/o sus sucesores, para que en el término de 20
días comparezcan a estar a derecho, lo contesten y ofrezcan las pruebas de que hayan de valerse en la forma y con los efectos previstos en el Art. 507 del citado cuerpo legal, a cuyo fin publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por ofrecida la prueba por parte de la incidentista la que se proveerá oportunamente. Autos:
Rostagno Cecilia Feliza c/ Hilda Graciela Cáceres - Ordinario - Reivindicación Expte. N 371119/36 Córdoba, 4 de Febrero de 2005. Fdo.: Dra. María E. Olariaga de Masuelli - Sec.
5 días - 652 - 15/2/2008 - $ 59.El señor Juez a cargo del Juzgado de 1ra.
Instancia en lo Civil y Comercial de 51
Nominación de Córdoba hace saber que en los autos caratulados "Godoy Gerardo R.
c/ Ruggieri Humberto y Otro - Ejecutivo", Expte. N 331072/36" ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, 14 de Diciembre de 2007. Atento la partida de defunción glosada a fs. 201, suspéndase el trámite de las presentes actuaciones.
Cítese y emplácese a los herederos de Jorge Humberto Ruggieri para que en el término de 20 días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía.
Fdo.: Rafael Aranda - Juez. Silvia Ferrero - Sec.
5 días - 674 - 15/2/2008 - $ 34,50
El Sr. Juez de 1ra. Instancia y 40 Nominación Civil y Comercial Dr. Alberto J. Mayda, en autos "Totalcred S.A. c/ González Rosa del Carmen Ejecutivo Expte. 179480/36", cita y emplaza a los herederos de la Sra. Rosa del Carmen González D.N.I. 4.120.253 a fin de que en el término de veinte días, desde la última publicación comparezcan a juicio y se defiendan en la forma que estimen corresponder, bajo apercibimiento de rebeldía Art. 152 y 165 del C.P.C. de C.. Fdo.: Alejandra Carroll de Monguillot - Sec.
5 días - 579 - 15/2/2008 - $ 34,50.El Sr. Presidente de la Sala Quinta de la Excma.
Cámara del Trabajo Secretaría N 10 emplaza a los sucesores del Causante Sr. Luis Enrique Cortez en autos caratulados "Ledesma Irma del Valle c/ Municipalidad de la ciudad de Córdoba y Otro - Ordinario - Accidente con fundamento en el derecho común Expte. N
26638/37", para que en el término de veinte días a partir de la última publicación comparezcan a juicio acreditando su calidad de tales y a constituir domicilio bajo apercibimiento de ley. Oficina, 17/10/2007.
Liliana Emilce Alem de Quiroga - Sec.
5 días - 589 - 15/2/2008 - s/c.RIO CUARTO - La Sra. Juez en lo Civil y Comercial de 1ra. Instancia y de 2da.
Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría a cargo de la Dra. Andrea P. Sola, en los autos caratulados "Giampieri de Richart María Luisa c/ Sucesores del Sr. Juan Carlos Di Cola - Demanda de Cumplimiento de Contrato", se procede a citar y emplazar a los
BOLETÍN OFICIAL
herederos del Sr. Juan Carlos Di Cola, L.E. Nro.
6.629.081, para que en el término de veinte días contados desde la última publicación de los presentes edictos, comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de ley. Oficina. Río Cuarto, 12 de Diciembre del dos mil siete. Fdo.:
