Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/10/2008 - 1º Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

Córdoba, 3 de octubre de 2008
VIENE DE TAPA
RESOLUCION Nº 333

economicidad y oportunidad plasmados e nuestra Constitución Provincial.
Que la amplitud y heterogeneidad de las atribuciones referidas a la materia fiscalización, se ven reflejadas en diversas leyes provinciales donde el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos es órgano de aplicación, tales como las Leyes Nº 8863
y Dto. 115/04, Consorcios de Conservación de Suelos; Ley 8936 que declara de Orden Público la Conservación de los Suelos, la Ley 6974 y Dto. 4995/año de adhesión a la Ley Federal de Carnes; la Ley 8431 en lo referido al Faenamiento Clandestino; Ley 5542 de Marcas y Señales; la Ley 8417 de Control de enfermedades Pecuarias; Ley 8277 de Producción Caprina; Ley Nº 8095 de Fiscalización Lechera; Ley 9164 referida a Productos químicos o biológicos de uso agropecuario; Ley 5487 de Colonización y Reordenamiento Agrario, entre otras.
Que la complejidad normativa requiere la máxima eficiencia en su aplicación a los fines de lograr los peraltados objetivos del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos, contenidos de manera general en la Ley Orgánica que regula sus atribuciones.
Que a tales fines, el titular de esta Cartera considera que es insoslayable descentralizar las tareas específicas referidas a la fiscalización, logrando de tal manera una mejor satisfacción de las necesidades e intereses públicos en juego, respetando el principio de legalidad y las garantías de los administrados.
Por ello, es pertinente delegar en la Dirección de Jurisdicción de Fiscalización o autoridad que en el futuro la reemplace, la actividad referida a la Fiscalización de la materia concerniente a las atribuciones de este Ministerio regulada por las normas específicas. Con este objetivo, dicha actividad fiscalizadora y las resoluciones deberán asegurar el ejercicio acabado del derecho de defensa de los eventuales infractores. Las resoluciones, dictadas en el marco legal pertinente, no excluirán, en manera alguna, el examen ulterior del asunto por el Señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentos, mediante el recurso jerárquico y el posterior agotamiento de la vía administrativa que, en su caso, estime pertinente el interesado.
Que conforme la modalidad expuesta, ha de lograrse una razonable organización a los fines de dar cumplimiento a los imperativos legales referidos a la temática de la Fiscalización correspondiente al Ministerio, una justa defensa de las necesidades del servicio impuestas por las normas técnicas, así como también un correcto contralor administrativo.
Que a los efectos de materializar efectivamente la presente, se autoriza a la Dirección de Jurisdicción de Fiscalización a habilitar el Protocolo pertinente, a los fines de la transparencia y publicidad de la actividad fiscalizadora, debiendo asignar el personal necesario para el cumplimiento de sus funciones.
Que en uso de sus atribuciones y en un todo de acuerdo a lo previsto por la Ley Orgánica de Ministerios Nº 9454 y el Decreto Nº 2174/07, EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y ALIMENTOS
RESUELVE:

