Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/12/2010 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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BOLETÍN OFICIAL

VIENE DE TAPA
RESOLUCIÓN Nº 510

de Ganados y Carnes entre la Provincia de Córdoba y el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y lo dispuesto por Decreto N 1701/2010
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- CONSTITUIR formal mente la Unidad Ejecutora Provincial U.E.P. para la aplicación en el ámbito provincial del Plan Federal del Bicen te nario de Ganados y Carnes a través de los proyectos de apoyo a la infra es truc tura de pequeños productores pecuarios y de mejoramiento y manejo de la oferta forrajera para pequeños productores.
ARTÍCULO 2.- ESTABLECER que la Unidad Ejecutora Provincial creada por el
artículo precedente funcionará en el ámbito de la Secretaría de Ganadería de este Ministerio de Agricultura, Ganadería yAlimen tos. Tendrá funciones consultivas y, entre otras, las siguientes:
- supervisará y realizará el seguimiento de la ejecución de los proyectos productivos financiados, y la buena marcha de los trabajos;
- fiscalizará la correcta aplicación de los fondos;
- elevará al señor Ministro, cada noventa días 90 la evaluación que realice con relación al avance de los proyectos;
- considerará el listado de beneficiarios propuestos por la Comisión Local del plan ganadero;
- confeccionará y elevará para su aprobación la nómina de productores seleccionados;
- seleccionará y capacitará a veinticinco 25 asesores técnicos y coordinadores, cuyo listado elevará al Señor Ministro para
su aprobación; efectuando las reco mendaciones que se considere pertinentes para el logro de los objetivos esperados;
en especial, en lo relacionado a los requisitos que deberán cumplimentar los productores para recibir los beneficios y los profesionales de las ciencias agropecuarias para ser desgnados como asesores y/o coor dinadores técnicos.
ARTÍCULO 3.- DISPONER que la dirección y administración de la Unidad Ejecutora estará a cargo de un presidente.
La presidencia será ejercidad por el Señor Secretario de Ganadería quien deberá determinar su estructura y mecanismo de funcionamiento de manera que se asegure el cumplimiento de los objetivos perseguidos por el Plan Federal y durará hasta la finalización de la ejecución de todas las tareas.
El Presidente será asistido por los demás técnicos del área en la forma que disponga.

CÓRDOBA, 10 de diciembre de 2010

Participará asimismo con voz y voto en todos los casos integrando la Unidad que por el presente instrumento se crea el Director General de Agencias Zonales, un repre sentante de la Subsecretaria de Fiscalización y Control y el Coordinador General de asesores técnicos que sea designado en su momento.
El Unidad Ejecutora Provincial podrá incorporar para su integración y en la medida que lo considere necesario, representantes de otras entidades y organismos, provin ciales y privados, los que no contarán con derecho a voto.
El secretario de Ganadería será reem plazado como presidente en caso de ausencia o impedimento, por el Coordinador General de sesores técnicos.
ARTÍCULO 4º.- DETERMINAR que la Unidad Ejecutora Provincial actuará en consulta a los fines de la selección de los asesores y capacitadores, juntamente con el Instituto Nacional de Tecnología
DIRECCIÓN GENERAL de RENTAS

Resolución Nº A-023/9-002
Córdoba, 12 de noviembre de 2010

Córdoba, 01 de Diciembre de 2010

VISTO: La existencia de Contribuyentes del Impuesto a la Propiedad Automotor que administra este Organismo, que presentan inconvenientes en la recepción de las intimaciones extrajudiciales de pago de períodos en mora;

VISTO: La Resolución General N 1682/2009 B.O. 30-1109, mediante la cual se aprueba el MANUAL ÚNICO DE
PROCEDIMIENTOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE
RENTAS MUP, el que será de aplicación y uso obligatorio de los procedimientos contenidos en el mismo para todos los Sectores administrativos involucrados, y sus modificatorias,
QUE la necesidad de resguardar los derechos del Fisco de la Provincia de Córdoba y lo preceptuado por el Código Tributario en vigencia, en orden a la necesidad de previa intimación de pago de carácter extrajudicial a efectos de la intimación judicial de cobro.
QUE el Artículo 54 del Código Tributario Ley Nº 6006 T.O. 2004
y modificatorias, establece para los casos en que no pudiere efectuar la intimación personalmente mediante cédula o por cualquier otro medio que permita tener constancia de la fecha de recepción y de la identidad del acto notificado, dirigido al domicilio tributario del Contribuyente o Responsable, o al especial, se efectuarán por Edictos publicados por cinco 5 días en el Boletín Oficial.
POR TODO ELLO y en uso de las facultades conferidas por la legislación tributaria provincial en vigencia, EL DIRECTOR GENERAL DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- INTIMAR a los Contribuyentes del Impuesto a la Propiedad Automotor que administra este Organismo, -personas físicas o jurídicaso quienes resulten actualmente titulares de las obligaciones tributarias contenidas en la Planilla adjunta que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución, para que en el término de cinco 5 días a partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial, procedan a abonar y acreditar el pago de los períodos reclamados y detallados.
En caso de incumplimiento a lo establecido en el párrafo anterior, se procederá de inmediato al inicio de las acciones judiciales pertinentes.
ARTÍCULO 2º.- ORDENAR para que se publiquen Edictos por cinco 5 días en el Boletín Oficial, con relación a los Contribuyentes que se nominan en el Artículo anterior.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial, PASE a conocimiento de los Sectores pertinentes y Archívese.
CR. ALFREDO L. LALICATA
DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
5 días - 15/12/2010