Dra. Graciela del Carmen Filiberti - Juez. Dr.
Jorge D. Torres - Pro-Sec. Letrado.
5 días - 630 - 15/2/2008 - $ 34,50
RIO TERCERO - El Sr. Juez Vocal de la Cámara en lo Civ., y Com. del Trabajo y de Flia. de Río Tercero, Dr. J. C. Benedetti, Secret. Nro. 1, cita y emplaza a herederos, del demandado Sr.
Ernesto González para que en el término de cinco días comparezcan por sí o por otro a estar a derecho en los autos Castellari Andrea c/ Ernesto González y/o Templo del Jean Demanda Laboral bajo apercibimientos de rebeldía. 21 de Noviembre de 2007. M. Adriana Godoy de López - Sec.
5 días - 617 - 15/2/2008 - $ 34,50.SAN FRANCISCO - Juzg. 1ra. Inst. 1ra. Nom.
C. y C. por sec. 1 de San Fco. Autos:
"Municipalidad de Miramar c/ María Teresa Rodríguez de Gómez - Dda. Ej." San Fco., 14/
12/2007. Por presentado, por parte a mérito de poder acompañado, con el domicilio legal constituido. Admítase. Cítese y emplácese la demandada, para que en el término de 20 días comparezca a estar a derecho, publicándose edictos en el BOLETÍN OFICIAL, bajo apercibimiento de rebeldía. Cítesela de remate para que dentro del tres día siguientes al vencimiento de aquel término opongan excepciones legítimas, bajo apercibimientos de ley Art. 112 y 545 del C.P.C.. Dr. Víctor H.
Peiretti - Juez. San Fco., 18/12/2007.
5 días - 495 - 5/2/2008 - $ 34,50.SAN FRANCISCO - Juzg. 1ra. Inst. 1ra. Nom.
C. y C. por sec. 1 de San Fco. Autos:
"Municipalidad de Miramar c/ Cristóbal Pedro Palmero y Franquil Nuñez - Dda. Ej." San Fco., 12/12/2007. Por presentado, por parte a mérito de poder acompañado, con el domicilio legal constituido. Admítase. Cítese y emplácese los demandados, para que en el término de 20 días comparezca a estar a derecho, publicándose edictos en el BOLETÍN OFICIAL, bajo apercibimiento de rebeldía. Cíteselos de remate para que dentro del tres día siguientes al vencimiento de aquel término opongan excepciones legítimas, bajo apercibimientos de ley Art. 112 y 545 del C.P.C.. Dr. Víctor H.
Peiretti - Juez. San Fco., 18/12/2007.
5 días - 496 - 15/2/2008 - $ 34,50
SAN FRANCISCO - Juzg. 1ra. Inst. 1ra. Nom.
C. y C. por sec. 1 de San Fco. Autos:
"Municipalidad de Miramar c/ Juan Carlos Celso Gómez, Carmen del Luján Gómez de Hirsuta y Nydia del Carmen Gómez de Maieru - Dda. Ej."
San Fco., 14/12/2007. Por presentado, por parte a mérito de poder acompañado, con el domicilio legal constituido. Admítase. Cítese y emplácese a las demandadas Carmen del Luján Gómez de Irusta y Nydia del Carmen Gómez de Maieru, para que en el término de 20 días comparezca a estar a derecho, publicándose edictos en el BOLETÍN OFICIAL, bajo apercibimiento de rebeldía. Cítesela de remate para que dentro del tres día siguientes al vencimiento de aquel término opongan excepciones legítimas, bajo apercibimientos de ley Art. 112 y 545 del C.P.C.. Dr. Víctor H.
Peiretti - Juez. San Fco., 18/12/2007.
5 días - 497 - 15/2/2008 - $ 34,50.SAN FRANCISCO - Juzg. 1ra. Inst. 1ra. Nom.

