Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/05/2013 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Primera Sección
B OLETÍN OFICIAL - AÑO C - T OMO DLXXX - Nº 73

VIENE DE TAPA
DECRETO Nº 257

de Oposición.
Que así las cosas producidas las pruebas de oposición, continuó el proceso con la recepción de las Entrevistas Personales, la corrección de dichas pruebas y la evaluación de las antecedentes de los concursantes inscriptas y acreditadas en aquellas, culminando la etapa evaluativa con la confección del Orden de Mérito Provisorio, que fue publicado en las respectivas sectoriales de personal.
Que durante las días 18 al 25 de Julio de 2011 transcurrió el pe ría da para vista de antecedentes y presentación de observaciones.
Que el Tribunal del Concurso o, en su caso, la Comisión Laboral de Concurso y Promoción, receptaran, consideraron y respondieron, cuando los hubo las presentaciones, requerimientos de información y reclamas efectuadas par las concursantes, en las términos del art. 78 de la Ley 5350 T.O por Ley 6658, tras la cual se elaboró el Orden de Mérito Definitiva, que fue publicada en las respectivas sectoriales de personal.
Que el primer lugar en dicha Orden de Mérito Definitiva, habiendo superada las puntuaciones mínimas exigidas par la ley para acceder al carga de Jefe de Departamento Compras y Contrataciones de la entonces Secretaría de Vivienda y Coordinación del ex Ministerio de Obras y Servicias Públicas, corresponde al señar Eduardo Antonio Martínez, D.N.I. N
11.639.798
Por ello, las normas legales citadas, la dispuesta par el Decreto N 2565/2011 ratificada par Ley N 10.029, la dictaminado por la entonces Subsecretaría de Asuntos Legales del ex Ministerio de Obras y Servicias Públicas con el N 776/2011, por Fiscalía de Estado bajo el N 210/2013 y en ejercicio de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- DESÍGNASE a partir de la fecha del presente Decreta, al señar Eduardo Antonio Martínez D.N.I. N 11.639,798
en el cargo vacante de Jefe de Departamento Compras y Contrataciones del Ministerio de Infraestructura por haber obtenida el primer lugar en el Orden de Mérito correspondiente al concurso de títulos, antecedentes y oposición, convocado por el Decreto N 2500/2010 en los términos del artículo 14, punto II A de la Ley 9361, cargo que, de corresponder, deberá ser adecuado y/o reconvertido de acuerdo a la nueva estructura orgánica del Poder Ejecutivo dispuesta por Decreto N 2565/
2011 ratificado por Ley N 10.029.
ARTÍCULO 2.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de infraestructura y por el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, dése a la Secretaría de Capital Humano del Ministerio de Administración y Gestión Pública, publíquese en Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

Decreto Nº 436

Córdoba, 22 de abril de 2013

VISTO: El Decreto 2500/2010, mediante el cuál se dispuso el llamado a concurso de títulos, antecedentes y oposición, en los términos del artículo 14 de la Ley 9361, punto II A para cubrir los cargos vacantes de Jefatura de Departamento Jefatura de División y Jefatura de Sección, y punto II B para cubrir los cargos vacantes de Director de Jurisdicción, Subdirector de Jurisdicción y Jefe de Área, de la Estructura Orgánica de la Administración Pública Provincial.
y CONSIDERANDO:

Que de conformidad a lo previsto en el art. 16 de la Ley 9361, se constituyó la Comisión Laboral de Concurso y Promoción, quien fue la encargada de determinar el Cronograma del proceso concursal, el que fue publicitado y publicado en la Página WEB
Oficial del Gobierno Provincial.
Que asimismo, con fecha 9 de Mayo de 2011 fueron designados los integrantes de los Tribunales de Concurso de los cargos concursables de todas las Jurisdicciones y se aprobaron los temarios generales y específicos correspondientes a cada una de los cargos en cuestión, consignándose las fuentes sugeridas para su estudio, todo lo cual fue publicado en la citada página web.
Que conforme al cronograma establecido, se recepcionaron las inscripciones de los postulantes desde el día 17 de Mayo al 01 de Junio de 2011 a las 18 horas, publicitándose la nómina de inscriptos por Jurisdicción en las respectivas sectoriales de personal.
Que los días 07 - 08 y 09 de Junio 2011 se previeron para, las excusaciones y recusaciones de miembros de los Tribunales de Concursos las cuales en su caso, fueron debidamente resueltas, por parte de la Comisión Laboral de Concurso y Promoción correspondiente, procediéndose a la conformación definitiva de los Tribunales de Concurso y Promoción.
Que en su mérito, se publicó en la página web oficial la mencionada conformación definitiva de los Tribunales de Concurso, la ratificación de la fecha en que se llevaría a cabo la prueba de oposición, prevista para el 25 de Junio 2011 y la determinación de lugares y horarios fijados a tal fin.
Que a partir del 27 de Mayo de 2011, se contó con la asistencia de un Comité Académico conformado por profesionales propuestos por la Facultad de Derecho de la UNC, la Universidad Tecnológica Nacional y la Universidad de Villa María, que tuvo por finalidad verificar el cumplimiento durante el proceso concursal, del mecanismo y estipulaciones previstos en la Ley 9361 y Decreto 2500/2010 aplicables en la materia.
Que a requerimiento de la entonces Secretaría General de la Gobernación, el Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba puso a disposición del Gobierno Provincial profesionales en todas las jurisdicciones quienes durante los días 24 y 25 de Junio de 2011
certificaron el proceso de ensobrado y custodia de los cuestionarios que los Tribunales de Concurso elaboraron, y estuvieron presentes durante toda la jornada en que se realizaron las Pruebas de Oposición.
Que así las cosas, producidas las pruebas de oposición, continuó el proceso con la recepción de las Entrevistas Personales la corrección de dichas pruebas y la evaluación de los antecedentes de los concursantes inscriptos y acreditados en aquellas, culminando la etapa evaluativa con la confección del Orden de Mérito Provisorio, que fue publicado en las respectivas sectoriales de personal.
Que durante los días 18 al 25 de Julio de 2011 transcurrió el período para vista de antecedentes y presentación de observaciones.

