Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/08/2006 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

Córdoba, 4 de agosto de 2006
VIENE DE TAPA
DECRETO Nº 800

Julio de 2006 hasta el 31 de Diciembre de 2006.
Por ello, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y lo dispuesto por el art.144
inc.1 y 10 de la Constitución de la Provincia de Córdoba, art. 8º y concordantes de la ley 7233, art. 18 de la ley 8575, lo dictaminado por la Coordinación de Legales de la Unidad P.A.I.COR. al Nº13/06, la Dirección de Asuntos Legales de la Dirección General de Recursos Humanos al Nº 594/06 y el Sr. Fiscal de Estado al Nº 689/06 , EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA :
ARTÍCULO 1º.- DESÍGNASE personal transitorio a los agentes comprendidos en el Anexo único del presente acto, el que compuesto de treinta y nueve 39 fojas útiles, forma parte integrante del mismo, a partir del 01 de Julio de 2006 hasta el 31
de Diciembre de 2006.
ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el presente acto se imputará a Jurisdicción 1.10, Programa 114, Partida
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Principal 01, Partida Parcial 04 del Presupuesto del año 2006.

educativo, como asimismo, se ratifica el expreso interés de profundizar los vínculos mantenidos en el marco del Corredor Bioceánico Central, entre otros aspectos.

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Gobierno, Coordinación y Políticas Regionales y el Sr. Fiscal de Estado y firmado por la Sra.
Secretaria General de la Gobernación y Control de Gestión.

Que asimismo, la Provincia de Córdoba-Región Centro ofrece a la Región de Valparaíso participar como invitada observadora de las próximas reuniones de la Región Centro de Argentina, abriéndose un período de análisis de la propuesta, a través de las estructuras institucionales correspondientes.

ARTICULO 4º.- PROTOCOLICESE, dése intervención a la Dirección General de Recursos Humanos de la Secretaria General de la Gobernación y Control de Gestión, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CRA. MARÍA DEL CARMEN POPLAWSKI
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN Y
CONTROL DE GESTIÓN
SR. JORGE LUCIANO MONTOYA
MINISTRO DE GOBIERNO, COORDINACIÓN Y
POLÍTICAS REGIONALES
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

RESOLUCIONES
SECRETARÍA DE LA REGIÓN CENTRO
RESOLUCIÓN 19
Córdoba, 31 de julio de 2006.
VISTO: Las presentes actuaciones de la que resulta que en virtud del viaje realizado por el señor Secretario de la Región Centro de la Provincia de Córdoba, Dr. Herman Pedro Olivero, a la Republica de Chile, entre los días 27 al 28 de julio de 2006, donde participó del V Foro del Corredor Bioceánico, se suscribió Carta de Intención entre la Región de Valparaíso Republica De Chiley Región Centro la Provincia de Cordoba Republica Argentina.
Y CONSIDERANDO:
Que las partes han expresado sus intenciones respectivas de cooperar estrechamente para el desarrollo y el fortalecimiento de las relaciones, a través de acciones concretas dentro del campo institucional, económico, social, cultural y
Que la Provincia de Córdoba-Región Centro a través de dicho instrumento, invita a la Región de Valparaíso a realizar una próxima misión institucional, de negocios y académica a la Provincia de Córdoba, con participación de las restantes provincias de la Región Centro, sugiriéndose también la constitución de una comisión operativa para completar la propuesta e instrumentarla, aguardando Córdoba una respuesta oficial, por parte de la Región de Valparaíso, en los próximos treinta días.
Que la Secretaría de la Región Centro de la Provincia de Córdoba, a través de La Mesa Ejecutiva que compone y -ad referéndumde la Junta de Gobernadores de los estados parte, se compromete a gestionar y promover ante al Consejo Federal de Inversiones, en cabeza de su titular, Ing. Juan José Ciácera, la cooperación que fuere menester, dentro de las perspectivas y objetivos que se tracen y que resulten de la presentación de un informe conjunto sobre el avance en la profundización de la integración entre las partes, facultándose a tales fines al Dr. Herman Pedro Olivero.
Por todo ello, y en el marco del Art.124 de la Constitución Argentina y del Protocolo Adicional al Tratado de Integración Regional del 16 de Agosto de 1998 - Protocolo Córdoba Convenio 11, EL SECRETARIO DE LA REGION CENTRO
RESUELVE:
ARTICULO 1.- CORRASE VISTA la Carta de Intención suscripta entre la Región de Valparaíso -Republica De Chiley la Región Centro de la Provincia de Cordoba Republica Argentina-, firmada en el marco delV Foro del Corredor Bioceánico, con fecha 27 de julio del corriente año, la que como Anexo I, se adjunta a la presente, y en consecuencia realícese todas las diligencias que sean menester para su convalidación por intermedio del Sr. Coordinador de la Mesa Ejecutiva del Comité Ejecutivo de la Región Centro de Argentina -y ad referéndumde la Junta de Gobernadores de los estados parte que la componen.
ARTICULO 2.- DESE intervención al Comité Ejecutivo de la Región centro para su tratamiento, como asimismo de igual modo, su eventual instrumentación en los términos que se expresan de consuno entre las Provincias parte con su posterior ELEVACIÓN ad-referéndum de la Junta de Gobernadores para su definitiva aprobación.
ARTICULO 3.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
DR. HERMAN P. OLIVERO
SECRETARIO DE LA REGIÓN CENTRO

