Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/06/2024 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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a LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

AÑO CXI - TOMO DCCXIV - Nº 130
CORDOBA, R.A. VIERNES 28 DE JUNIO DE 2024
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

y distribución provincial y los valores agregados correspondientes a los Prestadores de los Servicios de Subtransmisión y Distribución Provincial, a implementarse desde el 19 de junio de 2024..
Que de igual modo, trata a continuación lo relativo a la Tarifa Bombeos de Agua, Plantas Potabilizadoras y Sistemas de Saneamiento Provinciales, instrumentada por la Resolución General ERSeP Nº 68/2024, argumentando: dado que las variaciones tarifarias analizadas en el presente expediente también alcanzan a los Usuarios encuadrados en dicha Categoría, de conformidad con las previsiones de su artículo 5º, corresponderá efectuar su actualización. A tales fines, se proponen los cargos fijos, cargos por energía y cargos por demanda de potencia que se incorporan en el respectivo Anexo del presente informe que contemplan la cobertura tanto de los costos administrativos, como también los relacionados con la compra de la energía y potencia en el Mercado Eléctrico Mayorista, el transporte nacional, las pérdidas en el sistema de subtransmisión y distribución provincial, y los valores agregados de subtransmisión y distribución que aseguren la correcta prestación del servicio, a implementarse desde el 19 de junio de 2024..
Que así las cosas, por lo analizado precedentemente, el Informe de la Sección Técnica de la Gerencia de Energía Eléctrica concluye que de considerarse jurídicamente pertinente, técnicamente se entiende recomendable: 1- APROBAR los ajustes en los precios de la energía y/o potencia incorporados como Anexo Nº 1 del presente, aplicables por las Cooperativas Concesionarias del Servicio Público de Distribución de Energía Eléctrica de la Provincia de Córdoba para determinar las tarifas de venta correspondientes a la energía y/o potencia suministradas a los Usuarios del Servicio de Distribución a partir del 19 de junio de 2024. 2- INDICAR a las Cooperativas Concesionarias del Servicio Público de Distribución de Energía Eléctrica de la Provincia de Córdoba que los cargos correspondientes a la TARIFA Nº 9 - SERVICIO DE PEAJE, de la Estructura Tarifaria Única aprobada por la Resolución General ERSeP Nº 80/2023, o sus equivalentes en el caso de Cooperativas que no hubieran llevado a cabo la adecuación de su Cuadro Tarifario conforme a lo dispuesto por dicha norma, deberán calcularse acorde a la metodología prevista por las Resoluciones Generales ERSeP Nº 14/2011 y Nº 89/2018, tomando como referencia las tarifas de venta que surjan de la aplicación del artículo precedente y las tarifas de compra respectivas. 3- DISPONER que, sin perjuicio del presente procedimiento y de lo ordenado en el artículo 1º precedente, los valores del Cuadro Tarifario para Generación Distribuida, aplicables por las Cooperativas Concesionarias del Servicio Público de Distribución de Energía Eléctrica de la Provincia de Córdoba a la energía inyectada por los Usuarios Generadores de Energía Eléctrica que cumplimenten con los requisitos exigidos por la Ley Nacional Nº 27424, por la Ley Provincial Nº 10604 y por su reglamentación asociada, se mantendrán idénticos a los aprobados por medio del Anexo Nº 2 de la Resolución General ERSeP Nº 78/2024. 4- APROBAR los valores de la Tarifa Industrial Provincial Homogénea incorporados como Anexo Nº 2 del presente, aplicables por los Prestadores del Servicio Público de Distribución de Energía Eléctrica de la Provincia de Córdoba a los servicios brindados a partir del 19 de junio de 2024, a los Usuarios Industriales con potencia contratada superior a cuarenta 40 kW, en todas sus modalidades y niveles de tensión, empadronados ante la autoridad de aplicación de conformidad a la normativa vigente, que sean Usuarios
nexos, identificados como tales por la Secretaría de Infraestructura Hídrica y Gasífera del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, acorde a los criterios vertidos en la Resolución General ERSeP Nº 68/2024..
Que en virtud de lo expuesto, el Informe Técnico analizado precedentemente y de la normativa citada ut-supra, los ajustes calculados con el objeto de determinar los Cuadros Tarifarios de Distribución de las Cooperativas Concesionarias del Servicio Público de Distribución de Energía Eléctrica de la Provincia de Córdoba, al igual que las consideraciones respecto de las Tarifas para Generación Distribuida, como también en lo atinente a los valores de la Tarifa Industrial Provincial Homogénea y de la Tarifa Bombeos de Agua, Plantas Potabilizadoras y Sistemas de Saneamiento Provinciales, resultan razonables y ajustadas a derecho.
V Que sin perjuicio de lo indicado precedentemente, cabe prever la posibilidad de que, ante la aplicación de cualquier disposición de la solicitante, posterior a la aprobación de la presente, cuya implementación resulte favorable a los Usuarios alcanzados, dicha medida se entienda válida y emitida en el marco de las presentes actuaciones, debiendo tal circunstancia ser informada al ERSeP para su conocimiento y adopción de toda acción asociada que pudiera corresponder.
VI Que atento a lo dispuesto por el artículo 1º de la Resolución General ERSeP Nº 01/2001 modificada por Resolución General ERSeP Nº 06/2004, el Directorio del ERSeP dictará Resoluciones Generales en los casos de disposiciones de alcance general y de aplicación interna y externa, operativas, reglamentarias o interpretativas de la ley de su creación o de los marcos regulatorios de los servicios públicos y concesiones de obra pública bajo su control, como también cuando se tratara de pautas de aplicación general atinentes a su funcionamiento y organización.

