Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/09/2021 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

SAC Multifuero asociado a procesos de Niñez y Adolescencia de toda la provincia, a las modificaciones introducidas por la normativa mencionada, como a las necesidades de los distintos operadores que intervienen en la temática.

IV. La utilidad de vincular e identificar con categorías de juicio específicas y operaciones particulares, los procesos civiles y de familia tramitados en los fueros respectivos que, resultan conexos a aquellos tramitados ante el fuero de Niñez y Adolescencia.
V. Los valiosos beneficios que proveen las TICs en la gestión de la información, esto es, la calidad de servicios, la celeridad, la economía de recursos y la despapelización entre otros, todo siempre en miras a conseguir el máximo rendimiento organizacional.
VI. Que a los fines de establecer los cambios, se tomó en cuenta la intervención de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia SeNAF
del Ministerio de Justicia en esos procesos y se trabajó respectivamente con operadores pertenecientes al fuero y al Registro Único de Adopción.
Por lo expuesto y las atribuciones constitucionales y legales Constitución Provincial, 66, 2º y LOPJ, 12, 1º, el Tribunal Superior de Justicia;
RESUELVE:
Artículo 1: TOMAR RAZÓN de los cambios en las categorías de juicio, partes, operaciones y sus contenidos, en el Sistema de Administración de Causas SAC Multifuero asociado a procesos de Niñez y Adolescencia en toda la provincia; los que fueron elaborados por la Oficina de Coordinación en Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar, Género y Penal Juvenil, con la
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXI - Nº 202
CORDOBA, R.A. MARTES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

colaboración de funcionarios del fuero y del Registro Único de Adopción respectivamente, que como ANEXO I forman parte del presente.
Artículo 2: TOMAR RAZÓN de la vinculación e individualización diferenciada en el Sistema de Administración de Causas SAC Multifuero, de los procesos y operaciones sustanciados ante el fuero civil y el de familia que, devienen conexos a los tramitados ante el fuero de Niñez y Adolescencia, que como ANEXO II forman parte del presente.
Artículo 3: COMUNÍQUESE a la Sub Área de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica perteneciente al Área de Informática, por ser la encargada de llevar a cabo este tipo de modificaciones en los sistemas informáticos del Poder Judicial.
Artículo 4: COMUNÍQUESE a los organismos involucrados. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia y dese la más amplia difusión.
Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación de su contenido, firman el Señor Presidente y los Señores Vocales, con la asistencia del Señor Administrador General, Lic. Ricardo ROSEMBERG.
FDO.: SEBASTIAN CRUZ LOPEZ PEÑA, PRESIDENTE - AIDA L. TARDITTI, VOCAL
- MARIA MARTA CACERES DE BOLLATI, VOCAL - LUIS EUGENIO ANGULO, VOCAL - RICARDO JUAN ROSEMBERG, ADMINISTRADOR GENERAL
ANEXO

Acuerdo Reglamentario N 1723 -Serie A.
En la ciudad de Córdoba, a 24/09/2021, con la Presidencia de su Titular Dr. Sebastián Cruz LÓPEZ PEÑA, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía Teresa TARDITTI, Luis Enrique RUBIO y María Marta CÁCERES de BOLLATI, con intervención del Sr. Fiscal General de la Provincia Dr. Juan Manuel DELGADO y la asistencia del Señor Administrador General Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG y ACORDARON:
VISTO: Las disposiciones adoptadas por este Tribunal Superior respecto de la mayor convocatoria presencial del personal desde el 1 de septiembre pasado según el estado de vacunación informado conforme lo dispuesto por Acuerdo Reglamentario Nº 1712 serie A del 20/08/2021.
Y en particular, los recientes anuncios efectuados por las autoridades sanitarias nacionales y provinciales que implicarían una flexibilización de las medidas de cuidado y prevención de contagio de la transmisión del virus COVID-19 vigentes a la fecha.
Y CONSIDERANDO:
1. Que a más de la Conferencia de prensa que brindaran autoridades nacionales el pasado 21 de septiembre, ya en el último decreto provincial de prórroga de las medidas de prevención en el territorio de la Provincia cfr. Decreto 1068 del 13/09/2021 BOE edición extraordinaria de la fecha se resolvía el relajamiento de alguna de las restricciones impuestas cfr.
artículo 2, decreto citado.
2. En vista del alivio de la situación epidemiológica informada desBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

censo de casos de contagio, menor ocupación de camas criticas y de las flexibilizaciones adoptadas; este Tribunal cursó consulta al Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba Secretaria de Prevención y Promoción de la Salud - respecto de los mecanismos preventivos y de detección del virus, aconsejables en el caso del personal no vacunado.

3. En su respuesta, la Dra. María Gabriela Barbas, a cargo de la citada Secretaría de la cartera de Salud expresa: Por la presente, en función de la situación epidemiológica actual, el avance de la vacunación COVID-19
y con el fin de continuar sosteniendo la presencialidad laboral es que se sugiere realizar de manera obligatoria testeos sistemáticos una vez por semana mediante test de Antígeno para aquellas personas trabajadoras del Poder Judicial que no cuentan con al menos una dosis de vacuna COVID-19 y cuya presencialidad es indispensable el subrayado no consta.
Que en definitiva, resulta necesario adecuar la pauta establecida en el Acuerdo Reglamentario Nº 1712 serie A del 20/08/2021 a las nuevas recomendaciones efectuadas por el Ministerio de Salud de la Provincia, que responden a la situación epidemiológica actual.
Por ello, el Tribunal Superior de Justicia en ejercicio de sus atribuciones conforme artículo 166 incisos 1 y 2 de la Constitución Provincial;
artículo 12 incisos 1 y 32, de la Ley Orgánica del Poder Judicial, N 8435;
RESUELVE:
1. SUSTITUIR el artículo 3 del Acuerdo Reglamentario Nº 1712 serie A
del 20/08/2021 por el siguiente:
3. ESTABLECER que, a partir del 1 de Septiembre de 2021, salvo que
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/09/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date28/09/2021

Page count24

Edition count4166

First edition01/02/2006

Last issue26/06/2024

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