Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/06/2022 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Las Malvinas son argentinas AÑO CIX - TOMO DCXC - Nº 122
CORDOBA, R.A. JUEVES 16 DE JUNIO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

conforme a las previsiones de los Artículos 7.1.1.2 y 16 de la Ley N 10.155
y Decreto N 305/2014 e insertarse en el sitio web oficial del Gobierno de la Provincia de Córdoba; facultándose a la Subsecretaría precedentemente mencionada a fijar la fecha y hora correspondiente para su realización.
Que ante lo expuesto, corresponde dejar sin efecto el primer llamado a Licitación Pública Presencial, autorizada mediante Resolución Ministerial N 187/2022 y autorizar el segundo llamado a la misma.
Por ello, normativa citada, las previsiones del Artículo 11 de la Ley N
10.155, modificado por Ley 10.620, Decreto N 969/18, valor índice 01 del artículo 40 de la Ley 10.788, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Seguridad bajo el N 295/2022, y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL
A/C DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
Artículo 1º.- DÉJASE sin efecto el primer llamado a Licitación Pública Presencial para la contratación de Instalación de Equipamiento para Cincuenta 50 Vehículos 0 Km. Tipo Pick UpDoble Cabina Marca Toyota Modelo Hilux Destinadas al Equipo Técnico de Acción Ante Catástrofes E.T.A.C., y que fuera autorizado mediante Resolución Ministerial N
187/2022, conforme a las razones expuestas en la presente resolución y en consecuencia AUTORÍZASE el segundo llamado a Licitación Pública Presencial para tal fin, en base a los Pliegos de Condiciones Generales, Particulares y Pliegos de Especificaciones Técnicas que, como Anexo
Único, compuesto de trece 13 fojas útiles se acompaña y forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- IMPÚTASE el egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1, por la suma de Pesos Setenta y Seis Millones Seiscientos Ochenta y Tres Mil Cuatrocientos $ 76.683.400,00 con cargo a Jurisdicción 1.75, Programa 768-000, Partida 11.02.08.00 Accesoriosdel Presupuesto Vigente, conforme certificación expedida por la Dirección de Jurisdicción de Administración Financiera del Ministerio de Seguridad.
Artículo 3º.- EFECTÚENSE las publicaciones de Ley en el Boletín Oficial de la Provincia durante tres 03 días, conforme a las previsiones de los Artículos 7.1.1.2 y 16 de la Ley N 10.155 y Decreto N 305/2014, e INSERTESE en el sitio web oficial del Gobierno de la Provincia www.cba.gov.ar.
Artículo 4º.- FACÚLTASE a la Subsecretaría de Administración, Legales y Recursos Humanos de este Ministerio a fijar la fecha y hora correspondiente a la Licitación Pública Presencial aprobada por el Artículo 1º, como así también determinar las demás precisiones que fueran necesarias para su realización.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Subsecretaría de Administración, Legales y Recursos Humanos de este Ministerio, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN CARLOS MASSEI MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL A/C DEL
MINISTERIO DE SEGURIDAD

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Resolución N 251
Córdoba, 14 de junio de 2022.

Por ello, las facultades conferidas a esta Secretaría General por Decreto Nº 1615/2019 y sus modificatorios, ratificados por Leyes Nros. 10.726 y 10.805, y en uso de sus atribuciones;

VISTO: La Resolución Nº 2022/SGG-00000030 de fecha 28 de septiembre de 2021 de esta Secretaría General de la Gobernación.

EL SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
RESUELVE:

Y CONSIDERANDO:

Que mediante dicho instrumento se aprobó el procedimiento para gestión y ejecución del control del estado de salud, derivado de la solicitud de licencias por razones de salud del personal que se desempeña en la Administración Pública Provincial.
Que, del nuevo enfoque otorgado a la temática, asociado a la incorporación de las TICs, la telemedicina e interrelacionándolo con un proceso de auditoría que permita, de manera dinámica y estratégica, atender aquellos aspectos que resulten relevantes, ha surgido la necesidad de regular algunas variables del proceso de forma más precisa.
Que las modificaciones propuestas se refieren a procedimientos, plazos y modalidades de las Juntas de Salud.
Que atento a la necesidad de implementar acciones de comunicación y difusión de las modificaciones establecidas en el presente instrumento legal, resulta conveniente disponer su aplicación a partir del 1 de Agosto del corriente.

Artículo 1º: SUSTITÚYESE el Anexo I de la Resolución Nº 2022/SGG00000030 de fecha 28 de septiembre de 2021 de esta Secretaría General de la Gobernación, por el que se incorpora como Anexo Único de la presente Resolución.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Artículo 2: ESTABLÉCESE que las modificaciones incorporadas en el artículo precedente, comenzarán a regir a partir del 1 de agosto de 2022.
Artículo 3º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
RESOLUCIÓN N 2022/SGG-00000251
FDO: JULIO CÉSAR COMELLO, SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
ANEXO

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/06/2022 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date16/06/2022

Page count31

Edition count4178

First edition01/02/2006

Last issue15/07/2024

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