Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/06/2006 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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ALTA GRACIA - Juez Civil de Alta Gracia, Secretaría Nº 1, en autos: "Comuna de Anisacate c/Fernández Yayle de Dausa, Nélida s/Ejecutivo - L.C. Nº 149/03", se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia Nº: 192. Alta Gracia, 31/5/2004. Y Vistos Y
Considerando Resuelvo: Mandar llevar adelante la ejecución contra Nélida Fernández Yayle de Dausa, hasta el completo y efectivo pago del capital reclamado de $ 658,92.- más intereses de acuerdo al punto IV del considerando y costas. Regular los honorarios del Abogado Andrés Nicolás Herrera en $ 245.y $ 73,53.- en concepto art. 99 inc. 5 Ley 8226, sin perjuicio art. 1º de la Ley 24432. Fdo.: Dra.
Graciela María Vigilanti, Juez. El presente debe publicarse por un día en el BOLETIN OFICIAL
de la Provincia de Córdoba. Marcela Ghibaudo, Secretaria.
Nº 12474 - $ 30.ALTA GRACIA - Juez Civil de Alta Gracia, Secretaría Nº 1, en autos: "Comuna de Anisacate c/Poviña Julio Tomás s/Ejecutivo L.C. Nº 150/03", se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia Nº: 319. Alta Gracia, 30/
8/2004. Y Vistos Y Considerando
Resuelvo: Mandar llevar adelante la ejecución en su contra, hasta el completo y efectivo pago del capital reclamado de $ 592,08.- más intereses de acuerdo al punto IV del considerando y costas. Regular los honorarios del Abogado Andrés Nicolás Herrera en $ 245.y $ 73,53.- en concepto art. 99 inc. 5 Ley 8226, sin perjuicio art. 1º de la Ley 24432. Fdo.: Dra.
Graciela María Vigilanti, Juez. El presente debe publicarse por un día en el BOLETIN OFICIAL
de la Provincia de Córdoba. Marcela Ghibaudo, Secretaria.
Nº 12473 - $ 30.ALTA GRACIA - Juez Civil de Alta Gracia, Secretaría Nº 2, en autos: "Comuna de Anisacate c/Navarro, Eduardo E. y otro s/
Ejecutivo - L.C. Nº 348/05", se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia Nº: 150. Alta Gracia, 2/5/2006. Y Vistos Y Considerando
Resuelvo: Mandar llevar adelante la ejecución contra Eduardo Enrique Navarro y Jorge Alberto Navarro, hasta el completo y efectivo pago del capital reclamado de $ 1.208,40.- más intereses de acuerdo al punto IV del considerando y costas. Regular los honorarios del Abogado Andrés Nicolás Herrera en $ 245.- y $ 73,53.en concepto art. 99 inc. 5 Ley 8226, sin perjuicio art. 1º de la Ley 24432. Fdo.: Dra. Graciela María Vigilanti, Juez. El presente debe publicarse por un día en el BOLETIN OFICIAL
de la Provincia de Córdoba. Silvia Isaía, Secretaria.
Nº 12470 - $ 30.RÍO CUARTO - El Sr. Juez de 1 Inst. y 1 Nom.
C. C de Río 4º, en autos: " Municipalidad de Río Cuarto c/ Hijos de Ybarra Argentina S A y/o quien resulte propietario del Inmueble Fº 33.276/
79- Expropiación ", Expte Nº M- 51-03", hace saber que se ha dictado la siguiente resolución:
" Sentencia Definitiva Número: 318: Río Cuarto, 27 de Septiembre de 2005.-Y Vistos y Considerando Resuelvo: Hacer lugar a la demanda de expropiación promovida por la Municipalidad de Río Cuarto en contra de Hijos de Ibarra Argentina SA y/o quienes resulten propietarios, y en consecuencia declarar transferidos a la misma el inmueble antes descripto. Fijar como monto indemnizatorio la Suma de Pesos Cincuenta y un mil doscientos setenta y ocho con veintitrés centavos.
Debiendo abonar la diferencia más los intereses
BOLETÍN OFICIAL
antes señalados. Costas por el orden causado.
Regular los honorarios profesionales de la martillera Nora Bonvilliani en la suma de Pesos Trescientos, Previo pago de la indemnización correspondiente, líbrese oficio al Registro General de la Propiedad y Dirección General de Rentas a los fines de la anotación pertinente.Protocolícese y hágase saber".-Fdo. Dr. José A. Peralta, Juez.
Nº 12395 - $ 54.
RÍO CUARTO - El Sr. Juez de 1 Inst. y 1 Nom.