directos de dichos Distribuidores, acorde a los criterios vertidos en la Resolución General ERSeP Nº 09/2022. 5- APROBAR los valores de la Tarifa Bombeos de Agua, Plantas Potabilizadoras y Sistemas de Saneamiento Provinciales incorporados como Anexo Nº 3 del presente, aplicables a los servicios brindados a partir del 19 de junio de 2024, en suministros bajo titularidad del Estado Provincial destinados a bombeos de agua, plantas potabilizadoras, sistemas de saneamiento y demás fines similares y/o co-

por el Decreto Nacional Nº 332/2022, dispuestas por la Resolución SE-MEC Nº 90/2024, como también a las variaciones de precios resultantes de la Programación Estacional de Invierno Definitiva para el Mercado Eléctrico Mayorista MEM, aprobada por la Resolución SE-MEC Nº 92/2024, específicamente para lo aplicable entre el 01 de junio y el 31 de julio de 2024.
Que así las cosas, por lo analizado precedentemente, el Informe de la Sección Técnica de la Gerencia de Energía Eléctrica concluye que de
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Voto del Vocal Facundo C. Cortes Viene a consideración del suscripto el Expediente Nº 0521-077668/2024, iniciado a partir de la presentación formulada por la Empresa Provincial de Energía de Córdoba -en adelante la EPECbajo el Trámite Nº 0735462 059
60 624, Control Interno Nº 11227/2024, con el objeto de elevar al ERSeP, para conocimiento y adopción de las acciones correspondientes, el Cuadro Tarifario resultante de la aplicación parcial del Cuadro Tarifario Pleno aprobado como Anexo Nº 3 de la Resolución General ERSeP Nº 76/2024, aplicable a los servicios prestados a partir del 19 de junio de 2024.
Que el trámite se pretende enmarcar en las actuaciones del Expediente Nº 0521-074644/2023, en virtud del cual se celebrara la Audiencia Pública de fecha 16 de enero de 2024 -convocada por Resolución General ERSeP Nº 148/2023-, y se dictara la Resolución General ERSeP Nº 01/2024 -aprobatoria del mecanismo especial para la determinación tarifaria de los servicios públicos bajo regulación y control del ERSeP-, por medio de la Resolución General ERSeP Nº 75/2024, fue aprobada la actualización del Valor Agregado de Distribución de la EPEC correspondiente al incremento de costos acaecido a lo largo de los meses de marzo y abril de 2024, del cual resultara el Cuadro Tarifario Pleno aprobado como Anexo Único de la misma resolución.
Que dicho incremento del Valor Agregado de Distribución fue contemplado luego en el Cuadro Tarifario aprobado como Anexo Nº 3 de la Resolución General ERSeP Nº 76/2024, en la que se diera tratamiento a las modificaciones de los criterios de implementación de la Segmentación Tarifaria instrumentada
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/06/2024 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date28/06/2024

Page count26

Edition count4178

First edition01/02/2006

Last issue15/07/2024

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