3

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
RESOLUCION Nº 752
Córdoba, 18 de setiembre de 2008
VISTO: Los expedientes Nº 0129-62297/2008, Nº 0129-61635/
2008, N 0129-62338/2008, N 0129-61974/2008 y N 0129-61919/
2008 del Registro de la Dirección de Seguro de Vida y Resguardo del Automotor dependiente de la Secretaría General de la Gobernación.
Y CONSIDERANDO:
EL SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACION
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE la propuesta de arreglo extrajudicial ofrecida por el señor José Luis ANDREO, D.N.I. N 16.408.769, por la suma de Pesos Dos Mil Trescientos $ 2.300 y AUTORÍZASE
el pago al citado tercero damnificado en el siniestro N 0129-62297/
2008, por todo concepto sin derecho a reclamación posterior alguna.
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTENSE el egreso que asciende a la suma de Pesos Dos Mil Trescientos $ 2.300 a la Jurisdicción 1.01, Programa 5/0, Partida Principal 03, Partida Parcial 99, Subparcial 00
del Presupuesto Vigente, correspondiente a la Afectación Preventiva N 7294/2008.
ARTÍCULO 3º.- APRUÉBASE la propuesta de arreglo extrajudicial ofrecida por la señora Estela Viviana BROCHERO, D.N.I. N
20.784.316, por la suma de Pesos Trescientos Cincuenta $ 350 y AUTORÍZASE el pago al citado tercero damnificado en el siniestro N 0129-61635/2008, por todo concepto sin derecho a reclamación posterior alguna.
ARTÍCULO 4º.- IMPÚTESE el egreso que asciende a la suma de Pesos Trescientos Cincuenta $ 350 a la Jurisdicción 1.01, Programa 5/
0, Partida Principal 03, Partida Parcial 99, Subparcial 00 del Presupuesto Vigente, correspondiente a la Afectación Preventiva N 4806/2008.
ARTÍCULO 5º.- APRUÉBASE la propuesta de arreglo extrajudicial ofrecida por el señor Gregorio Eduardo FINKEL, D.N.I. N
10.903.616 por la suma de Pesos Ochocientos Cincuenta $ 850 y AUTORÍZASE el pago al citado tercero damnificado en el siniestro
N 0129-62338/2008, por todo concepto sin derecho a reclamación posterior alguna.
ARTÍCULO 6º.- IMPÚTESE el egreso que asciende a la suma de Pesos Ochocientos Cincuenta $ 850 a la Jurisdicción 1.01, Programa 5/
0, Partida Principal 03, Partida Parcial 99, Subparcial 00 del Presupuesto Vigente, correspondiente a la Afectación Preventiva N 7292/2008.
ARTÍCULO 7º.- APRUÉBASE la propuesta de arreglo extrajudicial ofrecida por la señora Nilda Ofelia GOZZI, D.N.I. N 3.969.831
por la suma de Pesos Mil Seiscientos $ 1.600 y AUTORÍZASE el pago al citado tercero damnificado en el siniestro N 0129-61974/
2008, por todo concepto sin derecho a reclamación posterior alguna.
ARTÍCULO 8º.- IMPÚTESE el egreso que asciende a la suma de Pesos Mil Seiscientos $1.600 a la Jurisdicción 1.01, Programa 5/0, Partida Principal 03, Partida Parcial 99, Subparcial 00 del Presupuesto Vigente, correspondiente a la Afectación Preventiva N 7296/2008.
ARTÍCULO 9º.- APRUÉBASE la propuesta de arreglo extrajudicial ofrecida por la señora Laura Lorena JUAREZ, D.N.I. N
28.343.036 por la suma de Pesos Tres Mil Cuatrocientos Treinta $
3.430 y AUTORÍZASE el pago al citado tercero damnificado en el siniestro N 0129-61919/2008, por todo concepto sin derecho a reclamación posterior alguna.
ARTÍCULO 10º.- IMPÚTESE el egreso que asciende a la suma de Pesos Tres Mil Cuatrocientos Treinta $ 3.430 a la Jurisdicción 1.01, Programa 5/0, Partida Principal 03, Partida Parcial 99, Subparcial 00 del Presupuesto Vigente, correspondiente a la Afectación Preventiva N 7293/2008.
ARTÍCULO 11.- COMUNÍCASE la presente Resolución a cada una de las jurisdicciones provinciales a la cual pertenecen los vehículos siniestrados, con el objeto de que tomen conocimiento de este a sus efectos.
ARTÍCULO 12º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección General de Administración de la Secretaría de Coordinación de Administración y Personal de la Secretaría General de la Gobernación, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. RICARDO ROBERTO SOSA
SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESOLUCIÓN GENERAL N 1603
Córdoba, 26 de Setiembre de 2008
VISTO: El Formulario Número F-422;
Y CONSIDERANDO:

ARTÍCULO 1º.- DELEGAR en la Dirección de Jurisdicción de Fiscalización del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos o autoridad que en el futuro pueda reemplazarla, la actividad referida a la Fiscalización y dictado de las resoluciones pertinentes, cuyo contenido está regulado por las normas específicas y en las cuales la referida Cartera es órgano de aplicación. Todo con la modalidad expuesta en los considerandos de la presente Resolución.

QUE el mismo se ajusta a los requerimientos del Sector operativo respectivo, registrado bajo el número: F-422 - FONDO PARA EL
DESARROLLO AGROPECUARIO, que será utilizado para el pago del Aporte Adicional del Fondo para el Desarrollo Agropecuario dispuesto por la Ley N 9005, siendo el mismo emitido por esta Dirección.

ARTÍCULO 2º.- HABILITAR un Protocolo de Resoluciones de la Dirección de Jurisdicción de Fiscalización del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos.

ARTÍCULO 1.- APROBAR el diseño del Formulario F-422, el que se ajusta a los requerimientos efectuados por el Sector operativo respectivo, que será utilizado para el pago del Aporte Adicional de Fondo para el Desarrollo Agropecuario dispuesto por Ley N 9505
siendo emitido por esta Dirección, y que a continuación se detalla:

ARTÍCULO 3º.- AUTORIZAR a la Directora de Jurisdicción de Fiscalización a la asignación de los agentes necesarios para el cumplimiento de sus funciones.

ANEXO Nº I

ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese y archívese.-

MINISTRO

CARLOS MARIO GUTIERREZ
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTOS

POR ELLO, atento las facultades acordadas por el Artículo 18 del Código Tributario, Ley Nº 6006 - T.O. 2004 y sus modificatorias, EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:

FORMULARIO Nº F-422

DESCRIPCIÓN
FONDO PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO

FOJAS
1

ARTÍCULO 2.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial, PASE a conocimiento de los Sectores pertinentes y Archívese.
CR. ALFREDO L. LALICATA
DIRECTOR GENERAL
CONTINÚA EN PÁGINA 4

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/10/2008 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date03/10/2008

Page count7

Edition count4190

First edition01/02/2006

Last issue31/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Octubre 2008>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031