C. C de Río 4º, en autos: " Municipalidad de Río Cuarto c/ Juan Salvador Cook y/o quien resulte propietario del Inmueble Fº 23.362/49Expropiación ", Expte Nº M- 52-99", hace saber que se ha dictado la siguiente resolución: "
Sentencia Definitiva Número: 361: Río Cuarto, 1 de Noviembre de 2005.-Y Vistos y Considerando Resuelvo: Hacer lugar a la demanda de expropiación promovida por la Municipalidad de Río Cuarto en contra de Juan Salvado Cook y/o quienes resulten propietarios, y en consecuencia declarar transferidos a la misma el inmueble antes descripto. Fijar como monto indemnizatorio la Suma de Pesos Treinta y un Mil ochocientos. Debiendo abonar la diferencia más los intereses antes señalados.
Costas por el orden causado. Regular los honorarios profesionales de la martillera Nora Bonvilliani en la suma de Pesos Trescientos, Previo pago de la indemnización correspondiente, líbrese oficio al Registro General de la Propiedad y Dirección General de Rentas a los fines de la anotación pertinente.Protocolícese y hágase saber".-Fdo. Dr. José A. Peralta, Juez.
Nº 12396 - $54.
En autos caratulados Caon, Norma Betriz c/
Saldaña Sandra - Ejecutivoexpte.1013785
el Sr. Juez Civil y Comercial de 1ra.Inst. y 30
Nominación de la ciudad de Córdoba ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, 6 de febrero de 2005.- Por presentado, por parte en el carácter invocado y con el domicilio legal constituido. Admítase. Líbrese sin mas tramite mandamiento de ejecución y embargo por la suma reclamada con mas la de pesos doscientos cuarenta y cinco 245 en que se estiman provisoriamente los intereses y costas del juicio.- Cítese y emplácese a la demandada para que en el término de tres días subsiguientes al del comparendo opongan y prueben excepciones legítimas, bajo apercibimientos de ley. Notifíquese con copia de la demandada y documental acompañada.Fdo.: Alberto J. Mayda - Juez - María de las Mercedes Villa - Secretaria suplente.- Otro Decreto: Córdoba, 19 de abril de 2005, proveyendo a fs.16. Atento lo manifestado, constancias de autos fs. 1,9vta.y 15 y lo dispuesto por el art. 152 texto ordenado por la ley9135 y 165 del C. P. C, cítese al Sra. Saldaña Sandra DNI. 22.035.195 a fin que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimineto de rebeldía, a cuyo fin publíquense edictos. Fdo. Sylvia E. Lines - Juez P. A. T.- María Gabriela de Maymo - Secretaria Otro Decreto: Córdoba, 19 de mayo de 2006.Advirtiendo el proveyente que debido a un error material involuntario se fecho los proveídos de fs. 8 y 19 como 6 de febrero de 2005 y 19 de abril de 2005 respectivamente, rectifíquense los mismos, donde deberán leerse: " Córdoba, 6 de febrero de 2006 y "
Córdoba, 19 de abril de 2006
respectivamente. Notifíquese.- Fdo. María Gabriela Arata de Maymo - Secretaria-Otro Decreto: Córdoba , 13 de junio de 2006.Rectifíquese el proveído de Fs. 20 en el
que deberá leerse " Córdoba, 06 de febrero de 2006". Notifíquese, Fdo. Viviana G. LedesmaProsecretaria Letrada.N 12259 - $ 102,50
El Sr. Juz de 1 Inst. y 51 Nom. C .y C. Sec.
Ferrero de Millone, en los autos caratulados "
Municipalidad de Río Ceballos c/ Zunino de Welpmann, Lina María - Ejecutivo Fiscal Expte Nº 560368/36", hace saber que se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia Número:
Ciento cincuenta y ocho. Córdoba, doce de Marzo de Marzo de Dos mil Tres. Y VISTOS Y
considerando Resuelvo: I Ordenar llevar adelante la ejecución en contra del demandado, hasta el completo pago del capital reclamado de pesos Dos Mil Setecientos Cuarenta Con 64/100 $ 2740,64,e intereses de acuerdo al considerando respectivo. II Imponer las costas al demandado Zunino de Welpmann, Lina María a cuyo fin regulo los honorarios del Dr. Darío Alfredo Pérez en la suma de Pesos Doscientos Cuarenta y Cinco $245 y la suma de pesos Setenta y Tres con Setenta y tres centavos $
73,53-3 jus - art.99 inc.5 C. A, según se solicita en la demanda.- Protocolícese, hágase saber y dese copia.- Fdo: Claudia Salazar de Puccio, Juez.N 12217 - $ 54

