Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/08/2010 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 4 de agosto de 2010

ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma de PESOS UN MILLÓN CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL
SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON
SESENTA Y CINCO CENTAVOS $
1.186.656,65, conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2010/000033, de acuerdo al siguiente detalle:
Jurisdicción 1.50, Programa 504-006, Partida 12.06.00.00
Centro de Costo 238601 del P.V. $ 1.000.000,00

Importe Futuro $ 186.656,65

ARTÍCULO 3º.- FACULTAR al señor Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad a suscribir el respectivo contrato de obra.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección de Jurisdicción de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

Que lo actuado se adecua a lo prescripto por los artículos 12, 13 y 14 de la Ley 9235 y la Resolución del Ministerio de Gobierno N 03/09.
Que por lo expuesto y la normativa citada, corresponde reconocer la Junta Constituida y ordenar su inscripción por la Sub Dirección de Jurisdicción de Delegaciones Regionales -Capital -, en el Registro creado al efecto.
Que en el marco de la Ley de Seguridad Ciudadana, la Junta de Participación, como auxiliar del sistema Provincial de Seguridad Pública, se constituye como ámbito de encuentro comunitario donde se desarrollarán los programas, subprogramas, proyectos y actividades que garanticen el cumplimiento del Plan Estratégico Provincial para la prevención integral, debiendo atender las específicas problemáticas locales y/o regionales.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio de Gobierno bajo el N 351/2010, EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- TÉNGASE por constituida la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de la temática Liga Barrial de Fútbol Infantil Zona Este, Departamento Capital de la Provincia de Córdoba y por DESIGNADOS a los señores Joaquín Alejandro ROJAS M.I. Nº 21.733.001 y Damián ALEJOS M.I. Nº 27.173.220 como Coordinadores.

MINISTERIO de GOBIERNO

Resolución Nº 281

Córdoba, 22 de Julio de 2010
ARTÍCULO 2º.- INSCRÍBASE en el Registro pertinente.

VISTO: el Expediente N 0423-034674/2010 en el que se tramita el reconocimiento e inscripción de la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de Barrio Quintas Capillita de la Ciudad de Córdoba.

ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Y CONSIDERANDO:

CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO

Que obra en estas actuaciones el Acta Constitutiva de la Junta de Participación Ciudadana debidamente suscripta el día 19 de Noviembre de 2009, por vecinos e instituciones de Barrio Quintas Capillita de la Ciudad de Córdoba.
Que lo actuado se adecua a lo prescripto por los artículos 12, 13 y 14 de la Ley 9235 y la Resolución del Ministerio Gobierno N 03/09.


Resolución Nº 145
Córdoba, 31 de mayo de 2010

Que por lo expuesto y la normativa citada, corresponde reconocer la Junta Constituida y ordenar su inscripción por la Sub Dirección de Jurisdicción de Delegaciones Regionales - Capital -, en el Registro creado al efecto.

VISTO: el Expediente N 0423-034520/2010 en el que se tramita el reconocimiento e inscripción de la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de Barrio Urquiza Anexo , Departamento Capital de la Provincia de Córdoba.

Que en el marco de la Ley de Seguridad Ciudadana, la Junta de Participación Ciudadana, como auxiliar del Sistema Provincial de Seguridad Pública, se constituye como ámbito de encuentro comunitario donde se desarrollarán los programas, subprogramas, proyectos y actividades que garanticen el cumplimiento del Plan Estratégico Provincial para la Prevención Integral, debiendo atender las específicas problemáticas locales y/o regionales.

Que obra en estas actuaciones el Acta Constitutiva de la Junta de Participación Ciudadana debidamente suscripta con fecha 15 de marzo de 2010, por vecinos e instituciones del Barrio citado.

Por ello, y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio de Gobierno bajo el N 372/2010,
Que lo actuado se adecua a lo prescripto por los artículos 12, 13 y 14 de la Ley 9235 y la Resolución del Ministerio de Gobierno N 03/09.

EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE:

Que por lo expuesto y la normativa citada, corresponde reconocer la Junta Constituida y ordenar su inscripción por la Sub Dirección de Jurisdicción de Delegaciones Regionales -Capital -, en el Registro creado al efecto.

ARTÍCULO 1º.- TÉNGASE por constituida la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de Barrio Quintas Capillita de la Ciudad de Córdoba y por DESIGNADOS a la señora Sandra DOMINGUEZ DNI Nº 24.120.087 y al señor Juan José HEREDIA DNI Nº 8.313.913
como Coordinadores.
ARTÍCULO 2º.- INSCRÍBASE en el Registro pertinente.

Y CONSIDERANDO:

Que en el marco de la Ley de Seguridad Ciudadana, la Junta de Participación, como auxiliar del sistema Provincial de Seguridad Pública, se constituye como ámbito de encuentro comunitario donde se desarrollarán los programas, subprogramas, proyectos y actividades que garanticen el cumplimiento del Plan Estratégico Provincial para la prevención integral, debiendo atender las específicas problemáticas locales y/o regionales.

ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Por ello, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio de Gobierno bajo el N 215/2010,
CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO

EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE:


ARTÍCULO 1º.- TÉNGASE por constituida la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de Barrio Urquiza Anexo, Departamento Capital de la Provincia de Córdoba y por DESIGNADOS a los señores José Luis ALAMO M.I. Nº 20.542.887 y Marcela Alejandra GAITAN
M.I. Nº 18.173.600 como Coordinadores.

Resolución Nº 224

Córdoba, 8 de Julio de 2010.
ARTÍCULO 2º.- INSCRÍBASE en el Registro pertinente.

VISTO: el Expediente N 0423-034675/2010 en el que se tramita el reconocimiento e inscripción de la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de la temática Liga Barrial de Fútbol Infantil Zona Este, Departamento Capital de la Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que obra en estas actuaciones el Acta Constitutiva de la Junta de Participación Ciudadana debidamente suscripta, por vecinos e instituciones del Barrio citado.

ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO


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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/08/2010 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date04/08/2010

Page count7

Edition count4187

First edition01/02/2006

Last issue26/07/2024

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