Decreto Nº 259

Córdoba, 21 de marzo de 2013

VISTO: El Expediente N 0451-062154/2011 del registro del entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos.
y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se tramitó el concurso de antecedentes y oposición convocado por Decreto N 2500/2010, para la cobertura del cargo de Jefe de Sección Compilación y Protocolización de la ex Subsecretaría de Arquitectura, del entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos en los términos de la Ley N 9361.
Que llevado adelante el proceso concursal, surge de autos que el único participante no alcanzó el puntaje mínimo previsto en la normativa que rigió el llamado.
Que en consecuencia, no cumplimentándose los requisitos exigidos por el artículo 20 en concordancia con el artículo 19
inciso de d de la Ley N 9361, corresponde declarar desierto el cargo de que se trata.
Por ello, las actuaciones cumplidas, los informes producidos lo dictaminado por la División Jurídica de la entonces Subsecretaría de Arquitectura con el N 515/2011, por Fiscalía de Estado bajo el N 168/2013 yen uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 inciso 1 de la Constitución Provincial;

CÓRDOBA, 13 de mayo de 2013
Que el Tribunal del Concurso o, en su caso, la Comisión Laboral de Concurso y Promoción, receptaron, consideraron y respondieron, cuando las hubo, las presentaciones, requerimientos de información y reclamos efectuados por los concursantes, en los términos del art. 78 de la Ley 5350 T.O por Ley 6658, tras lo cual se elaboró el Orden de Mérito Definitivo, que fue publicado en las respectivas sectoriales de personal.
Que el primer lugar en dicho Orden de Mérito Definitivo, habiendo superado las puntuaciones mínimas exigidas por la ley para acceder al cargo de Jefe de Sección Mesa de Entrada y Salida del Registro General de la Provincia dependiente del Ministerio de Finanzas, corresponde a la señora Mariela de Lourdes Brusco D.N.I. N
18.271.529.
Por ello, las normas legales citadas, lo dispuesto por el Decreto N 2565/2011 ratificado por Ley N 10.029, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Finanzas con el N 575/2011, por Fiscalía de Estado bajo el N
211/2013 y en ejercicio de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- DESIGNASE a partir de la fecha del presente Decreto a la señora Mariela de Lourdes Brusco D.N.I. N
18.271.529, en el cargo vacante de Jefe de Sección Mesa de Entrada y Salida del Registro General de la Provincia dependiente del Ministerio de Finanzas, por haber obtenido el primer lugar en el Orden de Mérito correspondiente al concurso de títulos, antecedentes y oposición, convocado por el Decreto N 2500/2010 en los términos del artículo 14, punto II A de la Ley 9361,cargo que, de corresponder, deberá ser adecuado y/
o reconvertido de acuerdo a la nueva estructura orgánica del Poder Ejecutivo dispuesta por Decreto N 2565/2011 ratificado por Ley N 10.029.
ARTÍCULO 2- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Jefe de Gabinete y por el señor Fiscal de Estado.
ARTICULO 3- PROTOCOLICESE, comuníquese, notifíquese, dése a la Secretaría de Capital Humano del Ministerio de Administración y Gestión publíquese en enl Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. ÁNGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- DECLÁRASE desierto el cargo de Jefe de Sección Compilación y Protocolización de la ex Subsecretaría de Arquitectura del entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos, cuya cobertura fuera dispuesta mediante el llamado a concurso de títulos, antecedentes y oposición autorizado por Decreto N 2500/
2010, en función de lo dispuesto por la Ley N 9361, por las razones expuestas en los fundamentos del presente Decreto.
ARTÍCULO 2.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese a la Secretaría de Capital Humano del Ministerio de Administración y Gestión Pública, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/05/2013 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date13/05/2013

Page count5

Edition count4178

First edition01/02/2006

Last issue15/07/2024

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