ARTÍCULO 7º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, y archívese.
CARLOS MARIO GUTIERREZ
MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTOS

VIENE DE TAPA
ACUERDO REGLAMENTARIO Nº 1038 - SERIE A

Resolución General Nº 1752

Y CONSIDERANDO:

Agropecuaria INTA y la Mesa Provincial de Ganados y Carnes y el programa.
ARTICULO 5.- SOLICITAR a la Unidad Ejecutora Provincial que confeccione y eleve para su aprobación nómina de productores seleccionados y propuesta de designación de los asesores y coordi na dores técnicos para el seguimiento, exten sión y ejecución de los dos proyectos produc tivos aprobados por el Ministerio de Agri cultura, Ganadería y Pesca de la Nación.
ARTÍCULO 6º. COMUNICAR al Ministerio deAgricultura, Ganadería, y Pesca de la Nación los funcionarios responsables de la conducción de las acciones adminis trativas.-

Y CONSIDERANDO:
QUE la Resolución General Nº 1682/2009, establece como objetivos de dicho Manual, el de estandarizar los procedimientos desarrollados en la Organización y consecuentemente detectar los desvíos para reducir los errores operativos al máximo posible, siendo el mismo de consulta permanente de los distintos Sectores del Organismo, sea que se trate de Casa Central o de las distintas dependencias descentralizadas.
QUE el citado Manual será de actualización continua y paulatinamente se irán incorporando otros procedimientos, por lo que se estima conveniente establecer la obligación por parte de los responsables de los Sectores administrativos involucrados, de remitir las adecuaciones necesarias a los procedimientos ya incluidos en el mismo o la incorporación de nuevos procedimientos, teniendo como referencia el cumplimiento de las disposiciones normativas vigentes y la mejora continua en los objetivos de la Dirección General de Rentas.
QUE asimismola Resolución General Nº 1682/2009, prevé el mecanismo de actualización del Manual Único de Procedimientos MUP, estableciendo que se incluirán en el mismo los nuevos documentos y las modificaciones a los ya existentesque surjan de las nuevas disposiciones legales o de las solicitudes de los responsables de los Sectores administrativos involucrados, dado que es una herramienta de consulta permanente e imprescindible para los usuarios detallados en el mismo, habiendo aprobado mediante Resolución General N
1740/2010 las actualizaciones realizadas hasta el 31-08-2010.
QUE por Resolución General N 1692/2009 B.O. 08 01 10 y en virtud que la Dirección General de Rentas posee un Sistema de Gestión de la Calidad que cumple con los requisitos de la Norma IRAM ISO 9001:2008, se establece que forman parte de dicho Manual los Procedimientos correspondientes a los Procesos Certificados bajo la Norma ISO 9001 y de los futuros Procesos que se Certifiquen, destacando que la codificación de los Procedimientos del Manual Único y de la asignada a los aprobados bajo el SGC de la DGR, se encuentran en proceso de adecuación.
QUE por Resolución General Nº 1728 07-06-2010 se adecuaron las denominaciones de las dependencias que se mencionan en el MUP, en virtud del Decreto N 16/2010 B.O.

Ministerio de Justicia, Colegio de Abogado de la ciudad mencionada, a la Federación de Colegios de Abogados, a las Direcciones de Administración e Informática y a la Oficina de Asistencia y Coordinación de lo Centros Judiciales del Interior la Provincia.
Artículo 4.- PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia, y dese la más amplia difusión periodística.
Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación de su contenido, firman la Señora Presidenta y los Señores Vocales con la asistencia de la Señora Directora del Área de Administración a cargo de la Administración General, Cra.
Beatriz María ROLAND DE MUÑOZ COLLAZOS.DRA. MARÍA DE LAS M. BLANC G. DE ARABEL
PRESIDENTA
DR. MARÍA ESTHER CAFURE DE BATTISTELLI
VOCAL
DRA. AÍDA LUCÍA TERESA TARDITTI
VOCAL
DR. CARLOS F. GARCÍA ALLOCCO
VOCAL
CRA. BEATRIZ M. ROLAND DE MUÑOZ COLLAZOS
DIRECTORA DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN
A/C. ADMINISTRACIÓN GENERAL

06-01-10 y sus modificatorios, como así también se definió un nuevo formato del documento, se incorporó el historial de cambios en cada uno de ellos y se inició la Revisión desde 00 a fin de optimizar el control de los mismos.
QUE en virtud del sistema de actualización previsto por Resolución General Nº 1682/2009, corresponde aprobar las adecuaciones realizadas informáticamente durante los meses de Septiembre, Octubre y Noviembre del 2010 al Manual Único de Procedimientos de la Dirección General de Rentas, cuya vigencia está establecida en cada uno de los documentos que contiene el MUP y su publicación se realizó oportunamente en la BCC Base de Conocimiento Compartida.
QUE se incorpora formando parte de la presente Resolución el Anexo I con la Lista de Documentos modificados del Manual Único de Procedimientos con su correspondiente revisión y fecha de vigenciay como Anexo II la Descripción de los Documentos que se Incorporan y/o Modifican en el Manual Único de Procedimientos.
POR TODO ELLO, atento las facultades acordadas por el Artículo 18 del Código Tributario, Ley Nº 6006 - T.O. 2004 y sus modificatorias,

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/12/2010 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date10/12/2010

Page count11

Edition count4195

First edition01/02/2006

Last issue07/08/2024

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