Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/08/2016 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

VIERNES 5 DE AGOSTO DE 2016
AÑO CIII - TOMO DCXX - Nº 152
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

1

a SECCION

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto Nº 840
Decreto Nº 796
Decreto Nº 621
Decreto Nº 866

Decreto Nº 840

PAG. 1
PAG. 4
PAG. 6
PAG. 7

Córdoba, 13 de julio de 2016.SECRETARIA DE EQUIDAD Y PROMOCION DE EMPLEO
Resolución Nº 235 PAG. 7

VISTO:
La Ley N 10.236 que implementa en la Provincia el Programa Primer Paso y el art. 25º de la ley 10.323.

AGENCIA CORDOBA CULTURA S.E
Resolución Nº 199 PAG. 8

Y CONSIDERANDO:

Que los Programas de Empleo tienen por objeto facilitar la transición hacia el empleo formal de jóvenes desempleados, sin experiencia laboral relevante, mediante la realización de procesos de capacitación y entrenamiento en empresas privadas, con la finalidad de desarrollar actitudes, conocimientos y habilidades similares a las que se requieran para desempeñarse en ámbitos laborales y que aumenten la empleabilidad del beneficiario.
Que el Estado Provincial debe promover y garantizar la capacitación laboral y formación profesional según las necesidades regionales.
Que en nuestra Constitución Provincial los jóvenes tienen derecho a que el Estado promueva su desarrollo integral, posibilite su perfeccionamiento, su aporte creativo y propenda a lograr una plena formación democrática, cultural y laboral que desarrolle la conciencia nacional en la construcción de una sociedad más justa, solidaria y moderna, que lo arraigue a su medio y asegure su participación efectiva en las actividades comunitarias y políticas.
Que las políticas de educación y formación provincial se ajustan al principio de promoción del acceso a los habitantes, según su vocación, capacidad y mérito, a los más altos niveles de formación, investigación y creación, como así también a la de generar y promover medios diversos para la educación permanente tales como la alfabetización, creación cultural, capacitación laboral o formación profesional según las necesidades regionales.
Que en ese marco se entiende que las personas son el centro fundamental de todo proceso formativo, por lo cual, las modalidades formativas que se desarrollen deben fijar como meta principal que los sujetos alcancen a comprender su medio social en general y su medio de trabajo en particular, a fin que estén en condiciones de incidir en éstos de manera individual y colectiva.
Que todo joven tiene derecho de acceder en igualdad de oportunidades y sin discriminación alguna a la capacitación laboral y que su participación en las diversas modalidades formativas le permita mejorar su posibilidad de acceso al mercado laboral.
Que resulta imprescindible que la formación laboral recibida se complemente con una adecuada experiencia práctica en el seno de las empresas, la que deberá ser debidamente programada por las partes intervinienBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

MINISTERIO DE TRABAJO
Resolución Nº 79 PAG. 9
INISTERIO DE EDUCACION
Resolución Nº 880 PAG. 10
Resolución Nº 876 PAG. 10
Resolución Nº 754 PAG. 11
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución Nº 256 PAG. 11
Resolución Nº 257 PAG. 12
MINISTERIO DE FINANZAS
CONTADURIA GENERAL DE LA PROVINCIA
Resolución Nº 14 PAG. 12

tes, en cumplimiento de los objetivos que fije la Autoridad de Aplicación.

Que resulta necesario profundizar lo ya realizado en materia de formación e inserción laboral que se viene desarrollando desde hace años en diversos Programas que instrumenta la Provincia, en especial en el Programa Primer Paso incluyendo a cientos de miles de jóvenes desempleados que iniciaron su camino en la inserción al mercado laboral cordobés.
Por ello, normativa citada, y en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R ETA
Artículo 1.- Denominación y Objeto: CREASE el Programa Provincial de Promoción del Empleo que tiene por objeto fomentar la formación educativa y favorecer la adquisición de experiencia, hábitos, habilidades y conocimientos prácticos relacionados con un oficio, actividad o profesión, utilizando para ello el ámbito productivo ofrecido por una empresa o empleador.

Artículo 2.- Fines: Son finalidades de este programa:

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/08/2016 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date05/08/2016

Page count13

Edition count4178

First edition01/02/2006

Last issue15/07/2024

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