CITACIONES
DEAN FUNES - En los autos caratulados:
"Fisco de la Provincia de Córdoba c/Saturnina del Valle Torre - Ejecutivo" Expte. Letra "F" Nº 036, de fecha 17/12/03, que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia, Secretaría Nº 1, de la ciudad de Deán Funes, se ha dictado la siguiente resolución: Deán Funes, 14 de abril de 2005. Atento lo solicitado, constancias de autos y lo normado por los Arts. 34 del Código Tributario y 165 del C.P.C.C.: Cítese y emplácese al demandado por edictos que se publicarán por cinco 5 días en el diario BOLETIN OFICIAL
para que en el término de veinte 20 días comparezcan bajo los términos de lo ordenado a fs. 5 de autos. A los fines del embargo solicitado: ofíciese como se pide. Notifíquese.
Fdo.: Dr. José María Smith: Juez; Dra. Libertad V. Domínguez de Gómez: Secretaria. Decreto de fs. 5: Deán Funes, 18 de diciembre de 2003.
Por presentado, por parte en el carácter invocado y con el domicilio constituido. Admítase la presente demanda ejecutiva. Líbrese mandamiento de ejecución y embargo por la suma reclamada, con más el treinta por ciento en que se estiman intereses y costas provisorias. Cítese y emplácese a la parte demandada para que en el término de tres 3
días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía y cítesela de remate para que dentro de tres 3 días subsiguientes al término de comparendo opongan excepciones legítimas bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución y ordenar la subasta de los bienes.
Por acompañada la documental expresada.
Notifíquese. Fdo.: Dr. José Manuel Díaz Reyna:
Juez. Dra. Libertad V. Domínguez de Gómez:
Secretaria. Of. 28/4/05.
5 días - 12314 - 29/6/2006 - $ 98,50.DEAN FUNES - En los autos caratulados:
"Fisco de la Provincia de Córdoba c/Juan Stavros Coumantaros - Ejecutivo" Expte. Letra "F" Nº 321, de fecha 17/12/02, que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia, Secretaría Nº 1, de la ciudad de Deán Funes, se ha dictado la siguiente resolución: Deán Funes, 14 de abril de 2005. Atento lo solicitado,
Córdoba, 23 de Junio de 2006
constancias de autos y lo normado por los Arts.
34 del Código Tributario y 165 del C.P.C.C.: Cítese y emplácese al demandado por edictos que se publicarán por cinco 5 días en el diario BOLETIN OFICIAL para que en el término de veinte 20 días comparezcan bajo los términos de lo ordenado a fs. 4 vta. de autos. A los fines del embargo solicitado: ofíciese como se pide.
Notifíquese. Fdo.: Dr. José María Smith: Juez;
Dra. Libertad V. Domínguez de Gómez:
Secretaria. Decreto de fs. 4 vta.: Deán Funes, 17 de diciembre de 2002. Por presentado, por parte en el carácter invocado y con el domicilio constituido. Admítase la presente demanda ejecutiva. Líbrese mandamiento de ejecución y embargo por la suma reclamada, con más el treinta por ciento en que se estiman intereses y costas provisorias. Cítese y emplácese a la parte demandada para que en el término de tres 3 días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía y cítesela de remate para que dentro de tres 3 días subsiguientes al término de comparendo opongan excepciones legítimas bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución y ordenar la subasta de los bienes. Por acompañada la documental expresada.
Notifíquese. Fdo.: Dr. José Manuel Díaz Reyna:
Juez. Dra. Libertad V. Domínguez de Gómez:
Secretaria. Of. 28/4/05.
5 días - 12318 - 29/6/2006 - $ 106,50.DEAN FUNES - En los autos caratulados:
"Fisco de la Provincia de Córdoba c/Sociedad S.A.G.I.G. Ltda.. - Ejecutivo" Expte. Letra "F"
Nº 618, de fecha 22/12/98, que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia, Secretaría Nº 2, de la ciudad de Deán Funes, se ha dictado la siguiente resolución: Deán Funes, 6 de Junio de 2000. Téngase presente lo manifestado. Atento lo solicitado y normado por los arts. 122 del Código Tributario y 165 del C.de P.C., cítese y emplácese a la demandada por edictos que deberán publicarse en el diario BOLETIN OFICIAL durante cinco 5 días para que en el término de veinte 20 días comparezcan a estar a derecho en los términos de lo dispuesto a fs. 4 vta. de autos. Notifíquese.
Fdo.: Dr. José M. Díaz Reyna, Juez; Dra. María López Minuet P.A.T. Prosecretaria Letrada.
Decreto de fs. 4 vta.: Deán Funes, 22 de diciembre de 1998. Por presentado, por parte y con el domicilio legal constituido. Admítase la presente demanda ejecutiva. Líbrese sin más mandamiento de ejecución y embargo por la suma reclamada, con más la de Pesos ciento sesenta y seis con veintiséis $ 166,26.- para intereses y costas provisorias. Cítese y emplácese a la demandada para que en el término de diez 10 días comparezcan a estar a derecho y de remate para que en el término de tres 3 días siguientes al vencimiento de aquel oponga excepciones, bajo apercibimiento de ley art. 546 y 548 del C. de P.C.. Ofíciese.
Hágase saber que la garantía del embargo comprende el monto nominal por el cual se ordena con más actualización monetaria si correspondiere desde la fecha de la documental base de la acción hasta la de su efectivo pago. Notifíquese. Fdo.: Dr. José M. Díaz Reyna:
Juez. Dra. Rubi L. Hierling: Secretaria. Of. 31/
3/05.
5 días - 12317 - 29/6/2006 - $ 106,50.DEAN FUNES - En los autos caratulados:
"Fisco de la Provincia de Córdoba c/Calixto T.
de la Torre - Ejecutivo" Expte. Letra "F" Nº 748, de fecha 17/12/03, que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia, Secretaría Nº

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/06/2006 - 2º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CountryArgentina

Date23/06/2006

Page count12

Edition count3655

First edition01/02/2006

Last issue25/07/2024

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