Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/07/2023 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

de la Ley Nº 10.649 y su modificatoria, y se dispuso que el Ministerio de Ciencia y Tecnología, a través de esta Secretaría de Nuevas Tecnologías y Economía del Conocimiento, o el organismo que en el futuro lo sustituya en sus competencias, fuera la Autoridad de Aplicación del precitado régimen de promoción.
Que, con fecha 30/06/2023, la firma AI TECH S.A.S. C.U.I.T. 30717180190
presentó la solicitud de inscripción en el RECOR, mediante la presentación del formulario y la documentación respaldatoria N de Expediente 0279012947/2023 de conformidad a lo dispuesto en el Anexo I de la Resolución N02/2021 de esta Secretaría.
Que la firma AI TECH S.A.S. C.U.I.T. 30717180190 está inscripta ante la Dirección General de Rentas en el impuesto sobre los Ingresos Brutos, según informa la Constancia de Ingresos Brutos que se adjunta al expediente.
Que la empresa desarrolla la actividad promovida SOFTWARE Y SERVICIOS INFORMÁTICOS Y DIGITALES, con el Código NAES N 620101, denominado: DESARROLLO Y PUESTA A PUNTO DE PRODUCTOS DE
SOFTWARE.
Que la firma se encuentra en situación regular ante el organismo recaudador provincial, habiéndose verificado en el día de la fecha, conforme lo ordenado en el artículo 6 de la Resolución Nº 126/16, del Ministerio de Finanzas.
Que la Dirección de Jurisdicción Economías del Conocimiento, dependiente de esta Secretaría, en mérito a lo normado en el Anexo I de la Resolución N 02/2021 de esta Secretaría, examinó el cumplimiento de los requisitos y demás formalidades establecidas en la normativa vigente, conforme surge del Informe de admisibilidad y procedencia.
Que, en consecuencia, habiendo cumplimentado los requisitos exigidos por la normativa aplicable al Régimen, corresponde inscribir a la firma AI TECH S.A.S. C.U.I.T. 30717180190 en el RECOR creado por Ley Nº 10.649 y su modificatoria N 10.722.
Que, en virtud de tal inscripción, la empresa accederá a los beneficios promocionales contemplados en el Artículo 3 de la Ley N 10.649 y su modificatoria 10.722, Reglamentada por Decreto N 193/2021.
Que la firma desarrolla las actividades promovidas en la totalidad del inmueble empadronado ante la D.G.R. con la Cuenta N 270601388216, lo que detenta a través de Contrato de Comodato.
Que a los fines de la exención del impuesto a los Sellos la firma beneficiaria deberá acreditar que los contratos y/o instrumentos que se celebren, sean con motivo de la ejecución, explotación y/o desarrollo de la actividad promovida desde la fecha de la inscripción en el RECOR.
Que los beneficios que por este instrumento se otorgan entrarán en vigencia de conformidad y con las limitaciones establecidas en los artículos 1 a 6 del Decreto N 193/2021.
Que a los fines de acceder al Programa de Promoción de Empleo a la Economía del Conocimiento creado por artículo 4 de la ley 10.649 y su modificatoria, la firma AI TECH S.A.S. C.U.I.T. 30717180190 deberá, oportunamente, dar cumplimiento a las Bases y Condiciones aprobadas mediante Resolución Conjunta N 02/2023, emanada de este Ministerio de Ciencia y Tecnología, en su carácter de Autoridad de Aplicación y el Ministerio de Promoción del Empleo y Formación Profesional.
Que la presente resolución se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 9 de la Ley N 10.649 y su modificatoria N10.722 y el Decreto N 193/2021.
Por todo ello, las actuaciones cumplidas e Informe agregado;
EL SECRETARIO DE NUEVAS TECNOLOGÍAS Y ECONOMÍA DEL
CONOCIMIENTO DEL MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CX - TOMO DCCIII - Nº 124
CORDOBA, R.A. VIERNES 7 DE JULIO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- APROBAR la solicitud de inscripción de la firma AI TECH S.A.S. C.U.I.T. 30717180190 e inscribir a la misma en el Registro de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento de la Provincia de Córdoba RECOR de la Ley N 10.649 y su modificatoria, Reglamentada por Decreto N 193/2021, a partir de la fecha de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.- OTORGAR a la firma AI TECH S.A.S. C.U.I.T.
30717180190 inscripta ante la Dirección General de Rentas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos para la actividad promovida SOFTWARE
Y SERVICIOS INFORMÁTICOS Y DIGITALES, con el Código NAES N
620101, denominado: DESARROLLO Y PUESTA A PUNTO DE PRODUCTOS DE SOFTWARE, los beneficios establecidos en el Artículo 3º incisos a, b , c y d, de la Ley Nº 10.649 y su modificatoria, a saber:
a Estabilidad fiscal por diez 10 años exclusivamente para los tributos cuyo hecho imponible tengan por objeto gravar la actividad promovida, considerándose a tales efectos, la carga tributaria total de la Provincia de Córdoba vigente al momento de la fecha de esta resolución;
b Exención por diez 10 años, en el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que recae exclusivamente sobre los ingresos provenientes de la actividad promovida y rige para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir de la fecha de presente resolución;
c Exención por diez 10 años, en el pago del Impuesto de Sellos exclusivamente para todos los actos, contratos y/o instrumentos que se celebren con motivo de la ejecución, explotación y/o desarrollo de la actividad promovida cuyos hechos imponibles sean perfeccionados desde la fecha de esta resolución;
d Exención por diez 10 años, o hasta la finalización por cualquier causa del Contrato de Comodato lo primero que ocurra, en el pago del Impuesto Inmobiliario por el inmueble afectado al desarrollo de la actividad promovida, empadronado ante la Dirección General de Rentas con la Cuenta N 270601388216. El beneficio otorgado en el presente inciso entrará en vigencia a partir del 1 de enero del año siguiente a esta resolución;
En todos los casos, los beneficios que por este instrumento se otorgan entrarán en vigencia de conformidad y con las limitaciones establecidas en los artículos 1 a 6 del Decreto N 193/2021.
Asimismo deberá considerarse en relación a los mencionados beneficios lo dispuesto en los artículos 181 y siguientes de la Resolución Normativa N 01/2021 y sus modificatorias de la Dirección General de Rentas.
ARTÍCULO 3.- HÁGASE SABER a la firma AI TECH S.A.S. C.U.I.T.
30717180190 que deberá informar los cambios en las condiciones que determinaron su inscripción en el RECOR dentro de los VEINTE 20 días hábiles administrativos de acaecidos o conocidos, de conformidad a lo previsto en el apartado 3.1 del Anexo I de la Resolución N 02/2021 de esta Secretaría.
ARTÍCULO 4.- HÁGASE SABER a la firma AI TECH S.A.S. C.U.I.T.
30717180190 que deberá cumplimentar con el proceso de validación anual antes del día 15 del mes siguiente al que se cumple un nuevo año de la notificación de la presente Resolución, de conformidad a lo dispuesto en el Capítulo III, Punto 3.1 del Anexo I de la Resolución N 02/2021 de esta Secretaría.
ARTÍCULO 5º.- DISPONER que a los fines de acceder al Programa de
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/07/2023 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date08/07/2023

Page count33

Edition count4191

First edition01/02/2006

Last issue01/08/2024

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