RESOLUCIONES SINTETIZADAS
MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE
AGUA Y SANEAMIENTO
RESOLUCION Nº 259 - 12/05/06 Autorizar con carácter Precario, Personal e Intransferible, al Sr. José Ángel Parodi DNI
Nº 6.532.271, a extraer material árido del cauce del Río La Suela, en su margen izquierda, camino a San Bernardo Punilla a 300 m. aguas arriba del vado que va a San Clemente y accediendo a dicho emplazamiento por camino público utilizando dos palas de mano, bajo las siguientes condiciones: ALa autorización es de carácter Precario, Personal e Intransferible. B El área a explotar estará delimitada por la posibilidad de utilización del predio dentro de la línea de ribera, con un frente de extracción de ciento cincuenta 150 m. paralelo al río y hasta el eje del curso de agua, se usará como límite costero la línea de estiaje. La máxima profundidad permitida es ochenta centímetros. C No debe presentar Estudio de Impacto Ambiental, por realizar las extracciones con
elementos manuales. D Deberá respetarse el horario comercial que rija en las localidades de la zona, siendo diez horas diarias el máximo permitido. E El volumen autorizado a extraer es de 100
m3 mensuales y la autorización caducará el 30 de octubre de 2006. No se permitirán acopios en la zona de extracción.
FMensualmente, hasta el día 10 del mes siguiente, deberá remitir a esta Di.P.A.S la declaración jurada del volumen extraído a fin de efectuar la facturación correspondiente. GLas tareas del retiro del material árido deberán ser realizadas de forma tal que no provoquen daños en las márgenes ni alteren las condiciones naturales del escurrimiento de las aguas. HDe no cumplimentarse con lo arriba señalado o de extraer material fuera de los lugares indicados, es facultad de esta Dirección aplicar las sanciones previstas apercibimiento, multas y/o dejar sin efecto la presente autorización.IEsta autorización debe ser renovada dentro de los treinta 30
días contados a partir de la fecha de su vencimiento, en caso contrario será declarada su caducidad, s/ Expte. Nº 0416044561/06.-

RESOLUCION Nº 261 - 12/05/06 Adjudicar, en forma Directa, la adquisición de Materiales De PVC destinado a la obra Red Domiciliaria Para La Provisión De Agua Potable A Colonia Valtelina: a la firma TIGRE ARGENTINA los Item 1; 5 y 14 por la suma total de Pesos Siete Mil Seiscientos Sesenta Y Cuatro $
7.664,00; a la firma AMANCO ARGENTINA S.A. los Item 2; 13 y 16 por la suma total de Pesos Tres Mil Seiscientos Treinta Y Seis Con Diecisiete Centavos $
3.636,17 y a la firma PLASTIFIERRO S.A.
los Item 3; 4; 6 al 12; 15 y 17 al 27 por la suma total de Pesos Diez Mil Ochocientos Sesenta Y Tres Con Ochenta Y Ocho Centavos $ 10.863,88, según Presupuestos de fs. 16/20 de autos, s/ Expte.
Nº 0416-044403.RESOLUCION Nº 262 - 12/05/06 Aplicar a la Estación De Servicios Operadora Del Valle S.R.L., sita en Av.
Malvinas Km. 8 de esta ciudad, una multa de Pesos Quinientos Ochenta $ 580,00
por incumplimiento a los emplazamientos formulados por esta Dirección a los fines de obtener la autorización de
descarga de sus líquidos residuales.
Dicha multa deberá hacerla efectiva dentro del término de Diez l0 días contados a partir de la fecha de su notificación, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de perseguir su cobro por vía judicial y de persistir en la omisión de presentación de la documentación exigida, de aplicar lo establecido en el Art. 276º multa conminatoria de la Ley 5589. Notificar a la Municipalidad De Córdoba que la Estación De Servicios Operadora Del Valle S.R.L., sita en Av.
Malvinas Km. 8 de esta ciudad, No Ha Cumplimentado con la normativa legal de la Provincia, conforme a las constancias de estos actuados y al texto de la presente Resolución, expresando además que el mantenimiento y otorgamiento de habilitación corre por exclusiva cuenta y responsabilidad de la Municipalidad en función de los deberes y obligaciones que le son propios en dicha materia, entre los que se deben incluir garantizar en todo momento el cumplimiento de la normativa provincial vigente, según Expediente Nº 041641067/05.-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/08/2006 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date04/08/2006

Page count3

Edition count4177

First edition01/02/2006

Last issue12/07/2024

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