Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/05/2023 - 1º Sección
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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)
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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCCI - Nº 97
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 24 DE MAYO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
Artículo 3 MODIFICAR el Anexo II - D: Sector Construcción de la Resolución Nº 10/2021 de esta Secretaría y sus modificatorias, según se indica a continuación:
Artículo 6 MODIFICAR el Anexo II - M: Sector Comercios Mayoristas de la Resolución Nº10/2021 de esta Secretaría y sus modificatorias, según se indica a continuación:
Dar de baja
Dar de baja
ANEXO II M: Sector Comercios Mayoristas.
ANEXO II D: Sector Construcción.
CUIT
CUIT
NOMBRE
30-70892552-3
D&M SOLUCIONES INFORMATICAS SA
30-69127870-7
DIOXITEK SA
Artículo 4 MODIFICAR el Anexo II - F: Sector Laboratorios de la Resolución Nº 10/2021 de esta Secretaría y sus modificatorias, según se indica a continuación:
NOMBRE
30-69300574-0
MORO REVESTIMIENTOS S R L
30-56800531-3
POSSETTO HERMANOS Y CIA S R L
Artículo 7 MODIFICAR el Anexo II - U: Sector Franquicias de la Resolución Nº 10/2021 de esta Secretaría y sus modificatorias, según se indica a continuación:
Dar de baja
Dar de baja
ANEXO II U: Sector Franquicias.
ANEXO II F: Sector Laboratorios CUIT
CUIT
NOMBRE
30-65080544-1
GRIFOLS ARGENTINA SA
30-68266770-9
LABORATORIO VARIFARMA SA
Artículo 5 MODIFICAR el Anexo II - L: Sector Productos Alimenticios de la Resolución Nº 10/2021 de esta Secretaría y sus modificatorias, según se indica a continuación:
Dar de baja ANEXO II L: Sector Productos Alimenticios.
CUIT
NOMBRE
30-53534705-7
CANEPA HERMANOS SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL, AGROPECUARIA Y
FINANCI.
30-50481998-8
SUPER S A SOC URUGUAYENSE DE PRODUCTORES DE ENTRE RIOS SOC ANON
33-68050456-9
NOMBRE
OLA S A
Artículo 8 ESTABLECER que los agentes de retención cesados mediante el Artículo 19 de la Resolución Nº 2023/D-00000011 de esta Secretaría no deben actuar como tales desde el 1 de mayo de 2023.
Artículo 9 LAS disposiciones de la presente resolución entrarán en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Los agentes de retención y percepción cesados mediante la presente deberán actuar como tales hasta el 31 de mayo de 2023.
Artículo 10 PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
RESOLUCIÓN DIGITAL N 2023/D-00000016
FDO.: HEBER FARFÁN, SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS
DEFENSORIA DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLECENTES
Resolución N 39/2022
Córdoba 15 de septiembre 2022
VISTO: El expediente 0200-002323/2022 y la necesidad de adecuar la estructura orgánica funcional interna establecida mediante resolución N237/2015 de la defensoría de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes de la Provincia de Córdoba Y CONSIDERANDO:
Que en el año 2008 con la creación del organismo, se estableció de manera provisoria una estructura interna y que la misma a través de la resolución N 237 de fecha 12 de marzo de 2015, fue readecuándose a las reales y verdaderas necesidades de esta Defensoría de aquel momento, estableciéndose las competencias funcionales para cada uno de los cargos de la estructura orgánica funcional interna.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Que en la actualidad se han implementado nuevos programas, proyectos de trabajo, metas y desafíos, generándose relaciones interinstitucionales con distintos actores de la sociedad civil que requieren de una mayor articulación intra e interinstitucional.
Que conforme el tiempo transcurrido y las experiencias adquiridas a lo largo de la vida de esta Institución en el ejercicio de sus funciones propias, es que se torna necesario readecuar la estructura orgánica funcional de esta Defensoría conforme las actuales necesidades para el fiel cumplimiento de los objetivos y funciones de promoción, defensa y control de los derechos humanos de la infancia y la adolescencia, establecidos en el articulo 11 de la ley provincial N 9396.
Que es adecuado establecer equivalencias de esta Defensoría de los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes a los cargos legislativos, según la tarea especifica que cada uno conlleva, y conforme a las necesida-
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