C. y C. por Sec. 1, de San Fco. Autos:
"Municipalidad de Miramar c/ Esteban Lombardi - Ejecutivo", Sentencia N 911. San Fco., 21/
12/2007. Vistos: Considerando: Resuelvo:
1.- Declarar rebelde al demandado en estos autos, Sr. Esteban Lombardi. 2.- Hacer lugar a la demanda entablada, ordenando llevar adelante la ejecución hasta el completo pago de la suma reclamada de pesos seis mil ciento treinta y cinco $ 6.135 con más sus intereses desde la fecha de emisión de la cédula cobratoria 30/7/2007, según ordenanza vigente de la Municipalidad de Miramar hasta su efectivo pago. 3.- Costas a cargo del demandado a cuyo fin se regulan los honorarios profesionales del Dr. Juan José Lisdero, en la suma de pesos setecientos $
700. Dr. Víctor H. Peiretti - Juez. San Fco., 29/
11/07.
5 días - 498 - 15/2/2008 - $ 34.SAN FRANCISCO - Juzg. 1ra. Inst. 1ra. Nom.
C. y C. por Sec. 1, de San Fco., Autos:
"Municipalidad de Miramar c/ Fermín Antonio Casas - Ejecutivo", Sentencia N 914. San Fco., 26/12/2007. Vistos: Considerando:
Resuelvo: 1.- Declarar rebelde al demandado en estos autos, Sr. Fermín Antonio Casas. 2.Hacer lugar a la demanda entablada, ordenando llevar adelante la ejecución hasta el completo pago de la suma reclamada de pesos cuatro mil doscientos cuarenta y uno con 35/100 $
4.241,35 en concepto de tasas por Servicios a la propiedad y la suma de pesos un mil quinientos siete con 28/100 $ 1.507,28 en concepto de Obra Pavimento. El importe total a reclamar asciende a la suma de pesos cinco mil setecientos cuarenta y ocho con 63/100 $
5.748,63 con más sus intereses desde la fecha de emisión de la cédula cobratoria, hasta su efectivo pago. 3.- Costas a cargo del demandado a cuyo fin se regulan los honorarios profesionales del Dr. Juan José Lisdero, en la suma de pesos seiscientos noventa $ 690. Con más el monto solicitado establecido en el Art. 99, inc. 4 y 5 de la Ley 8226 que se establecen en la suma de pesos:
doscientos setenta $ 270. Dr. Víctor H. Peiretti - Juez. San Fco., 27/12/2007.
5 días - 499 - 15/2/2008 - $ 58.SAN FRANCISCO - Juzg. 1ra. Inst. 1ra. Nom.
C. y C. por Sec. 1, de San Fco., Autos:
"Municipalidad de Miramar c/ Walter Atilio Gon Ejecutivo", Sentencia N 913. San Fco., 26/12/
2007. Vistos: Considerando: Resuelvo:
1.- Declarar rebelde al demandado en estos autos, Sr. Walter Atilio Gon. 2.- Hacer lugar a la demanda entablada, ordenando llevar adelante la ejecución hasta el completo pago de la suma reclamada de pesos siete mil seiscientos cincuenta y cinco con 35/100 $ 7.655,35 con más sus intereses desde la fecha de emisión de la cédula cobratoria, hasta su efectivo pago.
3.- Costas a cargo del demandado a cuyo fin se regulan los honorarios profesionales del Dr.
Juan José Lisdero, en la suma de pesos novecientos $ 900. Con más el monto solicitado establecido en el Art. 99, inc. 4 y 5 de la Ley 8226 que se establecen en la suma de pesos: doscientos setenta $ 270. Dr. Víctor H. Peiretti - Juez. San Fco., 27/12/2007.
3 días - 501 - 13/2/2008 - $ 38.SAN FRANCISCO - Juzg. 1ra. Inst. 1ra. Nom.
C. y C. por Sec. 1, de San Fco., Autos:
"Municipalidad de Miramar c/ Helma Luisa Lagos de Calore - Ejecutivo", Sentencia N 925. San Fco., 26/12/2007. Vistos: Considerando:
Resuelvo: 1.- Declarar rebelde al demandado en estos autos, Sra. Helma Luisa Lagos de
Córdoba, 11 de Febrero de 2008
Calore. 2.- Hacer lugar a la demanda entablada, ordenando llevar adelante la ejecución hasta el completo pago de la suma reclamada de pesos cinco mil setecientos ochenta y dos con 03/100 $ 5.782,03 con más sus intereses desde la fecha de emisión de la cédula cobratoria 26/07/2007, según ordenanza vigente de la Municipalidad de Miramar hasta su efectivo pago. 3.- Costas a cargo del demandado a cuyo fin se regulan los honorarios profesionales del Dr. Juan José Lisdero, en la suma de pesos seiscientos $
600. Con más el monto solicitado establecido en el Art. 99, inc. 4 y 5 de la Ley 8226 que se establecen en la suma de pesos: ciento setenta $ 170. Dr. Víctor H. Peiretti - Juez. San Fco., 03/01/2008.
5 días - 494 - 15/2/2008 - $ 34,50.SAN FRANCISCO - Juzg. 1ra. Inst. 1ra. Nom.
C. y C. por Sec. 1, de San Fco., Autos:
"Municipalidad de Miramar c/ Gabriel Arturo Bouchez, Noemí Alicia Bouchez y Delay y Gabriel Alberto Arturo Bouchez y Delay Ejecutivo", Sentencia N 912. San Fco., 26/12/
2007. Vistos: Considerando: Resuelvo:
1.- Declarar rebelde a los demandados en estos autos, Sres. Gabriel Arturo Bouchez y Delay.
2.- Hacer lugar a la demanda entablada, ordenando llevar adelante la ejecución hasta el completo pago de la suma reclamada de pesos cuatro mil cuatrocientos sesenta y dos con 79/100 $ 4.462,79 en concepto de tasas por Servicios a la propiedad y la suma de pesos un mil quinientos doce con 58/100 $ 1.512,58 en concepto de Obra Pavimento. Lo que hace un total de pesos cinco mil novecientos setenta y cinco con 37/100 $ 5.975,37 con más sus intereses desde la fecha de emisión de la cédula cobratoria, hasta su efectivo pago. 3.Costas a cargo del demandado a cuyo fin se regulan los honorarios profesionales del Dr.
Juan José Lisdero, en la suma de pesos setecientos $ 700. Con más el monto solicitado establecido en el Art. 99, inc. 4 y 5 de la Ley 8226 que se establecen en la suma de pesos: doscientos setenta $ 270. Dr. Víctor H. Peiretti - Juez. San Fco., 27/12/2007.
3 días - 500 - 13/2/2008 - $ 67.-

REBELDÍAS
JESÚS MARIA. El Sr. Juez en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de Jesús María, Secretaría María A. Scarafia de Chalub, en autos "Municipalidad de Jesús María c/ Damelio Cristóbal - Ejecutivo", ha dictado la siguiente resolución: Sentencia N ciento veinticinco.
Jesús María, 22 de Agosto de dos mil siete. Y
Vistos: Y Considerando: Resuelvo: I
Declarar rebelde al demandado Cristóbal DAmelio y/o Cristóbal Damelio. II Hacer lugar a la demanda y en consecuencia llevar adelante la ejecución en contra del demandado Cristóbal DAmelio y/o Cristóbal Damelio, hasta el completo pago de la suma reclamada de pesos seis mil quinientos cuarenta y cuatro con ochenta y ocho centavos $ 6.544,88 con el más interés legal indicado en el considerando y las costas. III Regular los honorarios profesionales de los Dres. Fernando Luis Peralta Nápoli y Mariana Ispizua, en conjunto y en la proporción de ley en la suma de pesos novecientos cuarenta $ 940 con más la suma de pesos setenta y cuatro $ 74 según lo prescripto por el Art. 99 inc. 5to. de la Ley 8226.
Protocolícese, hágase saber y dése copia.
Fdo.: Ignacio Torres Funes - Juez.
3 días - 641 - 13/2/2008 - $ 42.JESÚS MARIA - El Sr. Juez en lo Civil,

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/02/2008 - 2º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CountryArgentina

Date11/02/2008

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Edition count3643

First edition01/02/2006

Last issue08/07/2024

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